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                  <text>Nº 249
Marzo de 1993
1 SENADO UNIVERSITARIO

APROBACIÓN DEL PRESUPUESTO AJUSTADO
El Senado Universitario acordó aprobar el Presupuesto Ajustado para 1993.

SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL SENADO UNIVERSITARIO
El Senado Universitario acordó reunirse en forma extraordinaria el próximo 25 de marzo del
presente año a las 19:00 horas para escuchar el primer informe del Sr. Rector.

4 COMITÉS ACADÉMICOS

COMITÉ ACADÉMICO DE DEPARTAMENTOS.
Asignación de Categorías Definitivas.
El Comité Académico de Departamentos acordó asignar la categoría de Asignatura A, a partir de la
Primavera de 1993, a la Lic. Bertha Alicia Mendieta Jiménez, profesora de Asignatura del Centro
de Integración Universitaria y del Departamento de Diseño Industrial y Gráfico.
(Sesión 260, del 5 de marzo de 1993)

COMITÉ ACADÉMICO GENERAL.
Distinciones.
El Comité Académico General acordó otorgar las distinciones solicitadas por los Consejos Técnicos
a los siguientes académicos:

Académico Emérito (25 Años):
Administración
Arquitectura
Arte
C.Soc. y Pol.
Filosofía

Lic. Félix Sánchez Mendoza
Arq. Santos Ruiz Gómez
Mtra. Margry Rabinovich Trachtemberg
Mtro. Alfredo Gutiérrez Gómez
Lic. Salvador Abascal Carranza

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Marzo de 1993
Diploma al Mérito Universitario (15 años):
Administración
Administración
Administración
Arquitectura
C. I. A.
C. I. U.
Comunicación
Comunicación
C.O.P.
C. Religiosas
C. Soc. y Pol.
C. Soc. y Pol.
C. Serv. P. S.
C. Serv. P. S.
Derecho
Derecho
Derecho
D. Gral. Acad.
Dis. Ind. y G.
Economía
Física
Física
I. Civil
I.M.E.
I.M.E.
Letras
Nutrición
Prog. Est. Ext.
Rectoría

Lic. Patricia Carlos Devolder
Dr. Roberto Delgado Gallart
Lic. Luis Higelin Isselin
Arq. Francisco Méndez Chamorro
Profra. Magdalena Orta Martínez
Lic. José Antonio Espinoza Contreras
Mtro. Alberto Almeida Uranga
Ing. Jaime Pontones Schneider
Lic. Guadalupe Ordiales de la Garza
Lic. Jesús García González
Mtro. David Robichaux Haydel
Mtra. Lucila Gómez Sahagún
Lic. Pilar Charles Creel
Mtro. Javier Esteinou Madrid
Lic. Sergio Valls Hernández
Lic. Alejandra Serrano Manrique
Dr. Jorge González Chávez
Mtro. Jesús Luis García Garza
D.I. Patricia Espinosa Gómez
Lic. Julián Meza Domínguez
Dr. Juan Antonio Flores Lira
F.M. René Molnar de la Parra
Ing. Fernando García Márquez
Mtro. Frederick Golden Muldberg
Mtro. Dagoberto de la Serna Valdivia
Lic. Silvia Rosa Ruiz Otero
M.C. Héctor Juan Antonio Ávila Rosas
Mtra. Nancy Jean Westfall Burnham
Lic. Camilo Reynaud Arana

Medalla al Mérito Universitario (20 Años) :
Administración
Filosofía
C.O.P.
C.O.P.
C. Religiosas
Dis. Ind. y G.
Dis. Ind. y G.

Mtro. Ricardo Nieto Irigoyen
Lic. Salvador Abascal Carranza
Lic. Margarita Tinoco
Lic. Marta Uribe Molints
Mtro. Miguel Concha Malo
D.I. Ana María Martínez González
D.G. Elena Benard Calva

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Marzo de 1993
Física
I. Civil
I. C. Químicas
I. C. Químicas
Nutrición
P. Golfo Centro
P. Golfo Centro
Sistemas

Fís. Manuel Flores Bravo
Ing. Rómulo Munguía Salazar
Mtro. Ramón Sanz Castaño
Ing. José Enrique Pérez Romero
Mtra. Victoria Tudela Abad
Dr. Carlos Escandón Domínguez
Dr. Armando Rugarcía Torres
Mtro. Alfonso Morales Ibarra

(Sesión 341, del 12 de marzo de 1993)

Aprobación del nuevo Reglamento de Período Sabático
El Comité Académico General acordó aprobar la nueva versión del Reglamento de Período
Sabático.

REGLAMENTO DE PERIODO SABÁTICO
Artículo 1.
El Período sabático es un elemento del Programa de Formación del Personal Académico de Tiempo
de la Universidad Iberoamericana, y consiste en separarse durante seis meses de las labores
desempeñadas en circunstancias ordinarias, con goce de sueldo y sin pérdida de antigüedad, para
dedicarse a la realización de actividades académicas tendientes a la superación académica personal
e institucional.
Artículo 2.
Para el ejercicio de este derecho se requerirá satisfacer las siguientes condiciones:
a) Tener, tratándose de profesores de tiempo completo, 6 años de servicio en la Institución como
mínimo.
b) Tener, tratándose de profesores de medio tiempo, 12 años de servicio en la Institución como
mínimo.
c) Solamente para los efectos del cómputo se aceptan las siguientes equivalencias: dos años
completos de medio tiempo equivalen a un año de tiempo completo; tres años de profesor de
asignatura equivalen a un año de tiempo completo.

�Nº 249
Marzo de 1993
Artículo 3.
a) El programa de las actividades de un período sabático deberá estar ligado a la labor del
interesado en la Institución y a los proyectos del Departamento o Centro.
b) El candidato a disfrutar el período sabático deberá presentar su solicitud al Consejo Técnico
respectivo para su aprobación, dentro de los períodos que la UIA señala para ello.
- El programa de actividades deberá estar dentro de las temáticas que se mencionan a
continuación:
- Elaboración de apuntes, libros, objetivos educacionales, reactivos de evaluación.
- Estudio de cursos de especialización, actualización o posgrado, realizados en Instituciones
reconocidas.
- Elaboración de material de apoyo a la enseñanza, la investigación y el desarrollo
tecnológico.
- Elaboración de tesis de licenciatura (segunda licenciatura del académico), maestría o
doctorado.
- Docencia y/o investigación en otras Instituciones de Educación Superior.
Artículo 4.
El candidato a disfrutar de un Período Sabático lo solicitará al Director de la dependencia de su
principal adscripción dentro del lapso que la UIA señala para tal efecto. A su vez el Director
comunicará esta solicitud al Consejo Técnico correspondiente para su estudio, recomendaciones y
dictamen. El acuerdo del Consejo Técnico se turnará al Director General Académico
correspondiente, quien lo someterá a consideración del Comité Académico General para su
autorización definitiva.
Artículo 5.
La fecha de iniciación de cada período sabático normalmente será en enero o julio, y se supeditará a
los programas de la Universidad.
Artículo 6.
No se otorgará el Período Sabático cuando su disfrute deba producirse inmediatamente después de
una licencia de seis meses o más.
Artículo 7.
Cuando un académico solicite una licencia que deba disfrutarse inmediatamente después del
vencimiento del Período Sabático, la decisión correspondiente será del Comité Académico General,
sin cuya conformidad no podrá producirse la licencia. Esto no exime al académico de presentar el
informe de las actividades realizadas en el período.

�Nº 249
Marzo de 1993
Artículo 8.
Para reintegrarse a sus tareas ordinarias, el interesado deberá entregar al Consejo Técnico de la
entidad académica de su adscripción el producto o resultado de su programa sabático para su
evaluación, usando como referencia el programa aprobado. Dicha evaluación será enviada al
Comité Académico General para su ratificación y a la Dirección de Personal para el expediente del
académico.
Artículo 9.
En el caso de que el resultado de la evaluación sea negativo, el académico se hará acreedor a una
amonestación que irá a su expediente.
Artículo 10.
Si la persona prefiere diferir el ejercicio de su derecho al Período Sabático, puede hacerlo. El
tiempo que sobrepase al requerido se le puede acumular para un siguiente Período, pero no de
manera que pueda reunir dos Períodos sabáticos. Entre éstos deben transcurrir al menos tres años.
Artículo 11.
En el caso de personal de confianza, así como en el de otros miembros del personal académico que
desempeñen cargos de supervisión o coordinación en alguna dependencia de la UIA, el jefe
inmediato superior podrá, de acuerdo con el profesor, diferir el Período Sabático hasta el momento
en que deje el cargo. El tiempo que dure la espera se le contará para un siguiente Período Sabático,
de conformidad con el Artículo anterior. Si, excepcionalmente, el tiempo de duración del cargo se
corta por disfrutar del Período Sabático, la Universidad se reserva el derecho de confirmar a la
persona en el mismo cargo.
Este Reglamento deroga al anterior, public ado el 1 de septiembre de 1986 en Comunicación oficial
Nº 175
Aprobado por el Comité Académico General en su Sesión Nº 341
del 12 de marzo de 1993
(Sesión 341, del 12 de marzo de 1993)

Cambio a la Categoría de Numerario.
El Comité Académico General acordó otorgar la categoría de Numerario a los siguientes
académicos:

UNIDAD

NOMBRE

CATEGORÍA

Admón.

Mtro. Florentino Velázquez

Numerario 2 mód.

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Marzo de 1993
C.I.A.

Mtra. Ma. Teresa Matabuena

Numerario 0 mód.

Com.

Mtra. Claudia Benassini Félix

Numerario 0 mód.

C.O.P.

Lic. Pablo A. Picardi Marassa

Numerario 0 mód.

C.O.P.

Lic. Gina Fontanot Yarza

Numerario 0 mód.

C.S. y Pol.

Dra. Patricia Torres Mejía

Numerario 2 mód.

Didáctica

Mtra. Yolanda Argudín Vázquez

Numerario 0 mód.

Filosofía

Dr. Virgilio Ruiz Rodríguez

Numerario 0 mód.

Historia

Mtra. Julia E. Palacios Franco

Numerario 0 mód.

Nutrición

M.C. Ruth Pedroza Islas

Numerario 1 mód.

Letras

Lic. Silvia Rosa Ruiz Otero

Numerario 0 mód.

Psicología

Dr. José Antonio Vírseda Heras

Numerario 5 mód.

(Sesión 345, del 26 de marzo de 1993)

Otorgamiento de Distinciones extemporáneas.
El Comité Académico General acordó otorgar las distinciones solicitadas (extemporáneamente) por
los Consejos Técnicos a los siguientes académicos:
Letras

Dr. Manuel Muñoz Aguado

Diploma al Mérito Universitario.

Nutrición

M.C. José Carlos Álvarez Rivero.

Académico Emérito

(Sesión 345, del 26 de marzo de 1993)

�Nº 249
Marzo de 1993

6 DIRECCIÓN GENERAL ACADÉMICA

NOMBRAMIENTOS

ING. ÁNGEL FERNÁNDEZ GAMERO
Coordinador de la Licenciatura en Ingeniería Industrial
Departamento de I.M.E.
del 1º. de marzo de 1993 al 1º. de marzo de 1995
MTRO. ANTONIO MEDINA LÓPEZ
Coordinador de la Licenciatura en Ingeniería Química
Departamento de Ingeniería y Ciencias Químicas
del 22 de marzo de 1993 al 22 de marzo de 1994

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                <text>Este espacio ofrece almacenamiento y búsqueda de las Comunicaciones Oficiales de la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México en formato digital. La colección comprende de 1973 a la fecha y sus correspondientes índices</text>
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