<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?>
<item xmlns="http://omeka.org/schemas/omeka-xml/v5" itemId="886" public="1" featured="0" xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance" xsi:schemaLocation="http://omeka.org/schemas/omeka-xml/v5 http://omeka.org/schemas/omeka-xml/v5/omeka-xml-5-0.xsd" uri="https://www.bib.ibero.mx/ahco/items/show/886?output=omeka-xml" accessDate="2026-04-24T11:42:30-06:00">
  <fileContainer>
    <file fileId="823">
      <src>https://www.bib.ibero.mx/ahco/files/original/52aab9f39fe42ff63115b7f185a9bbae.pdf</src>
      <authentication>34b426ff05fd94c0ea343df52e2da129</authentication>
      <elementSetContainer>
        <elementSet elementSetId="4">
          <name>PDF Text</name>
          <description/>
          <elementContainer>
            <element elementId="52">
              <name>Text</name>
              <description/>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="10193">
                  <text>Comunicación Oficial 553

553

Comunicación Oficial

febrero 2021
1

Fecha de publicación: 9 marzo de 2021

�febrero 2021

Universidad Iberoamericana

Comunicación Oficial 553

2

�Comunicación Oficial 553

febrero 2021

CONTENIDO

COMITÉ ACADÉMICO

5

Solicitudes de Periodos Sabáticos

5

Resultados de Periodos Sabáticos

5

Fe de errata

7

VICERRECTORÍA

7

Nombramientos

10

Ratificaciones

11

DIRECCIÓN GENERAL DE VINCULACIÓN UNIVERSITARIA

15

Reglamento del Comité Dictaminador de Cursos y
Diplomados (Nuevo)

16

Reforma al Reglamento General de Educación Continua
(Se reforman los artículos 13 y 28)

36

DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA
Anexo acuotas por servicios y sanciones a partir de enero
2021

40
40

�febrero 2021

Universidad Iberoamericana

Comunicación Oficial 553

4

�Comité
Académico

Comunicación Oficial 553

Comité Académico
SOLICITUDES DE PERIODOS SABÁTICOS
Atendiendo al cumplimiento de los requisitos establecidos
en el Reglamento de Periodo Sabático, publicados en la
Comunicación Oficial 346, del 14 de agosto de 2001 y
considerando los resultados esperados, el Comité Académico
aprueba las solicitudes de periodo sabático comprendido
del 1 de enero al 31 de diciembre de 2021, del siguiente
académico:
• Departamento de Salud
Dr. César Ángel Hernández Guerrero
Tema: "Características genéticas y ambientales asociadas
al desarrollo de enfermedades metabólicas; un estudio
retrospectivo de 16 años en población mestiza mexicana"
Resultados esperados:
1. Dos (2) artículos científicos inéditos, enviados a publicación
en revistas indizadas con factor de impacto mínimo de
1.5, y dentro de los cuartiles 1 o 2.
Observaciones:
La evaluación será a través de dos
dictámenes externos doble ciego.
(Sesión 1016 del Comité Académico)

RESULTADOS DE PERIODO SABÁTICO
El Comité Académico, considerando la propuesta del Consejo
Académico correspondiente y después de revisar y evaluar
los resultados obtenidos y el producto entregado, aprobó la
evaluación del informe de resultados de periodo sabático

5

�febrero 2021

Universidad Iberoamericana

comprendido del 1 de agosto de 2019 al 31 de julio de
2020, del siguiente personal académico:
• Departamento de Ciencias Sociales y Políticas
Dra. Helena Varela Guinot
Tema:"Contramovimientos
y
patriarcado:
antifeministas frente a la violencia de género".
Observaciones: Ninguna.

estrategias

• Departamento de Letras
Dr. Joseba Buj Corrales
Tema: "Investigación sobre figuras del Exilio Español del 39
en México cuyas obras serán releídas desde la Teoría Crítica,
el Posestructuralismo y los Estudios Culturales".
Observaciones: Ninguna.
• Departamento de Psicología
Dra. Silvia Araceli Sánchez Ochoa
Tema: "La resignificación de la propia vida a través de la
autobiografía".
Observaciones: Ninguna.

6

�Comité
Académico

Comunicación Oficial 553

• Dirección
Educativo

de

Desarrollo

y

Acompañamiento

Mtra. Claudia Celis Toussaint
Tema: "El aprendizaje autónomo y la resiliencia
académica: estado del arte y propuesta para la
formación de profesores".
Observaciones: Ninguna
(Sesión 1030 del 2 de diciembre de 2020)

FE DE ERRATAS APROBADA POR EL
COMITÉ ACADÉMICO EN SU SESIÓN
1,031 CELEBRADA EL 14 DE ENERO DE
2021, A LOS LINEAMIENTOS PARA EL
OTORGAMIENTO DE LAS DISTINCIONES AL
MÉRITO UNIVERSITARIO.
CONSIDERANDO
Primero. Que el 22 de abril de 2020 se publicaron en
la Comunicación Oficial número 545, los Lineamientos
para el Otorgamiento de las Distinciones al Mérito
Universitario.
Segundo. Que la publicación antes referida presenta
una imprecisión en el artículo Transitorio Primero,
por lo cual es necesaria su corrección para otorgar
certeza a las personas interesadas.

7

�Universidad Iberoamericana

febrero 2021

ACUERDO
Único. Se ordena la publicación de la siguiente fe de
erratas a los Lineamientos para el Otorgamiento de las
Distinciones al Mérito Universitario.
Dice

Debe decir

TRANSITORIOS

TRANSITORIOS

Primero. El presente reglamento
entrará en vigor en la
fecha de su publicación
en la Comunicación
Oficial de la IBERO y
abroga los Procedimientos,
Criterios e Indicadores
para Otorgamiento de
las Distinciones al Mérito
Universitario publicados en la
Comunicación Oficial 376 de
fecha 30 de junio de 2004. y
las modificaciones publicadas
en Comunicación Oficial 519
de fecha octubre de 2017.

Primero. El presente reglamento
entrará en vigor en la fecha de su
publicación en la Comunicación Oficial
de la IBERO y abroga las Políticas
Generales del Mérito Universitario
publicadas en la Comunicación Oficial
354 de fecha 30 de abril de 2002, así
como, los Procedimientos, Criterios e
Indicadores para el Otorgamiento de
las Distinciones al Mérito Universitario
publicados en la Comunicación Oficial
376 de fecha 30 de junio de 2004
y las modificaciones publicadas en
Comunicación Oficial 519 de fecha
octubre de 2017.

TRANSITORIOS
ÚNICO. La presente fe de erratas entrará en vigor el
mismo día de su publicación en la Comunicación Oficial de
la Universidad Iberoamericana Ciudad de México.

8

�Comunicación Oficial 553

�febrero 2021

Universidad Iberoamericana

Vicerrectoría

NOMBRAMIENTOS
Dra. Laura Zamudio González
Coordinadora de la Maestría en Estudios sobre Migración
Departamento de Estudios Internacionales
4 de enero de 2021 al 3 de enero de 2022.
Mtra. Gabriela Carolina Assaf Medina
Coordinadora de la Licenciatura en Mercadotecnia
Departamento de Estudios Empresariales
1 de enero de 2021 al 31 de diciembre de 2022.
Mtra. Adriana Salcedo Zárraga
Coordinadora del Programa Técnico Superior Universitario en
Gestión de Proyectos Sociales
Escuela de Emprendimiento Social e Innovación
1 de enero de 2021 al 01 de enero de 2023.
Dr. Jorge Peláez Padilla
Coordinador de la Licenciatura en Derecho y de Servicio
Departamental
Departamento de Derecho
4 de enero de 2021 al 3 de enero de 2023.
Dra. Ximena Andrea González Grandón
Coordinadora de la Licenciatura en Pedagogía
Departamento de Educación
16 de enero de 2021 al 15 de enero de 2023.
Dr. Sergio Rodríguez Blanco
Coordinador del Programa Prensa y Democracia (PRENDE).
Departamento de Comunicación
16 de enero de 2021 al 31 de julio de 2021.

10

�Comunicación Oficial 553

Dr. Hugo Alexer Pérez Vicente
Coordinador de la Licenciatura en Ingeniería de
Alimentos
Departamento de Ingeniería Química, Industrial y de
Alimentos
1 de marzo de 2021 al 28 de febrero de 2023.

RATIFICACIONES
Dr. Neftali Toledo Díaz de León
Coordinador de la Maestría en Dirección Integral de Negocios
Escuela de Emprendimiento Social e Innovación
1 de enero de 2021 al 01 de enero de 2023.
Dra. Juana Guadalupe Sánchez Estévez
Jefa de Área de Prácticas Profesionales
Departamento de Comunicación
1 de enero de 2021 al 31 de diciembre de 2021.
Mtro. César Audelo Lara
Coordinador de la Maestría en Diseño Estratégico e
Innovación
Departamento de Diseño
1 de enero de 2021 al 01 de julio de 2021.
Sr. Miguel Sánchez Rayas
Jefe de la Planta Piloto de Alimentos
Departamento de Ingeniería Química, Industrial y de
Alimentos
1 de enero de 2021 al 31 de diciembre de 2021.
Dr. José Emiliano Martínez Ordaz
Coordinador de la Licenciatura en Ingeniería Mecánica
y Eléctrica.
Departamento de Estudios en Ingeniería para la Innovación
1 de enero de 2021 al 01 de enero 2022.

11

�febrero 2021

Universidad Iberoamericana

Dr. Iván Rafael Quevedo Partida
Coordinador de la Maestría en Ciencias en Ingeniería Química.
Departamento de Ingeniería Química, Industrial y de Alimentos
2 de enero de 2021 al 01 de enero 2023.
Dra. Carolina del Carmen López Suero
Coordinadora del Servicio Departamental de Química.
Departamento de Ingeniería Química Industrial y de Alimentos
3 de enero de 2021 al 02 de enero 2023.
Mtra. Ana Cristina Santos Pérez
Coordinadora de Desarrollo de Colecciones
Biblioteca Francisco Xavier Clavigero
4 de enero del 2021 al 3 de enero de 2022.
Mtro. Gerardo Morales Sánchez
Coordinador de Automatización
Biblioteca Francisco Xavier Clavigero
4 de enero de 2021 al 3 de enero de 2022.
Dr. Ricardo Velázquez Leyer
Coordinador del Posgrado en Ciencias Sociales y Políticas
Departamento de Ciencias Sociales y Políticas
16 de enero de 2021 al 31 de mayo de 2021.
Mtra. Deyanira Lizet Chávez Osorio
Coordinadora de la Licenciatura en Administración de la
Hospitalidad
Departamento de Estudios Empresariales
16 de enero de 2021 al 15 de enero de 2022.
Mtro. Roberto Augusto Montalvo Gómez
Coordinador de la Maestría en Administración
Departamento de Estudios Empresariales
16 de enero de 2021 al 15 de enero de 2022.

12

�Comunicación Oficial 553

Dr. Pedro Manuel Arcelus Arrillaga
Coordinador de la Maestría y Doctorado en Ciencias
de la Ingeniería
Departamento de Ingeniería Química Industrial y de
Alimentos
16 de enero de 2021 al 15 de enero 2022.
Dra. Gabriela Estrada Díaz
Coordinadora de la Licenciatura en Arquitectura.
Departamento de Arquitectura, Urbanismo e Ingeniería
Civil
31 de enero de 2021 al 31 de enero 2023.
Mtro. José Luis Vásquez Costa
Coordinador de la Carrera Técnico Superior en
Sistemas
Administrativos y Contables
Departamento de Estudios Empresariales
16 de febrero de 2021 al 15 de agosto de 2021.
Dr. Mario Humberto Buenrostro Jáuregui
Jefe de Tiempo Completo del Laboratorio
Neurociencias
Departamento de Psicología
16 de marzo de 2020 al 15 de marzo de 2022.

de

13

�Comunicación Oficial 553

�Dirección General
de Vinculación
Universitaria

Comunicación Oficial 553

Dirección General de Vinculación Universitaria

REGLAMENTO DEL COMITÉ DICTAMINADOR DE
CURSOS Y DIPLOMADOS
ÍNDICE
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES PRELIMINARES

CAPÍTULO II
DE LA COMPETENCIA Y ATRIBUCIONES DEL COMITÉ
DICTAMINADOR

CAPÍTULO III
DE LA CONFORMACIÓN DEL COMITÉ DICTAMINADOR

CAPÍTULO IV
DE LA PRESIDENCIA Y SECRETARÍA TÉCNICA

CAPÍTULO V
DE LAS PROPUESTAS DE PROGRAMAS ACADÉMICOS

CAPÍTULO VI
DE LAS SESIONES DEL COMITÉ DICTAMINADOR

CAPÍTULO VII
DE LAS RESOLUCIONES

15

�febrero 2021

Universidad Iberoamericana

TRANSITORIOS

REGLAMENTO DEL COMITÉ DICTAMINADOR
DE CURSOS Y DIPLOMADOS
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES PRELIMINARES

Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
El presente Reglamento tiene por objeto establecer el
funcionamiento del Comité Dictaminador de Cursos y
Diplomados de la Dirección de Educación Continua,
para

garantizar

el

cumplimiento

de

los

criterios

establecidos en el Reglamento General de Educación
Continua, para los nuevos Programas académicos de
educación continua de Oferta abierta, que se impartan
en la Universidad Iberoamericana Ciudad de México
(en adelante IBERO) y sus Sedes.
Por lo anterior, este instrumento es de observancia y
cumplimiento obligatorio para el Comité Dictaminador
de Cursos y Diplomados de la Dirección de Educación
Continua y para toda persona relacionada con la
apertura, continuidad, condicionamiento o cancelación
de los Programas académicos de educación continua
de Oferta abierta.

16

�Dirección General
de Vinculación
Universitaria

Comunicación Oficial 553

Artículo 2. Glosario.
Para efectos del presente reglamento, con el uso de mayúsculas
o minúsculas de manera indistinta, se entenderá por:
I.

Comité

Dictaminador:

Comité

Dictaminador

de

Cursos y Diplomados de la Dirección de Educación
Continua;
II.

CA: Coordinación Académica de la Dirección de

III.

DEC: Dirección de Educación Continua;

Educación Continua;
IV. Formato:

Al

documento

que

contiene

la

ficha

técnica, la ficha descriptiva y el desarrollo de temas
de los Programas académicos, mismo que se pone
a disposición de quienes desean presentar una
propuesta;
V.

IBERO: Universidad Iberoamericana Ciudad de México;

VI. Oferta abierta: Aquella que se ofrece mediante
catálogo al público en general;
VII. Persona proponente: A la persona que presenta
una propuesta de Programa académico de educación
continua;
VIII. Programas

académicos:

A

los

Programas

académicos de educación continua, en su conjunto
a los diplomados y programas académicos de corta
duración;
IX. Secretaría Técnica:

A la Secretaría Técnica del

Comité Dictaminador; y

17

�febrero 2021

Universidad Iberoamericana

X.

Sede: A los espacios o localidades en donde
se impartan los Programas académicos de
educación continua de la IBERO.

CAPÍTULO II
DE LA COMPETENCIA Y ATRIBUCIONES DEL
COMITÉ DICTAMINADOR

Artículo 3. Competencia.
El

Comité

de

Dictaminador

carácter

es

el

órgano

colegiado

interdisciplinar

e

interdepartamental

competente para evaluar y autorizar la apertura,
continuidad, condicionamiento o cancelación de los
nuevos Programas académicos de educación continua
de Oferta abierta.
Su función principal se encuentra orientada a alcanzar
tanto la transparencia operacional como la calidad de
los contenidos de los Programas académicos.
Para

desempeñar

su

competencia,

el

Comité

Dictaminador deberá considerar los criterios previstos en
la normatividad general de educación continua vigente.

Artículo 4. Atribuciones.
Las atribuciones del Comité Dictaminador serán las
siguientes:

18

�Comunicación Oficial 553

I.

Dirección General
de Vinculación
Universitaria

Recibir las propuestas de apertura, continuidad,
condicionamiento

o

cancelación

de

Programas

académicos;
II.

Evaluar que las propuestas de Programas académicos
cumplen

y

son

congruentes

con

los

criterios

establecidos en el Reglamento General de Educación
Continua;
III.

Autorizar o rechazar la apertura de nuevos Programas
académicos;

IV. Autorizar o rechazar la continuidad, condicionamiento
o cancelación de los nuevos Programas académicos;
V.

En todos los casos, emitir las recomendaciones que
considere pertinentes, a las propuestas de nuevos
Programas académicos;

VI. Aprobar su calendario anual de sesiones;
VII. Aprobar el orden del día y el acta de sus sesiones; y
VIII. Emitir sus resoluciones mediante acuerdos.

CAPÍTULO III
DE LA CONFORMACIÓN DEL COMITÉ DICTAMINADOR

Artículo 5. Conformación.
El Comité Dictaminador estará conformado por las siguientes
personas:
I.

Una

persona

representante

de

cada

División

19

�febrero 2021

Universidad Iberoamericana

Académica;
II.

Una persona representante de la Dirección
General de Vinculación Universitaria;

III.

Una persona representante de la Dirección
General de Formación e Incidencia Ignacianas;
y

IV. Una persona representante de la DEC, con
funciones de Secretaría Técnica.
Las personas representantes serán designadas por el
o la titular de la División o Dirección correspondiente,
a solicitud expresa de la DEC.
Todas las personas integrantes del Comité Dictaminador
contarán con voz y voto.

Artículo 6. Responsabilidades de las personas
integrantes.
Son responsabilidades de las personas integrantes del
Comité Dictaminador:
I.

Observar en el desempeño de su cargo, el
Código de Ética y Conducta de la IBERO, así
como el resto de la normatividad universitaria;

II.

Asistir con puntualidad a las sesiones del
Comité Dictaminador;

20

�Comunicación Oficial 553

III.

Dirección General
de Vinculación
Universitaria

En caso de impedimento para asistir a una sesión
del Comité Dictaminador, notificar con anterioridad y
por escrito a la Secretaría Técnica;

IV. En caso de no asistir a una sesión del Comité
Dictaminador, designar a una persona representante
que asista a la sesión, quien contará con voz y voto,
o bien, hacer llegar al Comité Dictaminador, con
anterioridad a la respectiva sesión, sus observaciones
y votos en relación con los asuntos del orden del
día; y
V.

Guardar confidencialidad en torno a lo discutido en
las sesiones del Comité Dictaminador.

Artículo 7. Requisitos para ser integrante del Comité
Dictaminador.
Para formar parte del Comité Dictaminador se requiere:
I.

Contar con, al menos, el grado profesional de
licenciatura;

II.

Tener

amplio

conocimiento

de

la

estructura,

procedimientos académicos y administrativos de la
IBERO y una plena adhesión a su Ideario;
III.

Gozar de sólido conocimiento acerca de la educación
continua;

IV. Ser designada/o por la División o Dirección, general
o específica, según el caso;

21

�febrero 2021

Universidad Iberoamericana

V.

Contar con una relación laboral con la IBERO
de al menos tres años, de manera continua,
previos a la designación; y

VI. Ser integrante activo/a de la IBERO.

Artículo 8. Duración como integrante del Comité
Dictaminador.
Salvo la persona representante de la DEC, las personas
integrantes durarán en su cargo dos años, con la
posibilidad de extender su periodo de funciones por
dos años más de manera consecutiva.
Quienes

ya

hayan

formado

parte

del

Comité

Dictaminador por dos períodos consecutivos, podrán
volver a ser integrantes de éste una vez que hayan
transcurrido al menos dos años de su separación,
siempre y cuando cumplan con los requisitos señalados
en el artículo previo.
La Secretaría Técnica será responsable de gestionar
el seguimiento de los procesos para la renovación del
Comité Dictaminador.
La persona representante de la DEC durará en su
cargo hasta que sea destituida del mismo por la
persona titular de esta Dirección.

22

�Comunicación Oficial 553

Dirección General
de Vinculación
Universitaria

Artículo 9. Permanencia como integrante del Comité
Dictaminador.
Para

conservar

la

calidad

de

integrante

del

Comité

Dictaminador se deberá observar lo siguiente:
I.
II.

Mantenerse como integrante activo/a de la IBERO;
No tener más de tres inasistencias a las sesiones del
Comité Dictaminador en el curso de un año;

III.

No tomar licencias de una duración mayor a seis
meses;

IV. En caso de haber incurrido en una falta disciplinar,
haber

cumplido

cabalmente

con

la

sanción

establecida; y
V.

Cumplir con las obligaciones previstas en este
reglamento.

Artículo 10. Sustitución y renuncia.
Las personas integrantes del Comité Dictaminador podrán
ser sustituidas de manera inmediata por disposición del o
de la titular de la División o de la Dirección correspondiente,
cuando se actualice alguno de los supuestos que le hagan
perder la calidad de integrante, de conformidad con lo
previsto en el artículo anterior.
Las y los integrantes del Comité Dictaminador podrán
renunciar a su cargo por cualquier razón que consideren
pertinente, presentando el respectivo escrito ante la persona

23

�febrero 2021

Universidad Iberoamericana

que les designó y notificando de ello a la DEC.

De

manera inmediata, la DEC solicitará a la División o
Dirección correspondiente que designe a una nueva
persona integrante en sustitución de quien renunció.

CAPÍTULO IV
DE LA PRESIDENCIA Y SECRETARÍA TÉCNICA

Artículo 11. De la Presidencia.
La Presidencia de cada sesión será ocupada de
manera rotativa, dependiendo de la experiencia de
los y las integrantes en el tema a tratar durante la
misma, determinándose quien realizará las funciones
inherentes por mayoría de votos.

Artículo 12. Atribuciones de la Presidencia.
Son atribuciones de la Presidencia:
I.

Presidir las sesiones del Comité Dictaminador; y

II.

Contar con voto de calidad.

Artículo

13.

Atribuciones

de

la

Técnica.
Son atribuciones de la Secretaría Técnica:

24

Secretaría

�Dirección General
de Vinculación
Universitaria

Comunicación Oficial 553

I.

Convocar a las sesiones ordinarias y extraordinarias

II.

En los casos en los que una persona integrante

del Comité Dictaminador;
asista a la sesión de manera virtual, recibir sus
observaciones y voto a través de correo electrónico,
y comunicarlo al Comité Dictaminador;
III.

Elaborar el orden del día y ponerlo a consideración
del Comité Dictaminador;

IV. Elaborar el acta de sesión, que contenga el dictamen
correspondiente cuando se resuelva sobre la apertura,
continuidad,

condicionamiento

o

cancelación

de

Programas académicos de educación continua de
Oferta abierta, y remitirlo al resto de integrantes del
Comité Dictaminador para su aprobación, así como
recabar las firmas correspondientes.
En el acta se asentará el resultado de la votación
sobre el asunto tratado en la sesión, sin asociar
los votos y/o los comentarios con los nombres de
quienes los emitieron. El número de acta se definirá
cronológicamente de acuerdo con el número y fecha
de sesión;
V.

En la última sesión del año calendario, proponer al
Comité Dictaminador el calendario anual de sesiones
del año siguiente;

VI. Poner a disposición de las personas interesadas,
los Formatos para las propuestas de Programas

25

�febrero 2021

Universidad Iberoamericana

académicos;
VII. Recopilar la información de las propuestas de
Programas académicos y la documentación
pertinente

que

se

relacione

con

dichas

propuestas para su discusión durante las
sesiones;
VIII. Hacer llegar por correo electrónico a cada
integrante

del

propuestas

de

la

Comité

Dictaminador,

Programas

documentación

las

académicos

correspondiente,

con

y
la

convocatoria y el orden del día de la sesión
respectiva;
IX. Hacer

del

conocimiento

de

las

Personas

proponentes la resolución acordada por el
Comité Dictaminador respecto a las propuestas
de Programas académicos que presentaron;
X.

Recabar las firmas de quienes participaron en
la sesión;

XI. Resguardar las actas del Comité Dictaminador;
y
XII. Delegar en la persona que considere pertinente
la función de apoyo secretarial de la Secretaría
Técnica, cuando por razones extraordinarias
no pudiera asistir a una sesión del Comité
Dictaminador. Dicha persona no tendrá voz ni
voto en la sesión.

26

�Comunicación Oficial 553

Dirección General
de Vinculación
Universitaria

CAPÍTULO V
DE LAS PROPUESTAS DE PROGRAMAS ACADÉMICOS

Artículo 14. Presentación de propuestas.
Las propuestas deberán presentarse ante la Secretaría
Técnica del Comité Dictaminador.
Solo se recibirán las propuestas que se presenten en los
Formatos que el Comité Dictaminador, a través de su
Secretaría Técnica, ponga a disposición de las personas
interesadas, las cuales deberán solicitar el Formato referido
a ésta.

Artículo 15. Requisitos mínimos para la revisión de
propuestas académicas.
El

Comité

Dictaminador

revisará

únicamente

aquellas

propuestas que cumplan cabalmente con cada uno de los
siguientes requisitos:
I.

Presentarse con al menos treinta días naturales de
anticipación a la próxima fecha en que sesionará
el Comité Dictaminador. Las personas interesadas
podrán consultar el calendario de sesiones en la
Secretaría Técnica;

II.

Ser presentadas en el Formato que el Comité
Dictaminador, a través de su Secretaría Técnica, ponga

27

�febrero 2021

Universidad Iberoamericana

a disposición de las personas interesadas;
III.

Que

todos

los

campos

del

Formato

correspondiente estén completos;
IV. Que se utilice lenguaje incluyente en los
Formatos

correspondientes

de

conformidad

con la Política Institucional de Igualdad y
Equidad de Género de la IBERO;
V.

Que la redacción esté libre de errores de
ortografía y sintaxis;

VI. Que

haya

congruencia

entre

los

temas

propuestos y el perfil de ingreso y egreso de
quienes participen en calidad de estudiantes;
VII. Que la bibliografía propuesta sea pertinente,
actualizada y que esté escrita en Formato APA
(formato estandarizado para la citación de
fuentes y referencias bibliográficas, establecido
por la Asociación Americana de Psicología, por
sus siglas en inglés);
VIII. Que el temario observe la visión ética y de
responsabilidad social que la IBERO promueve
en todos sus programas formativos; y
IX. Que los temas del Programa académico sean
acordes a la identidad institucional y a la
filosofía educativa que la IBERO establece en
su Misión, Visión e Ideario.
La Secretaría Técnica podrá retroalimentar a las Personas
proponentes acerca de su propuesta académica antes
de que sea remitida al Comité Dictaminador.

28

�Dirección General
de Vinculación
Universitaria

Comunicación Oficial 553

Artículo 16. Proponentes externos.
Las Personas proponentes externas a la IBERO deberán contar
con las condiciones para ser contratadas por la IBERO de
acuerdo a la política de contratación de Recursos Humanos.

CAPÍTULO VI
DE LAS SESIONES DEL COMITÉ DICTAMINADOR

Artículo 17. Tipo de sesiones.
Las sesiones podrán ser ordinarias o extraordinarias.
Las sesiones ordinarias se realizarán cada dos meses
de conformidad con el calendario anual aprobado con
anticipación por el Comité Dictaminador.
Las sesiones extraordinarias tendrán lugar fuera de dicho
calendario y se llevarán a cabo cuando alguna o algunas
propuestas ameriten dictamen urgente por razones de
viabilidad logística. Podrán ser convocadas por la Secretaría
Técnica por acuerdo tomado en una sesión ordinaria, o bien,
a solicitud de la CA o a petición de dos o más integrantes
del Comité Dictaminador.

Artículo 18. Convocatoria de las sesiones.
La convocatoria para las sesiones ordinarias se realizará al
menos con diez días naturales de anticipación a la fecha

29

�febrero 2021

Universidad Iberoamericana

de sesión.
La convocatoria para las sesiones extraordinarias se
realizará al menos con tres días hábiles de anticipación
a la fecha de sesión.

Artículo 19. Asistencia a sesiones.
La asistencia a las sesiones puede darse de manera
presencial o virtual.
La asistencia de manera virtual podrá darse en dos
modalidades:
I.

Intervención en la sesión a través del uso de
una plataforma electrónica. En este caso, las
observaciones y voto se podrán emitir durante
la sesión; o

II.

Intervención en la sesión a través del envío de
observaciones y voto por correo electrónico,
al menos con 48 horas de anticipación a la
hora de inicio de sesión. El voto que no sea
enviado en el término antes mencionado no
será válido.

30

�Comunicación Oficial 553

Dirección General
de Vinculación
Universitaria

Artículo 20. Quórum.
Para que pueda llevarse a cabo la sesión, se debe contar
con la asistencia presencial o virtual de al menos tres
integrantes.
En caso de que no se reúna el quorum antes señalado, la
Secretaría Técnica convocará a una sesión extraordinaria,
misma que deberá celebrarse en un plazo no mayor a 10
días naturales. En este caso, la sesión se podrá celebrar con
las personas integrantes que se encuentren presentes y sus
acuerdos tendrán plena validez.

Artículo 21. Lugar y duración de las sesiones.
Las

sesiones

presenciales

del

Comité

Dictaminador

se

llevarán a cabo en la sala de juntas de la DEC; en caso de
ser necesario, la Secretaría Técnica podrá elegir otro lugar
para llevar a cabo la sesión y dará el aviso conducente a
las y los integrantes.
Las sesiones, tanto ordinarias como extraordinarias, durarán
como máximo dos horas. Para prolongarlas, se requerirá el
voto a favor de la mayoría de quienes estén participando
en la misma.

31

�febrero 2021

Universidad Iberoamericana

Artículo 22. Invitación a personas expertas.
Cuando así se requiera, a solicitud de cualquiera de
las personas integrantes y con el visto bueno de la
CA, se podrá llamar a personas expertas ajenas al
Comité Dictaminador, para que brinden información
especializada en relación con las propuestas de
Programas académicos, a efecto de que el Comité
Dictaminador pueda emitir un dictamen más certero.
Las personas expertas invitadas no podrán participar
en el debate interno de los asuntos del Comité
Dictaminador.

Artículo 23. Dinámica de las sesiones.
Las sesiones se desarrollarán conforme a lo siguiente:
I.

La Secretaría Técnica convocará a sesión,
enviando a las y los integrantes el orden del
día y los documentos de trabajo;

II.

La Secretaría Técnica pasará asistencia y se
asegurará de que se cuente con el quórum
necesario para sesionar;

III.

Iniciada la sesión se dará lectura al orden
del día y, en su caso, se aprobarán las
modificaciones;

IV. El

Comité

Dictaminador

discutirá

y,

consecuentemente, aprobará, condicionará o

32

�Dirección General
de Vinculación
Universitaria

Comunicación Oficial 553

rechazará las propuestas de Programas académicos
conforme

a

los

criterios

establecidos

en

el

Reglamento General de Educación Continua y, en su
caso, emitirá las recomendaciones necesarias para
cada propuesta;
V.

En los casos en los que una o un integrante del
Comité Dictaminador remita observaciones y voto de
manera virtual, la Secretaría Técnica dará cuenta de
estos durante la sesión;

VI. Las personas integrantes tendrán siempre el derecho
de intervenir con toda libertad para expresar su
parecer respecto a las propuestas presentadas y
a los asuntos que indique el orden del día. La
expresión de su punto de vista se dará con mesura
y cortesía;
VII. Discutida cada propuesta, la Secretaría Técnica
pedirá a las y los integrantes que emitan su voto
y procederá a asentar el resultado de la votación
en el acta de la sesión, sin asociar los votos y/o
los comentarios con los nombres de quienes los
emitieron;
VIII. En caso de que se condicione una propuesta de
Programa académico, se emitirán recomendaciones.
Una vez ajustada la propuesta a las recomendaciones

33

�febrero 2021

Universidad Iberoamericana

del Comité Dictaminador, esta se listará en el orden
del día para una segunda y última revisión por
parte del mismo, cuyo dictamen tendrá que ser de
aprobación o rechazo definitivo; y
IX. El acta se enviará para su aprobación a los y
las integrantes que participaron en la sesión, con
cuando menos cuatro días naturales de antelación a
la celebración de la siguiente, procediendo a recabar
las firmas correspondientes.

Artículo 24. Confidencialidad de la información del
Comité Dictaminador.
Las actas del Comité Dictaminador no podrán ser consultadas
por personas ajenas a éste o que no tengan vigente la
calidad de integrante, exceptuando aquellas que por la
naturaleza de sus funciones, sean autorizadas por el propio
Comité Dictaminador, a través de su Secretaría Técnica.

CAPÍTULO VII
DE LAS RESOLUCIONES

Artículo 25. Resoluciones del Comité Dictaminador.
Las resoluciones del Comité Dictaminador se tomarán por
mayoría de votos y se plasmarán en el acta de la sesión
de conformidad con lo señalado en el presente Reglamento.

34

�Comunicación Oficial 553

Dirección General
de Vinculación
Universitaria

La Secretaría Técnica, elaborará el acta de acuerdos que
contenga el dictamen correspondiente cuando se resuelva
sobre la apertura, continuidad, condicionamiento o cancelación
de Programas académicos de educación continua de Oferta
abierta, y lo remitirá al resto de integrantes del Comité
Dictaminador para su aprobación.
El

dictamen

sobre

la

propuesta

del

nuevo

Programa

académico deberá ser notificado a la Persona proponente en
un plazo que no exceda de 05 días hábiles de conformidad
con el calendario escolar a partir de la celebración de la
sesión en que se determine.

TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Reglamento entrará en vigor al día
siguiente de su publicación en la Comunicación Oficial de
la IBERO.
SEGUNDO. Se abrogan y derogan todas las disposiciones
normativas que sean contrarias al presente Reglamento.
TERCERO. Cualquier aspecto no previsto en este Reglamento

35

�febrero 2021

Universidad Iberoamericana

será resuelto por la o el Director de Educación Continua,
previa consulta a la persona titular de la Coordinación
Académica de la DEC, en el marco de la normatividad
institucional vigente.
CUARTO. La entrada en vigor del presente Reglamento no
afectará el nombramiento y conclusión del encargo de quienes
actualmente sean integrantes del Comité Dictaminador.

REFORMA AL REGLAMENTO GENERAL DE
EDUCACIÓN CONTINUA, APROBADA POR
LA DIRECCIÓN GENERAL DE VINCULACIÓN
UNIVERSITARIA
Publicado en Comunicación Oficial 529

36

�Comunicación Oficial 553

Dirección General
de Vinculación
Universitaria

ACUERDO
ÚNICO. Se reforman los artículos 13 y 28 del Reglamento
General de Educación Continua, para quedar como sigue:
TEXTO VIGENTE

TEXTO REFORMADO

Artículo 13. Participación en los
resultados económicos en Proyectos
Ibero o de Departamento Académico.
Los Departamentos Académicos y otras
instancias de la IBERO participarán en los
resultados económicos de la impartición
de los programas, siempre y cuando
su proyecto académico cumpla con lo
establecido en el artículo anterior y
participe de manera activa y directa en su
diseño, desarrollo, promoción, impartición
y administración, de conformidad con los
siguientes porcentajes:

Artículo
13.
Participación
en
los
resultados económicos en Proyectos
Ibero o de Departamento Académico.
Los Departamentos Académicos y otras
instancias de la IBERO participarán en los
resultados económicos de la impartición de
los programas, siempre y cuando su proyecto
académico cumpla con lo establecido en
el artículo anterior y participe de manera
activa y directa en su diseño, desarrollo,
promoción, impartición y administración, de
conformidad con los siguientes porcentajes:

I.

II.

III.

En el caso de participación de
Departamentos
Académicos,
la
DEC transferirá el 30% del total
de las utilidades del programa al
Departamento Académico y 20% a
la Vicerrectoría Académica;
En el caso de la participación de
los Programas de Incidencia, la DEC
transferirá el 30% de la totalidad
de las utilidades a la Dirección de
los Programas de Incidencia y 20%
a la Dirección General del Medio
Universitario; y
En el caso de la participación
de cualquier otra instancia de la
IBERO, la DEC transferirá el 30%
de la totalidad de las utilidades
a la instancia correspondiente y
20% a la dirección general o área
específica a la que esté adscrita.

Cuando los resultados económicos del
programa sean negativos, el Departamento
Académico y/o las instancias de la IBERO
involucradas asumirán las pérdidas en los
mismos porcentajes establecidos en las
fracciones anteriores.

I.

II.

III.

En el caso de participación de
Departamentos Académicos, la DEC
transferirá el 30% del total de las
utilidades del programa al Departamento
Académico y 20% a la Vicerrectoría
Académica;
En el caso de la participación de
los Programas de Incidencia, la DEC
transferirá el 30% de la totalidad de
las utilidades a la Dirección de los
Programas de Incidencia y 20% a
la Dirección General de Formación e
Incidencia Ignacianas; y
En el caso de la participación de
cualquier otra instancia de la IBERO,
la DEC transferirá el 30% de la
totalidad de las utilidades a la instancia
correspondiente y 20% a la dirección
general o área específica a la que esté
adscrita.

Cuando los resultados económicos del
programa sean negativos, el Departamento
Académico y/o las instancias de la IBERO
involucradas asumirán las pérdidas en los
mismos porcentajes establecidos en las
fracciones anteriores.

37

�febrero 2021

Universidad Iberoamericana

Artículo 28. Composición del
Comité.

Artículo
Comité.

28.

Composición

del

El Comité estará constituido por
las siguientes personas:

El Comité estará conformado por
las siguientes personas:

I.

Las y los titulares de cada una de
las Divisiones de la Vicerrectoría
Académica;
II. Un/una
representante
de
la
Dirección General de Vinculación
Universitaria;
III. Un/una representante de la Dirección
General del Medio Universitario; y
IV. Un/una representante de la DEC.

I.

El Comité elegirá entre sus
titulares, una presidencia y una
secretaría técnica, y se regirá de
conformidad con el reglamento
que sobre el particular expida la
DEC.

Las personas representantes serán
designadas por el o la titular de la
División o Dirección correspondiente,
a solicitud expresa de la DEC.

Una persona representante de cada
División Académica;
II. Una persona representante de la
Dirección
General
de
Vinculación
Universitaria;
III. Una persona representante de la
Dirección General de Formación e
Incidencia Ignacianas; y
IV. Una persona representante de la DEC,
con funciones de Secretaría Técnica.

Todas las personas integrantes del
Comité contarán con voz y voto.
El Comité se regirá de conformidad
con el reglamento que sobre el
particular expida la DEC.

TRANSITORIOS
ÚNICO. La presente reforma entrará en vigor el mismo día de
su publicación en la Comunicación Oficial de la Universidad
Iberoamericana Ciudad de México.

38

�Comunicación Oficial 553

�Dirección
General
Administrativa

Universidad Iberoamericana

Dirección General Administrativa

ANEXO A CUOTAS POR SERVICIOS Y
SANCIONES A PARTIR DE ENERO 2021
TRÁMITES

3.1 TRÁMITE DE ADMISIÓN A LICENCIATURA Y POSGRADO

1,525

3.2 TRÁMITE DE TITULACIÓN

5,000

3.3 DIPLOMA DE ESPECIALIDAD (NO INCORPORADO)

6,015

3.4 EXAMEN PROFESIONAL ESPECIALIDAD (INCORPORADO)

12,430

3.5 EXPEDICIÓN DE TÍTULO PROFESIONAL

8,230

3.6 EXAMEN PROFESIONAL PARA ESTUDIANTES EXTRANJEROS

12,430

3.7 EXAMEN EXTRAORDINARIO (POR EL NÚMERO

3,185

DE HORA/SEMANA/SEMESTRE DE LA MATERIA)
3.8 EXAMEN A TÍTULO DE SUFICIENCIA (POR EL NÚMERO

3,185

DE HORA/SEMANA/SEMESTRE DE LA MATERIA)
3.9 EXAMEN EXTRAORDINARIO O A TÍTULO POSGRADO

6,130

(POR EL NÚMERO DE HORA/SEMANA/SEMESTRE DE LA MATERIA)
3.10 TRÁMITE DE APOSTILLA	

1,505

3.11 TRÁMITE DE LEGALIZACIÓN	

1,040

3.12 TSU 'TRÁMITE DE TITULACIÓN (ESTE PRECIO APLICA A LOS ALUMNOS

500

QUE CONCLUYERON ANTES DE OTOÑO 2019)
3.13 TSU 'TRÁMITE DE APOSTILLA	

145

3.14 TSU 'TRÁMITE DE LEGALIZACIÓN

105

40

��</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
          </elementContainer>
        </elementSet>
      </elementSetContainer>
    </file>
  </fileContainer>
  <collection collectionId="1">
    <elementSetContainer>
      <elementSet elementSetId="1">
        <name>Dublin Core</name>
        <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
        <elementContainer>
          <element elementId="50">
            <name>Title</name>
            <description>A name given to the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="4">
                <text>Comunicaciones Oficiales</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="41">
            <name>Description</name>
            <description>An account of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="5">
                <text>Este espacio ofrece almacenamiento y búsqueda de las Comunicaciones Oficiales de la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México en formato digital. La colección comprende de 1973 a la fecha y sus correspondientes índices</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
        </elementContainer>
      </elementSet>
    </elementSetContainer>
  </collection>
  <itemType itemTypeId="1">
    <name>Text</name>
    <description>A resource consisting primarily of words for reading. Examples include books, letters, dissertations, poems, newspapers, articles, archives of mailing lists. Note that facsimiles or images of texts are still of the genre Text.</description>
  </itemType>
  <elementSetContainer>
    <elementSet elementSetId="1">
      <name>Dublin Core</name>
      <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
      <elementContainer>
        <element elementId="50">
          <name>Title</name>
          <description>A name given to the resource</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="6493">
              <text>Comunicación Oficial número 553 | febrero 2021</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="40">
          <name>Date</name>
          <description>A point or period of time associated with an event in the lifecycle of the resource</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="6494">
              <text>2021-03-09</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
      </elementContainer>
    </elementSet>
  </elementSetContainer>
</item>
