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                  <text>No. 73

1° de Mayo de 1979
4. COMITÉS ACADÉMICOS

Comité Académico General

PROMOCIONES DE NUMERARIOS
Por razones obvias, se retrasa para el período de Otoño la promoción de los
Profesores Numerarios.
(Comité Académico General, Acuerdo a la Sesión No. 10, marzo 28 de 1979)
OTRAS PROMOCIONES
El Comité Académico General aprueba que COPRAC haga los estudios
necesarios para que las promociones académicas puedan hacerse en
agosto, y que éstas entren en vigor en la misma fecha si lo permite la
situación económica de la Universidad, sobre todo en función del ingreso de
alumnos en la inscripción de Otoño.
Recomienda además a COPRAC que acelere la revisión del proyecto del
Reglamento de Méritos Académicos.
(Comité Académico General, acuerdo de la Sesión No. 11, abril 18 de 1979)

Comité Académico Departamentos
PROCEDIMIENTOS PARA LA REVISIÓN DE PLANES DE ESTUDIO
A sugerencia del COPLE enviada el 30 de marzo, el Comité Académico de
Departamentos aprobó los siguientes pasos para la Revisión de los Planes
de Estudio:
a)

Estudio del Plan vigente por parte de COPLE.

b)

Revisión del Consejo Técnico respectivo, teniendo en consideración el
estudio del COPLE.

c)

Reconsideración del COPLE antes de enviarlo al estudio y aprobación
del Comité Académico de Departamentos.

d)

Aprobación por parte del Comité Académico de Departamentos.

e)

Cuando el caso lo requiera, recabar la aprobación del Comité
Administrativo.

�f)

En el caso de nuevas licenciaturas, se requiere una aprobación previa
de carácter general de parte del Comité Académico de Departamentos.

(Sesión No. 7 del Comité Académico de Departamentos, 4 de abril de 1979).
FE DE ERRATAS
La hoja adjunta substituye a la correspondiente del Estatuto Orgánico,
Comunicación Oficial No. 72, ya que al Art. 54, se le había omitido el inciso f).

CAPITULO VI I I
DE LOS COMITÉS ACADÉMICOS
Artículo 53.- Los Comités Académicos son órganos responsables de la vida
académica de la Universidad y tienen facultades de asesoría o
decisión según el caso, en los asuntos que les sean propuestos
por el Rector, por el Director General Académico, por los Directores
Académicos o por cualquiera de los miembros del Comité, siempre
que no estén dentro de la competencia de otros organismos
Universitarios.
Artículo 54.- Al Comité Académico General corresponden los asuntos
académicos de interés para toda la Universidad. Lo integran:
a)
b)
c)
d)
e)
f)
g)
h)

El Director General Académico,
El Director de Departamentos,
El Director de Centros,
El Director de servicios Escolares,
Dos representantes del Comité de Departamentos,
Dos representantes del Comité de Centros,
Dos representantes de alumnos.
Un representante de los profesores.

Artículo 55.- Al Comité Académico de Departamentos corresponde coordinar,
promover y resolver en asuntos referentes a la actividad académica
de los Departamentos. Lo integran:
a)
b)
c)
d)
e)
f)

El Director de Departamentos,
El Director de Centros,
El Director de Servicios Escolares,
Un representante por cada una de
Departamentales, de preferencia Director,
Un representante de los alumnos,
Un representante de los profesores.

las

Divisiones

Artículo 56.- La Junta de Directores de cada División elegirá de entre sus
miembros, por mayoría de votos, a su representante, de preferencia
un Director, quien representará tanto al nivel de Licenciatura como al
de Posgrado.

�Artículo 57.- Al Comité Académico de Centros corresponde coordinar,
promover y resolver en asuntos referentes a la actividad académica
de los Centros. Lo integran:
a)
b)
c)

El Director de Centros,
El Director de Departamentos,
El Director de cada uno de los Centros.

Artículo 58.- El Director General Académico asiste opcionalmente a los
Comités Académicos de Departamentos y Centros.
Artículo 59.- Los representantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a)
b)
c)
d)
e)

Discreción comprobada a juicio del propio Comité.
Asiduidad en su asistencia a las sesiones.
Disposición de decidir teniendo más en cuenta el bien de la
Institución que el bien particular de un grupo.
Estar identificado, en la práctica, con el Ideario de la
Universidad Iberoamericana.
En el caso de los alumnos se requiere que estén cursando
el nivel avanzado de su categoría y una calidad académica
suficientemente demostrada.

Artículo 60.- El representante de los alumnos será elegido de acuerdo con el
procedimiento aprobado por los mismos alumnos y que aparece en
el Reglamento previamente registrado en la Dirección General
Académica.
Artículo 61.- El representante de los profesores será elegido de acuerdo con el
procedimiento aprobado por los profesores e investigadores y que
aparece en el Reglamento previamente registrado en la Dirección
General Académica.
Artículo 62.- Los representantes de cada una de las Divisiones y de los
alumnos durarán en su cargo un año, prorrogable por otro más.

�No. 73

1° de Mayo de 1979
6. DIRECCIÓN GENERAL ACADÉMICA

CURSOS DE VERANO:
A partir de este año, la carga máxima para el período de Verano para
alumnos de licenciatura será de 18 créditos, sin importar el número
materias. En estos 18 créditos se incluirán, en su caso, los créditos
Servicio Social y de Prácticas de Campo. Sin embargo, los alumnos
Antropología podrán cursar su práctica de Campo aunque supere los
créditos.

los
de
de
de
18

Se recuerda a los Directores de Departamento y a los alumnos, que éstos
deben inscribirse a través de Servicios Escolares a las Prácticas de Campo
que vayan a cursar cada período. De lo contrario éstas no podrán tener validez.
Los Directores de Departamento o Coordinadores de carrera deberán atender
a los alumnos que se encuentran amonestados, antes de que termine el
presente período de Primavera. En estas entrevistas podrán irse dando cuenta
de la situación académica de esos alumnos, los podrán orientar sobre las
materias que conviene lleven en el período de Verano y preparar las
decisiones de los Consejos Técnicos respecto a los alumnos que sean
dados de baja por bajo puntaje antes del período de Otoño.
DESIGNACIÓN:
El Art. 2.5 del Reglamento de Evaluaciones pide que la Dirección General
Académica designe los miembros de los Comités de Admisión y de
Reconsideración, por lo cual el Dr. Domínguez ha nombrado para que ejerzan
este cargo durante el período de Otoño de 1979, a las siguientes personas:
Srita. Josefina Reyes
Mtra. Virginia Luviano
Lic. José Cárdenas
Lic. Eduardo Labarthe
Ing. Héctor Peynetti Ruiz
Un Alumno

Coordinadora
Personal del COP
Profesor
Profesor
Profesor
Representante de ASA

�No. 73

1° de Mayo de 1979
12. DIRECCIÓN DE PERSONAL

SE INFORMA QUE EL NOMBRE DEL PUESTO DE AUDITOR INTERNO QUE
ACTUALMENTE OCUPA EL SR. C.P. MIGUEL TOLEDO CHÁVEZ, CAMBIA AL
DE CONTRALOR, POR ACUERDO DEL COMITÉ DE CONTRATACIÓN.

PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIO
1a. QUINCENA ABRIL
BAJAS:
Sra. Aída Mateos Delgadillo
Srita. Patricia Casillas Hernández

CAMBIOS
Srita. Orietta Morett Loyo

Departamento Internacional
Departamento de Ingeniería Mecánica
y Eléctrica

de Dirección de Servicios Escolares
a Departamento Internacional

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                <text>Este espacio ofrece almacenamiento y búsqueda de las Comunicaciones Oficiales de la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México en formato digital. La colección comprende de 1973 a la fecha y sus correspondientes índices</text>
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