<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?>
<item xmlns="http://omeka.org/schemas/omeka-xml/v5" itemId="639" public="1" featured="0" xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance" xsi:schemaLocation="http://omeka.org/schemas/omeka-xml/v5 http://omeka.org/schemas/omeka-xml/v5/omeka-xml-5-0.xsd" uri="http://www.bib.ibero.mx/ahco/items/show/639?output=omeka-xml" accessDate="2026-04-17T05:45:03-06:00">
  <fileContainer>
    <file fileId="632">
      <src>http://www.bib.ibero.mx/ahco/files/original/1fd83169c37ed6e6f17223ca88d94ec5.pdf</src>
      <authentication>e82ed15a39a48c3f79804e116c87ea45</authentication>
      <elementSetContainer>
        <elementSet elementSetId="4">
          <name>PDF Text</name>
          <description/>
          <elementContainer>
            <element elementId="52">
              <name>Text</name>
              <description/>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="10005">
                  <text>Comunicación Oficial 538

julio•2019

538

Comunicación Oficial

julio 2019
1

Fecha de publicación: 19 de agosto de 2019

�Comunicación Oficial 538

�Comunicación Oficial 538

julio•2019

CONTENIDO
COMITÉ ACADEMICO

5

Categorías Académicas
VICERECTORÍA

Nombramientos

8

Ratificaciones

8

DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA

Reforma y derogación de diversos artículos del
Reglamento de Becas y Financiamiento Educativo de
la Universidad Iberoamericana para Licenciatura y
Posgrado

10

DIRECCIÓN GENERAL DE VINCULACIÓN UNIVERSITARIA

Reforma a diversos artículos del Reglamento General
de Educación Continua

3

20

�Comunicación Oficial 538

�Comité
Académico

Comunicación Oficial 538

Comité Academico

CATEGORÍAS ACADÉMICAS
Conforme a la delegación de responsabilidad que el Comité Académico
General hizo en su sesión 534 y en la confianza de que se cuidó el
cumplimiento de los lineamientos establecidos en el Reglamento de
Personal Académico, la Vicerrectoría Académica dio el Visto Bueno a
los siguientes cambios de categoría:

CAMBIO DE CATEGORÍA A PROFESORES DE TIEMPO
• División de Ciencia, Arte y Tecnología
Departamento de Arquitectura, Urbanismo e Ingeniería
Mtra. Irma Luz Soler Riva Palacio			
Mtro. José María Wilford Nava Townsend		
Dra. María Gabriela Lee Alardín				
Mtro. Víctor Antonio López Rodríguez			

Civil
Titular
Titular
Titular
Titular

Departamento de Diseño

Mtra. Cynthia Gómez Ramírez				

5
4
8
5

Titular 3

Departamento de Física y Matemáticas

Dr. Alejandro Ordaz Flores				

Titular 3

Departamento de Ingeniería Química, Industrial y de Alimentos
Dra. Carolina del Carmen López Suero			
Titular 4
Dra. Maria Odette Lobato Calleros			
Titular 8
Dr. Erick Guillermo Torres Bermúdez			
Titular 1
Dr. Hugo Alexer Pérez Vicente				
Titular 2
Dr. Iván Rafael Quevedo Partida			
Titular 4
Dr. Pedro Manuel Arcelus Arrillaga			
Titular 4
Mtra. Claudia Cecilia Gardea Ojeda			
Titular 6

5

�Universidad Iberoamericana

julio•2019

• División de Estudios Sociales
Departamento de Derecho

Dr. Gilberto Santa Rita Tamés			

Titular 2

Departamento de Ciencias Sociales y Políticas
Dr. Roger Eric Magazine			

Departamento de Economía

Dra. Carla Pederzini Villareal			

Departamento de Estudios Empresariales

Mtra. María del Rocío Mercedes Gutiérrez Fernán	
Mtro. Roberto Augusto Montalvo Gómez		

Titular 7
Titular 5
Titular 7
Titular 1

• División de Humanidades y Comunicación
Departamento de Comunicación

Dr. Jesús Alberto Cabañas Osorio		
Dr. Edwin Culp Morando			
Mtro. Juan Kiyoshi Osawa Bueno		

Departamento de Educación

Dra. Luz María Stella Moreno Medrano		

Departamento de Filosofía

Dr. Carlos Manuel Mendiola Mejía		
Dr. Dante Ariel Aragón Moreno			
Dra. Gabriela Méndez Cota			

Departamento de Historia

Dra. Guillemette Constance Marie Martín		

Titular 4
Titular 3
Titular 3
Titular 3
Titular 6
Titular 2
Titular 2
Titular 1

• Dirección de Servicios para la Formación Integral
Dra. Mariana Sánchez Saldaña 			
Mtra. Anayeli Guadarrama Leal 			

• Dirección de Formación y Acción Social

Mtra. María Elisa de Lourdes Gutiérrez Díaz 	

6

Titular 5
Asociado 3
Titular 3

�Comunicación Oficial 538

�Universidad Iberoamericana

julio•2019

Vicerrectoría

NOMBRAMIENTOS
Dr. Manuel López Pereyra
Coordinador del Doctorado en Estudios Críticos de Género
Departamento de Educación
1 de julio de 2019 al 30 de junio de 2021.
Dra. Mariana de la Paz Pereira López
Coordinadora de la Maestría en Políticas Públicas
Departamento de Economía
1 de agosto de 2019 al 31 de julio de 2021.

RATIFICACIONES
Dra. Paula Arizmendi Mar
Coordinadora de la Licenciatura en Filosofía y de Servicio
Departamental
Departamento de Filosofía
1 de julio de 2019 al 30 de junio de 2021.
Dr. Edward Bermúdez Macías
Coordinador de la Licenciatura en Diseño Interactivo
Departamento de Diseño
1 de julio de 2019 al 30 de junio de 2021.
Dr. Florencio Edmundo Palacios Pastrana
Coordinador de la Licenciatura en Ingeniería Física
Departamento de Física y Matemáticas
1 de julio de 2019 al 30 de junio de 2020.
Mtro. Roberto Augusto Montalvo Gómez
Coordinador de la Licenciatura en Administración de la
Hospitalidad
Departamento de Estudios Empresariales
1 de agosto de 2019 al 31 de julio de 2021.

8

�Comunicación Oficial 538

�Universidad Iberoamericana

julio•2019

D irección

general administrativa

REFORMA Y DEROGACIÓN DE DIVERSOS ARTÍCULOS
DEL REGLAMENTO DE BECAS Y FINANCIAMIENTO
EDUCATIVO DE LA UNIVERSIDAD IBEROAMERICANA
PARA LICENCIATURA Y POSGRADO.
Único. - Se reforman los artículos 3, 10, 30, 37, 38 fracción II, 42, 47,
49 y 52 fracción I, 56; se derogan los artículos 32, 39, 40 y la fracción
II del artículo 52 del Reglamento de Becas y Financiamiento Educativo de
la Universidad Iberoamericana para Licenciatura y Posgrado, para quedar
como sigue:

TEXTO VIGENTE

TEXTO REFORMADO

Artículo 3. Preponderancia para
el otorgamiento de Becas y Financiamientos Educativos.

Artículo 3. Preponderancia para
el otorgamiento de Becas y Financiamientos Educativos.

Las Becas y los Financiamientos Educativos se otorgarán
preponderantemente a las y los
estudiantes que enfrentan condiciones económicas y sociales
desfavorables, y que cumplen con
los requisitos de orden académico correspondientes.

Las Becas y los Financiamientos Educativos se otorgarán
preponderantemente a las y los
estudiantes que enfrentan condiciones económicas y sociales
desfavorables, independientemente de la nacionalidad de la o del
estudiante, y que cumplen con
los requisitos de orden académico correspondientes.

Artículo 10. Prohibición para el
otorgamiento de un Apoyo.

Artículo 10. Prohibición para el
otorgamiento de un Apoyo.

Las y los estudiantes que fueron beneficiarios de un Apoyo
otorgado por la IBERO y que no
obtuvieron el grado académico

Las y los estudiantes que fueron beneficiarios de un Apoyo
otorgado por la IBERO y que no
obtuvieron el grado académico

10

�Comunicación Oficial 538

correspondiente, no serán sujetos
de ningún Apoyo para cursar otro
Programa de estudio.

Dirección
General
Administrativa

correspondiente, no serán sujetos
de ningún Apoyo para cursar otro
Programa de estudio.
De igual forma, las y los estudiantes que fueron beneficiarios de
un Apoyo otorgado por la IBERO
para un grado académico correspondiente, no podrán solicitar una
beca para cursar el mismo grado.

Artículo 30. Presentación de
Solicitud de Apoyo.

Artículo 30. Presentación de la
Solicitud de Apoyo.

Toda Solicitud de Apoyo deberá
presentarse en la ventanilla de
la Coordinación o en cualquier
otra oficina que la sustituya,
exclusivamente en las fechas
señaladas en el calendario escolar. El hecho de presentar la
solicitud no garantiza que el
Apoyo sea otorgado.

Toda Solicitud de Apoyo deberá
presentarse en:

Las fechas de trámites se podrán
consultar en la Coordinación o en
cualquier otro medio institucional
que la IBERO determine.
Es responsabilidad de
tudiante consultar las
realizar cualquiera de
relacionados con este

la o del esfechas para
los trámites
Reglamento.

I.	

En el caso de las Solicitudes
de Apoyo correspondientes
a Universidad Iberoamericana Tijuana, de manera física
en la oficina de becas o en
cualquier otra instancia que
la sustituya; o

II.	 En el caso de las Solicitudes de Apoyo correspondientes a Universidad
Iberoamericana Ciudad De
México, a través de la plataforma electrónica denominada Servicios en Línea o
en cualquier otro medio que
la sustituya.
Todas las solicitudes deberán
presentarse exclusivamente en
las fechas señaladas en el calendario escolar.
El hecho de presentar de manera presencial o en línea la soli-

�julio•2019

Universidad Iberoamericana

citud no garantiza que el Apoyo
sea otorgado.
Las fechas de trámites se podrán
consultar en la Coordinación o en
cualquier otro medio institucional
que la IBERO determine.
Es responsabilidad de
tudiante consultar las
realizar cualquiera de
relacionados con este

la o del esfechas para
los trámites
Reglamento.

Artículo 32. Presentación de
Solicitud de Apoyo.
La Solicitud de Apoyo se realizará
a través de la página electrónica
de la IBERO, y deberán entregarse a la Coordinación de forma
impresa o a través de los medios
electrónicos que en su momento
determine el Comité.

Artículo 32. DEROGADO.

Artículo 37. Periodo de presentación de solicitud.
La Solicitud de Apoyo de Primer
Ingreso a Licenciatura se deberá
tramitar en el mismo Periodo en
que se realice el registro al examen de admisión. En casos extraordinarios, el Comité permitirá
la recepción de solicitudes hasta
diez días hábiles posteriores a la
fecha en que el estudiante presentó el examen de admisión.

Artículo 37. Periodo de presentación de la solicitud.
La Solicitud de Apoyo de Primer Ingreso a Licenciatura podrá presentarse en el periodo de
primavera u otoño conforme a
las fechas previstas en el calendario escolar. No obstante, solo
podrá presentarse una solicitud
por periodo.

Artículo 38. Requisitos.
El Comité evaluará las solicitudes
de Apoyo de las y los Aspirantes

Artículo 38. Requisitos.
El Comité evaluará las solicitudes
de Apoyo de las y los Aspirantes

12

�Comunicación Oficial 538

que cumplan con los
siguientes requisitos:
I.	 Tener al momento de
realizar los trámites de
admisión:
	 a) El promedio mínimo en
la educación media superior estipulado en el Artículo 36; o
	 b) El promedio requerido
para cada Tipo de Beca;
II.

Obtener en el examen de
admisión un puntaje igual o
superior al estipulado paracada carrera;

III. 	Demostrar necesidad económica; y
IV. 	Cuando proceda, cumplir
con los requisitos específicos necesarios para el Tipo
de Beca.
Artículo 39. Puntajes como criterio prioritario para revisión.
El Comité revisará prioritariamente las Solicitudes de Apoyo de las
y los Aspirantes que en el resultado del examen de admisión hayan quedado dentro del 20% de
los puntajes más altos de las personas aceptadas a una licenciatura determinada. Además, dichos
puntajes deberán estar dentro del
20% superior del puntaje general.

Dirección
General
Administrativa

que cumplan con los siguientes
requisitos:
I.	 Tener al momento de
realizar los trámites de
admisión:
	
a) El promedio mínimo en la
educación media superior estipulado en el Artículo 36; o
	 b) El promedio requerido
para cada Tipo de Beca;
II.	 Obtener en el examen de
admisión al menos el 50%
de los aciertos;
III.	 Demostrar necesidad económica; y
IV.	Cuando proceda, cumplir
con los requisitos específicos necesarios para el Tipo
de Beca.

Artículo 39.

DEROGADO.

�julio•2019

Universidad Iberoamericana

Artículo 40. Efectos de la no
aprobación del examen de admisión.
El Comité desechara y no analizará las Solicitudes de Apoyo de las
y los estudiantes que no aprueben el examen de admisión.

Artículo 40. DEROGADO.

Artículo 42. Sujetos autorizados para presentar la solicitud.
Podrán presentar Solicitud de
Apoyo de Primer Ingreso a Posgrado, aquellas personas que
hayan sido admitidas en alguno
de los programas académicos de
posgrado o cuenten con el visto
bueno de la Coordinación de Posgrado correspondiente, y estén
por iniciar su primer semestre. La
o el estudiante que solicite un
Apoyo se obliga a atender todo el
proceso de admisión dictado por
la Coordinación de cada programa académico.

Artículo 42. Sujetos autorizados para presentar la solicitud.
Podrán presentar Solicitud de
Apoyo de Primer Ingreso a Posgrado, independientemente de su
nacionalidad, aquellas personas
que hayan sido admitidas en alguno de los programas académicos de posgrado o cuenten con
el visto bueno de la Coordinación
de Posgrado correspondiente, y
estén por iniciar su primer semestre. La o el estudiante que solicite un Apoyo se obliga a atender
todo el proceso de admisión dictado por la Coordinación de cada
programa académico.

Artículo 47. Tramitación de Reingreso previo a la presentación de Solicitud de Apoyo.
Si la o el Solicitante no estuvo
inscrito en el semestre inmediato
anterior, antes de solicitar nuevamente el Apoyo deberá tramitar
su reingreso en la DSE y entregar
el comprobante que ésta emita a
la Coordinación.

Artículo 47. Tramitación de Reingreso previo a la presentación de Solicitud de Apoyo.
Si la o el Solicitante no estuvo
inscrito en el semestre inmediato
anterior, antes de solicitar nuevamente el Apoyo deberá tramitar
su reingreso en la DSE.

14

�Comunicación Oficial 538

Dirección
General
Administrativa

Artículo 49. Revalidación de
estudios para estudiantes del
Sistema Universitario Jesuita.
Si la o el Aspirante pertenece al
Sistema Universitario Jesuita y
desea ingresar vía revalidación
de estudios o cambio de plantel,
podrá tramitar una Solicitud de
Apoyo de Reingreso a Licenciatura después de haber concluido el
semestre al que se le aceptó, y
deberá cumplir con los requisitos
de créditos y promedio indicados
en el Artículo 46 del presente Reglamento.

Artículo 49. Revalidación de
estudios para estudiantes del
Sistema Universitario Jesuita.
Si la o el Aspirante pertenece
al Sistema Universitario Jesuita
y desea ingresar vía revalidación
de estudios o cambio de plantel,
podrá tramitar una Solicitud de
Apoyo de Reingreso a Licenciatura después de haber concluido el
semestre al que se le aceptó, y
deberá cumplir con los requisitos
de créditos y promedio indicados
en el Artículo 46 del presente
Reglamento.

Este trámite lo podrá realizar
en la Coordinación, una vez que
cuente con las calificaciones y
créditos probatorios.

Este trámite lo podrá realizar de
manera electrónica a través de la
plataforma Servicios en Línea o
de manera presencial en la oficina de becas, según corresponda,
una vez que cuente con las calificaciones y créditos probatorios.

Artículo 52. Tipos de Becas invariables.
La IBERO otorga de forma invariable los siguientes Tipos de Becas para licenciatura y posgrado:

Artículo 52. Tipos de Becas invariables.
La IBERO otorga de forma invariable los siguientes Tipos de Becas
para licenciatura y posgrado:

I.	 Beca IBERO: se otorga
un porcentaje de Beca
que varía entre el 10%
y 100% de conformidad
con las necesidades económicas comprobadas de
la o del Solicitante, quien
deberá cumplir con los
requisitos generales descritos en el Título III del
presente Reglamento.

I.	Beca Ibero Socioeconómica: se otorga un porcentaje de Beca que varía entre
el 10% y 100% de conformidad con las necesidades
económicas comprobadas
de la o del Solicitante,
quien deberá cumplir con
los requisitos generales
descritos en el Título III del
presente Reglamento.

�julio•2019

	

Universidad Iberoamericana

Si se considera necesario,
se realizará un estudio socioeconómico;

II.	Beca
de
Investigación:
se otorga un porcentaje
de Beca que varía entre
el 10% y 100% a las y
los estudiantes adscritos
a un proyecto de investigación. El otorgamiento
será únicamente para las
personas propuestas cada
semestre por la Dirección
de Investigación.
	

La o el estudiante que solicite esta Beca deberá tener
habilidades para la investigación, sin considerar los
requisitos generales estipulados en el Título III del
presente Reglamento.

	

Los Becados de Investigación, deberán cumplir con
las actividades propias del
proyecto de investigación
que les sea designado. La
Beca de Investigación podrá cancelarse si la o el
estudiante no cumple con
dichas actividades.

	 Los requisitos especiales
para ser beneficiario de
esta Beca, así como las
condiciones para la conservación de la misma, los determinará cada semestre la
Dirección de Investigación.
	
El porcentaje de Beca de-

16

	

Si se considera necesario,
se realizará un estudio socioeconómico;

II.	 DEROGADO.

�Comunicación Oficial 538

Dirección
General
Administrativa

rivado de una Beca de
Investigación podrá acumularse a otro porcentaje de Beca procedente de
una Beca IBERO.
Artículo 56. Obligatoriedad del
Programa de Becados y asignación de actividades.
Los Becados de licenciatura, deberán colaborar en el Programa
de Becados en las áreas que la
IBERO les asigne a través de la
Coordinación. Es responsabilidad
de la o del estudiante consultar
su asignación en los medios que
la Coordinación de Becas determine en la fecha señalada en el
calendario escolar.

Artículo 56. Obligatoriedad del
Programa de Becados y asignación de actividades.
Los Becados de licenciatura del
primero al séptimo semestre, deberán colaborar en el Programa
de Becados en las áreas que la
IBERO les asigne a través de la
Coordinación. Es responsabilidad
de la o del estudiante consultar
su asignación en los medios que
la Coordinación de Becas determine en la fecha señalada en el
calendario escolar.

La Coordinación de Becas informará al estudiante las horas de
colaboración que deberá cubrir,
de conformidad con el porcentaje
de Beca asignado.

La Coordinación de Becas informará al estudiante las horas de
colaboración que deberá cubrir,
de conformidad con el porcentaje
de Beca asignado.

El incumplimiento a esta disposición será causal de cancelación
de la Beca.

El incumplimiento a esta disposición será causal de cancelación
de la Beca.

�julio•2019

Universidad Iberoamericana

TRANSITORIOS
Primero. La presente reforma entrará en vigor el día de su publicación en la Comunicación Oficial de la Universidad Iberoamericana
Ciudad de México.
Segundo. Las solicitudes de apoyo de la Universidad Iberoamericana Ciudad de México deberán presentarse de manera electrónica a
través de la plataforma Servicios en Línea y en el caso de la Universidad Iberoamericana Tijuana se presentarán en la Oficina de Becas.

18

�Comunicación Oficial 538

�Universidad Iberoamericana

julio•2019

D irección

general de vinculación universitaria

REFORMA A DIVERSOS ARTÍCULOS DEL REGLAMENTO
GENERAL DE EDUCACIÓN CONTINUA
Único. - Se reforman los artículos 6 fracción II, inciso e); 22 párrafo
primero y segundo; 59 último párrafo; y 62 penúltimo párrafo del Reglamento General de Educación Continua, para quedar como sigue:

TEXTO VIGENTE

TEXTO REFORMADO

Artículo 6. Tipos de programas
académicos de educación continua.

Artículo 6. Tipos de programas
académicos de educación continua.

(…)

(…)

I.	(…)
	

a) a c) …

II.	(…)
	

a) a d) …

	e) Otros: Pueden ser sesiones académicas, jornadas, congresos, simposios,
coloquios, videoconferencias, paneles de expertos,
mesas redondas, foros,
entre otras actividades.

Artículo 22. De la competencia la
Dirección de Educación Continua.
La DEC es el centro de formación
institucional en lo referente a pro-

20

I.	(…)
	

a) a c) …

II.	(…)
	

a) a d) …

	

e) Otros: Pueden ser sesiones académicas, jornadas, videoconferencias,
paneles de expertos, mesas redondas, foros, entre
otras actividades, que se
encuentren
relacionadas
con los cursos, conferencias, seminarios y talleres
que sean parte de los
programas académicos de
educación continua.

Artículo 22. De la competencia
de la Dirección de Educación
Continua.
La DEC es el centro de forma-

�Dirección
General
Administrativa

Comunicación Oficial 538

gramas y otras actividades que
la IBERO ofrece bajo el concepto de educación continua, como
tal, es la única instancia competente para realizar diplomados
y PCD con costo que promueve
la IBERO.
La DEC no se responsabiliza de
realizar diplomados y PCD que
se originen en los departamentos
académicos y/o direcciones administrativas y que, sean de naturaleza gratuita o que tengan
un fin directamente curricular
en los programas de Técnico
Superior Universitario, Licenciatura o Posgrado, tales como los
talleres de titulación, los prerrequisitos, entre otras actividades
que la Vicerrectoría Académica
determine.

ción institucional en lo referente
a programas y otras actividades
que la IBERO ofrece bajo el concepto de educación continua, y
como tal, es la instancia competente para realizar diplomados
y PCD con costo que promueve
la IBERO.
Tendrán independencia de la
DEC, en cuanto a organización,
recursos materiales, financieros,
así como de participación económica, todos aquellos congresos,
coloquios, simposios, seminarios,
paneles de expertos, mesas redondas, foros, entre otras actividades, que se originen en los
departamentos académicos o en
las direcciones administrativas
dependientes de las Divisiones
Académicas de la Vicerrectoría
Académica, a título gratuito u
oneroso, que sean propios de los
planes y programas de estudio
de Técnico Superior Universitario,
Licenciatura o Posgrado.

Artículo 59.
Requisitos de ingreso.

Artículo 59.
Requisitos de ingreso.

(…)

(…)

I. a VIII.
Los requisitos de inscripción a
conferencias,
simposios,
congresos, jornadas, foros, mesas
redondas y otros programas de
corta duración, son los que indique el programa específico.

I. a VIII.
Los requisitos de inscripción para
los PCD referidos en el artículo
6, fracción II, inciso e) de este
Reglamento, serán los que determine la Dirección de Educación
Continua.

21

�julio•2019

Universidad Iberoamericana

Artículo 62.
Evaluaciones de los PCD.

Artículo 62.
Evaluaciones de los PCD.

(…)

(…)

En el caso de conferencias, simposios, congresos, jornadas, foros, mesas redondas y otros
programas no se requiere evaluación, únicamente se acreditan
con la asistencia.

En el caso de los PCD referidos
en el artículo 6, fracción II, inciso e), no se requiere evaluación,
únicamente se acreditan con la
asistencia.

(…)

(…)

TRANSITORIOS
Único. La presente reforma entrará en vigor el día de su publicación
en la Comunicación Oficial de la Universidad Iberoamericana Ciudad
de México.

22

�Comunicación Oficial 538

Comité
Académico

23

�</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
          </elementContainer>
        </elementSet>
      </elementSetContainer>
    </file>
  </fileContainer>
  <collection collectionId="1">
    <elementSetContainer>
      <elementSet elementSetId="1">
        <name>Dublin Core</name>
        <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
        <elementContainer>
          <element elementId="50">
            <name>Title</name>
            <description>A name given to the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="4">
                <text>Comunicaciones Oficiales</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="41">
            <name>Description</name>
            <description>An account of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="5">
                <text>Este espacio ofrece almacenamiento y búsqueda de las Comunicaciones Oficiales de la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México en formato digital. La colección comprende de 1973 a la fecha y sus correspondientes índices</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
        </elementContainer>
      </elementSet>
    </elementSetContainer>
  </collection>
  <itemType itemTypeId="1">
    <name>Text</name>
    <description>A resource consisting primarily of words for reading. Examples include books, letters, dissertations, poems, newspapers, articles, archives of mailing lists. Note that facsimiles or images of texts are still of the genre Text.</description>
  </itemType>
  <elementSetContainer>
    <elementSet elementSetId="1">
      <name>Dublin Core</name>
      <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
      <elementContainer>
        <element elementId="50">
          <name>Title</name>
          <description>A name given to the resource</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="1913">
              <text>Comunicación Oficial No. 538. Julio 2019</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="40">
          <name>Date</name>
          <description>A point or period of time associated with an event in the lifecycle of the resource</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="1914">
              <text>Julio 2019</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
      </elementContainer>
    </elementSet>
  </elementSetContainer>
</item>
