<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?>
<item xmlns="http://omeka.org/schemas/omeka-xml/v5" itemId="236" public="1" featured="0" xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance" xsi:schemaLocation="http://omeka.org/schemas/omeka-xml/v5 http://omeka.org/schemas/omeka-xml/v5/omeka-xml-5-0.xsd" uri="https://www.bib.ibero.mx/ahco/items/show/236?output=omeka-xml" accessDate="2026-04-30T09:20:11-06:00">
  <fileContainer>
    <file fileId="231">
      <src>https://www.bib.ibero.mx/ahco/files/original/c3b5da27fb15f0641dcc1b5404618ae1.pdf</src>
      <authentication>ecf1ff3f64514e5a719b98e2fbc0ee77</authentication>
      <elementSetContainer>
        <elementSet elementSetId="4">
          <name>PDF Text</name>
          <description/>
          <elementContainer>
            <element elementId="52">
              <name>Text</name>
              <description/>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="9605">
                  <text>Nº. 233
Septiembre de l99l
2. RECTORÍA

La sanción por sustracción ilícita, mutilación y falsificación de materiales del Centro de Información
Académica consiste en la expulsión de un año al infractor y en caso de reincidencia la expulsión
definitiva.

4. COMITÉS ACADÉMICOS

COMITÉ ACADÉMICO GENERAL
- Informe del Director del Departamento de Contaduría Mtro. Virgilio Saldívar Castañeda,
para el período l987-l99l.
El Comité Académico General acordó aprobar el Informe presentado por el Director del
Departamento de Contaduría, Mtro. Virgilio Saldívar Castañeda, para el período l987 - l99l.
(Sesión No. 290).

BIBLIOTECA FRANCISCO XAVIER CLAVIGERO
Centro de Información Académica
NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE SANCIONES
INTRODUCCIÓN
El objetivo de la Biblioteca Francisco Xavier Clavigero de la Universidad Iberoamericana es el de
proporcionar a la comunidad UIA y por extensión a la sociedad en general, los materiales
documentales necesarios para el desarrollo de las actividades de docencia, investigación y difusión
de la cultura, propios del quehacer universitario.
Para poder cumplir con este objetivo, la Biblioteca debe poner las condiciones que garanticen la
disponibilidad de estos materiales para que puedan ser aprovechados por el mayor número de
miembros de nuestra comunidad. Para ello, en el marco del orden y la salvaguarda del patrimonio
cultural de nuestra Universidad, se elaboró este documento bajo los principios que nos marcan la
Justicia, el Derecho y la Solidaridad Comunitaria.
La intención primaria de esta legislación es la de formalizar y dar a conocer a la comunidad las
sanciones que se ve necesario aplicar para asegurar un orden de convivencia comunitaria que no
obstaculice el que cada uno de sus miembros pueda dar cumplimiento a sus requerimientos
documentales.

�Nº. 233
Septiembre de l99l
La Biblioteca es un bien que nos pertenece a todos por lo que cualquier falta cometida contra ella
nos daña directamente. Por eso mismo, defenderla sólo será posible mediante la cooperación de la
comunidad y con la ayuda de las Normas y Procedimientos de Sanciones.
FALTAS Y SANCIONES
1. Alumnos
1. Falsificación
Es la acción de alterar la identificación de los materiales de la Biblioteca o cualquiera
de los documentos de control de préstamo.
Sanción

Suspensión de un año para los siguientes períodos académicos de primavera, verano y
otoño según corresponda. Con notificación al Consejo Técnico del Departamento y a la
Dirección de Servicios Escolares. Suspensión inmediata del servicio de préstamo a
domicilio por un período de un año.
En caso de reincidencia se aplicará la expulsión definitiva de la Universidad.
2. Sustracción ilícita de materiales
Es el intento de sustracción o la sustracción consumada, intencional o no, de los
materiales de la Biblioteca.

Sanción

Suspensión de un año para los siguientes períodos académicos de primavera, verano y
otoño según corresponda. Con notificación al Consejo Técnico del Departamento y a la
Dirección de Servicios Escolares. Suspensión inmediata de préstamo a domicilio por un
período de un año.
En caso de reincidencia se aplicará la expulsión definitiva de la Universidad.
3. Daños físicos
Son las mutilaciones y otros daños a los materiales documentales, mobiliario e
instalaciones.

Sanción

a) Mobiliario e instalaciones:
Reparación del daño o en su caso pago del material dañado o reposición del mismo.
b) Materiales documentales:
Pago del material dañado o reposición del mismo y pago por el proceso técnico del
material según las cuotas vigentes. En caso de mutilación intencional, suspensión de un
año para lo siguientes períodos académicos de primavera, verano y otoño.

�Nº. 233
Septiembre de l99l
Con notificaciones al Consejo Técnico del Departamento y a la Dirección de Servicios
Escolares. suspensión inmediata del servicio de préstamo a domicilio por un período de
un año.
En caso de reincidencia se aplicará la expulsión definitiva de la Universidad.
4. Pérdida del Material.
Es la pérdida por el usuario de los materiales de la Biblioteca que le fueron prestados.
Sanción:

Reposición del material perdido en los siguientes l5 días. Pago de gastos del proceso
técnico. Pago de la multa a partir de la fecha de vencimiento del préstamo a la fecha de
aviso de pérdida del material. En caso de materiales que se encuentren fuera de -prensa
se pagará una cuota determinada por el Coordinador de Servicios Técnicos de la
Biblioteca, ya que la recuperación de estos materiales requiere un proceso especial que
además de caro es tardado.
5. No devolución del material.
No regresar a la Biblioteca el material documental prestado al usuario.

Sanción:

a) En el caso de alumno en trámite de titulación, no se le entregará el comprobante de
no adeudo correspondiente hasta que regrese el material y cubra la multa
correspondiente.
b) En el caso de alumnos regulares que al finalizar un período académico deban
material se les suspenderá el derecho a la reinscripción al siguiente período académico
hasta que salden el adeudo. La notificación del adeudo en Biblioteca aparecerá en su
hoja de inscripción.
c) En caso de exalumnos, alumnos extranjeros o de diplomados, se les suspenderá el
servicio de préstamo a domicilio hasta que salden el adeudo. Con notificaciones a la
Dirección de Exalumnos, a la Dirección de Programa para Estudiantes Extranjeros o
Extensión Universitaria según el caso.
6. Retraso en la devolución del material.
Es la entrega del material después de la fecha de vencimiento del préstamo autorizado.

Sanción:

Pago de multa por cada día de retraso, o bien, por cada hora en el caso de libros de
reserva, según las cuotas vigentes. En el caso de alumnos en trámite de titulación no se
le entregará el comprobante de no adeudo correspondiente hasta que salde la deuda.

�Nº. 233
Septiembre de l99l
7. Faltas de disciplina
Se consideran faltas de disciplina los actos de uno o varios alumnos que, ya sea
individual o colectivamente, perturben el orden externo de la Universidad; lesionen las
normas jurídicas que rigen la vida de la institución; quebranten la moral y las buenas
costumbres, manchen el buen nombre de la Universidad y sus integrantes; falten a la
dignidad y respeto debido a los estudiantes, profesores, empleados y funcionarios;
causen daño a los bienes de la Universidad o de cualquier otra manera alteren el buen
funcionamiento y el pacífico desarrollo de la vida Universitaria.
Son faltas de disciplina dentro de la Biblioteca:
a) No conservar el orden y el silencio adecuados.
b) Fumar en zonas prohibidas.
c) Introducir alimentos y/o bebidas.
d) Falta de respeto al personal y/o a los usuarios.
Sanción:

Para a) y d) amonestación escrita con copia al Director del Departamento y a la
Dirección de Servicios Escolares.
Para b) y c) amonestación oral y en caso de reincidir, se procederá como en a) y d).
(Cfr. Reglamento de estudiantes).
El personal de la Biblioteca podrá solicitar a la(s) persona(s) que incurre(n) en faltas de
disciplina dentro de la misma que se retire (n) de las instalaciones de la Biblioteca. En
caso de que no se retire(n) se llamará al personal de vigilancia.
II Estudiantes extranjeros y de diplomados
A los estudiantes del Programa para Estudiantes Extranjeros o de Extensión
Universitaria que incurran en las faltas señaladas en este reglamento, se les aplicarán
las mismas sanciones que a los alumnos regulares de la Universidad con la
especificación de que las notificaciones para aplicar la sanción serán a su Dirección de
adscripción.
III Exalumnos
En caso de que algún exalumno incurra en alguna de las faltas mencionadas en estas
normas, se someterá al dictamen del Consejo Técnico que impondrá una multa, según el
caso, además de la suspensión inmediata y definitiva del servicio de préstamo a
domicilio. Se notificará a la Dirección de Exalumnos y, en caso de ser exalumno
pasante, a la Dirección de Servicios Escolares para detener los trámites de titulación
hasta la liquidación del adeudo.

�Nº. 233
Septiembre de l99l
IV Alumnos que cursen el último semestre
En caso de que algún alumno que curse su último semestre incurra en alguna(s) de las
faltas mencionadas en estas normas, se someterá al dictamen del Consejo Técnico
quien impondrá una multa, según el caso, además de la suspensión inmediata del
servicio de préstamo a domicilio por un período de un año. Se notificará al Consejo
Técnico del Departamento y a la Dirección de Servicios Escolares. No se le dará
constancia de no adeudo hasta que liquide la multa correspondiente.
V Empleados
(Personal académico, de tiempo y asignatura, administrativo y de servicio)
En caso de que algún empleado incurra en alguna de las faltas mencionadas en estas
normas, se notificará por escrito a su jefe inmediato superior y a la Dirección de
Personal para que proceda según las normas y reglamentos de la Ley Federal del
Trabajo y Reglamento Interior de Trabajo vigentes.
VI Usuarios externos.
Cualquier persona ajena a la Universidad Iberoamericana que desee hacer uso de los
servicios de la Biblioteca debe depositar en la entrada una identificación vigente con
fotografía.
De incurrir en alguna de las faltas mencionadas en estas normas, se le pondrá a
disposición del personal de vigilancia de la Dirección de Mantenimiento e Instalaciones.
VII Faltas cometidas por usuarios de la Universidad Iberoamericana en otras
Bibliotecas o Centros de Documentación.
Las faltas cometidas por los usuarios de la Universidad Iberoamericana en otras
Bibliotecas o Centros de documentación, serán sancionadas como si hubiesen sido
cometidas en la Biblioteca de la UIA según las normas vigentes. Asimismo, el usuario
está sujeto a las sanciones que le imponga la Institución afectada, de acuerdo con el
Reglamento de Préstamo Interbibliotecario de ABIESI. La sanción aplicada se
notificará por escrito a las entidades de la UIA que correspondan y a la Institución en
donde se cometió la falta.
NOTA:
En el caso en que las faltas descritas sean cometidas contra los materiales que custodia el Área de
Acervos Históricos, el consejo Técnico de la Biblioteca nombrará un Comité especial que valore el
daño y determine la sanción. Esta cláusula se debe a la naturaleza propia de estos materiales.

�Nº. 233
Septiembre de l99l

6 DIRECCIÓN GENERAL ACADÉMICA
NOMBRAMIENTOS
DR. PEDRO MICHACA ACEVEDO
Jefe de Laboratorio de Psicología
en el Departamento de Psicología
1o. de agosto de l99l.
LIC. MA. TERESA DE LA GARZA CAMINO
Coordinadora de Posgrado en Filosofía
en el Departamento de Filosofía
1o. de agosto de l99l.
LIC. ESTELA SODI CAMPOS
Coordinadora de Licenciatura en Filosofía
en el Departamento de Filosofía
1o. de agosto de l99l.
MTRA. INÉS CORNEJO PORTUGAL
Coordinadora del Posgrado en Comunicación
en el Departamento de Comunicación
1o. de septiembre de l99l.
DR. DARÍO SALINAS FIGUEREDO
Coordinador del Posgrado en Sociología
en el Departamento de Ciencias
Sociales y Políticas
1o. de septiembre de l99l.
LIC. OFELIA GÓMEZ MARTÍNEZ
Coordinadora de Licenciatura en Administración
en el Departamento de Administración
16 de agosto de l99l.
MTRO. RAMIRO BERNAL CUEVAS
Jefe de Área de Laboratorio de Ingeniería Química
en el Departamento de Ingeniería y Ciencias Químicas
1o. de agosto de l99l.
LIC. BERTHA P. J. DE GORTARI GALLARDO
Coordinadora de Licenciatura en Nutrición y
Ciencias de los Alimentos
15 de agosto de l99l.

�Nº. 233
Septiembre de l99l

BIOL. RUBEN DARIO MORENO TERRAZAS C.
Coordinador de Licenciatura en Tecnología
de Alimentos
1o. de agosto de l99l.

14. DIRECCIÓN GENERAL DE
INTERCAMBIO ACADÉMICO

Los Profesores de los Planteles UIA gozarán de becas, en el Plantel Santa Fe, para cursar estudios
de Maestría o Doctorado, de acuerdo a las siguientes condiciones:
1. El solicitante deberá tener un año continuo de servicios, al menos, como profesor de tiempo del
Sistema UIA.
2. Estas becas deberán ser propuestas por el Rector del Plantel respectivo en favor del interesado.
3. Se tramitarán en la oficina de becas del Plantel Santa Fe.
4. El número de becas al programa elegido no deberá sobrepasar el cupo disponible para las
mismas, asignado por los responsables del programa.

15. DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS
EDUCATIVO UNIVERSITARIOS

NOMBRAMIENTOS
LIC. JOSEFINA CEBALLOS GODEFROY
Coordinadora de la Primera Etapa del Área de Integración en el
Centro de Integración Universitaria
30 de junio de l99l.

�</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
          </elementContainer>
        </elementSet>
      </elementSetContainer>
    </file>
  </fileContainer>
  <collection collectionId="1">
    <elementSetContainer>
      <elementSet elementSetId="1">
        <name>Dublin Core</name>
        <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
        <elementContainer>
          <element elementId="50">
            <name>Title</name>
            <description>A name given to the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="4">
                <text>Comunicaciones Oficiales</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="41">
            <name>Description</name>
            <description>An account of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="5">
                <text>Este espacio ofrece almacenamiento y búsqueda de las Comunicaciones Oficiales de la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México en formato digital. La colección comprende de 1973 a la fecha y sus correspondientes índices</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
        </elementContainer>
      </elementSet>
    </elementSetContainer>
  </collection>
  <itemType itemTypeId="1">
    <name>Text</name>
    <description>A resource consisting primarily of words for reading. Examples include books, letters, dissertations, poems, newspapers, articles, archives of mailing lists. Note that facsimiles or images of texts are still of the genre Text.</description>
  </itemType>
  <elementSetContainer>
    <elementSet elementSetId="1">
      <name>Dublin Core</name>
      <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
      <elementContainer>
        <element elementId="50">
          <name>Title</name>
          <description>A name given to the resource</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="705">
              <text>Comunicación Oficial No. 233. 1 de septiembre de 1991</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="40">
          <name>Date</name>
          <description>A point or period of time associated with an event in the lifecycle of the resource</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="706">
              <text> 1 de septiembre de 1991</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
      </elementContainer>
    </elementSet>
  </elementSetContainer>
</item>
