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                  <text>Nº 281
Abril de 1996
1 SENADO UNIVERSITARIO
MEDALLA DE ORO "IGNACIO DE LOYOLA"
El Senado Universitario acordó otorgar la Medalla de Oro "Ignacio de Loyola" al Dr. José Rubén
Sanabria Tapia, académico de la Universidad Iberoamericana.

MEDALLA DE ORO "JOSÉ SÁNCHEZ VILLASEÑOR"
El Senado Universitario acordó otorgar la Medalla de Oro "José Sánchez Villaseñor" a los
siguientes académicos de la Universidad Iberoamericana:
Arq. José Luis Creixell Diaque
Arq. Santos Enrique Ruiz Gómez
Prof. Eduardo Pallares Díaz
C.P. Vartkes Hatsacorsian Hovsepian
Ing. Alejandro León de la Barra

RATIFICACIÓN DEL LIC. CARLOS GARZA FALLA COMO REPRESENTANTE DE
DIRECTORES EN EL SENADO UNIVERSITARIO
El Senado Universitario acordó la ratificación del Lic. Carlos Garza Falla como representante de
Directores en el Senado Universitario.
(Sesión Nº 438 del 14 de marzo de 1996)

4 COMITÉS ACADÉMICOS
COMITÉ ACADÉMICO GENERAL
Aprobación del Plan de Estudios de la Licenciatura en Relaciones Internacionales
Con base en el dictamen realizado por la Comisión para la revisión de Planes de Estudios (COPLE)
de licenciatura, el Comité Académico General aprobó el plan de estudios de la Licenciatura en
Relaciones Internacionales, solicitando al departamento de Ciencias Sociales y Políticas, se
incorporen los aspectos histórico y cultural en los programas de estudios de las materias
correspondientes y se incluyan en los objetivos de la licenciatura, la búsqueda del equilibrio y justicia
en las relaciones entre las naciones.
(Sesión Nº 472 del 29 de marzo de 1996)

�Nº 281
Abril de 1996
Aprobación del Plan de Estudios de la Licenciatura Abierta en Sociología
Con base en el dictamen realizado por la Comisión para la revisión de Planes de Estudios (COPLE)
de licenciatura, el Comité Académico General aprobó el plan de estudios de la licenciatura abierta
en Sociología, solicitando al departamento de Ciencias Sociales y Políticas, incorporar las siguientes
recomendaciones:
- Enfatizar en los objetivos generales la promoción del desarrollo y crecimiento de las diferentes
entidades sociales, como una capacidad y habilidad del egresado.
- Considerar la pertinencia de utilizar el subsistema de Sociología como complementante de
otras licenciaturas.
(Sesión Nº 472 del 29 de marzo de 1996)

Perfil del Egresado y Objetivos Generales en los Planes de Estudios
El Comité Académico General acordó solicitar a COPLE de licenciatura, lleve a cabo una revisión
en los Planes de Estudios en su conjunto, en las partes del Perfil del Egresado y Objetivos
Generales, con el fin de proporcionar uniformidad y equilibrio en la riqueza de su presentación,
cuidando que concuerden con la realidad, pero sin modificar los propósitos planteados por el
departamento. COPLE podrá solicitar la asesoría de la unidad académica correspondiente.
(Sesión Nº 472 del 29 de marzo de 1996)

Aprobación del Plan de Estudios de la Maestría en Ingeniería de Sistemas Empresariales
Con base en el dictamen realizado por la Comisión para la revisión de Planes de Estudios (COPLE)
de POSGRADO, el Comité Académico General aprobó el plan de estudios de la Maestría en
Ingeniería de Sistemas Empresariales, haciendo énfasis en las siguientes recomendaciones:
- Explicitar en los objetivos generales, la intención de formar profesionistas capaces de
desempeñarse con ética en su ejercicio disciplinar.
- Revisar la posibilidad de departamentalizar algunas materias
(Sesión Nº 472 del 29 de marzo de 1996)
Asignación de categoría a Académicos de Asignatura
Después de analizar la documentación enviada para el caso, el Comité Académico General acordó
otorgar las categorías a los maestros de asignatura que cumplen con los requisitos que establece el
Reglamento de Personal Académico, con efecto retroactivo a enero de 1996.

�Nº 281
Abril de 1996

U. Académica

Nombre Académico

Educ.y D.Hum.

De Agüero Servín Ma. de la s Mercedes
Pelcastre Arenas Beatriz
Pupko Veksler Issac

Derecho

Categoría
A
B
A

Cuevas Miguel Ricardo
Domínguez García Villalobos Jorge A.
Hernández Ortiz Martín de Jesús
Sánchez Rosales Armando
Corcuera Cabezut Santiago
De Velasco Vilada Manuel
Gutiérrez Fuster Raúl
Araque Contreras Juan Gualberto
Bátiz Vázquez Bernardo
Rojina García Adriana
Carrillo Careaga Luz del Carmen
De Antuñano Maurer Jose Alejandro (*)
García Ocaña Enrique
Margain Barraza Emilio
Rodríguez Alanis Juan
(*) retroactivo a otoño'95

B
B
B
B
A
A
A
AA
AA
AA
AA
AA
AA
AA
AA

Ing. Química

Sánchez Urrutia Miguel Angel

A

I.M.E.

Oliva López Eduardo

A

Nutrición

Alvárez Cárdenas Alfredo (*)
Bertrán Vila Miriam
Fontanot Yarza Grisel
López Martínez Francisco Javier
Marfil Rivera Rafael
Nissan Schoenfeld Esther
Tejero Barrera Elizabeth
(*) retroactivo a otoño´95

B
B
A
B
B
B
B

Ing. Civil

A
B
B
A
A

Breña Flores Sergio
Del Castillo Contreras Héctor A.
López Lepe Jorge
Anaya Mora Miguel
Martín Chávez Luis Antonio

�Nº 281
Abril de 1996
Matemáticas

Pérez Terán Alejandro
Piña Pozas Juan José
Monroy Medina Ma. Teresa

B
A
B

Física

Sosa Fonseca Rebeca
Pérez Guerrero Noyola Armando C.
Viquez Cano Salvador

AA
AA
B

Arte

Velázquez Gutiérrez Elisa
Arancibia Mújica Alvaro

A
Ayudante

Arquitectura

Báez Villaseñor Fernando
Hernández Quintela David
Paez González Gabino
Arbesu Verduzco José Luis
Audirac Marín Diego Ricardo
De Orduña Mercado Santiago
De Villafranca Andrade Luis
Freyre Martínez Ma. del Carmen
González Meyenberg Josefina
Lee Alardin Gabriela
López Malo Taboada Alejandro
Segura Warnholtz Sergio
Ulloa del Río Ma. del Carmen

A
B
A
A
B
B
B
B
B
B
B
B
B

Diseño

Cadena Hernández Carlos Raúl (*)
Jiménez Cordero Roberto
Rivero Borrell Miranda Héctor
Estrada Ortiz José Antonio
Murcio Rodríguez Gerardo Javier
Clavé Almeida Manuel Martín
Harte White Richard Patrick
Flores Ávalos Martha Isabel
Jandova Vacova de Conde Tatjana
De la Parra Escontria Yolanda
Matabuena Peláez Ana María
Becerra Arteaga Iris
Stevens Ramírez Mónica Patricia
Gilly Armand Bruno
(*) retroactivo a otoño´95

A
AA
AA
AA
B
B
AA
B
B
A
AA
B
A
B

(Sesión Nº 472 del 29 de marzo de 1996)

�Nº 281
Abril de 1996
Aprobación de Informe
El Comité Académico General aprobó el informe presentado por el Dr. Guillermo Zermeño Padilla,
como Director del Departamento de Historia, durante el periodo de 1992-1996.
(Sesión Nº 473 del 12 de abril de 1996)

Aprobación de periodo sabático
El CAG aprobó la solicitud de periodo sabático del Dr. Guillermo Zermeño Padilla para celebrarse
del 1º de mayo de 1996 al 30 de abril de 1997, con el siguiente proyecto:
Unidad:

Nombre:

Historia

Guillermo Zermeño Padilla
Tema proyecto:
"Moralizar y regular: La Acción Católica Mexicana: 1930-1960"
(Sesión Nº 473 del 12 de abril de 1996)

Diploma al Mérito Universitario
Se otorga el "Diploma al Mérito Universitario" de acuerdo a lo establecido en el Título Sexto,
Artículo 6.2.1 del Reglamento de Personal Académico al:
Lic. Jorge Alfredo Ruiz del Río Escalante, del Departamento de Derecho
(Sesión Nº 473 del 12 de abril de 1996)
Medalla al Mérito Universitario
Se otorga la "Medalla al Mérito Universitario" de acuerdo a lo establecido en el Título Sexto,
Artículo 6.2.2 del Reglamento de Personal Académico al:
Lic. Jorge Alfredo Ruíz del Río Escalante, del Departamento de Derecho
(Sesión 473 del 12 de abril de 1996)
Asignación de categorías a profesores de asignatura
Después de analizar la documentación enviada para el caso, el Comité Académico General acordó
otorgar las categorías indicadas a los maestros de asignatura que cumplen con los requisitos que
establece el Reglamento de Personal Académico, con carácter retroactivo a enero de 1996.

�Nº 281
Abril de 1996

U. Académica

Nombre Académico

Categoría

Derecho

Montes Ramírez David

A

Letras

Merlos Estrada Juan

B

C. Religiosas

Escobar Illanes Pedro
Balderas Vega Gonzalo
Domínguez Rojo Jorge

A
B
A

Historia

Morales Moreno Luis Gerardo
Ramos Medina Manuel

A
AA

Comunicación

Lagos Real Juan Carlos
Burkle Bonecchi Martha
Prieto Stambaugh Antonio
Arellano Zavala Everardo
González Olivares Alejandro
Maumejean Navarrete Arcelia Ma.

B
B
B
B
B
B

Administración

Sanz Moguel Ma. de Lourdes
Vega Carranza Héctor Octavio
Sierra Piña Graciela Silvia
Anaya Izquierdo Jorge Eric de Jesús
Camarillo Ortíz Marcela
Venegas Cubero Mario Herbe
Atayde Pacheco Andrés
Somohano Montero Rosa Ma.
Placeres Esther Eloísa

B
B
B
B
B
B
AA
B
B

Economía

Arreola Cavazos Jorge
Campuzano Meza José Rodolfo

B
B

Contaduría

Curiel Curiel Salvador

AA

Psicología

Cisneros González Carlos
Castillo Borquez Francisco
Mancillas Bazán Celia
Trejo González Luis
Peniche Soto Luz María
Fernández de Ortega B. Hilda Ma.
Dorantes Rodríguez Héctor
Aizpuru de la Portilla Araceli

A
B
B
B
B
B
A
A

�Nº 281
Abril de 1996

C. S. P.

Prado Serano Ariel
Barba Baez Raúl

A
A

Aguilar Valenzuela Rubén
Álvarez Fuentes Jorge
García Sainz Wilson Emma Victoria
González Lutzenkirchen Ana Karina
Villalobos Anaya Juan Antonio
Esqueda Atayde Román
Ferrer Silva Clementina
Calderón Chelius Leticia
Gaytán Fontes Ana Amelia

A
B
C
C
C
B
C
A
B

(Sesión Nº 473 del 12 de abril de 1996)
Asignación de categoría a profesores de tiempo
Después de analizar la documentación enviada para el caso, el CAG acordó otorgar las categorías
indicadas a los maestros de tiempo que cumplen con los requisitos que establece el Reglamento de
Personal Académico:
U. Académica
Nombre Académico
Categoría
C.I.U.
Villegas Aguilar Georgina Patricia
a partir de 12 de abril de 1996

Titular

Ing. Civil
Marroquín Rosada Ricardo
retroactivo al 2 de enero de 1996.

Titular

(Sesión Nº 473 del 12 de abril de 1996)
Reglamento de Personal Académico
El CAG acordó que solamente para los efectos del Artículo 3.2.3 del Reglamento de Personal
Académico, se acepta la siguiente equivalencia : tres años como profesor de asignatura equivalen a
un año de tiempo completo.
(Sesión Nº 473 del 12 de abril de 1996)
Aprobación de informe
El Comité Académico General aprobó el informe presentado por el Lic. Manuel Chávez Asencio,
como Director del Departamento de Derecho, durante el periodo de 1992-1996.
(Sesión Nº 474 del 19 de abril de 1996)

�Nº 281
Abril de 1996
Auscultación para el nuevo Director del Centro de Didáctica
El proceso efectuado en la auscultación para la elección de nuevo director del Centro de Didáctic a,
se llevó a cabo de acuerdo a los procedimientos establecidos por la Universidad Iberoamericana y
por tanto, el Comité Académico General acordó su aprobación.
(Sesión Nº 474 del 19 de abril de 1996)

Terna para Director del Centro de Didáctica
Después de estudiar los resultados que arrojó la auscultación efectuada por el Centro de Didáctica
el Comité Académico General acordó aprobar la terna, y dio al Sr. Rector la asesoría
correspondiente.
(Sesión Nº 474 del 19 de abril de 1996)
Asignación de categoría a profesor de tiempo
Después de analizar la documentación enviada para el caso, el CAG acordó otorgar la categoría de
Titular, al maestro de tiempo: Santiago Pérez García, del Departamento de Ingeniería Mecánica y
Eléctrica ya que cumple con los requisitos que establece el Reglamento de Personal Académico,
con efecto retroactivo a la fecha de su contratación como académico de tiempo
(Sesión Nº 474 del 19 de abril de 1996)

Asignación de categoría a profesores de asignatura
Después de analizar la documentación enviada para el caso, el Comité Académico General acordó
otorgar las categorías a los maestros de asignatura que cumplen con los requisitos que establece el
Reglamento de Personal Académico, retroactivo a enero de 1996.

U. Académica

Nombre Académico

Categoría

C. I. U.

Ruiz Sotelo Mario
Gallardo Gómez Rigoberto
Hamui Sutton Alicia
García Calderón Ma. del Consuelo
Mirón Ramírez José Antonio
Cubría Montiel Jorge
Pérez Torres Francisco
Curzio González Ma. Elena

B
B
B
B
B
A
A
AA

�Nº 281
Abril de 1996
Rojas Hormigo Héctor Hugo
Landero Flores Ma. Teresa

B
B

Dir.Inter.Estudiantes

Lozano Salas Elena
Sánchez Saucedo Esther

A
B

Economía

Nava Nogueron Rubén

A

Administración

Banda Olvera Hugo

A

Derecho

Ruiz del Río Escalante Jorge A.

AA

(Sesión Nº 474 del 19 de abril de 1996)

5 COMITÉ ADMINISTRATIVO

- El Comité Administrativo aprueba por unanimidad la creación del programa de Maestría en
Desarrollo Urbano y establece como número mínimo de alumnos para el semestre Otoño/96: 17
- Se aprueba el nuevo Reglamento de Financiamiento Educativo.
- El Comité Administrativo ratifica el nombramiento del Sr. Rogelio Carbajal Tejada como
representante de los alumnos ante este Comité, en sustitución de Sergio Gordillo Haro.
(Sesión Nº 229 del 15 de abril de 1996 )

REGLAMENTO DE FINANCIAMIENTO EDUCATIVO
(Este Reglamento deroga al publicado anteriormente y a todos los acuerdos
que tengan relación con el mismo)
1.
2.
3.
4.

FUNDAMENTACION
CONCEPTO
CRITERIOS
FINANCIAMIENTO EDUCATIVO PARA ESTUDIOS DE LICENCIATURA O DE
POSGRADO
5. VENCIMIENTO ANTICIPADO DEL PAGO DE FINANCIAMIENTO EDUCATIVO DE
LICENCIATURA O GRADO POR BAJA DEFINITIVA DEL ALUMNO

�Nº 281
Abril de 1996
6. CANCELACION DEL FINANCIAMIENTO EDUCATIVO OTORGADO A ALUMNOS
DE LICENCIATURA O GRADO
7. CONDONACION DEL FINANCIAMIENTO EDUCATIVO
1. FUNDAMENTACION
La UIA se esforzará por abrir sus puertas a aquellos estudiantes que prevé prestarán una
colaboración más eficaz al bien común de nuestro país en su vida profesional. La Universidad
procurará facilitar las posibilidades de estudio a éstos, cuando no cuenten con suficientes recursos
económicos (Ideario, Capítulo IV. Art 1)
1.1.Una manera muy importante de lograr este objetivo consiste en el otorgamiento de
Financiamiento Educativo.
La finalidad específica del Financiamiento Educativo es ampliar las oportunidades para
compartir la cultura. Por tanto, para que cumpla su propósito esencial, es indispensable que el
alumno financiado sea capaz de aprovecharlo en el nivel escolar para el que haya sido
concedido.
Mas la excelencia académica no puede, por sí sola, determinar el otorgamiento de
Financiamiento Educativo en un país de tan grandes diferencias socio-económicas. La justicia
social, que tiende al desarrollo integral de las comunidades humanas, en especial de los sectores
menos favorecidos, pide que todos sus centros de cultura superior se esfuercen por abrir sus
puertas a cuantos sean capaces de elevar el nivel cultural superior de la nación, aún cuando no
cuenten con suficientes recursos económicos.
Por tanto, supuesta la capacidad académica para aprovechar el Financiamiento Educativo, el
criterio básico para otorgarlo será la necesidad económica del solicitante y, por lo tanto, el
porcentaje variará según sea esa necesidad.
2. CONCEPTO
La Universidad Iberoamericana otorga a sus alumnos la facilidad del Financiamiento Educativo en
concordancia con los lineamientos del Ideario de la Institución. Dicha facilidad consiste en el pago
diferido -en términos de porcentaje - de la colegiatura y la inscripción mediante documentos firmados
por el alumno y su aval. Además el adeudo de Financiamiento Educativo puede ser reducido por
medio de la prestación de servicios a la UIA. Esto dentro del contexto formativo de la Institución
tendiente a la educación integral del estudiante, o sea, inclusive fuera de las aulas. La prestación de
servicios por parte de los beneficiados se ha instituido, además, con la finalidad de:
• imbuir la vocación de servicio en el estudiante, y asimismo, el interés por sus semejantes,
• reforzar el sentido de responsabilidad del alumno,
• que el alumno aplique, si es posible, las actividades de su carrera,
• proporcionar al alumno un conocimiento más profundo de su Institución al ser testigo de las
necesidades y características de la misma.

�Nº 281
Abril de 1996
3. CRITERIOS
• la capacidad económica de la Universidad.
• la proyección social de la carrera.
• las potencialidades de empleo de la carrera.
• las prioridades puestas por la misma UIA, según la filosofía de la Institución.
• los convenios y compromisos contraídos por la UIA.
• la disponibilidad para trabajar en la UIA cubriendo parte de su adeudo.
4. MODALIDADES DEL FINANCIAMIENTO EDUCATIVO PARA ESTUDIOS DE
LICENCIATURA O POSGRADO
El Financiamiento Educativo será otorgado por el Comité de Financiamiento Educativo. Este Comité
estará integrado por tres representantes de PROUNIVAC (Profesores Universitarios, A.C. que
constituyen el Patronato Educativo de la UIA), dos representantes de los alumnos y el Coordinador
de Financiamiento Educativo.
El "Quorum" de las sesiones de dicho Comité requerirá de mayoría simple y la presencia, al
menos, de un alumno para efecto de primera convocatoria y de mayoría simple cuando sea
segunda convocatoria.
El Coordinador de Financiamiento Educativo fungirá como SECRETARIO y levantará el acta
correspondiente indicando el porcentaje otorgado a cada uno de los alumnos.
4.2

Se podrá solicitar Financiamiento Educativo para cualquier programa académico de
licenciatura o grado que ofrezca la UIA. Dicha solicitud deberá ser tramitada por el
interesado y no por terceras personas, en las fechas publicadas por el Calendario Escolar; y
será susceptible de ser renovada.

4.3

Para que la solicitud sea tramitada el solicitante deberá de:
a) ser alumno de la UIA, inscrito en un programa de licenciatura o de posgrado.
b) presentar el nombre y domicilio de una persona física nacional, propietaria de un
bien raíz no enajenado, que funja como aval.
c) exhibir los documentos requeridos.
d) manifestar con verdad los datos solicitados.

4.4

El solicitante autoriza implícitamente a la UIA a investigar y comprobar la verdad de los datos
proporcionados, y acepta causar baja académica de la Universidad en caso de falsedad o
engaño en sus informes.
El costo de esta comprobación de datos será sufragado por el solicitante.

4.5

El Financiamiento Educativo se determinará en términos de porcentaje que puede ser desde
20 % hasta el 100%.
Este porcentaje se aplicará a las cuotas de inscripción y colegiatura para el período escolar
determinado. Este porcentaje podrá variar de un período escolar a otro a juicio del Comité de
Financiamiento Educativo.

�Nº 281
Abril de 1996
4.6 En caso de que exista inconformidad por el porcentaje concedido, el interesado podrá apelar al
Comité de Financiamiento Educativo en las fechas que indica el calendario escolar.
4.7

El Financiamiento Educativo no comprende los siguientes rubros:
a) los cursos especiales y los Diplomados,
b) las cuotas de registro ante la SEP, revalidaciones, revisión de estudios, titulación y
exámenes profesionales,
c) los adeudos contraídos anteriormente así como los recargos por pagos extemporáneos,
d) libros, materiales de uso personal y materiales de laboratorios y talleres,
e) la aportación de primer ingreso,
f) cualquier otro concepto distinto a las cuotas de inscripción y colegiaturas.

4.8

El Financiamiento Educativo tendrá la calidad de préstamo a pagar en forma diferida,
documentado a través de pagarés.

4.9

El Financiamiento Educativo otorgado por la UIA será CANCELADO cuando el interesado:
a) haya obtenido BECA de cualquier organismo externo a la UIA,
b) se dé de baja definitiva de la UIA,
c) haya concluido los créditos de su licenciatura,
d) no haya recogido el resultado del trámite de Financiamiento Educativo.

4.10 El FINANCIAMIENTO EDUCATIVO PARA ALUMNOS DE LICENCIATURA.
a) El Financiamiento Educativo otorgado para un período escolar determinado VENCERA
al término del quinto año de haberse inscrito el alumno al programa de licenciatura.
Ejemplo 1: fecha de primer ingreso otoño 1996, fecha en la cual se otorga el
financiamiento por primera vez otoño 1996, por lo tanto fecha de VENCIMIENTO
del pagaré será en otoño 2001.
Ejemplo 2: fecha de primer ingreso otoño 1996, fecha en la cual se otorga el
financiamiento por primera vez otoño 1999, por lo tanto fecha de VENCIMIENTO
del pagaré será en otoño 2001.
b) En virtud de que la UIA quiere ayudar al alumno con un préstamo BLANDO, fijará a
través del Comité Administrativo una tasa BAJA de interés para los primeros cinco
años y una tasa MEDIA a partir del sexto año de acuerdo a lo señalado en los incisos
c) y d) de este reglamento.
c) El Financiamiento Educativo otorgado a alumnos de PRIMER INGRESO devengará un
interés anual de tasa BAJA durante los primeros cinco años contados a partir de la
fecha de primer ingreso al programa y hasta el fin del quinto año de dicho ingreso.

�Nº 281
Abril de 1996
A partir del sexto año de la fecha de primer ingreso, todos los Financiamientos
Educativos otorgados y suscritos devengarán un interés anual de tasa MEDIA.
Ejemplo: fecha primer ingreso a la licenciatura otoño1996
primer año : otoño1996 tasa BAJA
segundo año : otoño 1997 tasa BAJA
tercer año :
otoño1998 tasa BAJA
cuarto año :
otoño1999 tasa BAJA
quinto año :
otoño 2000 tasa BAJA
sexto año :
otoño 2001 tasa MEDIA etc
d) En el caso de Alumnos que no son de primer ingreso a la UIA y que reciban por
PRIMERA VEZ Financiamiento Educativo, devengarán un interés anual de tasa BAJA
a partir de esa fecha y hasta el final del quinto año de la fecha registrada como alumno
de primer ingreso a la UIA, después de dicha fecha el interés será de tasa MEDIA.
Ejemplo: fecha de primer ingreso a la licenciatura otoño 1996; fecha de
otorgamiento de Financiamiento Educativo otoño 1999 por lo tanto fecha de
VENCIMIENTO del pagaré sería otoño 2001.
Hasta otoño 2000, tasa baja para el pago de intereses.
Desde otoño 2001, tasa MEDIA para el pago de intereses.
e) En el caso de RENOVACION del Financiamiento Educativo, todos los documentos que
se suscriban con motivo de dicha renovación causarán un interés anual de tasa BAJA a
partir de la fecha de la renovación del Financiamiento Educativo y hasta el final del
quinto año de la fecha registrada como alumno de primer ingreso a la UIA.
A partir del sexto año de la fecha de primer ingreso, todas las renovaciones de
Financiamiento Educativo otorgadas, causarán un interés anual de tasa MEDIA.
f) Los intereses que causen los Financiamientos Educativos estarán sujetos a modificación
cuando lo estime conveniente el Comité Administrativo, y su pago se hará de acuerdo a
las fechas que se indican en el PROCEDIMIENTO.
El Comité de Financiamiento Educativo está facultado para documentarle al alumno en
un pagaré los intereses del semestre .
g) El Financiamiento Educativo podrá ser pagado parcialmente mediante la prestación de
servicios a la universidad como se indica en el PROCEDIMIENTO. Estos servicios
NO podrán exceder de 12 horas a la semana y serán aplicados de manera contable
para disminuir el adeudo del alumno. A través de la solicitud de Financiamiento
Educativo, el alumno indicará si cree poder cubrir con trabajo, aunque sea parcialmente,
su adeudo.

�Nº 281
Abril de 1996

4.11

FINANCIAMIENTO EDUCATIVO PARA ESTUDIOS DE POSGRADO
4.11.1 El Financiamiento Educativo otorgado a alumnos de GRADO estará sujeto a lo
siguiente:
a) El Financiamiento Educativo otorgado para un período escolar determinado
VENCERA al término del tercer año de haberse inscrito el alumno, al
programa de posgrado.
b) El Financiamiento Educativo otorgado a alumnos de PRIMER INGRESO,
devengará un interés anual de tasa baja durante los tres primeros años contados
a partir de la fecha del primer ingreso y hasta el fin del tercer año de dicho
ingreso.
A partir del cuarto año de la fecha de primer ingreso, todos los Financiamientos
Educativos otorgados y suscritos devengarán un interés anual de tasa MEDIA.
En el caso de renovación de Financiamiento Educativo, todos los documentos
que se suscriban con motivo de dicha renovación causarán un interés anual de
tasa BAJA a partir de la fecha de la renovación del Financiamiento Educativo y
hasta el fin del tercer año de la fecha de primer ingreso.
A partir del cuarto año de la fecha de primer ingreso, todas las renovaciones de
Financiamiento Educativo otorgadas causarán un interés anual de tasa MEDIA.
c) El Financiamiento Educativo otorgado a alumnos que no sean de primer ingreso,
y solicitado por primera vez, así como las renovaciones del Financiamiento
Educativo otorgadas posteriormente, devengarán un interés anual de tasa
BAJA por tres años a partir de la fecha de inscripción, del alumno, al programa
de grado y posteriormente a este plazo devengarán la tasa MEDIA.
d) El Financiamiento Educativo podrá ser pagado parcialmente mediante la
prestación de servicios a la universidad como se indica en el
PROCEDIMIENTO. Estos servicios NO podrán exceder de 12 horas a la
semana y serán aplicados de manera contable para disminuir el adeudo del
alumno. A través de la solicitud de Financiamiento Educativo, el alumno
indicará si cree poder cubrir con trabajo, aunque sea parcialmente, su adeudo.
4.11.2 Los intereses que causen los Financiamientos Educativos estarán sujetos a
modificación cuando lo estime conveniente el Comité Administrativo.

�Nº 281
Abril de 1996

5. VENCIMIENTO ANTICIPADO DEL PAGO DE FINANCIAMIENTO EDUCATIVO
DE ESTUDIOS DE LICENCIATURA O GRADO POR BAJA DEFINITIVA DEL
ALUMNO.
5.1 El hecho de que el alumno suspenda sus estudios temporalmente no lo libera del pago del
compromiso contraído por los Financiamientos Educativos otorgados, teniendo la obligación de
notificar por escrito dicha suspensión a la Coordinación de Financiamiento Educativo y a la
Oficina de Atención a Alumnos / Contraloría.
5.2 En caso de que la suspensión sea definitiva y el alumno tramite su baja de la Universidad, los
Financiamientos Educativos concedidos y documentados se considerarán vencidos
anticipadamente, debiendo liquidar al momento de la baja por lo menos el 50% del total de
dichos Financiamientos Educativos. El saldo pendiente de cubrir será redocumentado en un
plazo no mayor de un año a partir de la fecha de la baja. El trámite de redocumentación deberá
realizarlo en la Oficina de Atención a Alumnos / Contraloría.
Estos casos podrán ser sometidos al criterio prudencial del Comité de Financiamiento Educativo.
6

CANCELACION DEL FINANCIAMIENTO
ALUMNOS DE LICENCIATURA O GRADO.

EDUCATIVO

OTORGADO

A

6.1 El hecho de no recoger en las fechas señaladas por la Coordinación de Financiamiento
Educativo el resultado del Financiamiento Educativo otorgado para un período escolar, causará
la cancelación total de dicho Financiamiento Educativo.
6.2 El hecho de no recoger los pagarés y contrato que amparan el Financiamiento Educativo
otorgado para un período escolar, en las fechas señaladas por la Dirección General de Servicios
de Apoyo, será motivo de cancelación de dicho Financiamiento Educativo.
6.3 El hecho de no devolver los pagarés y contrato firmados por el alumnos y su aval y/o no
entregar los documentos que acrediten a este último como propietario de un bien raíz, dentro del
plazo señalado por la Dirección General de Servicios de Apoyo, será motivo de cancelación del
Financiamiento Educativo para ese período escolar.
6.4 En todos los casos anteriores el alumno se obliga a pagar el 100% de las cuotas de inscripción y
colegiaturas del semestre escolar originalmente financiado.
6.5 En caso de que el alumno con Financiamiento Educativo tramite su baja una vez iniciado el
semestre, el Financiamiento Educativo se cancelará en su totalidad, obligándose el alumno a
cubrir la diferencia financiada de la inscripción, así como el 100% de las colegiaturas vencidas a
la fecha de la baja. Estos casos podrán ser sometidos al criterio prudencial del Comité de
Financiamiento Educativo.

�Nº 281
Abril de 1996

7. CONDONACION DEL FINANCIAMIENTO EDUCATIVO.
7.1 El Financiamiento Educativo otorgado, así como los intereses devengados y no pagados pueden
ser condonados totalmente por el Comité de Financiamiento Educativo en el caso de defunción
o de invalidez del alumno, o en el caso de que existan fuertes razones económicas.
TRANSITORIO:
Este reglamento será revisado dentro de dos años y se ajustará en el momento en que exista
cualquier cambio estructural.
(Aprobado por el Comité Administrativo en la sesión Nº 229 del 15 de abril de 1996)

6 DIRECCIÓN GENERAL ACADÉMICA

NOMBRAMIENTOS
ING RUY BOJORGES KURI
Jefe de Área de Internados de Ingeniería Biomédica
Departamento de Ingeniería Mecánica y Eléctrica
1º de abril de 1996
ING. JORGE MARTÍNEZ ALARCÓN
Jefe de Área del Laboratorio de Ingeniería Biomédica
Departamento de Ingeniería Mecánica y Eléctrica
1º de abril de 1996
MTRO. MIGUEL ANGEL MEDELLÍN
Jefe de Área de Periodismo
Departamento de Comunicación
1º de abril de 1996

RATIFICACIONES
DR. JORGE GONZÁLEZ CHÁVEZ
Coordinador del Posgrado en Derecho
Departamento de Derecho
1º de abril de 1996

�Nº 281
Abril de 1996
LIC. CATALINA MARTÍNEZ GRANADOS
Jefe de Prácticas
Departamento de Psicologia
1º de abril de 1996
LIC JULIA PALACIOS FRANCO
Coordinadora de la Licenciatura en Historia
Departamento de Historia
1º de abril de 1996
DRA. MARÍA DE LA LUZ ROMAY MUÑOZ DE COTE
Coordinadora de la Maestría en Investigación y Desarrollo
de la Educación
Departamento de Educación y Desarrollo Humano
1º de abril de 1996
LIC. JAIME PONCE BARANDICA
Jefe del Área de Cine
Departamento de Comunicación
2 de abril de 1996

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                <text>Comunicaciones Oficiales</text>
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                <text>Este espacio ofrece almacenamiento y búsqueda de las Comunicaciones Oficiales de la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México en formato digital. La colección comprende de 1973 a la fecha y sus correspondientes índices</text>
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    <description>A resource consisting primarily of words for reading. Examples include books, letters, dissertations, poems, newspapers, articles, archives of mailing lists. Note that facsimiles or images of texts are still of the genre Text.</description>
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              <text>Comunicación Oficial No. 281. 1 de abril de 1996</text>
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