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                  <text>N° 351

31 de enero de 2002
1. SENADO UNIVERSITARIO

NUEVO REGLAMENTO DEL SENADO UNIVERSITARIO
Acuerdo 2001-35
El Senado Universitario
Universitario.

acordó

aprobar

el Reglamento del Senado

UNIVERSIDAD IBEROAMERICANA CIUDAD DE MÉXICO
REGLAMENTO DEL SENADO UNIVERSITARIO
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 13 a 18 del Estatuto
Orgánico de la Universidad Iberoamericana Ciudad de México, el Senado
Universitario es el órgano colegiado que, presidido por el rector, ejerce las
funciones ordinarias de gobierno de la Universidad Iberoamericana Ciudad
de México, de acuerdo con la delegación y las facultades recibidas de la
Asamblea General de Asociados de UIAC. Aun cuando algunos senadores
provienen de diversos sectores de la comunidad universitaria, su autoridad y
sus facultades no las reciben de ellos, sino directa y exclusivamente de la
Asamblea General de Asociados de Universidad Iberoamericana, A. C.
Artículo 2
Según el artículo 15 del Estatuto Orgánico, el Senado Universitario está
integrado por los siguientes miembros:
a) El rector de la Universidad, quien participara ex oficio y tendrá voto de
calidad.
b) Cuatro miembros de la comunidad académica de tiempo de la UIA
Ciudad de México, de los cuales dos deberán ser directores de
Departamento o Instituto, y dos no deberán ser directores de ninguna
entidad universitaria.
c) Tres jesuitas que trabajen en la UIA Ciudad de México.
d) Tres miembros distinguidos del entorno académico-profesional, de

�e)

preferencia exalumnos de la UIA.
Un alumno de la UIA Ciudad de México.

Artículo 3
De acuerdo con el artículo 17 del Estatuto Orgánico, para ser senador, se
requiere:
a) Ser mayor de 30 años el día de su designación, con excepción del
alumno, que sólo deberá ser mayor de 18 anos.
b) Tener al menos un título profesional de licenciatura, salvo en el caso del
alumno.
c) Satisfacer los demás requisitos propios del sector específico de
procedencia.
d) No pertenecer a ninguna organización sindical de la Universidad.
e) Tener un profundo conocimiento de la Universidad y una plena
adhesión a su Ideario.
Artículo 4
Para el ejercicio de sus atribuciones, según están descritas en el artículo 14
del Estatuto Orgánico, el Senado Universitario podrá conformar las
comisiones que considere necesarias.
Se establecerán dos comisiones permanentes para el oportuno y adecuado
desahogo de las tareas y pendientes: 1) de carácter financiero, y 2) de las
relativas a la planeación y la evaluación institucionales.
Artículo 5
De conformidad con el artículo 21 del Estatuto Orgánico, en el que se
establecen sus atribuciones, el rector presidirá el Senado Universitario.
Para el adecuado desempeño de sus tareas con relación al Senado
Universitario y en su calidad de Presidente de este órgano, el rector
nombrara a un secretario que, en caso de no ser senador, participará sin
derecho a voz ni voto.
El rector deberá presentar asuntos no contemplados en el artículo 21 del
Estatuto Orgánico cuando lo considere necesario para la buena marcha de
la Universidad, o bien cuando su intervención este prevista en otros
documentos internos de carácter reglamentario.
Artículo 6
Una vez al ano el rector deberá presentar un informe general, en una sesión
publica y extraordinaria del Senado Universitario.

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31 de enero de 2002
1. SENADO UNIVERSITARIO

para desempeñar las funciones de apoyo secretarial arriba descritas, lo hará
sin voz ni voto.
Artículo 11
Las sesiones del Senado Universitario se sujetaran a las indicaciones que se
describen a continuación:
11.1 De las convocatorias
El secretario convocara a los senadores mediante el envío oportuno del orden del día acompañado de los materiales pertinentes,
según el calendario de sesiones aprobado. Salvo en casos de
urgencias o cuando no sea posible contar con los materiales con
anticipación, las convocatorias se expedirán 72 horas antes de la
sesión. Si no se pudiera cumplir con esta disposición, podrá
suspenderse la sesión programada.
11.2 Del orden del día
El orden del día de cada sesión será elaborado ordinariamente por
el secretario en consulta con el rector. Será sometido a la aprobación de los senadores al comienzo de cada sesión, y éstos tendrán
siempre derecho a proponer el tratamiento de los puntos en que
consideren conveniente o necesaria la intervención del Senado
Universitario. Cuando se trate de asuntos que requieran un
examen profundo o que no se cuente con la información suficiente,
las propuestas de los senadores deberán presentarse por escrito y
al menos con 10 días de anticipación.
11.3 De la correspondencia
La correspondencia remitida al Senado Universitario deberá
turnarse al secretario, quien le dacha el tratamiento adecuado para
el desahogo más expedito posible de los asuntos que a través de
ese medio se planteen.
11.4 De los asuntos que tratara ordinariamente el Senado
El Senado se dedicara a los asuntos que son de su estricta
competencia conforme a las atribuciones que le señala el artículo
14 del Estatuto Orgánico.

�11.5 De las actas de las sesiones
Quien funja como secretario del Senado Universitario será responsable de que se levante un acta sintética y se formulen los acuerdos tomados en cada sesión. Dicha acta llevará el número que le
corresponda conforme al orden cronológico de las sesiones, será
reproducida de acuerdo con la técnica más adecuada y enviada a
los senadores con toda oportunidad para su lectura previa a la
siguiente sesión.
Al comienzo de cada sesión, después del orden del día, serán
leídos los acuerdos tornados en la sesión anterior, para su aprobación o enmienda por parte de los senadores. Una vez aprobados
los acuerdos, el acta será firmada por quienes hayan asistido a la
sesión correspondiente. Los senadores resguardaran las actas
recibidas y, una vez terminado su periodo, las entregaran al
secretario.
11.6 Del lugar y tiempo de las sesiones
Las sesiones del Senado tendrán lugar, habitualmente, en la Sala
del Senado de la Universidad Iberoamericana. En el caso de una
emergencia, el secretario elegirá otro local en el que puedan
llevarse a cabo las sesiones. Terminada la situación de
emergencia se volverá al local ordinario.
11.7 De la duración de las sesiones
Las sesiones, tanto ordinarias como extraordinarias, durarán como
máximo dos horas. Para prolongarlas más allá de este termino se
requerirá del voto a favor de la mayoría de los senadores
presentes.
11.8 Del quorum en las sesiones del Senado
Cuando el secretario haya anotado a los presentes, el rector
declarará si hay o no quorum, según se encuentren o no en la sala
la mitad más uno de los senadores. En caso de no haber quorum,
se suspenderá la sesión y se convocara a otra sesión a juicio del
rector. Si después de dos convocatorias no se reúne el número
suficiente de senadores y los asuntos que se han de tratar no
admiten dilación, se llevará a cabo la sesión con los senadores que
estén presentes.
11.9 De las intervenciones de los senadores
Los senadores tendrán siempre el derecho de intervenir con toda
libertad en la discusión de los asuntos que forman parte del orden
del día. En la exposición de sus puntos de vista deberán guardar
mesura y cortesía.
Pasadas tres intervenciones de cualquier persona sobre el mismo
punto, el rector podrá preguntar a los asistentes si se considera
suficientemente debatido el asunto. En caso afirmativo, se pasara
inmediatamente a la votación; en caso negativo, se abrirá de nuevo
el debate, que no deberá prolongarse más allá de dos vueltas de
participación de los presentes.

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1. SENADO UNIVERSITARIO
CAPITULO II
DE LA ELECCIÓN E INSTALACIÓN DE LOS SENADORES

Artículo 7
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 16,17 y 18 del Estatuto
Orgánico, salvo en el caso del rector, el Senado ratificara, o elegirá y
nombrara a los senadores mediante votación por mayoría simple, y podrá
pedir nueva propuesta hasta que esta condición se cumpla.
Artículo 8
Los candidatos a senador propuestos por cada sector deberán surgir de
procesos de selección basados en los siguientes procedimientos, de cuya
legitimidad podrá dictaminar el propio Senado Universitario:
8.1
Los dos miembros de la comunidad académica que no son
directores tendrán que ser ratificados por el Senado Universitario
tras haber sido elegidos de acuerdo con la fracción II del Artículo
17 del Estatuto Orgánico, por mayoría simple, por los académicos
de tiempo con categoría de "Asociado" (o equivalente en
dependencias distintas a los departamentos y los institutos) o
superior, en votación en la que hayan participado al menos dos
terceras partes de ellos, organizada por la Vicerrectoría
Académica.
8.2
Los dos miembros de la comunidad académica que son
directores tendrán que ser ratificados por el Senado Universitario
tras haber sido elegidos de acuerdo con la fracción II del Artículo
17 del Estatuto Orgánico, por mayoría simple, por los directores
de los departamentos y los institutos, en reunión a la que hayan
asistido al menos las dos terceras panes de estos, a convocatoria
de la Vicerrectoría académica.
8.3
Los tres jesuitas serán nombrados por el Senado Universitario a
propuesta, de uno o más candidatos, hecha por los jesuitas que
trabajan en la Universidad, de acuerdo con la fracción III del
Artículo 17 del Estatuto Orgánico.
8.4
Los tres miembros distinguidos del entorno académico-profesional

�8.5

serán nombrados por el Senado Universitario, a propuesta de la
Asamblea General de Asociados de UIAC, de acuerdo con la
fracción IV del Artículo 17 del Estatuto Orgánico.
El alumno tendrá que ser ratificado por el Senado Universitario
tras haber sido elegido, por mayoría simple mediante votación
organizada por la Dirección General a cuyo cargo esté la atención de alumnos, en la que deberá participar al menos dos tercios
de los presidentes de las sociedades de alumnos debidamente
elegidos por los alumnos del o los programas curriculares a que
representen. De no ser posible la forma anterior de votación, ésta
será por mayoría simple de por lo menos la mitad de los alumnos
inscritos en la Universidad a la fecha de la votación, de acuerdo
con la fracción V del Artículo 17 del Estatuto Orgánico.
CAPITULO III
DE LAS SESIONES DEL SENADO UNIVERSITARIO

Artículo 9
Las sesiones del Senado serán ordinarias o extraordinarias. Las primeras
son aquellas que se realizaran cada mes de conformidad con el calendario
aprobado con anticipación, para cada periodo, por el propio Senado
Universitario; las segundas son las que tendrán lugar, fuera de dicho
calendario, con ocasión de algún acontecimiento urgente o que amerite un
tratamiento especifico. Las sesiones extraordinarias podrán ser convocadas
por acuerdo tomado en una sesión ordinaria, a petición del rector, a solicitud
de alguna de las comisiones permanentes, a requerimiento de cuatro o más
senadores, o bien por la Asamblea General de Asociados de UIAC, de
conformidad con el inciso "k" del Artículo 12 del Estatuto Orgánico.
Artículo 10
Corresponde al secretario, nombrado por el rector:
a) Recopilar la información, la correspondencia y en general los materiales
con que se trabajara antes y durante las sesiones.
b) Hacer llegar estos materiales con oportunidad a cada senador, juntocon
el orden del día de la sesión respectiva.
c) Redactar un acta sintética de cada sesión.
d) Formular los acuerdos, leerlos para su aprobación, recabar las firmas
correspondientes, comunicarlos a las distintas instancias n
i volucradas
en su cumplimiento, y entregar a Comunicación Oficial los que deban
ser publicados.
e) Responsabilizarse del archivo del Senado Universitario y tomar las
medidas para su adecuado resguardo, acorde con las políticas
institucionales existentes al efecto.
En el caso de ser senador, el secretario podrá ser asistido por una persona
de confianza que, si bien participara en las sesiones del Senado Universitario

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31 de enero de 2002
1. SENADO UNIVERSITARIO

11.10 De la formación de comisiones
Además de las comisiones permanentes que se establecen en el
Artículo 4 de este reglamento, cuando alguno de los asuntos que
se traten en el Senado amerite un estudio detenido y profundo,
podrán designarse comisiones especiales de senadores al efecto.
Para que las comisiones sean funcionales deberán constar de dos
o tres miembros, uno de los cuales hará cabeza, tomara la
responsabilidad de su buena marcha y entregara oportunamente al
Senado el dictamen o resultado correspondiente.
11.11 Del llamamiento de personas ajenas al Senado para recibir
informe a oír opiniones
Para una resolución más precisa y correcta de los asuntos de su
competencia, el Senado Universitario tendrá el derecho de llamar a
funcionarios universitarios o especialistas en la materia, a fin de
que, con sus intervenciones, informes a opiniones puedan ilustrar y
enriquecer la decisión de los senadores. Su intervención terminara
cuando los senadores no tengan ninguna aclaración que pedir; en
ningún caso podrán participar en el debate interno de los asuntos.
11.12 De los acuerdos del Senado
Salvo en el caso estipulado en el inciso "c" del Artículo 14 del
Estatuto Orgánico, todos los acuerdos del Senado se podrán tomar
por mayoría simple. Cualquier resolución que afecte a la vida
universitaria deberá formularse en forma de acuerdo y formara
parte del acta de la sesión respectiva. Los acuerdos que sean de
aplicación inmediata o tengan una particular importancia, podrán
ser aprobados en la sesión misma.
CAPITULO IV
DE LA EJECUCIÓN DE LOS ACUERDOS DEL SENADO UNIVERSITARIO
Artículo 12
Conforme al inciso "d" del artículo 21 del Estatuto Orgánico, el rector deberá
garantizar el cumplimiento de los acuerdos tornados en el Senado
Universitario. El rector velará por que los acuerdos del Senado lleguen a las

�autoridades académicas o administrativas a que correspondan, y por que
estas los acaten o les den el debido cumplimiento. A través del secretario,
hará el seguimiento de cada uno, a informara al Senado Universitario con la
periodicidad que se requiera.
Artículo 13
Los acuerdos del Senado que tengan carácter conclusivo y reglamentario
serán dados a conocer a la Comunidad Universitaria mediante su
publicación en Comunicación Oficial. Los que, por no ser del interés general
de la Comunidad Universitario o que por su índole reservada, no deban
publicarse, constaran no obstante en el acta correspondiente.
Las actas del Senado Universitario no podrán ser consultadas por quienes
en ese momento no sean senadores, sin el permiso expreso del propio
Senado Universitario.
CAPITULO V
DE LOS DERECHOS, OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES
DE LOS SENADORES
Artículo 14
Los senadores podrán llevar al Senado Universitario todos los asuntos que
consideren de la competencia de este órgano. En general lo harán por
conducto del secretario, pero será el rector quien decidirá si se tiene toda la
información necesaria acerca del asunto o si se debe consultar antes a otros
organismos externos o de la Universidad para su inclusión en el orden del
día de alguna sesión próxima.
Artículo 15
A fin de que su voto sea ilustrado, los senadores tendrán derecho a solicitar
toda la información institucional que se requiera para el cumplimiento de sus
atribuciones; deberán hacerlo a través del rector, quien la pedirá a los
funcionarios bajo sus ordenes, según el caso.
Artículo 16
Cuando sea el caso, los senadores podrán tomar el parecer de cualquier
miembro de la Comunidad Universitaria sin que, por ello, estén obligados a
seguirlo al emitir su voto, el que deberán ponderar en conciencia, si bien de
acuerdo con la información que posean.
Artículo 17
Los senadores deberán cumplir con lealtad y eficacia la función que se les
ha encomendado. deberán asistir con puntualidad a las sesiones a las que
se les convoque y avisar oportunamente cuando estén impedidos para
hacerlo. En el desarrollo de las sesiones deberán adoptar una actitud
académica, de apertura y pluralidad así como un comportamiento conforme

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31 de enero de 2002
1. SENADO UNIVERSITARIO

al espíritu y los fines de la Universidad; deberán guardar las normas de la
decencia y el decoro, y en caso de que no observen estas normas, se les
podrá hacer una llamada de atención o aplicar una sanción mediante un
acuerdo del propio Senado.
Artículo 18
Los senadores se abstendrán de divulgar la posición de otros senadores en
las discusiones. Únicamente podrán comunicar los acuerdos a que se llegue
y, según el caso, con las debidas reservas.
CAPITULO. VI
DE LAS AUSENCIAS, LICENCIAS Y RENUNCIAS DE LOS SENADORES
Artículo 19
El senador que acumule mas de dos ausencias consecutivas a las sesiones
del Senado Universitario quedara automáticamente separado de su cargo.
Artículo 20
Los senadores podrán pedir licencia cuando consideren que hay causa
justificada para ausentarse o para no desempeñarse en este cargo por un
tiempo que, en ningún caso, podrá exceder los seis meses.
Si el plazo por el que se pide la licencia no excede de dos meses, el permiso
podrá otorgarlo el Senado Universitario en forma económica, y sin que sea
necesario nombrar un suplente. Si la licencia se pide por un plazo mayor, la
petición deberá hacerse por escrito; en caso de que la decisión del Senado
Universitario sea favorable, este deberá nombrar al senador suplente para
que ejerza como tal durante el tiempo que dure la licencia. Si el Senado
Universitario decide no aceptar la solicitud de licencia, se deberá seguir el
proceso ordinario expuesto en los artículos 7 y 8 de este reglamento.
Artículo 21
Los senadores podrán renunciar a su función por cualquier razón que
consideren fundada para ello. La renuncia deberá presentarse por escrito, y
el Senado Universitario podrá aceptarla o rechazarla; en caso de aceptarla

�se procederá al nombramiento de un nuevo senador conforme a los
procedimientos previstos en los artículos 7 y 8 de este reglamento.
Artículo 22
Cuando, por cualquier motivo, un senador deje de cumplir los requisitos con
base en los que fue propuesto, o bien se encuentre próximo al termino del
periodo para el que fue nombrado, se procederá a la elección del
correspondiente nuevo senador, conforme a lo establecido en los artículos 7
y 8 del presente reglamento.
El senador saliente entregara al secretario los documentos recibidos durante
su participación en ese órgano colegiado, y el secretario hará entrega de los
documentos necesarios para el ejercicio de su función al nuevo senador.
TRANSITORIOS
Transitorio 1
El presente reglamento entrara en vigor una vez que haya sido publicado en
Comunicación Oficial.
Transitorio 2
El presente reglamento abroga el reglamento aprobado en la sesión 452 del
10 de octubre de 1996 y publicado en Comunicación Oficial No. 287 de
octubre de 1996.
(sesión N° 534 del 8 de noviembre de 2001)
NOMBRAMIENTO DE UNA COMISIÓN PERMANENTE DE PLANTACIÓN
Y EVALUACIÓN INSTITUCIONALES
Acuerdo 2001-36
El Senado Universitario acordó que la comisión permanente de planeación y
evaluación institucionales quede integrada por el Mtro. José Carreño Carlon,
la Mtra. Sylvia Schmelkes del Valle y el Dr. Luis Vergara Anderson.
(sesión N° 534 ordinaria del 8 de noviembre de 2001)

�N° 351

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4. COMITÉ ACADÉMICO

SE APROBÓ EL DOCUMENTO DE "NORMAS PARA LA AUTORIZACIÓN
DE PLAZAS Y LA CONTRATACIÓN DE PERSONAL ACADÉMICO DE
TIEMPO".
Normas para la Autorización de Plazas y la Contratación de
Personal académico de Tiempo
I. Normas para la solicitud de plazas

1

Requisitos para presentar una solicitud de nueva plaza.
1. Debe fundamentarse la necesidad de más personal para cumplir
apropiadamente las funciones sustantivas de la unidad concretadas en
planes y programas. Los criterios para evaluar la necesidad dependerán
de las características de esos programas: el número de alumnos en sus
programas curriculares y servicio departamental, requisitos del
CONACYT, demanda de servicios, a otros.
2. Se deben especificar las funciones concretas que cubrirá la plaza y el
tiempo que durara esa necesidad.
3. Debe preverse que exista el espacio, mobiliario y equipo requerido para
el ejercicio de las funciones de la plaza para la fecha en que se desee
cubrir.
Procedimiento

2

1. La iniciativa para solicitar una nueva plaza se considera en el Consejo
académico a propuesta de cualquiera de sus miembros. Este organismo
toma la decisión después de estudiar la iniciativa a la luz de las funciones
sustantivas de la Unidad académica.
1
2

Cf. Manual para la selección, ingreso y evaluación del personal académico, cap. 3.
Manual..., n° 3.2.1a

�2. El Director solicita la plaza alas autoridades correspondientes según los
procedimientos institucionales.
II.- Normas para la selección y contratación de personal académico de
tiempo
Requisitos para la contratación de personal académico.
1. El personal que se contrate debe tener el perfil académico y valoral que
responda a las funciones de la plaza.
2. Debe tener también la disponibilidad para desempeñar el puesto en las
condiciones requeridas por la plaza.
Procedimiento
1. El Consejo académico de la Unidad nombra una comisión dictaminadora,
de acuerdo a los lineamientos establecidos en el Manual para la
3
selección, Ingreso y evaluación del Personal Académico, y aprueba los
4
términos de la convocatoria.
2. El Director de la Unidad académica publica la convocatoria, previo visto
bueno de la Dirección de Personal y a través de la Dirección de
5
Comunicación Social.
3. La comisión dictaminadora recibe las solicitudes y procede a la
6
realización del concurso.
4. El Secretario del Consejo académico le presenta a este los resultados de
la comisión dictaminadora.
5. Una vez examinados los dictámenes, el Consejo académico emite su
7
juicio sobre cada candidato. Recomienda a uno de ellos.
6. Tomando en cuenta esos juicios y recomendación, el Director elige a un
candidato para ocupar la plaza.
7. El director llena el formato institucional incluyendo la asignación de
funciones y la categoría solicitada para el candidato.
3

Manual..., no 3.2.2
Manual..., no 3.2.3.1
5
Manual..., no 3.2.3.2
6
Manual..., no 3.2.4
7
Manual..., no 3.2.7
4

�N° 351

31 de enero de 2002
4. COMITÉ ACADÉMICO

8. El director recaba el visto bueno del Director Divisional y del Vicerrector,
quienes toman en cuenta que el proceso haya partido de las funciones de
8
la unidad y haya transcurrido conforme a los lineamientos establecidos
9. La solicitud sigue el resto de los procedimientos institucionales
(Sesión N° 640 del 29 de noviembre de 2001)
SE APROBÓ EL PROCEDIMIENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE
INDULTOS.
Procedimiento para el Otorgamiento de Indultos
1. Disposiciones Generales.

8

1.1

El alumno que haya sido dado de baja de la Universidad por haber
incurrido en las situaciones descritas en los incisos a, b y c del
articulo 4.2 del Reglamento de trámites Escolares para Estudios de
Licenciatura, podrá solicitar un indulto al Consejo Técnico de su
programa curricular para poder reinscribirse. El indulto podrá ser
solicitado por el alumno inmediatamente después de haber
cometido las infracciones referidas en los incisos mencionados o
después de estar fuera de la institución por uno o más periodos
académicos.

1.2

Para el otorgamiento de un indulto, el Consejo Técnico considerará
si el alumno solicitante puede corregir la situación académica que
causó la baja mediante sus propios recursos más el apoyo
académico de su programa académico y de otras instancias.

1.3

Si el alumno indultado no cumple con las obligaciones establecidas
en el artículo 2.5 de este procedimiento, será dado de baja

Manual..., no 3.2.7

�definitivamente de la Universidad, sin tener posibilidad de solicitar un
segundo indulto.
1.4
No procederá la solicitud y otorgamiento de un segundo
indulto a un mismo alumno por la misma causa qua dio origen al
primero.
1.5

El otorgamiento de un indulto no podrá condicionarse a qua el
alumno cambie de carrera. Los indultos para alumnos qua soliciten
cambio de carrera serán otorgados únicamente por el Comité de
Admisión.

1.6

Las decisiones del Consejo Técnico respecto al otorgamiento o
negación de un indulto son inapelables. Únicamente si el Consejo
Técnico no tomó en cuenta todos los elementos a qua se refiere el
artículo 2.3, es decir, la solicitud del alumno, su kárdex y el
resultado de la entrevista, el alumno podrá apelar ante el Director
Divisional correspondiente y, si la apelación procede, éste remitirá
de nuevo el caso al Consejo Técnico para qua sean tomados en
consideración todos los elementos necesarios para determinar el
otorgamiento del indulto.

2. Procedimiento
2.1

El Alumno entregara personalmente a su coordinador el formato
"Solicitud de Indulto" (ver Anexo 1) qua se le entregara en su
departamento. Deberá anexar una carta dirigida al Consejo
Técnico de su programa en la qua exponga las razones que
justifican su solicitud de indulto.

2.2

Posteriormente, el alumno acudirá a una entrevista con su
coordinador o la persona qua éste designe (ver Anexo 2, "Guía de
entrevista para indultos").

2.3

El Consejo Técnico analizara el caso con base en la solicitud
presentada por el alumno, su kárdex y el resultado de la entrevista.
El Consejo Técnico hará las recomendaciones qua considera
pertinentes para mejorar el desempeño del alumno.

2.4

El coordinador del programa curricular o la persona qua éste
designe se entrevistará con el solicitante del indulto para
comunicarle, verbalmente y mediante el formato" Resultado de
solicitud de indulto" (ver Anexo 3), la resolución y las
recomendaciones del Consejo Técnico. Esa entrevista se realizaré
con la anticipación suficiente a las fechas de reinscripción del
siguiente periodo académico de manera que, si el indulto es
concedido, el alumno pueda reinscribirse.

�N° 351

31 de enero de 2002
4. COMITÉ ACADÉMICO

2.5

En caso de recibir el indulto, el alumno deberá subsanar las
situaciones que dieron lugar a su baja mediante las siguientes
acciones, según sea el caso:
a) El alumno dado de baja según lo establecido en los incisos a y
b del artículo 4.2 del Reglamento de Trámites Escolares para
Estudios de Licenciatura deberá acreditar la materia pendiente
en el periodo inmediato posterior al otorgamiento del indulto.
b) El alumno dado de baja según lo establecido en el inciso c del
artículo 4.2 del Reglamento de Trámites Escolares para
Estudios de Licenciatura deberá alcanzar el promedio mínimo
de calidad de su carrera en un máximo de dos períodos
escolares a partir del otorgamiento del indulto.
c) El alumno dado de baja por más de una de las causas
establecidas en el artículo 4.2 del Reglamento de Trámites
Escolares para Estudios de Licenciatura deberá cumplir con las
obligaciones establecidas en los incisos a y b precedentes.

El alumno quedará en estado de indultado mientras no corrija las
condiciones que causaron su baja.
(Sesión N° 640 del 29 de noviembre de 2001)

�ANEXO 1
SOLICITUD DE INDULTO
LICENCIATURA EN:
Folio
Fecha
I.- DATOS GENERALES

Nombre:

Edad:
Apellido Paterno

Apellido Materno

N° Cta.:

Sexo:

Edo. Civil:

Nombres

Plan de Estudios:

Fecha de ingreso a la UIA:

Fecha de ingreso a la UIA:

Has cambiado de carrera:

Trabajas:

Dónde:

Puesto que desempeñas:

Cuántas hrs. a la semana:

II.- HISTORIA ACADÉMICA
Promedio actual

Total de Créditos Cursados:

N° de Veces amonestado:

N° de semestres inscritos en la UIA:

En tu historia académica ¿cuántas veces se te ha dado de baja?
Motivos

¿Solicitaste indulto(s) en semestres anteriores?
Sí
No
¿Se te otorgó?
Sí
No
Si la respuesta es Sí, escribe bajo qué condiciones; si la respuesta es NO, escribe por qué no se te otorgó.

Anota todas las materias que has reprobado o has dado de baja, desde que iniciaste tu carrera, aunque ya las hayas
aprobado. Escribe periodo y profesor:
MATERIA

PERIODO

PROFESOR

�Nombre del solicitante:
DESCRIPCION DE MOTIVO(S) POR LO( S) QUE FUE DAD O(A) DE BAJA.

GUÍA DE ENTREVISTA PARA INDULTO
No. de Cuenta:

Anotar razones de la baja: Promedio de calidad ( ), Materia inscrita cuatro veces( ), Materia reprobada tres veces ( ).

ESTUDIOS
a) Preparatoria de origen; promedio; dificultades relevantes; materias más difíciles o problemáticas, más fáciles; logros especiales, etc.

Correo Electróni co:

b) Experiencia estudiantil; cómo vivi ó el cambio de la preparatoria a la Universidad; cómo y por qué escogió la UIA; motivación hacia la carrera; cómo estudia; esfuerzo requerido e invertido; dificultad con materias, razones, etc.

c) ¿En qué aspecto crees que necesitas se más eficiente?

d) ¿Por qué crees que el C.T. debería indultarte?

Descripción, tiempo que dedica a ella; uso del tiempo libre, actividades extraescolares, etc.

INTERESES, AFICIONES, ACTIVIDADES EN EL TIEMPO LIBRE

FAMILIA
Opinión da los padres sobre su situación actual; cobre su carrera; con quién más ha platicado el respecto. Con quién vive. A qué se dedican los padres. Descripción del hogar. Hermanos. Relaciones familiares.

SALUD FÍSICA Y EMOCIONAL
Historia de salud relevante; exámenes físicos. Problemas psicológicos. T ratamientos.

�¿Cuáles son tus características personales m ás positivas y cuáles las m ás negativas?

n úmero de materias inscritas por período, etc.)

Experiencia laboral. Relació n con la carrera que estudia. Dedicació n. Interés en el trabajo. Qué está aprendiendo de esa experiencia. Qué busca en ese trabajo. Logros principales.

TRABAJO

REPORTE DEL PROFESOR ( análisis posterior a la entrevista)
Actitud del alumno(a)
Puntualidad a la cita
Colaboración durante la entrevista
Análisis del kárdex (tendencia de calificación por períodos, materias dadas de baja, materias reprobadas,
¿Considera que el alumno(a) tiene claridad sobre el sentido del indulto?
¿En el presente, hay razón(es) para que el indulto se: conceda( ) niegue( ) posponga( )

Fecha de la entrevista para comunicar la resolución del C.T.

Puesto que ocupa

Para ser indultado por el Consejo T écnico, considera que el alumnos es un candidato BUENO( ) REGULAR( ) POCO ADECUADO( ) INADECUADO
Su orientación al Consejo T écnico respecto a sugerirle algo al alumno(a), tanto si se le concede como si se le niega el indulto sería (tome en cuenta aspectos emocionales, familiares, vocacionales, de
Hábitos de estudio, de trabajo, académico, universitarios, de salud, etc.):

Nombre del Entrevistador(a)
Firma
Fecha da la primera entrevista

NOTA: la información aquí recabada es confidencial y para uso exclusivo del Consejo Técnico y del personal autorizado por él.
Terminado el proceso de indulto esta hoja deberá quedar archivada en el Departamento, conjuntamente con los documentos que lo acompañan.
Dirección de Asuntos Estudiantiles y Comunitarios – Asistencia de Rendimiento Académico. Centro de Desarrollo Educativo – Subprograma de Atención Personalizada.

�México, D. F., a

de

de 20

RESULTADO DE INDULTO

Núm. de cuenta

Nombre del alumno
Apellido paterno

Plan de estudios

Viejo ( )

Apellido materno

Plan Nuevo ( )

Nombres

Santa Fe I ( )

Santa Fe II ( )

Carrera
TIPO DE INDULTO
DADO DE BAJA POR PROMEDIO

DADO DE BAJA POR 3 REP.

DADO DE BAJA POR 4 INSC.

DADO DE BAJA POR DISCIPLINA

FECHA DE LA BAJA
RESULTADO DEL CONSEJO TÉCNICO

SE CONCEDE

SI( )

NO( )

LLENAR ESTA SOLICITUD EN 2 TANTOS

PROCESADO
Uso ex clusi v o D.S.E.

FIRMA DEL DIRECTOR

DSE-1325

�N° 351

31 de enero de 2002
4. COMITÉ ACADÉMICO

CATEGORÍAS ACADÉMICAS
Conforme a la delegación de responsabilidad que el Comité Académico
General hizo en su sesión 534 a los Directores de las Divisiones de Estudios
Disciplinares y Profesionales y a la Dirección de Formación Valoral y en la
confianza de que cuidaron que se cumplieran los lineamientos establecidos
tanto en el Reglamento de Personal Académico corno por la Universidad
Iberoamericana, la Vicerrectoría Académica dio el Visto Bueno a las
siguientes asignaciones y cambios de categorías:
Cambio de categoría a profesores de tiempo
§ División de Estudios Disciplinares
Departamento de Ciencias
Act. Gerardo Enríquez Berrio
§ División de Estudios Profesionales

Asociado 3

Departamento de Administración y Contaduría Pública
Mtro. Roberto Alejandro Sánchez de la Vara
Titular 3
Departamento de Comunicación
Mtro. José Ángel Pescador Hernández

Titular 3

Departamento de Derecho
Lic. José Luis Juan Caballero Ochoa
Mtra. Mariana Dobernig Gago

Titular 3
Titular 3

Departamento de Estudios Internacionales
Lic. Luis Edilberto González Villanueva
Lic. Rocío Casanueva de Diego

Asociado 3
Titular 3

�Departamento de Ingenierías
Mtra. Mariana Ruiz Morales
Ing. Roberto Carlos Tinoco Guevara

Titular 3
Asociado 1

§ Dirección de Formación Valoral
Lic. Juan Manuel Micher Camarena
Dra. Patricia Villegas Aguilar

Titular 3
Titular 5

§ Dirección de la Biblioteca "Francisco Xavier Clavigero"
Lic. Raissa Somorrostro López

Asociado 3

Cambio de categoría a profesores de asignatura
§ División de Estudios Disciplinares
Departamento de Ciencias
Ing. Patricia Olivia Treviño Suàrez del Real
Fís. Víctor Mendoza Olivares
Mtro. José Luis Morales Hernández
Mtra. Rebeca Rochman Beer

Asignatura A
Asignatura A
Asignatura AA
Asignatura A

Departamento de Filosofía
Dra. Dulce Maria Granja Castro

Asignatura A

Departamento de Letras
Dr. Enrique Alejandro Guiarte Bendímez

Asignatura A-D

§ Divisi ón de Estudios Profesionales
Departamento de Administración y Contaduría Pública
Lic. Mauricio Lomelí de la Torre
Asignatura C
Sr. José Bernabé Pontones y López
Asignatura C
Lic. Fausto Alfredo Ríos Raeder
Asignatura C
Sr. Eduardo Torres Cantú
Asignatura C
Lic. José de Jesús Arturo de Alba Monroy
Asignatura B
Lic. Mónica Alejandra López Pérez
Asignatura B
C. P. Alberto Villegas Calero
Asignatura B
Mtro. Faustino Álvarez Freixas
Asignatura A
Lic. Gilberto Eduardo Bonilla Cámara
Asignatura A
Mtro. Víctor Orozco Cruz Abeyro
Asignatura A
Lic. Guadalupe Paulina Orozco Orrico
Asignatura A
Lic. Laura Pérez Sandi Cuen
Asignatura A
Ing. Jorge Pineda Peñaloza
Asignatura A

�N° 351

31 de enero de 2002
4. COMITÉ ACADÉMICO

Mtro. Jorge Rodríguez García
Lic. Deyanira Dolores Sánchez Garza
Lic. Mario Herbé Venegas Cubero
Mtro. Carlos Antonio Álvarez Balbás
Lic. Maria Guadalupe Aguiluz Aceves
Lic. Guillermo Anguiano Rodríguez
Mtro. Javier Cervantes González
Ing. Dionisio García Bullegoyri
Mtro. Mauricio Nieto Martínez
Ing. José Francisco Roch Abiega
Mtro. Jorge Smeke Zwaiman
Lic. Braulio José Zapata Canales

Asignatura A
Asignatura A
Asignatura A
Asignatura A
Asignatura AA
Asignatura AA
Asignatura AA
Asignatura AA
Asignatura AA
Asignatura AA
Asignatura AA
Asignatura AA

Departamento de Arquitectura, Urbanismo y Diseño
D. G. Gerardo Raúl del Olmo Palomeque
D. T. Andrés Ricardo Gutiérrez Vicente
D. T. Patricia Herrera Martínez
Ing. José Luis Zárate Camacho
Mtra. Maria Teresa Garza Ballesteros
Lic. Bertha Elena Sotelo Delgado
Mtro. Tibor Bak-Geler Geler
D. G. Eduardo Javier Nieto Ituarte
Mtro. Rogelio Ramón Ramos Molina

Asignatura B
Asignatura B
Asignatura B
Asignatura B
Asignatura A
Asignatura A
Asignatura AA
Asignatura AA
Asignatura AA

Departamento de Derecho
Lic. Guillermo Arroyo de Anda Carranza
Lic. Alberto Eduardo Ascanio Tsuchiya
Lic. Juan Cortinas Barajas
Lic. Fortino Delgado Carrillo
Lic. Marco Francisco Forastieri Muñoz
Lic. Alfonso Guati Rojo Sánchez
Lic. Elisa Guadalupe Hernández Romo Valencia
Lic. Jorge Antonio Loyo Pérez
Mtro. Bernardo Llerenas Bracho

Asignatura
Asignatura
Asignatura
Asignatura
Asignatura
Asignatura
Asignatura
Asignatura
Asignatura

B
B
B
B
B
B
B
B
B

�Lic. Luis Amando Melgar Bravo
Lic. Juan Manuel Morales Heyser Morales
Lic. Ricardo Morales Paredes
Lic. Marciano Alberto Moreno Loyo
Lic. Armando Zacarías Ostos Zepeda
Lic. Alfonso Sierra Lam
Lic. José Antonio Sosa Castañeta
Mtra. Larissa Soto Mora
Lic. Armando Vázquez Rodríguez
Lic. Werner Vega Trapero
Mtro. Carlos Fuentes López
Dr. Juan Luis González Alcántara Carrancá
Mtro. José de Jesús Gudiño Pelayo
Mtro. David Jiménez Romero
Dr. Jaime Manuel Álvarez Garibay
Lic. José Luis Siqueiros Prieto

Asignatura B
Asignatura B
Asignatura B
Asignatura B
Asignatura B
Asignatura B
Asignatura B
Asignatura B
Asignatura B
Asignatura B
Asignatura A
Asignatura A
Asignatura A
Asignatura A
Asignatura AA
Asignatura AA

Departamento de Educación y Desarrollo Humano
Mtra. Diana Aizen Wajsfeld

Asignatura A

Departamento de Estudios Internacionales
Lic. Francisco Javier Rosado Vives
Lic. Alejandro Galindo Flores
Lic. David Renato Nájera Rivas
Mtra. Laura Zamudio González
Dra. Ana Teresa Gutiérrez del Cid

Asignatura B
Asignatura A
Asignatura A
Asignatura A
Asignatura AA

Departamento de Ingenierías
Mtro. Javier Haneine Haua
Ing. Carlos Juárez Balderas
Lic. María de Lourdes Martínez Zabal
Ing. César Arturo Villarreal Montaño
Ing. Claudia del Carmen Cárdenas Alanis
Mtro. José Luis Curiel Monteagudo
1. Q. Camerino Figueroa Lara
Lic. Cecilia García Schinkel
Mtro. Rosalino Vázquez López
Mtro. Eduardo José Medina Wiechers

Asignatura B
Asignatura B
Asignatura B
Asignatura B
Asignatura A
Asignatura A
Asignatura A
Asignatura A
Asignatura A
Asignatura AA

Departamento de Psicología
Mtro. Jorge Emilio Huerta Álvarez
Mtra. Amelia Jassan Djaddah
Lic. Yaqui Andrés Martínez Robles
Mtro. César Casasola Castro
Lic. Francisco Rodríguez Islas

Asignatura
Asignatura
Asignatura
Asignatura
Asignatura

B
B
B
A
A

�N° 351

31 de enero de 2002
4. COMITÉ ACADÉMICO

Lic. Rosalía Suárez Ávalos
Lic. Maria Enedina Villegas Hernández
Dra. Julieta Zacarías Ponce

Asignatura A
Asignatura A
Asignatura AA

Departamento de Salud
Lic. José Francisco Cuevas Macías
Lic. Adriana del Carmen Iturbe González

Asignatura A
Asignatura A

§ Dirección de Formación Valoral
Lic. Belem Magaña Almaguer
Lic. Ma. Concepción Herrera Solís

Asignatura B
Asignatura B

Asignación de categoría a profesores de tiempo
§ División de Estudios Disciplinares
Departamento de Arte
Dra. Ana Ortiz Islas

Titular 3

Departamento de Ciencias Sociales y Políticas
Dr. Aldo Muñoz Armenta

Titular 2

Departamento de Filosofía
Dr. Ángel Xolocotzi Yáñez

Asociado 3

Departamento de Letras
Dra. Claudia San Román Aladro

Titular 3

Departamento de Psicología
Dra. Ma. de la Soledad García Venero

Titular 4

�División de Investigaciones Interdisciplinares
Dra. Cristina de la Asunción Casanueva Reguart
Asignación de categoría a profesores de asignatura

Titular 3

§ División de Estudios Disciplinares
Departamento de Ciencias
Dra. Maria Covadonga Acacia Escandón Martínez
Fís. Marcelo Hernández Ávila
Mtra. Esperanza Rojas Oropeza

Asignatura B
Asignatura C
Asignatura C

Departamento de Ciencias Sociales y Políticas
Dr. José Carlos Aguado Vázquez
Lic. Maria Herrerías Guerra
Mtro. Bruno Henri Luzt Bachere
Mtra. Sylvia Narváez García
Dra. Gabriela Palavichini Corona
Dr. Juan José Velasco Orozco
Lic. José Gabriel de la Paz Sosa
Lic. José Javier de la Torre Gómez de Velasco
Dr. Francisco Jiménez Ruiz
Lic. José Luis Samaniego Leyva
Lic. Elsa Leticia Valiente Riveros
Lic. Rubén Esteban Lechuga Paredes
Lic. Tanya Dantus Pastrana

Asignatura A
Asignatura C
Asignatura B
Asignatura AA
Asignatura C
Asignatura A
Asignatura C
Asignatura C
Asignatura B
Asignatura C
Asignatura C
Asignatura C
Asignatura C

Departamento de Ciencias Religiosas
Dr. Jorge Fernando Heredia Zubieta, S.J.

Asignatura A-D

Departamento de Economía
Lic. Rosa Maria Brun Serrano
Mtro. Federico Dudet Bellanger
Mtro. Juan Pedro González Ibarra
Dra. Liliana González Meza
Lic. Rebeca Ibarra Olivares

Asignatura C
Asignatura C
Asignatura B
Asignatura A
Asignatura C

Departamento de Filosofía
Lic. Esther Ahumada Cervantes
Mtra. Nora Maria Matamoros Franco
Lic. Mónica Maya Castro
Lic. Mariana Espinoza Moyeda
Dr. José Morales y Mancera
Dr. Rodrigo Guerra López

Asignatura
Asignatura
Asignatura
Asignatura
Asignatura
Asignatura

B
A
B
B
A
A

�N° 351

31 de enero de 2002

Departamento de Letras
Lic. Brenda Escobedo Aymerich

Asignatura C

§ División de Estudios Profesionales
Departamento de Administración y Contaduría Pública
Lic. Alberto Fernando Cavia Cervera
Asignatura
C. P. Lázaro Gurrola Altamira
Asignatura
Lic. Daniel Amézquita Díaz
Asignatura
C. P. Maria Eugenia Martínez González
Asignatura
C. P. Maria Elena Álvarez Hernández
Asignatura
Lic. José Enrique Mar Arévalo
Asignatura

C
C
C
C
C
C

Departamento de Arquitectura, Urbanismo y Diseño
D. G. Flavio Montessoro Pérez
Sr. Marco Aurelio Vallejo Castillo
D. I. Ana María Charfén Norma
D. G. Maria Luisa Doval Martínez
Arq. Ileana García Sánchez
D. I. Alejandra Martínez Guzmán
Mtro. Ricardo Augusto Narváez García
Mtro. Alejandro Vallarino Marusich
Mtra. Patricia Magdalena Pena Ruiz
Mtro. Luis Alfonso Sosa Villaseñor
Sr. Lázaro Jiménez Laguna
D. G. Ricardo Navarro Pérez
Lic. Maria del Rosario Josefa Camas Gómez

Ayudante
Ayudante
Asignatura C
Asignatura C
Asignatura C
Asignatura C
Asignatura C
Asignatura C
Asignatura A
Asignatura A
Ayudante
Asignatura B
Asignatura B

Departamento de Derecho
Lic. Angelo Cianciulli Amone
Lic. Pablo Javier Corvera Caraza
Lic. Graciela Gómez Audiffred
Mtro. Carlos Humberto Ponce Trejo
Lic. Alfredo Banda Arrieta

Asignatura C
Asignatura C
Asignatura C
Asignatura B
Ayudante

�Lic. Alfonso Santiago Larena Ballesteros
Lic. Eduardo Luengo Creel
Dr. Román Lazcano Fernández
Dr. Mario Ignacio Álvarez
Mtro. Francisco Javier Dondé Matute
Departamento de Educación y Desarrollo Humano
Lic. Jimena Posadas Valdés
Departamento de Estudios Internacionales
Lic. Rodrigo Cervantes Laing
Lic. Ma. Florencia Palacio Gómez Samaniego

Ayudante
Asignatura B
Asignatura C
Asignatura A
Asignatura C

Asignatura C
Asignatura C
Asignatura C

Departamento de Ingenierías
Sr. Jean Jack Remond Christen
Ing. Javier Morales de la Barrera

Ayudante
Asignatura C

Departamento de Psicología
Lic. Alicia Domínguez de Pedro
Lic. Maria del Rocío Willcox Hoyos
Lic. José Jaime Nieto Fernández
Lic. Martha Pérez Calderón
Lic. Christian Elena Tiscareno Serrano
Lic. Eva Lorena López Ordaz
Méd. Alberto López Díaz
Lic. Audrey Gómez Attié
Lic. Magdalena Cázares Villa
Lic. Rebeca Brizuela Padilla
Lic. Yadel Ávalos Hernández

Asignatura C
Asignatura A
Asignatura C
Asignatura C
Asignatura C
Asignatura C
Asignatura C
Asignatura C
Asignatura C
Asignatura B
Asignatura C

Departamento de Salud
Lic. Ma. Guadalupe Serna Thomé
Méd. Carlos Riera Kinkel
Qím. Beatriz Amalia Beltrán Brauer
Mtra. Lilia Castillo Morales
Mtra. Ma. Eugenia Flores Quijano
Méd. Rosalba Vázquez Moreno

Asignatura C
Asignatura C
Asignatura C
Asignatura B
Asignatura C
Asignatura C

�N° 351

31 de enero de 2002
6. VICERRECTORÍA ACADÉMICA

NOMBRAMIENTOS
Dr. Alberto Salinas Franco
Jefe de Área de los Laboratorios de Química
Departamento de Ciencias
2 de enero de 2002
Mtra. Laura Pérez Rosales
Coordinadora del Posgrado en Historia
Departamento de Historia
3 de enero de 2002
Lic. Lucía Yfarraguerri Villarreal
Coordinadora de la Licenciatura en Administración Hotelera
Departamento de Administración y Contaduría Pública
25 de enero de 2002
RATIFICACIONES
D. I. Alma Topete Salmorán
Coordinadora de la Licenciatura en Diseño Textil
Departamento de Arquitectura, Urbanismo y Diseño
1 ° de enero de 2002
Dra. Florinda Riquer Fernández
Coordinadora del Posgrado en Ciencias Sociales
Departamento de Ciencias Sociales y Políticas
1 ° de enero de 2002
Mtra. María Natividad Viguera Revilla
Coordinadora de Servicio Departamental
Departamento de Ciencias Sociales y Políticas
1 0 de enero de 2002

�Mtra. Silvia Narváez García
Coordinadora de la Licenciatura en Sociología
Departamento de Ciencias Sociales y Políticas
1 ° de enero de 2002
Ing. Gustavo Gerardo Iturbide Ruiz
Coordinador de la licenciatura en Ingeniería Electrónica y de
Comunicaciones
Departamento de Ingenierías
1 ° de enero de 2002
M. C. Eduardo Arias Báez
Coordinador de la Licenciatura en Tecnología de Alimentos
Departamento de Ingenierías
1 ° de enero de 2002
M. C. Eduardo Arias Báez
Coordinador de la Maestría en Ingeniería de Calidad
Departamento de Ciencias
1 ° de enero de 2002
Ing. Joel Romero Gómez
Coordinador de Cómputo Académico de Ingenierías
Departamento de Ingenierías
1 ° de enero de 2002
Ing. Manuel del Moral Dávila
Coordinador de la Licenciatura en Ingeniería Civil
Departamento de Ingenierías
1 ° de enero de 2002
Mtra. Maria Cristina Barrón Soto
Coordinadora de la Licenciatura en Estudios Internacionales
Departamento de Estudios Internacionales
1 ° de enero de 2002
Lic. Rodrigo Alejandro Witker Barra
Coordinador de la Maestría en Museos
Departamento de Arte
1 ° de enero de 2002
Mtra. Elda Pasquel Muñoz
Coordinadora de la licenciatura en Historia del Arte
Departamento de Arte
1 ° de enero de 2002

�N° 351

31 de enero de 2002
6. VICERRECTORÍA ACADÉMICA

Mtra. Karen Cordero Reiman
Coordinadora de la Maestría en Estudios de Arte
Departamento de Arte
1 ° de enero de 2002
Mtra. Mariana Dobernig Gago
Coordinadora de la Licenciatura en Derecho
Departamento de Derecho
16 de enero de 2002
Arq. Rocío O'dogherty Madrazo
Coordinadora del Programa de Diseño Asistido por Computadora
Departamento de Arquitectura, Urbanismo y Diseño
1 ° de febrero de 2002
D. I. Maria Eugenia Rojas Morales
Coordinadora de la Licenciatura en Diseño Industrial
Departamento de Arquitectura, Urbanismo y Diseño
1° de febrero de 2002

�</text>
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        <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
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                <text>Comunicaciones Oficiales</text>
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                <text>Este espacio ofrece almacenamiento y búsqueda de las Comunicaciones Oficiales de la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México en formato digital. La colección comprende de 1973 a la fecha y sus correspondientes índices</text>
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    <description>A resource consisting primarily of words for reading. Examples include books, letters, dissertations, poems, newspapers, articles, archives of mailing lists. Note that facsimiles or images of texts are still of the genre Text.</description>
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              <text>Comunicación Oficial No. 351. 31 de enero de 2002</text>
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