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                  <text>No. 136

1° de Octubre, 1983.
1. SENADO UNIVERSITARIO

ACUERDO
1.

Estando próxima la fecha de terminación del período cuadrienal estatutario de
Rector, el Senado Universitario procederá al nombramiento de Rector,
conforme a lo estipulado en los Ar t. 31 inciso a y 33 del Estatuto Orgánico y el
Cap. IV del Reglamento Interno del Senado Universitario.

2.

En cumplimiento de los artículos arriba señalados, el Senado Universitario
acuerda:
2.1

Que el moderador del Senado Universitario, Mtro. Agustín Rozada
informe a Universidad Iberoamericana, A. C. (UIAC) que se solicitará a
Profesores Universitarios, A.C. (PROUNIVAC), que realice las
auscultaciones entre los diversos sectores de la Universidad acerca de
los candidatos para ocupar el puesto de Rector.

2.2

Que el moderador solicite a Profesores Universitarios, A.C.
(PROUNIVAC) que realice las auscultaciones entre los diversos sectores
de la Universidad, acerca de los candidatos para ocupar dicho puesto.

2.3

Que la auscultación que PROUNIVAC realice reúna los siguientes
requisitos:
2.3.1

Deberá auscultarse a los diversos sectores y patronatos de la
Universidad, entendiéndose por éstos los diversos grupos que
tienen representación en el Senado Universitario.

2.3.2

Se procure seleccionar personas calificadas, de dichos
sectores, para ser auscultadas, según el caso.

2.3.3

Los resultados de la auscultación deberán ser desglosados por
sectores.

2.3.4

Se deberá proporcionar a los auscultados la siguiente
información: Capítulo II del Estatuto Orgánico y Cap. IV del
Reglamento Interno del Senado.

2.3.5

Los auscultadores evitarán influenciar la opinión de los
auscultados y guardarán esa opinión por secreto profesional.

2.3.6

Los senadores no podrán ser auscultadores ni auscultados.

�2.4

PROUNIVAC deberá presentar a UIAC los resultados de
auscultaciones a más tardar el 7 de noviembre del presente año.

2.5

La propuesta de candidatos deberá presentarse al Senado Universitario
el jueves 17 de noviembre, a fin de proceder a la elección del Rector.

2.6

La fecha de toma de posesión se determinará en la sesión mencionada
en el punto 2.5.
(Sesión No. 217, Extraordinaria, de 29 de septiembre de 1983).

las

�No. 136

1° de Octubre de 1983
4. COMITÉS ACADÉMICOS

COMITÉ ACADÉMICO DE DEPARTAMENTOS
Asignación de Categoría Académica
El Comité Académico de Departamentos acuerda asignarle a los siguientes
profesores la categoría de:
Mtro. Eduardo González H.
Mtro. Guillermo Balcázar B.

Titular 0 Módulos
Asociado dos Módulos

Representante de alumnos en el Comité
El Comité Académico de Departamentos ratifica el nombramiento de la Srita.
Arcelia Carolina Castillo del Valle, como representante de los alumnos ante este
Comité, en sustitución del Sr. Carlos García Fernández.
(Sesión 101, 31 de agosto de 1983)

COMITÉ ACADÉMICO DE CENTROS
Proyecto de Investigación
El Comité Académico de Centros aprueba la reanudación oficial de la investigación
CEL 001 del Centro de Intercambio Cultural y solicita a la Coordinación de
Investigación el cambio de sigla por CIC 001.
(Sesión 221, 8 de agosto de 1983)

Programa de Promoción Popular Universitaria
a)

El Comité Académico de Centros aprueba los informes correspondientes al
primer semestre de trabajo de la Unidad II del Taller de Promoción Popular
Universitaria. (enero-julio 1983)

b)

Se aprueba que se realice una experiencia por tres meses septiembre,
octubre y noviembre, en la zona sur de la Delegación Tlalpan (pueblos de
San Pedro Mártir y San Andrés Toltepec) y que se continúe con la zona del
valle de Toluca durante el mismo período.

c)

En el mes de diciembre el taller de Promoción Popular Universitaria
realizará una evaluación de la experiencia que presentará el Comité
Académico de Centros.

�d)

En enero de 1984 el Comité Académico de Centros evaluará la experiencia
para determinar si el programa continuará, se modificará o suspenderá.

e)

Se aprueba que la experiencia se lleve a cabo como actividades de
asesoría, en las áreas de nutrición, servicios municipales y aspectos
culturales, quedando claro que no se realizarán acciones de gestoría.

f)

Se recomendó a los miembros del Comité que hagan visitas a la zona de
trabajo durante los tres meses siguientes, ya que de otra manera se
dificulta una evaluación completa y objetiva.

Asignación de Categoría Académica
El Comité académico de Centros acuerda asignarle a los siguientes profesores la
categoría de:
Psic. Luis Guzmán
Arq. Susana Castrejón Marbán

Asociado
Adjunto

0 Módulos
2 Módulos

(Sesión 222, del 22 de agosto de 1983)

COMITÉ ACADÉMICO GENERAL
RECONOCIMIENTO AL MÉRITO UNIVERSITARIO
DIPLOMA AL MÉRITO UNIVERSITARIO
El Comité Académico General acuerda por unanimidad de votos, otorgarle el
Diploma al Mérito Universitario a los siguientes académicos.
Nombre

Adscripción

Ing. Ulrich Sharer Sauberli
Lic. José Luis Kramis Joublanc
C.P. Félix Sánchez Mendoza
Ing. Guillermo Celis Colín
Mtra. Leonor Morales de V.
Mtro. Fausto Ramírez Rojas
C.P. Roberto Trejo Rivera
Mtro. José C. Alvarez del R.

Ingeniería Mecánica y Eléctrica
Administración
Administración
Ingeniería Civil
Historia del Arte
Historia del Arte
Contaduría
Ciencias de la Nutrición y de los
Alimentos
Matemáticas
Psicología
Derecho
Derecho
Derecho

Ing. Juan Antonio Galán C.
Dra. Catalina Harrsch Bolado
Lic. Mariano Azuela Huitrón
Lic. Sergio Domínguez Vargas
Lic. Medardo Muñiz Soberanis

�Dr. Juan de Dios Hernández
Arq. Juan Anaya Duarte

Centro de Orientación Psicológica
Centro de Información Académica

MEDALLA AL MÉRITO UNIVERSITARIO
El Comité Académico General acuerda por unanimidad de votos, otorgarle la
Medalla al Mérito Universitario a los siguientes Académicos:
Nombre

Adscripción

Arq. Héctor García Olvera
Arq. Santos E. Ruíz Gómez
Arq. Jorge Ballina Garza G.
Arq. Luis Mariano Acevez E.
Ing. Carlos Villa López
Ing. Pedro Reyes Rodríguez
Mtra. Beatriz Ruíz Gaytán
Arq. Fernando Rovalo
Mtra. Gloria Prado Garduño
Ing. Pablo Ortiz Macedo
Ing. Andrés Ruíz Mijares
Ing. Alejandro León de la B.
Lic. Francisco Borja Martínez
Lic. Jorge Hernández Sategna
Dr. Hugo Italo Morales
Arq. Guillermo Casas

Arquitectura
Arquitectura
Arquitectura
Arquitectura
Arquitectura
Ingeniería y Ciencias Químicas
Historia
diseño Gráfico e Industrial
Letras
Ingeniería Mecánica y Eléctrica
Ingeniería Mecánica y Eléctrica
Ingeniería Civil
Derecho
Derecho
Derecho
Arquitectura

PROFESOR EMÉRITO
El Comité Académico General acuerda por unanimidad de votos, otorgar la
distinción de Profesor Emérito a los siguientes Académicos:
Nombre

Adscripción

Lic. Amado Aguirre Eguairte
Dr. Modesto Antonio Ruiz S.
Dr. Miguel Villoro Toranzo
Quím. Margarita Watty Bustillos
Dr. José Rubén Sanabaria

Administración
Administración
Derecho
Ingeniería y Ciencias Químicas
Filosofía

(Sesión 107, del 8 de junio de 1983)

�COMITÉ ACADÉMICO GENERAL
Promoción a la CATEGORÍA DE PROFESOR NUMERARIO
El Comité Académico General aprueba por unanimidad de votos, promover a la
categoría de Profesor Numerario a los siguientes académicos:
Mtra. Alba González Jácome
Lic. Jorge Fernández de M.
Ing. José Antonio Aguirre
Dra. Catalina Harrsch B.
Mtro. Armando Rugarcía T.
Mtro. Javier Estrada
Mtra. Lucía Bascuñán T.
Mtro. Angel Román N.
Mtro. Francisco Martín del C.
Dr. Javier Esteinou

Ciencias Sociales y Políticas
Administración
Ingeniería civil
Psicología
Ingeniería y Ciencias Químicas
Desarrollo Humano
Centro de Servicio y Promoción Social
Centro de Intercambio Cultural
Ingeniería Mecánica y Eléctrica
Centro de Servicio y Promoción Social

(Sesión 109, del 6 de julio de 1983)

�COMITÉ ACADÉMICO GENERAL
(Esta hoja sustituye a su correspondiente, publicada en Comunicación Oficial No.
112 del 1° de febrero de 1982)
Capítulo 2

DE LAS CATEGORÍAS ACADÉMICAS

Art.

Definiciones de categorías.

3.2.1
3.2.1.1

La categoría de Personal Académico se otorga a Académicos
Ordinarios en reconocimiento a su mérito y excelencia académicos;
expresados en el conjunto de los siguientes aspectos, pero no
forzosamente con énfasis en todos:
a)

b)

c)

d)

e)

f)

g)

Art.

3.2.2

Preparación y superación Académicas: Actividades de
capacitación y mejoramiento profesional personal en beneficio
propio y de las funciones a desempeñar.
Docencia: Actividades facilitadoras del proceso enseñanzaaprendizaje en otros, llevadas a cabo de manea ordinaria en
seminarios o cursos, así como las relacionadas con su
preparación e implantación.
Investigación: Actividades dirigidas al incremento y expansión
del conocimiento humano y hacia la aplicación creativa de los
nuevos conocimientos.
Servicios Académicos Profesionales: Actividades teóricopráctico profesionales optimizadoras del funcionamiento
individual, grupal e institucional acorde con los valores del
Ideario, en el ámbito universitario y en inter-acción con la
sociedad.
Difusión: Actividades de transmisión y publicación de
conocimientos, así como de participación universitaria en
asociaciones y organismos profesionales y científicos.
Permanencia en la Universidad: Tiempo de vinculación a la
Institución, concebido como elemento cualitativo de ocasión
de expresión de excelencia académica, según los indicadores
señalados y no solamente como elemento cuantitativo.
Adhesión al Ideario: Vivencia personal de las cualidades
derivadas de la filosofía educativa y estructura académica de la
Institución, resumidas en el Perfil Ideal del profes or de la
Universidad, y consideradas como metas u objetivos a
conseguir que incluyen: interdisciplinariedad, honestidad
académica y profesional, formación personal y social
humanística y participación en la vida institucional.

Las categorías de los Académicos Ordinarios de tiempo completo o
medio, son las siguientes: Adjunto, Asociado Titular y Numerario

�3.2.21

Académico Adjunto. Es el Académico de la Universidad
Iberoamericana cuyo conocimiento fundamental de su disciplina
permite confiarle funciones académicas bajo la supervisión de un
Académico Titular; el desempeño de sus funciones lo prepara para
una labor universitaria autónoma. para la obtención de esta
categoría se deberá cubrir los requisitos señalados en el presente
reglamento.

3.2.2.2. Académico Asociado. Es el Académico de la Universidad
Iberoamericana cuyo conocimiento demostrado de su disciplina
permite confiarle funciones académicas autónomas, en suplencia o
ausencia de un Académico Titular; el desempeño de sus funciones
lo prepara para una labor universitaria amplia. Para la obtención de
esta categoría se deberá cubrir los requisitos señalados en el
presente reglamento.

Art.

3.2.2.3

Académico Titular. Es el Académico de la Universidad
Iberoamericana cuyo dominio y competencia reconocidos en su
campo le permiten realizar funciones académicas, sea de
docencia, sea de investigación, sea de difusión o sea de servicios
académico-profesionales con plena autonomía, de modo que tiene
prioridad en el campo de su especialidad; el desempeño de sus
funciones lo orienta hacia una integración mayor en a comunidad
universitaria y científica. Para la obtención de esta categoría se
deberán cubrir los requisitos señalados en el presente reglamento.

3.2.2.4

Académico Numerario. Es el Académico de la Universidad
Iberoamericana cuya excelencia académica y compromiso
universitario reconocidos le confieren especial autoridad en sus
funciones académicas y universitarias; el desempeño de sus
funciones contribuye en forma distintiva a la consecución de los
ideales y objetivos universitarios.
Para la obtención de esta categoría se deberán cubrir los requisitos
señalados en el presente reglamento.

3.2.3
3.2.3.1

Requisitos para las diferentes categorías.
Para ingresar a la categoría de Adjunto se requiere:
a) Tener título de Licenciatura o estudios similares, o bien
conocimiento y experiencia equivalentes a juicio de los Comités
Académicos de Departamentos o de Centros según el caso.
b ) Poseer capacidad para realizar actividades de docencia,
investigación y/o servicios académico-profesionales, a juicio del
consejo Técnico.

�3.2.3.2

Para ingresar o ser promovido a la categoría de Asociado se
requiere:
a) Tener título de Licenciatura o estudios similares, o bien
conocimiento y experiencia equivalentes a juicio de los comités
Académicos de Departamentos o de Centros según el caso.

CAPITULO IV
EVALUACIÓN EXTRAORDINARIA, EVALUACIÓN A TITULO DE SUFICIENCIA Y
EVALUACIÓN ESPECIAL
(Esta hoja sustituye a su correspondiente, publicada en Comunicación Oficial No.
124 del 1° de agosto de 1983)
Introducción
Art. 4.1

Mediante las evaluaciones extraordinarias y a título de suficiencia, en el
caso de licenciatura, o la evaluación especial, en el posgrado, se juzga
el grado en que el alumno ha alcanzado los objetivos de una materia
determinada. Por lo tanto, se trata de una evaluación total, para la que
no se toma en cuenta ningún otro tipo de evaluación previa.

Art. 4.2

El Director del Departamento nombrará dos sinodales, de preferencia
profesores titulares de la materia; ambos elaborarán y calificarán estos
exámenes; que serán realizados en forma oral y escrita de acuerdo al
carácter de la materia.
El alumno deberá ser enterado, por escrito, con anterioridad del
sistema que se seguirá en su examen.

De la Evaluación Extraordinaria:
Art. 4.3

Puede concederse evaluación extraordinaria al alumno de licenciatura
que, estando inscrito en la Universidad, se considere suficientemente
preparado en la materia, siempre y cuando la haya cursado y
reprobado con anterioridad.

Art. 4.4

Los alumnos de licenciatura tienen derecho a presentar una materia
por semestre en evaluación extraordinaria. Podrán presentar hasta
dos, no seriadas entre sí, cuando su puntaje de calidad acumulado
sea superior en una unidad o más al mínim o requerido por su carrera.

Art. 4.5

Las fechas para presentar exámenes extraordinarios en licenciatura,
estarán dentro de los períodos escolares de primavera y otoño.

�De la evaluación a título de Suficiencia:
Art. 4.6

Puede concederse Evaluación a Título de Suficiencia a aquel alumno
de Licenciatura que, no estando inscrito en la Universidad, tenga que
acreditar solamente una o dos materias para terminar su Plan de
Estudios, conforme a lo dispuesto en el Art. 4.9 sin tomar en cuenta el
Servicio Social ni el área de titulación.
En caso de que haya acreditado su última materia dos años antes o
más, se requerirá la aprobación del Consejo Técnico respectivo y el
cumplimiento de los requisitos que éste disponga, considerando lo
establecido en el Art. 5.2 inciso d).

Art. 4.7

Las fechas para presentar evaluaciones a Título de Suficiencia, se
ajustarán a lo establecido en el Art. 4.5; la Dirección de servicios
Escolares podrá señalar otras fechas.

De la evaluación especial:
Art. 4.8

Puede concederse evaluación especial al alumno de posgrado que se
considere suficientemente preparado en la materia, la haya cursado o
no en la Universidad y obtenga la autorización del Consejo Técnico
respectivo.

Disposiciones Generales:
Art. 4.9

No se permite la evaluación extraordinaria, a título de suficiencia o
especial en los siguientes casos:
a)

cuando el aluno se haya inscrito a la materia en ese período
escolar.

b)

cuando el alumno no haya acreditado las materias fijadas como
pre-requisito.

c)

cuando se trate de una materia CURSATIVA.

Art. 4.10

Para poder presentar válidamente una materia en evaluación
extraordinaria, en evaluación a título de suficiencia o en evaluación
especial, el alumno debe cumplir con las fechas y los requisitos que
se señalen en los correspondientes instructivos.

Art. 4.11

Las evaluaciones extraordinarias, a título de suficiencia y especiales se
calificarán según lo establecido en los artículos 3.9 y 3.l0.

Art. 4.12

El total de créditos obtenidos mediante evaluaciones extraordinarias, a
título de suficiencia, exámenes especiales y revalidaciones, no deberá
sobrepasar, copulativamente el 40% de los créditos del plan de
estudio en licenciatura o el 30% en posgrado.

�CAPITULO V
(Esta hoja sustituye a su correspondiente, publicada en Comunicación Oficial No.
134 del 1° de agosto de 1983)
EVALUACIÓN GLOBAL
Art. 5.1

La evaluación global es la que abarca el contenido de varias materias.

Art. 5.2

La evaluación global en licenciatura se aplica:

Art. 5.3

a)

Cuando un candidato solicita la revalidación de estu dios
realizados en otra institución, a juicio del Consejo Técnico.

b)

Cuando un alumno solicite reingresar a la Universidad después
de dos o más años de haber acreditado la última materia, o
después de siete años o más de haber iniciado su licenciatura,
con respecto a la fecha en que reingresará.

c)

Cuando esta evaluación global forme parte de un programa de
excelencia académica.

d)

Cuando hayan transcurrido más de dos años desde la
acreditación de su última materia correspondiente a su Plan de
Estudios hasta el inicio del registro del tema de trabajo de
titulación.

e)

Cuando hayan transcurrido más de dos años de la aprobación
del trabajo de titulación.

f)

Cuando esta evaluación forme parte de la titulación.

En los casos a), b) y c) del artículo anterior, la evaluación global la
aplicará el departamento que imparta las materias incluídas en ella.
En los casos d), e) y f) el departamento al que está adscrita la carrera a
que pertenece el alumno.

CAPITULO VI
DE LA EVALUACIÓN RECEPCIONAL DE
LICENCIATURA, MAESTRÍA Y DOCTORADO
Art. 6.1

De la evaluación recepcional de licenciatura.

Art. 6.1.1

Objetivos:
Los objetivos del área de la recepción al nivel de Licenciatura son:

�Art. 6.1.2

a)

Expresar en u trabajo final la perspectiva con la cual el
sustentante ingresa a su ejercicio profesional, que integre la labor
de enseñanza que el alumno ha recibido a lo largo de sus
estudios en la Universidad.

b)

Dar ocasión a que el estudiante demuestre su juicio crítico y
capacidad de síntesis para aplicar sus conocimientos y
habilidades con un criterio profesional propio.

c)

Recibir una retroalimentación global final sobre su capacidad
para resolver problemas propios de su profesión.

Modalidades:
El trabajo recepcional comprenderá siempre una parte escrita o su
equivalente y otra oral. Los Consejos Técnicos por medio de sus
"Normas Particulares del Área de Titulación", dictaminarán cuál o
cuáles modalidades serán aplicadas en cada uno de los programas,
con aprobación del Comité Académico de Departamentos.
Dentro de la parte escrita se aceptan como modalidades cualquiera de
las siguientes:
a)

El reporte de trabajo en el campo profesional.

b)

La presentación de una tesina.

c)

La presentación de una tesis.

Dichas modalidades consistirán en:
a)

El Reporte de Trabajo en el Campo Profesional es la
presentación escrita que resulta de alguna experiencia
profesional significativa, relacionada con la disciplina en que el
sustentante aspira a titularse. Debe ser un trabajo que implique
un enfoque personal o grupal crítico, que aporte conclusiones
importantes y novedosas a la disciplina, no concretándose a ser
una mera descripción de hechos.

b)

La Tesina es el trabajo escrito que resulta de una investigación o
recopilación bibliográfica o represente el estado de la cuestión
sobre algún tema propio de la profesión del sustentante, deberá
exteriorizar el enfoque particular de quien lo presenta y lo

�(Esta hoja sustituye a su correspondiente, publicada en Comunicación Oficial No.
134 del 1° de agosto de 1983)
Art. 8.9

El profesor que modifique una calificación debe notificarlo por escrito y
explicando las razones al Director del Departamento. Este enviará
dicha comunicación, con su visto bueno, a la Dirección de Servicios
Escolares, en las fechas señaladas por esta Dirección.

Art. 8.10

El resultado del examen oral de titulación de licenciatura (o del
correspondiente en posgrado) es inapelable. Pero en caso de
suspensión, el candidato al grado tendrá derecho a solicitar otro
examen de acuerdo con el reglamento respectivo.

CAPITULO IX
SANCIONES DE LA EVALUACIÓN
Art. 9.1

Son causas de sanciones de la evaluación, todas aquellas en las que
se compruebe una irregularidad que pueda afectar substancialmente
tanto el procedimiento como la calificación, ya sea por parte del
profesor o del alumno.

Art. 9.2

Son irregularidades de procedimiento:

Art. 9.3

a)

Que no se haya cumplido con todos los requisitos académicos
administrativos que pida la Universidad para el caso.

b)

Que la evaluación se haya verificado fuera de la fecha o en lugar
no aprobado por la dirección o departamento que la otorga. Las
fechas y lugares de las evaluaciones parciales y finales de las
materias, quedan a criterio de los profesores de las mismas,
según las normas de los diferentes departamentos. Las
direcciones de los departamentos mantienen el derecho de
modificar fechas y lugares.

c)

Que los documentos relacionados con la evaluación hayan sido
alterados fraudulentamente.

Son irregularidades por parte del alumno que pueden ocasionar la
aplicación del Art. 9.7:
a)

Que se haya comunicado en alguna forma no permitida por el
profesor a lo largo de la realización de la evaluación con alguno
de sus compañeros o alguna otra persona.

�Art. 9.4

b)

Que se haya obtenido indebidamente conocimiento previo acerca
de los termas de evaluación o de la forma de resolverlos.

c)

Que se haya realizado cualquier otro tipo de fraude.

Son irregularidades por parte del profesor o sinodales:
a)

La arbitrariedad o injusticia de la evaluación debidamente
comprobada y declarada en el procedimiento respectivo, en
conformidad con el Capítulo VI I I.

b)

La integración irregular de los jurados, es decir, no conforme a
los reglamentos.

c)

La ausencia del profesor o de su representante autorizado por el
mismo o por la dirección del Departamento.

d)

Cualquier otra impropiedad o negligencia realizada por el
profesor, a juicio del Consejo Técnico.

Art. 9.5

Cuando la irregularidad la comete el profesor, será el director del
departamento quien estará facultado para anular la evaluación.

Art. 9.6

Cuando la irregularidad la cometa el director, actuando como profesor
en la evaluación, será el Consejo Técnico el facultado para anularla.

Art. 9.7

Comprobada alguna de las irregularidades especificadas en al Art. 9.2,
9.3 y 9.4, se podrán aplicar sanciones tales como anulación de la
evaluación, disminución de la nota, o poner calificación no aprobatoria,
a juicio del profesor, y aun la exclusión del alumno de la Universidad a
juicio de la autoridad competente, según la gravedad del caso.

Art. 9.8

En el caso de que el profesor no cumpla con la obligación señalada en
el Art. 3.8, el Consejo Técnico del Departamento en donde se imparte
dicha materia, determinará el sistema evaluatorio que considere
conveniente para esa asignatura.

Art. 9.9

En las evaluaciones ordinarias para acreditar una materia, el alumno
podrá vetar un horario distinto del horario en que se imparte esta
materia. En las demás evaluaciones, el alumno podrá proponer con
razón suficiente, a juicio de la dirección del departamento, un horario o
fecha que juzgue conveniente.

�TAXONOMÍA DE TAREAS ACADÉMICAS DE LA UNIVERSIDAD
IBEROAMERICANA
1.

PREPARACIÓN Y SUPERACIÓN ACADÉMICAS
Actividades de capacitación y mejoramiento profesional personal en
beneficio propio y de las funciones a desempeñar.
(Reglamento de Personal Académico, Artículo 3.2.1. inciso a)

1.1

ESTUDIOS CURRICULARES
Estudios que forman parte de un programa regular de estudios
superiores, conducentes a la obtención por el Académico de un Grado o
Diploma, incluyendo el trabajo de titulación o grado correspondiente.

1.1.1

LICENCIATURA
Estudios curriculares conducentes a la obtención por el Académico de un
Grado de Licenciatura.

1.1.2

POSGRADO
Estudios curriculares conducentes a la obtención por el Académico de un
Grado o Diploma de Posgrado.

1.1.2.1 ESPECIALIZACIÓN
Estudios de posgrado conducentes a la obtención por el Académico de un
Diploma de Especialización.
1.1.2.2 MAESTRÍA
Estudios de posgrado conducentes a la obtención por el Académico de un
Grado de Maestro.
1.1.2.3 DOCTORADO
Estudios de posgrado conducentes a la obtención por el Académico de un
Grado de doctor.
1.2

ESTUDIOS NO-CURRICULARES
Estudios no conducentes a la obtención por el Académico de un Grado o
Diploma, realizados a un nivel equivalente a los que forman parte de un
programa regular de estudios superiores.
Incluye: cursos, seminarios, talleres, estudio independiente, así como
otros de nivel específico.

�1.2.1

CAPACITACIÓN
Estudios no-curriculares cuyo objetivo es adquirir conocimientos o
habilidades básicos en un campo; son ofrecidos en un nivel equivalente a
los de un programa regular de licenciatura y no requieren los
conocimientos previos de una licenciatura.
Incluye, además de los señalados en general, la asistencia a congresos.

1.2.2

ACTUALIZACIÓN
Estudios no-curriculares cuyo objetivo es mantenerse al día en los
adelantos en conocimientos o habilidades en un campo; son ofrecidos en
un nivel al menos equivalente a los de un programa regular de licenciatura
y requieren los conocimientos previos de una.
Incluye, además de los señalados en general, la participación en
simposios.

1.2.3

MEJORAMIENTO
Estudios no-curriculares cuyo objetivo es adquirir conocimientos o
habilidades avanzados en un campo; son ofrecidos en un nivel equiva lente
a los de un programa regular de posgrado y requieren los conocimientos
previos de una licenciatura.
Incluye, además de los señalados en general, los internados o estancias
supervisadas.

2.

DOCENCIA
Actividades facilitadoras del proceso enseñanza-aprendizaje en otros,
llevadas a cabo de manera ordinaria en seminarios o cursos, así como
las relacionadas con su preparación e implementación.
(Reglamento de Personal Académico, Artículo 3.2.1 inciso b)

2.1

DOCENCIA CURRICULAR
Impartición de docencia llevada a cabo como parte de un programa regular
de estudios superiores.
Incluye: cursos, seminarios, talleres, laboratorios, prácticas de campos,
supervisiones, tanto en forma escolarizada como por tutoría.

2.1.1

DOCENCIA DE LICENCIATURA
Impartición de docencia llevada a cabo como parte de un programa regular
de licenciatura.

�2.1.2

DOCENCIA DE POSGRADO
Impartición de docencia llevada a cabo como parte de un programa regular
de posgrado.

2.2

DOCENCIA NO-CURRICULAR
Impartición de docencia llevada a cabo en un nivel equivalente a la de un
programa regular de estudios superiores, sin formar parte de éste.
Incluye: cursos, seminarios, talleres ofrecidos por Centros o
Departamentos, tanto internamente como a público general.

2.2.1

DOCENCIA DE CAPACITACIÓN
Impartición de docencia no-curricular cuyo objetivo es promover la
adquisición por otros de conocimientos o habilidades básicos en un
campo; es ofrecida en un nivel equivalente a la de un programa regular de
licenciatura y no requiere los conocimientos previos de una.

2.2.2

DOCENCIA DE ACTUALIZACIÓN
Impartición de docencia no-curricular cuyo objetivo es promover en otros el
mantenerse al día en los adelantos en conocimientos o habilidades en un
campo; es ofrecida en un nivel al menos equivalente a la de un programa
regular de licenciatura y requiere los conocimientos previos de una.

2.2.3

DOCENCIA DE MEJORAMIENTO
Impartición de docencia no-curricular cuyo objetivo es promover la
adquisición por otros de conocimientos o habilidades avanzados en un
campo; es ofrecida en un nivel equivalente a la de un programa regular de
posgrado y requiere los conocimientos previos de una licenciatura
universitaria.

2.3

CIRCUMDOCENCIA
Actividades relacionadas con la preparación y evaluación de la docencia
impartida.
Incluye: elaboración de material docente, (teórico, casos prácticos,
audiovisual), preparación de sesiones, revisión de bibliografía, revisión de
trabajos, elaboración y calificación de evaluaciones.

3

INVESTIGACIÓN
Actividades dirigidas al incremento y expansión del conocimiento humano
y hacia la aplicación creativa de los nuevos conocimientos.
(Reglamento de Personal Académico, Artículo 3.2.1 inciso c)

�3.1

INVESTIGACIÓN PREPARATORIA
Investigación consistente en el acopio de datos o materiales, y resultante
en un informe escrito de trabajo de campo o de revisión documental.

3.2

INVESTIGACIÓN ANALÍTICA
Investigación consistente en la descripción, clasificación, catalogación y
análisis a partir de los datos recopilados, y resultante en un informe
escrito de estado de la cuestión en un campo.

3.3

INVESTIGACIÓN EXPLORATORIA
Investigación consistente en una seria reflexión teórica o evaluación
empírica de hipótesis, y resultante en un informe escrito que incluya las
conclusiones del Académico producto de la misma.

4.

SERVICIOS ACADÉMICO-PROFESIONALES
Servicios
académico-Profesionales:
Actividades
teórico-prácticoprofesionales optimizadoras del funcionamiento individual, grupal e
institucional acorde con los valores del Ideario, en el ámbito universitario y
en interacción con la sociedad. (Reglamento del Personal Académico. Art.
3.2.1.1 inciso d)

4.1

SERVICIOS TÉCNICO-PROFESIONALES
Actividades encomendadas al Académico en su campo de competencia
profesional, que implican la aplicación de sus habilidades en dicho
campo.
Incluye: labores de planeación y ejecución de actividades específicas,
asesorías profesionales de la UIA e instituciones y comunidades externas,
catalogación, ordenación y control de materias y procesos.

4.2

PLANEACIÓN CURRICULAR
Elaboración y revisión de los planes y programas de estudios de la
Universidad Iberoamericana.
Incluye: elaboración y revisión profunda de guías de estudios, planes de
estudios, condiciones académicas y extra académicas de los programas
de estudios.

4.3

CONSULTA, ORIENTACIÓN Y ASESORÍA
Actividades de atención personal relacionadas con algún aspecto del
trabajo académico de la Universidad.

�4.3.1

CONSULTA, ORIENTACIÓN Y
COMUNIDAD UNIVERSITARIA

ASESORÍA

A

MIEMBROS

DE

LA

Actividades de atención personal a miembros de la Comunidad
Universitaria, relacionadas con algún aspecto del trabajo académico.
4.3.1.1 CONSULTA Y ORIENTACIÓN
Atención personal a miembros de la Comunidad Universitaria en el área
específica de trabajo del Académico.
Incluye: atención personal o en grupo a miembros de la Comunidad
Universitaria en actividades psicológicas, didácticas, de difusión y
extensión, de información académica, de resolución de dudas sobre
material de cursos impartidos y, en general, los contactos personales con
miembros de la Comunidad Universitaria a excepción de la docencia.
4.3.1.2 ASESORÍA DE TITILACIÓN
Asesoría brindada al estudiante UIA en lo relacionado con su trabajo de
titulación o grado, a partir de la aprobación de su proyecto.
Incluye: dirección, lectura y revisión, así como la participación en jurados
de examen profesional o de grado.
4.3.1.3 ASESORÍA ACADÉMICA
Asesoría brindada al estudiante UIA en lo relacionado con la elaboración y
realización de su proyecto académico personal, incluyendo los elementos
de trámites escolares y administrativos, por el Asesor Académico
asignado en cada caso.
4.3.2

CONSULTA, ORIENTACIÓN Y ASESORÍA A PERSONAS EXTERNAS A LA
COMUNIDAD UNIVERSITARIA
Actividades de atención personal a personas que no forman parte de la
Comunidad Universitaria, relacionadas con algún aspecto del trabajo
académico.

4.4

FUNCIONES ACADÉMICO-ADMINISTRATIVAS
Actividades de administración, coordinación, dirección o apoyo de
académico que, por su complejidad o continuidad, requieren
nombramiento de una persona responsable de su realización por
Senado, la Rectoría, o las Direcciones Generales Académica o
Intercambio Académico.

lo
el
el
de

�4.4.1

JEFATURA DE ÁREA O SECCIÓN
Funciones
académico-administrativas
de
quienes
tienen
la
responsabilidad del funcionamiento de una sección, laboratorio o unidad
similar en una dependencia académica.
(Reglamento de Personal Académico, Artículo 3.1.1.4)
Son nombrados por el Director General correspondiente.

4.4.2

COORDINACIÓN DE ÁREA
Funciones académico-administrativas de quienes realizan tal función
respecto a programas, actividades o funciones, realizadas por otros, que
forman un conjunto coherente y delimitado dentro de una dependencia
académica, y requieren para ello conocimiento y habilidades
suficientemente especializadas, así como capacidad de organización y
control.
(Reglamento de Personal Académico, Artículo 3.1.1.3)
Son nombrados por el Director General correspondiente.

4.4.3

DIRECCIÓN Y APOYO
Funciones académico-administrativas de quienes han sido nombrados
por alguna alta autoridad de la Universidad según los procedimientos que
para cada caso determine el Estatuto Orgánico para llevar a cabo
funciones de dirección académica o de apoyo en asuntos académicos a la
Rectoría, a la Dirección General Académica o a la Dirección General de
Intercambio Académico.
(Reglamento de Personal Académico, Artículo 3.1.1.2)

4.5

PARTICIPACIÓN EN ORGANISMOS UNIVERSITARIOS
Actividades de preparación y participación en cuerpos colegiados y otros
organismos de planeación y mantenim iento de lo académico y de lo
académico-administrativo de la Universidad.

4.5.1

ORGANISMOS DE DEPENDENCIAS BÁSICAS
Participación en cuerpos colegiados y otros organismos cuyas funciones
cubren el ámbito interno de una dependencia académica básica
(Departamento o Centro)
Incluye: Consejo Técnico, Comisión de Área, Comisión de Tesis, Junta
Administrativa, y otros de género análogo.

4.5.2

ORGANISMOS INSTITUCIONALES
Participación en cuerpos colegiados y otros organismos cuyas funciones
cubren un ámbito más amplio que el de una dependencia académica
básica.

�Incluye: Senado, Comités Académicos, Comités Administrativos, Juntas de
División, Comités y Comisiones permanentes o temporales, y otros de
género análogo.
5

DIFUSIÓN
Actividades de transmisión y publicación de conocimientos, así como de
participación universitaria en asociaciones y organismos profesionales y
científicos.
(Reglamento de Personal Académico, Artículo 3.2.1 inciso e)

5.1

EVENTOS ACADÉMICO-PROFESIONALES
Actividades de difusión realizadas mediante expresiones o producciones
personales de carácter temporal.

5.1.1

CONFERENCIA
Exposición sistematizada de principios teóricos, técnicas u opiniones
fundamentadas en un campo académico, científico, artístico o profesional
ante un público académico, profesionista o universitario.

5.1.2

EXPOSICIÓN
Presentación organizada de productos de la creatividad científica o artística
del Académico.

5.1.3

PONENCIA EN REUNIONES
Presentación en reunión de carácter académico, científico,
profesional, de hipótesis, métodos, técnicas, problemas,
reflexiones del ponente, como parte de un programa
intervenciones sobre un tema o campo de conocimientos,
creación humana.

5.1.4

artístico o
análisis y
amplio de
práctica o

ORGANIZACIÓN DE CONFERENCIA O EXPOSICIÓN
Planeación, gestión y obtención de condiciones prácticas de realización de
una conferencia o exposición.

5.1.5

ORGANIZACIÓN DE REUNIÓN
Planeación, gestión, obtención y coordinación de condiciones prácticas de
realización de un programa amplio de actividades sobre un tema o campo
de conocimientos, práctica o creación humana de carácter académico,
científico, artístico o profesional.
Incluye: Congreso, Simposio, Semana, Asamblea, serie de Conferencias,
Serie de Visitas.

�5.2

PUBLICACIONES
Actividades de difusión realizadas mediante documentos impresos o
audiovisuales de carácter permanente.

5.2.1

NOTICIA O RESEÑA BIBLIOGRÁFICA
Información sobre nuevos hallazgos, descubrimientos o trabajos de
instigación o creación, o presentación breve de los elementos
fundamentales de una obra publicada, en una revista académica, científica
o artística.
Se asimilan a esta categoría:
ARTÍCULOS O FOLLETO DE DIVULGACIÓN
Artículo publicado en periódico o revista no académico, científico o artístico,
o folleto del mismo género, excepto cuando el académico colabora
permanentemente en esa publicación en forma remunerada.
GUÍA DE MUSEO, SALA, EXPOSICIÓN, ZONA ARQUEOLÓGICA, SITIO
HISTÓRICO O ARTÍSTICO
Folleto que incluye localización de piezas o detalles destacables dentro de
un recorrido ordenado, así como datos complementarios que permitan la
mejor comprensión de lo visitado.

5.2.3

BIBLIOGRAFÍA TEMÁTICA
Recopilación actualizada de las fichas biblográficas sobre un tema o
campo de conocimiento, práctica o creación humana.
Se asimila a esta categoría:
GUIÓN PARA PROGRAMA AUDIOVISUAL
Elaboración de un programa audiovisual de duración normal que incluya
argumento, textos e indicación precisa de los materiales.

5.2.4

ARTICULO, CAPITULO O FOLLETO
Contribución que representa un a porte a la disciplina o campo académico,
científico o artístico gracias al análisis que hace, los problemas que
contribuye a resolver en sus conclusiones, el planteamiento de nuevas
hipótesis, la apertura de nuevas rutas a la reflexión e investigación o la
creación artística.
Se asimila a esta categoría:

�CATALOGO O BIBLIOGRAFÍA TEMÁTICA COMENTADOS
Análisis de todos y cada uno de los objetos que forman parte de una
colección de estudio o del material documental actualizado sobre un tema,
incluyendo una adecuada introducción, clasificación y comentario de cada
uno de los objetos o títulos contenidos.
ANTOLOGÍA, COMPILACIÓN O EDICIÓN CRITICA
Publicación conjunta de artículos académicos, científicos o artísticos,
escritos por uno o varios autores distintos al recopilador, con amplio
estudio crítico que puede estar distribuido en notas o glosas.
EDICIÓN DE REVISTA
Participación en los juicios editoriales y publicación de una revista de
carácter académico, científico o artístico de nivel universitario.
TRADUCCIÓN DE LIBRO
Versión de un idioma a otro de un libro académico, científico, técnico,
artístico o de divulgación referente a algún campo de conocimiento,
práctica o creación humanas.
5.2.5

ENSAYO
Planteamiento de ideas originales del Académico que rebasa claramente
la categoría de artículo en su extensión y plantea propuestas o hipótesis
de claro valor académico, científico o artístico.
Se asimila a esta categoría:
LIBRO DE DIVULGACIÓN
Obra extensa publicada para difundir entre lectores no especialistas los
conocimientos de un campo académico, científico o artístico.

5.2.6

LIBRO
Obra extensa que representa un aporte al campo, ya sea por el análisis o
descripciones contenidos en ella que conducen a la resolución de
problemas, planteamiento de nuevas hipótesis, apertura de caminos a la
reflexión o investigación, novedad en perspectivas, creación o formas de
apreciación estéticas.

�5.3

ORGANISMOS PROFESIONALES Y CIENTÍFICOS
Actividades de difusión consistentes en la participación universitaria en
organismos y asociaciones promotores de algún aspecto de la cultura, la
ciencia y la tecnología, así como de un alto nivel de servicios profesionales
y la defensa de legítimos intereses de una profesión.

5.3.1

MEMBRECIA ACTIVA
Participación en algún organis mo o asociación científico o profesional
consistente en mantener vigentes y asumir sus obligaciones como
miembro del mismo.

5.3.2

DELEGACIÓN INSTITUCIONAL
Desempeño de tareas de nivel universitario en un organismo o asociación
científico o profesional por designación oficial de la Universidad para
representarla.

5.3.3

MEMBRECIA RESPONSABLE
Desempeño de tareas de nivel universitario en un organismo o asociación
científico o profesional por elección o nombramiento para ocupar algún
cargo directivo o administrativo en el mismo.

Nota: Los dos últimos elementos señalados por el Reglamento de Personal
Académico:
PERMANENCIA EN LA UNIVERSIDAD
Tiempo de vinculación a la Institución, concebido como elemento
cualitativo de ocasión de expresión de excelencia académica según los
indicadores señalados y no solamente como elemento cualitativo.
(Reglamento de Personal Académico, Artículo 3.2.1. inciso f)
ADHESIÓN AL IDEARIO
Vivencia personal de las cualidades derivadas de la filosofía educativa y
estructura académica de la Institución, resumidas en el Perfil Ideal del
Profesor de la Universidad, y consideradas como metas u objetivos a
conseguir que incluyen: interdisciplinariedad, honestidad académica y
profesional, formación personal y social humanística y participación en la
vida institucional.
(Reglamento de Personal Académico, Artículo 3.2.1 inciso g)

�ADHESIÓN AL IDEARIO
Vivencia personal de las cualidades derivadas de la filosofía educativa y
estructura académica de la Institución, resumidas en el Perfil del Profesor
de la Universidad, y consideradas como metas u objetivos a conseguir
que incluyen: interdisciplinariedad, honestidad académica y profesional,
formación personal y social humanística y participación en la vida
institucional.
(Reglamento de Personal Académico, Artículo 3.2.1 inciso g)
son claramente cualitativamente diferentes de los cinco primeros, campos
de tareas académicas, y pueden ser considerados como:
-

Permanencia en la Universidad: Dimensión temporal del esfuerzo
demostrado mediante la realización de tareas académicas.

-

Adhesión al Ideario: Dimensión valoral del esfuerzo demostrado
mediante la realización de las mismas tareas, tomadas como
expresión conductual de la vivencia personal de dichos valores.
(Sesión No. 106, 25 de mayo de 1983).

�No. 136

1° de Octubre de 1983
6. DIRECCIÓN GENERAL ACADÉMICA

Nuevos Nombramientos
Lic. Cristina Torales
Coordinadora de Posgrado (Maestría y Doctorado) en Historia
Septiembre 15, 1983
Mtro. Medardo Plasencia C.
Coordinador del Posgrado en Filosofía
Junio 1°, 1983
Lic. Teresa de la Garza
Jefe del Área de Servicio Departamental del Departamento de Filosofía
Junio 1°, 1983
Prof. Carlos Gómez Cano
Jefe del Laboratorio de Fotografía del Departamento de Diseño Industrial y Gráfico
Agosto 1°, 1983

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        <name>Dublin Core</name>
        <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
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                <text>Comunicaciones Oficiales</text>
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            <description>An account of the resource</description>
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              <elementText elementTextId="5">
                <text>Este espacio ofrece almacenamiento y búsqueda de las Comunicaciones Oficiales de la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México en formato digital. La colección comprende de 1973 a la fecha y sus correspondientes índices</text>
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    <description>A resource consisting primarily of words for reading. Examples include books, letters, dissertations, poems, newspapers, articles, archives of mailing lists. Note that facsimiles or images of texts are still of the genre Text.</description>
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              <text>Comunicación Oficial No. 136. 1 de octubre de 1983</text>
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              <text> 1 de octubre de 1983</text>
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