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                  <text>Nº 296
Septiembre de 1997

1 SENADO UNIVERSITARIO
RATIFICACIÓN DEL REPRESENTANTE DE ALUMNOS
El Senado Universitario acordó la ratificación de la Srita. Rocío Torres Moguel como representante
de alumnos en sustición del Sr. Miguel Ángel de la Vega Arévalo, quien concluyó su período.
(Sesión Nº 463 del 14 de agosto de 1997)
NUEVO REPRESENTANTE DE FICSAC
El Senado Universitario acordó la ratificación del Ing. Antonio Purón Mier y Terán como
representante de FICSAC, en sustición de Don Rubén Aguilar Monteverde, quien concluyó su
periodo.

NUEVO REPRESENTANTE DE PROUNIVAC
El Senado Universitario acordó la ratificación del Mtro. Enrique Beascoechea Aranda, S. J. como
representante de PROUNIVAC, en sustición del Mtro. Jorge López-Moctezuma Cumming, S. J.,
quien renunció al Senado Universitario por motivos de salud con fecha 9 de septiembre de 1997.
(Sesión Nº 464 del 11 de septiembre de 1997)
NOMBRAMIENTO DE AUTORIDADES PROVISIONALES EN EL CENTRO DE
ORIENTACIÓN PSICOLÓGICA Y EN EL CENTRO DE INTEGRACIÓN
UNIVERSITARIA
El Senado Universitario aprobó el nombramiento de autoridades provisionales en el Centro de
Orientación Psicológica y en el Centro de Integración Universitaria, cuya gestión será por un
periodo que podrá extenderse hasta la conclusión del Semestre de Otoño de 1997.
(Sesión Nº 464 del 11 de septiembre de 1997)

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2 RECTORÍA
NOMBRAMIENTOS:
•
El Sr. Rector designó al Lic. Manuel Rodríguez Salazar, Director General de Recursos
Humanos, con fecha 10 de septiembre de 1997.
•
Previo acuerdo del Senado Universitario, con fecha 24 de septiembre de 1997, el Sr. Rector
designó al Lic. José Luis Bermeo Vega, encargado del despacho de los asuntos del Centro de
Integración Universitaria, en tanto se lleva a término el proceso de estudio y definición de los
cambios que se requieren para un mejor cumplimiento de los objetivos de la Dirección General de
Servicios Educativo-Universitarios y las entidades que de ella dependen.
La Universidad Iberoamericana agradece a la Mtra. Hilda Patiño Domínguez su valiosa
colaboración durante el tiempo que fungió como Directora del Centro de Integración Universitaria.
•
Previo acuerdo del Senado Universitario, con fecha 24 de septiembre de 1997, el Sr. Rector
designó a la Mtra. Martha Uribe Molints, encargada del despacho de los asuntos del Centro de
Orientación Psicológica, en tanto se lleva a término el proceso de estudio y definición de los
cambios que se requieren para un mejor cumplimiento de los objetivos de la Dirección General de
Servicios Educativo-Universitarios y las entidades que de ella dependen.
La Universidad Iberoamericana agradece a la Mtra. Nubia Solórzano Domínguez su valiosa
colaboración durante el tiempo que fungió como Directora del Centro de Orientación Psicológica.

4 COMITÉS ACADÉMICOS
COMITÉ ACADÉMICO GENERAL
"Los posgrados en la UIA....."
El Comité Académico General felicita al equipo de la Dirección de Estudios EducativoUniversitarios por la calidad del estudio realizado sobre "Los posgrados en la UIA.
Características generales de los programas. Opiniones de los alumnos sobre la calidad de
los programas y Análisis del personal académico" , asimismo a la Mtra. Maura Rubio y al Mtro.
Jesús Luis García por la presentación y claridad del trabajo realizado.
(Sesión Nº 514 del 22 de agosto de 1997)

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Ratificación de Representante de Alumnos
Se ratifica por un primer periodo, a partir del 22 de agosto de 1997, el nombramiento de la Srta.
Carolina Hernández Terrazas como representante de alumnos, ante el Comité Académico
General.
(Sesión Nº 515 del 5 de septiembre de 1997)

Modificaciones al Reglamento de Estudios de Licenciatura
El Comité Académico General aprobó las modificaciones al Reglamento de Estudios de
Licenciatura, con base en las nuevas opciones de titulación y el documento "Criterios generales
para la s distintas opciones de Titulación en las Licenciaturas", quedando de la siguiente manera:

REGLAMENTO DE ESTUDIOS DE LICENCIATURA
Título II
De la Inscripción a los Estudios de Licenciatura
Capítulo II
Primer Ingreso
Artículo 2.5
Para ingresar a la Universidad es indispensable:
b) Presentar el certificado de estudios de Educación Media Superior válido en la República
Mexicana.
Artículo 2.7
Los apirantes que provengan de otras instituciones de Educación superior, podrán ingresar a una
licenciatura en la Universidad, con las siguientes condiciones:
a)Presentar el certificado de estudios de Educación Media Superior válido en la República
Mexicana.
Capítulo VII
De la Evaluación Recepcional
Artículo 3.45 Los objetivos del Área de Titulación son:

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a) Expresar en un trabajo final la perspectiva con la cual el sustentante ingresa a su ejercicio
profesional, que integre la formación que el alumno ha recibido a lo largo de sus estudios en la
Universidad.
b) Dar ocasión a que el estudiante demuestre su juicio crítico y capacidad de síntesis para aplicar
sus conocimientos y habilidades con un criterio académico y/o profesional propio.
c) Recibir una realimentación global final sobre su capacidad para resolver problemas propios de
su profesión.
Artículo 3.46 Dependiendo de la opción de titulación elegida, el trabajo recepcional puede
comprender una parte escrita y otra oral.
Los Consejos Técnicos de los Programas, dictaminarán cuál o cuáles modalidades serán
aplicadas en cada uno de los programas y podrán incluir eventualmente requisitos
adicionales, previa aprobación del Comité Académico Divisional.
Las Opciones de Titulación que ofrece la Universidad son las siguientes:
a)
b)
c)
d)
e)
f)
g)

Reporte de trabajo en el campo profesional.
Tesina.
Tesis.
Reporte desarrollado a partir del trabajo en Servicio
Estudios de Posgrado.
Examen General de Conocimientos.
Excelencia Académica.

Social.

El Consejo Técnico del Programa, de mutuo acuerdo con el alumno, decidirá la opción de
titulación que desarrollará para la obtención del grado correspondiente.
Artículo 3.47 El reporte de trabajo en el campo profesional es la presentación escrita que resulta de
alguna experiencia profesional significativa, relacionada con la disciplina en que el sustentante aspira
a titularse. Debe ser un trabajo individual, a través del cual demuestre el logro e integración de los
aprendizajes generales del currículum de estudios de su programa, no concretándose a ser una mera
descripción de hechos.
El egresado deberá haberse desempeñado laboralmente en el área de conocimiento donde se ubica
el Plan de Estudios cursado, cuando menos durante dos años.
Artículo 3.48 La tesina es el trabajo escrito que resulte de un caso práctico, estudio o recopilación
bibliográfica o presente el estado de la cuestión sobre algún tema propio de la disciplina del
sustentante.
Deberá expresar el enfoque particular de quien la presente sin reducirse a una mera acumulación de
datos.
Podrá ser individual o colectiva. En este último caso, el número de participantes no será mayor de
tres alumnos.

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Artículo 3.49 La tesis es un trabajo escrito de investigación eminentemente teórico y/o
experimental, realizado con rigor metodológico y diversidad de fuentes, planteando claramente el
problema que se analiza, la hipótesis propuesta y las conclusiones obtenidas.
Podrá ser individual o colectiva. En este último caso, el número de participantes no será mayor de
tres alumnos y sólo en casos excepcionales y previa autorización de la Secretaría de Educación
Pública, podrán ser hasta cuatro alumnos.
Artículo 3.50 El reporte desarrollado a partir del trabajo en Servicio Social se propone como una
opción variante del reporte de trabajo en el campo profesional, cuando el caso así lo amerite por
tratarse de un proyecto interesante que requiere de la aplicación de los conocimientos y habilidades
que el ejercicio de la profesión demanda.
Es un trabajo escrito en el que se describen y evalúan las actividades y resultados obtenidos en la
realización del Servicio Social, con relación a los aprendizajes alcanzados.
El Servicio Social que se efectúe deberá ser congruente con los conocimientos adquiridos durante la
formación escolar, tener calidad académica y contribuir al desarrollo de la capacidad profesional del
o los sustentantes del informe y estar acorde con las normas del Centro de Servicio y Promoción
Social.
El informe que se presente podrá ser desarrollado con un enfoque disciplinario o multidisciplinario y
podrá realizarse en forma individual o colectiva, en cuyo caso el número de participantes no podrá
ser mayor de tres.
Artículo 3.51 La opción de titulación Estudios de Posgrado es la opción mediante la cual
una vez que el alumno haya cubierto los créditos de la licenciatura, podrá solicitar al
Consejo Técnico del Programa su aprobación para poder obtener el título profesional al
cursar un mínimo de 45 créditos con asignaturas correspondientes a programas de
posgrado que cuenten con el nivel académico que exige la Universidad, aprobadas cada
una de ellas con 8 ó más de calificación:
a) Los estudios deberán tener afinidad directa con los objetivos propios de la licenciatura
del sustentante y haber sido cursados en un programa que cuente con validez oficial en la
República Mexicana.
b) Un jurado, integrado al menos por tres sinodales, deberá avalar la pertinencia de los
estudios de posgrado efectuados y asentará en un acta de titulación el nivel y nombre del
programa cursado, la institución que lo impartió y el lapso en que se cumplieron los
créditos.
c) Si los estudios de posgrado fueron cursados por un alumno en el extranjero, la
evaluación de su pertinencia requiere que previamente se realice la revalidación
correspondiente por la Secretaría de Educación Pública.
Artículo 3.52 El examen general de conocimientos es una prueba escrita ( y a criterio del
Consejo Técnico del Programa, también oral) diseñada para evaluar los conocimientos,
habilidades y procesos valorativos propios del perfil profesional del sustentante, para

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verificar su capacidad para sintetizar y aplicar lo aprendido durante su ciclo de estudios
universitarios a la solución de problemas relacionados con su profesión.
La aplicación de dicho examen se llevará a cabo ante un jurado integrado por tres
sinodales como mínimo una vez cada semestre. Cada aspirante podrá optar por este
medio de titulación en sólo dos ocasiones.
Artículo 3.53 La titulación por Excelencia Académica, es la opción mediante la cual el
alumno podrá obtener su Título Profesional al momento en que haya cursado la totalidad
del Plan de Estudios correspondiente.
Los Consejos Técnicos de los Programas que hayan adoptado esta opción, serán la
instancia responsable de postular a los alumnos candidatos, con base en los siguientes
requisitos:
a) El Alumno propuesto debe haber cubierto su trayectoria académica en el tiempo
que establece el Reglamento de Estudios de Licenciatura ( Art. 1.13 ).
b) El promedio del alumno, al terminar su licenciatura, deberá ser el explícitamente
estipulado por el Consejo Técnico del Programa para esta modalidad de titulación.
c) El aspirante no debe haber reprobado ninguna materia en su licenciatura.
d) El alumno propuesto debe acreditar el Seminario de Titulación, diseñado especialmente
para este medio de titulación.
Artículo 3.54 En el caso de los siete Artículos anteriores, se tendrán que cumplir los requisitos
formales establecidos por la Dirección de Servicios Escolares.

Registro y Aprobación del Tema y la Modalidad del trabajo
Artículo 3.55 El alumno podrá registrar el tema del trabajo escrito para su recepción desde el
momento en que el Consejo Técnico del Programa tenga determinado, pero no antes del 75% de los
créditos de su carrera, sin tomar en cuenta el Servicio Social ni el Área de Titulación y hasta dos
años después de haber acreditado la última materia.
En caso de que transcurra un plazo mayor, el Consejo Técnico del Programa resolverá la forma más
adecuada para facilitar o verificar la actualización profesional del candidato.
Artículo 3.56 Para registrar el tema y la modalidad de su trabajo recepcional, el alumno deberá
presentar en el curso de Seminario de Proyecto de Opción Terminal un proyecto sobre dicho tema
conteniendo, al menos, la siguiente información: modalidad, título, sumario tentativo y bibliografía
básica. A partir de la fecha de aprobación del seminario se otorga un plazo de dos años de vigencia
para su realización.
En caso de que transcurra un plazo mayor, el Consejo Técnico del Programa decidirá si mantiene su
aprobación al tema y a la modalidad.

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Una vez aprobado el tema y la modalidad, el alumno no podrá cambiarlos sin la autorización del
Consejo Técnico del Programa
Artículo 3.57 Los proyectos de trabajo recepcional serán aprobados por el profesor del Seminario
de Proyecto de Opción Terminal.
Artículo 3.58 Para la realización del trabajo, el alumno escogerá un Director y dos lectores de su
trabajo recepcional, pero deberá contar con la ratificación del Director o Coordinador del programa,
siguiendo los lineamientos establecidos por el Consejo Técnico del Programa correspondiente.
Tanto el Director del trabajo recepcional como los lectores deberán estar titulados, tener tres años
de experiencia docente o profesional y al menos uno de ellos, debe ser personal académico de la
Universidad Iberoamericana.
Artículo 3.59 Para que el alumno pueda seguir los trámites recepcionales correspondientes, el
Director del trabajo y al menos uno de los lectores deberán aprobar el trabajo, por él mismo.

Examen Recepcional
Artículo 3.60 El jurado del examen recepcional constará de tres de los académicos nombrados en la
planta de sinodales. Ésta constará del Director del trabajo recepcional y al menos uno de los lectores
del mismo. El Director del Departamento con delegación del Consejo Técnico del Programa
nombrará, dos sinodales suplentes, con las características señaladas en el artículo 3.58.
Artículo 3.61 En caso de falta por parte de algún miembro de la planta de sinodales incluyendo
suplentes, el Director del Departamento correspondiente o un profesor del Consejo Técnico del
Programa podrá entrar al examen como sinodal emergente.
Artículo 3.62 El examen recepcional versará sobre el contenido del trabajo terminal.
Al hacer la réplica, los sinodales del jurado relacionarán el tema con los conocimientos generales de
la disciplina, la capacidad del sustentante para aplicarlos y su criterio disciplinar.
Artículo 3.63 Los exámenes recepcionales se realizarán, previa autorización de la Secretaría de
Educación Pública, con las siguientes características:
a) Serán públicos.
b) Para iniciar el acto, deberán estar presentes tres de los sinodales autorizados, uno fungirá como
Presidente, otro como Vocal y otro como Secretario.
Las políticas respectivas las fijará cada Departamento.
c) El Secretario deberá revisar que la documentación enviada por Servicios Escolares esté
completa.
d) Los sustentantes serán examinados individualmente.
e) Al concluir la réplica los sinodales deliberarán en privado y emitirán su veredicto.

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f) Acto seguido los sinodales comunicarán al examinado el veredicto, que sólo podrá ser de
aprobado o de suspendido.
g) Si es aprobado el sustentante rendirá la protesta ante los miembros del jurado.
h) Si es suspendido, se le concederá otra oportunidad de presentar el examen profesional no antes
de seis meses, con el mismo trabajo terminal y planta de sinodales.
En caso de volver a presentarse el dictamen de suspendido, el alumno deberá optar por un nuevo
trabajo terminal y someterse a las disposiciones que para el caso dictamine el Consejo Técnico del
Programa respectivo.
Artículo 3.64 Cuando el trabajo escrito y el examen oral sean de excepcional calidad, el jurado
podrá otorgar al sustentante:
a) Mención Honorífica, si además el examinado ha obtenido en su carrera por lo menos un
promedio de calidad igual al establecido por el Consejo Técnico del Programa para esa licenciatura
y no haber reprobado materias en su currículum.
Los Consejos Técnicos de los Programas mediante sus “Normas Particulares del Área de
titulación” podrán fijar otras condiciones para otorgar al sustentante la Mención Honorífica.
b) Reconocimiento al trabajo recepcional si no se cumple alguna de las condiciones del inciso
“a” de este Artículo. En estos casos la Dirección de Servicios Escolares a solicitud del Director del
Departamento correspondiente, extenderá un diploma adicional al sustentante.
(Estas modificaciones entrarán en vigor a partir de su publicación en Comunicación
Oficial)
(Sesión Nº 515 del 5 de septiembre de 1997)
Atribuciones de la Comisión de Servicios de Cómputo Académico
Se aprobó el documento:
"Atribuciones de la Comisión de Servicios de Cómputo Académico"
1.- Proponer a las instancias correspondientes los reglamentos y las políticas que rijan
institucionalmente el crecimiento y la actualización de la UIA en términos de cómputo académico.
2.- Asesorar a las autoridades correspondientes sobre proyectos nuevos de cómputo en los planes
anuales y, en su caso, otorgar el visto bueno. Participar en la planeación estratégica para asuntos de
cómputo.
3.- Definir los estándares a los que toda compra o ampliación de equipos de cómputo y sus
accesorios debe ceñirse.

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4.- Solicitar reportes sobre el estado tecnológico de las aulas computarizadas, los laboratorios y
servicios de cómputo en general, a fin de recomendar, promover, incentivar o llevar a cabo la
actualización de los mismos.
5.- Asesorar sobre decisiones de alcance institucional que en esta materia tomen áreas no
académicas para asegurar que los criterios académicos prevalezcan sobre los administrativos.
6.- Proponer a las instancias correspondientes el modo de proceder para establecer convenios y
contratos con compañías de software y hardware.
7.- Integrar subcomisiones para:
a) Analizar el entorno tecnológico con vías a determinar el curso de la institución en materia
informática.
b) Estudiar problemáticas específicas de una entidad.
c) Asesorar a las áreas académicas sobre el uso del cómputo como un medio educativo.
d) Cualquier asunto relacionado con el cómputo que requiera invitar expertos o asesores
ajenos a la comisión.
y se solicita a dicha comisión haga una propuesta respecto al nombre que considere más apropiado
en relación a las funciones y actividades que desarrollará.
(Sesión Nº 515 del 5 de septiembre de 1997)

6 DIRECCIÓN GENERAL ACADÉMICA
NOMBRAMIENTOS
LIC. GABRIELA WARKENTIN DE LA MORA
Jefa del Laboratorio de Fotografía
Departamento de Comunicación
28 de abril de 1997
LIC. ÁNGELES SÁNCHEZ GUTIÉRREZ
Jefa del Área de Periodismo
Departamento de Comunicación
4 de agosto de 1997.

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RATIFICACIONES
MTRA. LILIA B. MARTÍNEZ OTERO
Coordinadora del Posgrado en Desarrollo Humano
Departamento de Educación y Desarrollo Humano
2 de junio de 1997
MTRA. MA. ANTONIETA REBEIL CORELLA
Coordinadora de la Maestría en Comunicación
Departamento de Comunicación
8 de septiembre de 1997
ING. FERNANDO GARCÍA MÁRQUEZ
Jefe de Área de Prácticas de Campo
Departamento de Ingeniería Civil
14 de septiembre de 1997

15 DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS
EDUCATIVO UNIVERSITARIOS
RATIFICACIONES
LIC. ALMA RIVERA AGUILERA
Coordinadora de Automatización
Centro de Información Académica
1º de septiembre de 1997
LIC. SILVIA MA. DEL PILAR FLORES TORRES
Coordinadora de Servicios de Extensión
Centro de Información Académica
1º de septiembre de 1997
LIC. FERNANDO ÁLVAREZ ORTEGA
Coordinador de Servicios Técnicos
Centro de Información Académica
1º de septiembre de 1997
LIC. ADRIANA ARELLANO VELASCO
Coordinadora de Servicios a Usuarios
Centro de Información Académica
1º de septiembre de 1997

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LIC. MA. MAGDALENA ORTA MARTÍNEZ
Coordinadora de Servicio de Apoyo
Centro de Información Académica
1º de septiembre de 1997
LIC. HENA MARTÍNEZ DE ESCOBAR
Jefe de Adquisiciones
Centro de Información Académica
1º de septiembre de 1997
SRA. MARICELA SORIANO LÓPEZ
Jefe de Catalogación
Centro de Información Académica
1º de septiembre de 1997
LIC. CRISTINA SÁNCHEZ DE LA VARA
Jefe de Información Audiovisual
Centro de Información Académica
1º de septiembre de 1997
LIC. MA. TERESA MATABUENA PELÁEZ
Jefe de Acervos Históricos
Centro de Información Académica
1º de septiembre de 1997
LIC. BLANCA VILLARREAL CHÁVEZ
Jefe de Consulta
Centro de Información Académica
1º de septiembre de 1997

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        <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
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                <text>Este espacio ofrece almacenamiento y búsqueda de las Comunicaciones Oficiales de la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México en formato digital. La colección comprende de 1973 a la fecha y sus correspondientes índices</text>
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