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                  <text>Julio - Agosto 2013

474

�Comunicación Oficial 474

�Comité
Académico

Comunicación Oficial 474

Comité Académico
APROBACIÓN COPLE DE TSU
El Comité Académico, con base en las atribuciones que le
confiere el Art. 27 inciso a) del Estatuto Orgánico, aprueba
que de manera definitiva se constituya un COPLE de planes
de estudio de Técnico Superior Universitario que realice las
tareas requeridas por los planes de estudio de Carreras de
Técnico Superior Universitario:
Este organismo estará integrado de la siguiente manera:
1. Un presidente con experiencia en diseño curricular e
identificado con los valores de la Universidad Iberoamericana Ciudad de México
2. Un representante de la Dirección de Servicios Escolares
3. Un secretario que mantenga un archivo fiel y completo
del COPLE TSU
4. Un académico distinguido comprometido con la excelencia académica, ratificado por el Vicerrector Académico
5. El responsable operativo y el líder del proyecto
(Sesión No. 879 del 7 de febrero de 2013)

3

�31-agosto•2013

Universidad Iberoamericana

APROBACIÓN DE PLANES DE ESTUDIO
El Comité Académico, con base en las atribuciones que le
confiere el Art. 27 en el inciso d) del Estatuto Orgánico,
aprobó (a sugerencia del COPLE de TSU) el siguiente plan
de estudio:
- Técnico Superior Universitario en Producción Gráfica.
El Comité Académico, con base en las atribuciones que le
confiere el Art. 27 en el inciso d) del Estatuto Orgánico,
aprobó (a sugerencia del COPLE de Posgrado) el siguiente
plan de estudio:
- Maestría en Ingeniería de Calidad.
(Sesión No. 887 del 4 de julio de 2013)

RESULTADO DE PERIODO SABÁTICO
El Comité Académico, considerando la propuesta del Consejo Académico correspondiente y de las demás instancias
colegiadas, en su caso, emitió el dictamen sobre el resultado de sabático del periodo del 1 de enero de 2012 al 31
de diciembre de 2012 de la siguiente académica:

4

�Comité
Académico

Comunicación Oficial 474

Departamento de Ciencias Sociales y Políticas
Dra. Alba González Jácome
Tema: Agroecosistemas de pequeña escala: huertos familiares, camellones, milpas y mawechis en el contexto de la
diversidad y la sustentabilidad.
Dictamen: Evaluado con carácter de Suficiente.
Observaciones: Ninguna.
(Sesión No. 888 del 8 de agosto de 2013)
FE DE ERRATAS
En Comunicación Oficial 473, con fecha junio 2013
en Solicitudes de Periodo Sabático
DICE:
Departamento de Estudios Internacionales
Mtro. Raimundo Elgueta Pinto
Tema: Cuadernos de trabajo.
1) Integración Económica Internacional: Amplitud Espacial
y Densidad Relacional. Una Introducción para Internacionalistas.
2) Integración Económica Internacional: Estándares Analíticos e Indicadores Cuantitativos. Una Introducción para
Internacionalistas.
Resultados esperados:
Presentación de dos cuadernos de trabajo.
1) Integración Económica Internacional: Amplitud Espacial
y Densidad Relacional. Una Introducción para Internacionalistas.
2) Integración Económica Internacional: Estándares Analíticos e Indicadores Cuantitativos. Una Introducción para
Internacionalistas.
El material será sometido a dictamen ciego externo (opta
por el sobresaliente).

5

�31-agosto•2013

Universidad Iberoamericana

Observaciones: Ninguna.
DEBE DECIR:
Departamento de Estudios Internacionales
Mtro. Raimundo Elgueta Pinto
Tema: Cuadernos de trabajo.
1) Integración Económica Internacional: Amplitud Espacial
y Densidad Relacional. Una Introducción para Internacionalistas.
2) Integración Económica Internacional: Estándares Analíticos e Indicadores Cuantitativos. Una Introducción para
Internacionalistas.
Resultados esperados:
Presentación de dos cuadernos de trabajo.
1) Integración Económica Internacional: Amplitud Espacial
y Densidad Relacional. Una Introducción para Internacionalistas.
2) Integración Económica Internacional: Estándares Analíticos e Indicadores Cuantitativos. Una Introducción para
Internacionalistas.
El material será sometido a dictamen interno (opta por el
satisfactorio).
Observaciones: Ninguna.
CATEGORÍAS ACADÉMICAS
Conforme a la delegación de responsabilidad que el Comité
Académico General hizo en su sesión 534 y en la confianza de que se cuidó el cumplimiento de los lineamientos
establecidos en el Reglamento de Personal Académico, la
Vicerrectoría Académica dio el Visto Bueno a los siguientes
cambios de categorías:

6

�Comité
Académico

Comunicación Oficial 474

	
Cambio de categoría a profesores de tiempo
•División de Ciencia, Arte y Tecnología
Departamento de Diseño
Mtro. Jorge Julián Meza Aguilar		

Titular 5

Departamento de Ingenierías
Mtra. Adriana Acevedo Tirado		
Mtra. Olivia Ruth Ortega Márquez		
Mtro. Jorge Andrés Martínez Alarcón	

Titular 2
Titular 5
Titular 5

•División de Estudios Sociales
Departamento de Ciencias Sociales y Políticas
Dr. René Torres Ruiz			
Titular 2
Departamento de Estudios Empresariales
Mtra. María Cristina Huerta Sobrino	
Titular 5
Mtra. María del Rocío Mercedes Gutiérrez	 Titular 4
Departamento de Estudios Internacionales
Dra. Gloria Soto Montes de Oca		
Titular 3
Dra. Laura Zamudio González		
Titular 4
Dra. María Cristina Esperanza Barrón Soto	Titular 6
Departamento de Psicología
Dra. Alejandra del Carmen Domínguez Espinosa	Titular
Dr. Bernardo Emilio Turnbull Plaza		
Titular
Dra. Cinthia Cruz del Castillo		
Titular
Mtra. Alma Mireya Polo Velázquez		
Titular
Departamento de Salud
Dr. César Ángel Hernández Guerrero	

3
3
2
4

Titular 4

7

�31-agosto•2013

Universidad Iberoamericana

•División de Humanidades y Comunicación
Departamento de Arte
Dr. Luis Javier Cuesta Hernández		

Titular 6

Departamento de Ciencias Religiosas
Dr. Javier Quezada del Río		
Dr. Eduardo Ernesto Sota García		

Titular 5
Titular 7

Departamento de Comunicación
Mtro. Joaquín Labarthe Cabrera		

Titular 5

Departamento de Educación
Dr. Javier Loredo Enríquez		

Titular 5

Departamento de Filosofía
Mtra. Mariana Espinosa Moyeda

Técnico Académico 4

Departamento de Letras
Dra. Laura Marta Guerrero Guadarrama	

Titular 7

DOCUMENTOS
El Comité Académico, con base en las atribuciones que le
confiere el art. 27 inciso a) del Estatuto Orgánico aprobó
en su sesión 887 del 4 de julio de 2013 los siguientes
documentos: Mejora continua en programas de posgrado;
Políticas y normas para la selección, diseño e impartición de
cursos de posgrado a distancia en la Universidad Iberoamericana Ciudad de México y Condicionamiento de programas
de posgrado de nueva apertura.

8

�Comité
Académico

Comunicación Oficial 474

MEJORA CONTINUA EN PROGRAMAS DE POSGRADO
1. Introducción
La Universidad Iberoamericana Ciudad de México (Ibero
CM) ha aplicado medidas que inciden en la mejora continua de la calidad académica de sus especializaciones,
maestrías y doctorados. El presente documento sintetiza
las mejoras recientes en los siguientes aspectos: requerimiento de grados académicos en docentes de posgrado
de nueva contratación; acreditación de los programas de
posgrado; políticas y normas para cursos a distancia en
posgrado; lineamientos para la apertura o modificación de
programas de posgrado; condicionamiento de programas
de posgrado de nueva apertura; lineamientos para programas de cotitulación nacionales e internacionales; requisito
de presentación del examen de ingreso Exani III; requisitos
de comprensión de lectura en inglés; modificaciones al
otorgamiento de menciones honoríficas; definitividad del
Comité de Planes de Estudio de Posgrado (COPLE PG); así
como modificaciones a la modalidad “Artículo publicable
en revista especializada” para la obtención del grado de
maestro.
2. Requerimiento de grados académicos en nuevos docentes de posgrado
Los docentes de posgrado deberán contar con las credenciales académicas, profesionales y docentes necesarias
para contribuir a la excelencia académica del programa
en que se desempeñan. Por lo tanto, un requisito para
el docente de posgrado es contar con un grado superior
al programa en que se desempeñan. Por esta razón, los
Prestadores de Servicios Profesionales Docentes (PSPD) de
nueva contratación, a quienes se les asignen grupos de
maestría o doctorado, deberán contar con el grado de
doctor. Es deseable que el área de estudio del doctorado
del docente se relacione con la materia impartida.

9

�31-agosto•2013

Universidad Iberoamericana

3. Acreditación de programas de posgrado
La Universidad Iberoamericana Ciudad de México ofrece
un portafolio de programas de excelencia, pertinentes e
innovadores. Por ello, los programas de la Ibero CM son
reconocidos por numerosas instancias internacionales, situación que favorece la colaboración con pares académicos
de alta calidad al tiempo que se refuerza el prestigio de la
institución. Con el objetivo de garantizar la excelencia de
las especializaciones, maestrías y doctorados de la Ibero
CM, los programas de posgrado deberán acreditarse ante
organismos externos. La pertenencia al Programa Nacional
de Posgrados de Calidad (PNPC) del Consejo Nacional de
Ciencia y Tecnología (Conacyt) cumple con el requisito de
acreditación nacional. Por otra parte, los programas de
posgrado de la Ibero CM también deberán buscar su acreditación internacional en organismos de reconocido prestigio según el área correspondiente de conocimientos.
4. Educación a distancia en posgrado
Aprender a desempeñarse en ambientes virtuales constituye un aspecto imprescindible de la formación profesional
actual, ya que la globalización y las condiciones de trabajo
de la sociedad contemporánea incluyen la realización de
operaciones laborales y de aprendizaje a distancia, tanto a
nivel nacional como internacional. En este sentido, la educación a distancia constituye un medio y una experiencia
fundamental que contribuye a desarrollar competencias que
los futuros profesionales necesitarán para tener un desempeño efectivo. Por lo tanto, la Dirección de Educación a
Distancia propone las “Políticas y normas para la selección,
diseño e impartición de cursos de posgrado a distancia en
la Universidad Iberoamericana Ciudad de México“. Ver el
Anexo I.

10

�Comunicación Oficial 474

Comité
Académico

5. Lineamientos para la creación o modificación de
programas
Es prioridad que la Universidad Iberoamericana Ciudad de
México garantice la calidad de su oferta educativa a través
de procesos ágiles y eficientes de evaluación y actualización de sus programas académicos. Los procesos de creación de nuevos programas de posgrado, así como la evaluación y actualización de los posgrados actuales exigen el
esfuerzo conjunto de diversos actores de áreas académicas
y administrativas. Con la finalidad de normar los procesos,
tiempos y participantes en estos importantes procesos académicos, el Comité Académico aprobó los “Procedimientos y
lineamientos para la creación o modificación de programas
de posgrado”.
6. Condicionamiento de programas de posgrado de
nueva apertura
La Universidad Iberoamericana Ciudad de México sólo autorizará la apertura de nuevos programas de posgrado que
cumplan con los criterios de pertinencia, viabilidad y sostenibilidad establecidos en el “Modelo sistémico de evaluación
de la calidad del posgrado de la IBERO”. La permanencia de
los nuevos programas estará condicionada al cumplimiento
de criterios específicos de acuerdo con su nivel y orientación. La Dirección de Posgrado realizará un seguimiento
semestral o anual de dichos programas con el fin de fomentar y asegurar su calidad y valorar su permanencia. El
documento completo aparece en el Anexo II.

11

�31-agosto•2013

Universidad Iberoamericana

7. Lineamientos para programas de cotitulación
La Universidad Iberoamericana Ciudad de México (IBERO)
promueve la calidad de sus posgrados mediante el reconocimiento de estudios realizados en instituciones de
reconocido prestigio. En este orden de ideas, los “Lineamientos para programas de cotitulación” norman los tipos
de colaboración académica que la IBERO establece con
otras destacadas instituciones de educación superior, nacionales y extranjeras, para emitir títulos. Existen cuatro
tipos de cotitulación reconocidos por la IBERO CM: doble
titulación, titulación múltiple, titulación conjunta y titulación
consecutiva. El objetivo de los programas de cotitulación es
mejorar la calidad de la oferta educativa de la IBERO, así
como consolidar las fortalezas académicas de la Universidad Iberoamericana Ciudad de México ante el reto de la
competitividad internacional.
8. Examen de ingreso Exani III
El Examen Nacional de Ingreso al Posgrado (Exani III) es
una prueba auxiliar para el diagnóstico en los procesos de
selección de estudiantes de posgrado. Es un examen objetivo, estandarizado y de opción múltiple, elaborado por especialistas de distintas instituciones de educación superior
y áreas de conocimiento. El Centro Nacional de Evaluación
para la Educación Superior A. C. (Ceneval) verifica este
examen para garantizar su validez y confiabilidad en cinco
competencias fundamentales:
•
•
•
•
•

Razonamiento verbal
Razonamiento matemático
Tecnologías de la información y la comunicación
Metodología y habilidades para la investigación
Comprensión del idioma inglés

12

�Comunicación Oficial 474

Comité
Académico

Actualmente el Exani III cumple funciones de diagnóstico y
no de selección de estudiantes. Este examen constituye un
elemento favorable en la evaluación del Programa Nacional
de Posgrados de Calidad del Conacyt. La Dirección de Posgrado envía los resultados del Exani III a los correspondientes coordinadores de programa.
Sin embargo, los Consejos Técnicos de Posgrado (CTP) pueden establecer requisitos específicos de admisión en sus
respectivos programas, siempre y cuando no contravengan
la normativa institucional. Entre estos parámetros de ingreso, se pueden determinar puntajes mínimos aceptables
en el Exani III: por ejemplo, el puntaje mínimo global o la
evaluación mínima aceptable en competencias específicas
según los requisitos de cada programa. En todo caso, es
deseable que las coordinaciones de posgrado establezcan
estrategias específicas para estudiantes con bajos puntajes,
si dichos estudiantes son admitidos al programa.
9. Competencia en comprensión de lectura en inglés
En relación con el prerrequisito de inglés para los estudiantes de posgrado, el Comité Académico con base en el
artículo 27 inciso a) del Estatuto Orgánico resolvió:
Los estudiantes de posgrado deberán presentar el Exani III
como requisito de ingreso y obtener un mínimo de 1000
puntos en la sección de inglés para poder obtener el grado.
En caso de que el puntaje esté por debajo del mencionado,
el estudiante tendrá que aprobar a lo largo del programa, el
curso Reading for Professional Purposes (42 hrs.) o un curso
equivalente que ofrezca la Dirección de Educación Continua.

13

�31-agosto•2013

Universidad Iberoamericana

10. Definitividad del comité de planes de estudio de
posgrado
El Comité Académico, con base en las atribuciones que le
confiere el Art. 27 inciso a) del Estatuto Orgánico, aprueba que, de manera definitiva, se constituya un Comité de
Planes de Estudio de Posgrado (COPLE PG) que realice las
tareas requeridas por la revisión curricular de planes de
estudio. Se propone que el COPLE PG esté integrado de la
siguiente manera:
• Un presidente con experiencia en diseño curricular e
identificado con los valores de la Universidad Iberoamericana Ciudad de México
• El director de Servicios para la Formación Integral o
quien él designe
• Un representante de la Dirección de Servicios Escolares
• Un representante de la Dirección de Posgrado
• Un secretario que mantenga un archivo fiel y completo
del COPLE PG
• Un académico distinguido comprometido con la excelencia académica, elegido por los directores divisionales y
ratificado por el Vicerrector Académico
11. Otorgamiento de menciones honoríficas
Con el objetivo de elevar el rigor académico y la calidad
profesional de los productos finales de obtención de grado, se aprobó la modificación del artículo 43 del Reglamento de estudios de posgrado para quedar como sigue
(los cambios están indicados con negritas):

14

�Comunicación Oficial 474

Comité
Académico

Artículo 43
En el caso de maestrías y doctorados, el Jurado por unanimidad podrá otorgar al sustentante alguno de los siguientes
reconocimientos:
a. Mención Honorífica: cuando el trabajo escrito y la réplica
oral sean de excepcional calidad, siempre y cuando el examinado se ubique en el 50 por ciento superior del promedio
histórico de su programa de posgrado y no haya reprobado
ninguna asignatura del currículo.
Cuando un estudiante de posgrado sea candidato a mención honorífica, se entregará a los sinodales del respectivo
examen de grado un escrito que recuerde al tribunal las
características necesarias para este reconocimiento.
b. Reconocimiento al Trabajo de Titulación: cuando el trabajo escrito y la réplica sean de excepcional calidad y el sustentante no cumpla con el promedio de calidad establecido.
En el caso de maestrías, las opciones de titulación elegibles
para la mención honorífica son:
• Tesis
• Estudio de caso
• Artículo publicable
En el caso de maestrías, las opciones de titulación sin derecho a mención honorífica son:
• Proyecto de investigación para doctorado
• Examen general de conocimientos
En el caso de doctorados la única modalidad de obtención
de grado es la tesis, la cual es elegible para otorgar menciones honoríficas.

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�31-agosto•2013

Universidad Iberoamericana

En el caso de las especialidades, los estudiantes podrán
ser acreedores a los siguientes reconocimientos:
a. Reconocimiento de Excelencia Académica: se otorgará al
estudiante que obtenga el promedio más alto de quienes
hayan concluido el semestre anterior la totalidad de los
créditos de su especialidad y que éste sea al menos un
punto superior al promedio de calidad de la especialidad
respectiva. Para ser acreedor a este reconocimiento, el
estudiante deberá no haber reprobado ninguna asignatura
a lo largo de sus estudios de especialidad.
b. Mención Honorífica: se otorgará a los estudiantes que
hayan concluido el semestre anterior la totalidad de los
créditos de la especialidad, que no hayan reprobado ninguna asignatura a lo largo de su trayectoria en el programa
y que hayan obtenido el promedio estipulado por el Comité
Académico para este reconocimiento.
12. Modalidades de titulación
Con el objetivo de elevar el rigor académico y la calidad
profesional de los productos finales de obtención de grado, se aprobó la modificación del artículo 33 del Reglamento de estudios de posgrado para quedar como sigue
(los cambios están indicados con negritas):
Artículo 33
Las características de cada una de las modalidades de
titulación para maestría son las siguientes:

16

�Comunicación Oficial 474

Comité
Académico

a. Tesis de maestría:
Es un trabajo original, vinculado con un tema específico,
que incluye la defensa de una proposición inicial que se
hace por escrito; tiene como objetivo que el estudiante
demuestre su capacidad para la investigación a través del
manejo adecuado del conocimiento teórico, metodológico y
técnico en un campo científico o profesional. Se apreciará
particularmente la claridad en la delimitación del problema que se desea abordar, la sistematicidad y consistencia
del método empleado y el uso de fuentes documentales
pertinentes. Puede corresponder a un trabajo monográfico,
un reporte de resultados de investigación o un proyecto
de interés profesional de acuerdo con los objetivos del
programa. Para optar por esta modalidad de titulación el
estudiante deberá obtener la aprobación del proyecto de
tesis por parte del Consejo Técnico del programa de maestría respectivo.
b. Estudio de caso:
Tiene como objetivo demostrar la capacidad del estudiante
para desarrollar proyectos de solución a problemas específicos de la práctica profesional o para analizar y reportar
con rigor teórico y metodológico una experiencia relevante
o innovadora en el campo de estudios del programa correspondiente. Consiste en la presentación de un proyecto
de desarrollo de soluciones a problemas identificados, un
reporte de análisis, evaluación o planeación de casos específicos de interés profesional, o bien de modelos, prototipos o sistemas que cuenten con fundamentación teórica
y metodológica.

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�31-agosto•2013

Universidad Iberoamericana

c. Artículo publicable en revista especializada o capítulo
en libro arbitrado:
Esta modalidad de titulación tiene como propósito demostrar la capacidad del estudiante para generar y comunicar
aportaciones al conocimiento en un campo científico o
profesional.
Artículo publicable en revista especializada
Consiste en la presentación de un artículo de investigación
aceptado o publicado en una revista incluida en el índice
de publicaciones especializadas que establezca el Consejo Técnico del programa y que apruebe su correspondiente Consejo Académico de Departamento. Para optar
por esta modalidad, es necesario entregar al Consejo
Técnico un dictamen favorable emitido por la revista
especializada, o bien, el artículo ya publicado.
Capítulo de libro arbitrado
Consiste en la presentación de un capítulo aceptado
o publicado en un libro arbitrado cuya editorial esté
incluida en el índice de publicaciones especializadas
que establezca el Consejo Técnico del programa y
que apruebe su correspondiente Consejo Académico
de Departamento. Para optar por esta modalidad, es
necesario entregar al Consejo Técnico un dictamen
favorable emitido por la editorial aprobada, o bien, el
libro ya publicado.

18

�Comunicación Oficial 474

Comité
Académico

d. Proyecto de investigación para doctorado:
Es un trabajo escrito que demuestra la capacidad del estudiante para plantear un proyecto de investigación original
que implique una aportación al área de conocimiento y
que podrá ser desarrollado en un programa de doctorado.
El documento deberá describir detalladamente con rigor
el fundamento teórico y la propuesta metodológica para
desarrollar la investigación, demostrando la actualidad de
las fuentes y el conocimiento del estado del arte en el
campo correspondiente. Para optar por esta modalidad de
titulación el estudiante deberá haber sido aceptado en un
programa de doctorado vinculado con el área de conocimiento de la maestría. El estudiante deberá obtener la carta
de aceptación del proyecto a desarrollar, firmada por la
institución con reconocimiento de validez oficial de estudios
que imparta el programa de doctorado, así como la carta
de aprobación del Consejo Técnico de la propia maestría.
e. Examen general de conocimientos:
Requiere que el estudiante resuelva una prueba escrita, que
también puede incluir una parte oral, a criterio del Consejo
Técnico del Programa respectivo, en la que se evalúa una
porción significativa y representativa de los objetivos del
programa de maestría. Es factible el planteamiento de problemas reales que se deriven del campo profesional o del
área de conocimiento específica y que demanden la aplicación de los aprendizajes logrados. Los instrumentos serán
elaborados por una comisión de académicos del programa
de maestría, quienes también deberán elaborar la guía correspondiente. Asimismo, el examen en sus partes escrita
y en su caso oral, deberá ser calificado por tres sinodales
previamente asignados por la instancia correspondiente.

19

�31-agosto•2013

Universidad Iberoamericana

POLÍTICAS Y NORMAS PARA LA SELECCIÓN, DISEÑO
E IMPARTICIÓN DE CURSOS DE POSGRADO A DISTANCIA EN LA UNIVERSIDAD IBEROAMERICANA CIUDAD DE
MÉXICO
Presentación
Aprender a desempeñarse en ambientes virtuales constituye un aspecto imprescindible de la formación de posgrado
actual, ya que la globalización y las condiciones de trabajo
de la sociedad contemporánea incluyen la realización de
operaciones laborales y de aprendizaje a distancia, tanto a
nivel nacional como internacional. En este sentido, la educación a distancia constituye un medio y una experiencia
fundamental que contribuye a desarrollar competencias
que los futuros egresados de posgrado necesitarán para
tener un desempeño efectivo.
I. Políticas
1. Se entiende por materias a distancia aquellas que pueden ser cursadas por el alumno sin necesidad de estar
presente en el salón de clases.
2. Las materias diseñadas para impartirse a distancia serán propiedad de la Universidad Iberoamericana Ciudad de
México y contarán con el debido registro de los derechos
de autor. 1
3. Impartir una materia a distancia se considera equivalente a impartir una materia en la modalidad presencial, en
cuanto a asignación de tiempo y cobro de honorarios por
parte de los tutores.

Constituido por la autoría moral o derecho moral, de carácter irrenunciable y
por tanto intransferible y el derecho patrimonial o de usufructo y propiedad de
una obra, este último a diferencia del primero puede transferirse a otras personas
mediante donación o compra-venta de la obra.
1

20

�Comunicación Oficial 474

Comité
Académico

4. Todos los programas de especialidad, maestría y doctorado deberán contar al menos con una asignatura a distancia, diseñada en los tiempos y procedimientos señalados
para tal fin por la Dirección de Educación a Distancia.
5. El consejo técnico de cada posgrado elegirá al menos
una materia obligatoria a impartirse sólo a distancia. Además podrá elegir otras materias que podrán ser ofrecidas
de manera presencial y a distancia.
6. Todo curso a distancia se diseñará con base en:
• La plataforma informática elegida por la institución.
• La plantilla institucional establecida para este tipo de
cursos.
• La carátula y la guía de estudios modelo (GEM) de la
materia en cuestión.
7. Para ofrecer una materia en línea es necesario que el
curso correspondiente esté diseñado 100 por ciento y haya
sido validado de acuerdo con los lineamientos de calidad y
dentro de los tiempos que hayan sido establecidos por las
instancias correspondientes.
8. Para su mejora continua, toda materia que se ofrece a
distancia será evaluada al finalizar el semestre, tanto por
lo que se refiere a la calidad de su diseño, como a la eficacia del trabajo hecho por los tutores que acompañaron
las actividades de los estudiantes. 2
II. Normas
Diseño de los cursos a distancia
1. Además de la materia obligatoria 3, el consejo técnico
podrá elegir materias cuyos objetivos puedan lograrse a
distancia.

2
3

Para ello se utilizará un SEPE especial.
Ver el número 4 de política.

21

�31-agosto•2013

Universidad Iberoamericana

2. El director del departamento del que depende la materia
designará a un académico de tiempo como responsable de
diseñar cada materia y a un especialista como responsable
de evaluar el diseño por lo que se refiere al nivel, actualidad y pertinencia de su contenido.
3. Para que una materia a distancia se pueda ofrecer se
requiere que:
a) La Dirección de Educación a Distancia haya verificado
su calidad de acuerdo con el procedimiento establecido.
b) Los derechos patrimoniales y de autor correspondientes
estén debidamente tramitados.
c) Todos los materiales que no hayan sido elaborados por
el propio diseñador cuenten con la debida referencia a su
autor y a la fuente de la que están tomados.
d) Haya sido sometida a corrección de estilo.
e) La coordinación a la que pertenece disponga de suficientes tutores debidamente capacitados para impartirla a
distancia.
4. Para diseñar cursos a distancia es necesario ser académico de tiempo, tener disposición para la educación
a distancia y un manejo adecuado de las herramientas
necesarias para ello. En el caso en que el departamento
no cuente en su claustro de profesores de tiempo con el
perfil necesario, la Coordinación de Educación a Distancia
tendrá la facultad de autorizar a un PSPD4 para el diseño
de cursos a distancia.
5. Los académicos de tiempo que sean designados para
diseñar materias a distancia deben consignar en su asignación de funciones un número de horas equivalente a la
duración de la materia en la modalidad presencial, más las
horas correspondientes a circundocencia.
6. Los tutores de los cursos a distancia deberán tener:
• Las mismas características que se solicitan para los académicos que diseñan cursos (ver norma 4).
• Experiencia en tutoría a distancia o, en su defecto, haber
recibido la capacitación específica para ello.
4

Prestador de Servicios Profesionales Docentes.

22

�Comunicación Oficial 474

Comité
Académico

CONDICIONAMIENTO DE PROGRAMAS DE POSGRADO DE
NUEVA APERTURA
1. Desarrollo institucional del posgrado
1.1. Sobre la planeación del posgrado en la institución:
1.1.1. La planeación estratégica universitaria considerará
las necesidades actuales y futuras de desarrollo del posgrado y su orientación hacia la innovación y el desarrollo
del conocimiento, como estrategia de fortalecimiento de la
universidad en su conjunto.
1.1.2. La planeación estratégica del posgrado será integral,
incluyendo enfoques cualitativos y estrategias de mejora
continua de la calidad.
1.2. Sobre la integración de la oferta:
La Universidad Iberoamericana integrará la oferta académica de posgrado considerando el cumplimiento de las
condiciones de calidad, de magnitud de la demanda y de
vinculación con líneas de investigación o de trabajo especificadas para cada tipo de programa, así como la contribución de cada programa para:
	
el logro de la misión y visión institucional,
	
la atención de las necesidades sociales,
	
el fortalecimiento académico de los programas
	
de licenciatura o de otros posgrados.
1.3. Sobre la orientación de la oferta:
Se privilegiará la oferta de programas con enfoques multidisciplinarios y novedosos, con modalidades flexibles que
den respuesta a problemas de la sociedad, que promuevan
la vinculación y la innovación pedagógica y que aseguren
la dimensión internacional.

23

�31-agosto•2013

Universidad Iberoamericana

1.4 Sobre la apertura de nuevos programas de posgrado
1.4.1 La UIA sólo autorizará la apertura de nuevos programas de posgrado que cumplan con los criterios de
pertinencia, viabilidad y sostenibilidad establecidos en el
“Modelo sistémico de evaluación de la calidad del posgrado de la UIA”.5
1.4.2 Se promoverá el desarrollo de programas de especialidades en las áreas en las que sea pertinente, a partir
de un diagnóstico tanto de necesidades y de áreas de
oportunidad, como de capacidad institucional.
1.5. Sobre la permanencia de los nuevos programas
de posgrado
1.5.1	
Los nuevos programas de posgrado deberán cumplir los criterios de eficiencia, eficacia y sostenibilidad establecidos en el ya citado “Modelo sistémico de evaluación
de la calidad del posgrado de la UIA”.
1.5.2 La permanencia de los nuevos programas estará
condicionada al cumplimento de criterios específicos de
acuerdo con su nivel y orientación.
1.5.3 La Dirección de Posgrado realizará un seguimiento
semestral o anual de dichos programas con el fin de fomentar y asegurar su calidad y valorar su permanencia.
1.5.4 La permanencia de las especialidades se valorará al
final de los dos primeros años de operación con base en
los siguientes criterios o indicadores básicos que deberán
cumplir:
1.5.4.1	 Matrícula promedio en esos dos años de al menos
diez alumnos inscritos, con tendencia sostenida o ascendente.
1.5.4.2 Eficiencia terminal de al menos 70%, con tendencia
sostenida o ascendente.
Cfr. “Modelo sistémico de evaluación de la calidad del posgrado de la UIA”.
Dirección de Posgrado. UIA. 2005.
5

24

�Comunicación Oficial 474

Comité
Académico

1.5.4.3	 Excepcionalmente, y a juicio de la Dirección de
Posgrado, será posible compensar el incumplimiento en uno
de los indicadores mencionados en los puntos 1.5.4.1 y
1.5.4.2 con el cumplimiento de uno o más de los siguientes
criterios deseables: obtener la acreditación en el Padrón
Nacional de Posgrados de Calidad del Conacyt o equivalente, ser fuente de matrícula para maestrías del área o
tener vínculos relevantes con los sectores productivo y/o de
servicios.
1.5.5	 La permanencia de las maestrías orientadas al
perfeccionamiento profesional se valorará al final de los
tres primeros años de operación con base en los siguientes
criterios o indicadores básicos que deberán cumplir:
1.5.5.1	 Matrícula promedio en los tres años igual o mayor
a 20 alumnos inscritos, con tendencia sostenida o ascendente.
1.5.5.2	 Eficiencia terminal de 50% en dos años y medio
en la primera generación, con tendencia ascendente en las
siguientes cohortes.
1.5.5.3	 Excepcionalmente, y a juicio de la Dirección de
Posgrado, será posible compensar el incumplimiento en uno
de los indicadores mencionados en los puntos 1.5.5.1 y
1.5.5.2 con el cumplimiento de uno o más de los siguientes
criterios deseables: obtener la acreditación en el Padrón
Nacional de Posgrados de Calidad del Conacyt o equivalente y/o tener vínculos relevantes con los sectores productivo
o de servicios, preferentemente con proyectos que generen
recursos que apoyen la operación del programa.
1.5.6 La permanencia de las maestrías orientadas a la
investigación se valorará al final de los cuatro primeros
años de operación con base en los siguientes criterios o
indicadores básicos que deberán cumplir:
1.5.6.1	 Matrícula promedio en los cuatro años igual o
mayor a 15 alumnos inscritos, con tendencia sostenida o
ascendente.

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�31-agosto•2013

Universidad Iberoamericana

1.5.6.2 Eficiencia terminal de 50% en dos años y medio en
la primera generación, con tendencia ascendente en las
siguientes cohortes.
1.5.6.3 Acreditación en el Padrón Nacional de Posgrados de
Calidad del Conacyt o equivalente.
1.5.6.4 Articulación de las actividades académicas en torno
a líneas de investigación definidas.
1.5.6.5 Excepcionalmente, y a juicio de la Dirección de
Posgrado, será posible compensar el incumplimiento en
uno de los indicadores mencionados en los puntos 1.5.6.1,
1.5.6.2, 1.5.6.3 y 1.5.6.4 con el cumplimiento de uno o más
de los siguientes criterios deseables: tener vínculos relevantes con el sector académico o con redes de posgrado
e investigación, ser elegibles para el otorgamiento de fondos (internos y externos) para proyectos de investigación
o para becas externas y/o ser fuente de matrícula para
doctorados del área.
1.5.7 La permanencia de los doctorados se valorará al
final de los seis primeros años de operación con base en
los siguientes criterios o indicadores básicos que deberán
cumplir:
1.5.7.1 Matrícula promedio en los seis años igual o mayor a
10 alumnos, con tendencia sostenida o ascendente.
1.5.7.2 Eficiencia terminal de 50% en cuatro años y medio
en la primera generación, con tendencia ascendente en las
siguientes cohortes.
1.5.7.3 Acreditación en el Padrón Nacional de Posgrados de
Calidad del Conacyt o equivalente.

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�Comunicación Oficial 474

Comité
Académico

1.5.7.4 Articulación de las actividades académicas en torno
a líneas de investigación definidas.
1.5.7.5 Excepcionalmente, y a juicio de la Dirección de Posgrado, será posible compensar el incumplimiento en uno de
los indicadores mencionados en los puntos 1.5.7.1, 1.5.7.2,
1.5.7.3 y 1.5.7.4 con el cumplimiento de uno o más de los siguientes criterios deseables: tener vínculos relevantes con el
sector académico o con redes de posgrado e investigación,
ser elegibles para el otorgamiento de fondos (internos y
externos) para proyectos de investigación o para becas externas y/o generar productos académicos de gran calidad.
1.5.8 Los programas interinstitucionales e internacionales
se evaluarán con criterios ad hoc, consistentes con su naturaleza y compatibles con las condiciones y los requisitos
de la(s) universidad(es) con la(s) que se haya firmado el
convenio respectivo. La Dirección de Posgrado, en su caso,
presentará la propuesta de cierre al Comité Académico
para su ratificación.
1.5.9 Por lo que toca a los programas propios de la Universidad Iberoamericana Ciudad de México, la Dirección de
Posgrado estará facultada para cerrarlos cuando incumplan
con los criterios de permanencia establecidos, para lo cual
deberá informar previamente su decisión al Comité Académico.

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�31-agosto•2013

Universidad Iberoamericana

REGLAMENTO
El Comité Académico en su sesión 888 de fecha 8 de agosto de 2013, aprobó el Reglamento para las Publicaciones
Académicas de la Universidad Iberoamericana Ciudad de
México, cuyo texto es el siguiente:
REGLAMENTO PARA LAS PUBLICACIONES ACADÉMICAS DE LA UNIVERSIDAD IBEROAMERICANA CIUDAD
DE MÉXICO
CAPÍTULO I.
DE LA ESTRUCTURA Y FINES DE LA DIRECCIÓN DE PUBLICACIONES
Consideraciones Generales
La Dirección de Publicaciones es una instancia de servicio
que depende directamente de la Vicerrectoría Académica.
El presente reglamento se emite en el marco de las Políticas y Normas para la Difusión de las Propuestas Editoriales de las Unidades Académicas aprobadas por el Comité
Académico en la sesión 684.
Artículo 1. Naturaleza de la Dirección de Publicaciones
Es responsabilidad de la Dirección de Publicaciones la
coordinación, el desarrollo y realización del programa editorial de la universidad: de libros, publicaciones periódicas,
manuales, documentos de investigación, y todos aquellos
productos académicos susceptibles de ser editados, utilizando los soportes materiales que considere convenientes.
Asimismo, se encarga de la distribución y venta de las
publicaciones producidas.

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�Comunicación Oficial 474

Comité
Académico

Artículo 2. Ámbito
La difusión es una de las funciones sustantivas de la universidad, y una de las salidas naturales de la misma es la
producción académica, por lo que la materia objeto de sus
actividades editoriales podrá cubrir cualquier campo del conocimiento humano y de la sociedad que contribuya al desarrollo de la ciencia, la técnica, la cultura y la educación,
en el marco del Ideario y la Misión de la propia universidad.
Artículo 3. Organigrama
La Dirección de Publicaciones dependerá de la Vicerrectoría
Académica, directamente del Vicerrector o, en su ausencia,
de la persona que el Rector delegue.
Para poder desarrollar adecuadamente su encomienda, la
Dirección de Publicaciones contará con la estructura necesaria y acorde con las necesidades editoriales de la
universidad.
La persona responsable de la dirección coordinará las reuniones de la Comisión de Difusión para el análisis y aprobación de los planes editoriales y presupuesto de las
unidades académicas.
La Dirección de Publicaciones fungirá como enlace y asesorará a los consejos editoriales de las distintas unidades
académicas.
Artículo 4. Funciones
Son responsabilidad de la Dirección de Publicaciones las
siguientes funciones:
a) Editar en cualquier formato o soporte todas las publicaciones académicas de la Universidad de Iberoamericana
Ciudad de México, que sean resultado de trabajos de investigación, de divulgación o de apoyo a la docencia y que
puedan contribuir a los distintos campos del conocimiento.

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Universidad Iberoamericana

b) Coordinar y realizar las reuniones de la Comisión de Difusión 6 para presentar los reportes anuales de producción
y distribución, así como el análisis de solicitudes presupuestales y aprobación del plan editorial de la universidad.
c) Asesorar y apoyar a los consejos editoriales de las distintas instancias de la universidad.
d) Difundir las actividades de la propia dirección entre
los consejos —y autores— para dar a conocer el proceso
editorial.
e) Cuando los dictámenes presentados incumplan con los
requisitos establecidos en el artículo 7 inciso “c” de este
reglamento, se reserva el derecho de solicitar un nuevo
dictamen e informará a la unidad académica sobre el resultado. En caso de ser negativo, la obra será rechazada.
f) Gestionar convenios de coedición con editoriales de
instituciones académicas, así como editoriales comerciales.
g) Promover y operar la comercialización del fondo editorial de la universidad, directamente o mediante la firma de
contratos de distribución.
h) Realizar y registrar los convenios de derechos de autor
y/o coediciones, así como cumplir con todas las disposiciones legales que se desprendan de la edición de los
distintos tipos de publicación.
i) Garantizar el depósito de los ejemplares legales en las
distintas bibliotecas del Sistema Universitario Jesuita, así
como la entrega a los depósitos oficiales de los ejemplares
editados por la universidad.
j) Colaborar de manera activa y permanente con las redes
de editoriales universitarias tanto a nivel nacional como
internacional con las que la Ibero tiene convenios.

El Reglamento de la Comisión de Difusión fue aprobado en la sesión 684 del 14
de agosto de 2003, y publicado el 30 de septiembre de 2003 en Comunicación
Oficial.
6

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�Comunicación Oficial 474

Comité
Académico

CAPITULO II
DE LAS FUNCIONES DE LOS CONSEJOS EDITORIALES
Artículo 5. Naturaleza de los Consejos editoriales
El Consejo editorial es el órgano de cada unidad académica
responsable de asegurar la calidad académica de los contenidos de los productos susceptibles de difusión.
La conformación de un Consejo editorial es obligatoria para
aquellas unidades académicas que publican al menos tres
títulos al año.
En el caso de una unidad académica cuya producción sea
menor de tres títulos, se conformará un consejo editorial
ad hoc que cumpla con las funciones señaladas en el artículo 7 del presente reglamento.
Artículo 6. Sobre la estructura de los Consejos editoriales
Cada Consejo editorial estará integrado, al menos, por:
• el director de la unidad académica,
• dos profesores de tiempo completo,
• un especialista externo en el área de conocimiento
• y el director o directora de Publicaciones
La puesta en marcha de cada Consejo editorial será acordada por el Consejo Académico correspondiente, así como
su reglamento y políticas internas. Estos no deben contravenir las disposiciones generales de difusión en la universidad.

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Universidad Iberoamericana

Artículo 7. Las funciones
Son funciones del Consejo editorial:
a) Establecer las líneas editoriales de acuerdo con los
programas departamentales de investigación y/o docencia
de la unidad académica.
b) Evaluar la pertinencia de las propuestas de los productos académicos.
c) Solicitar dictámenes internos y externos de los productos editoriales, con el fin de garantizar la calidad de su
contenido. Dichos dictámenes tendrán que cumplir con el
requisito de ser doble ciegos y estar extensamente fundamentados. Es decir, el dictamen debe incluir recomendaciones para la mejora del texto, o comentarios críticos
que hagan al Consejo replantearse la pertinencia de la
publicación.
d) Desarrollar y actualizar el plan anual de los productos
académicos susceptibles de edición de la unidad académica.
e) Colaborar con la Dirección de Publicaciones en la búsqueda de posibles coeditores.
f) Velar por la calidad del sello editorial en las ediciones
de la entidad académica. Evaluar los productos académicos una vez editados.

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�Comunicación Oficial 474

Comité
Académico

CAPÍTULO III
SOBRE LOS PRODUCTOS ACADÉMICOS SUSCEPTIBLES
DE SER EDITADOS
Artículo 8. De los proyectos editoriales
Todos los proyectos de publicación deberán cumplir con los
requisitos mínimos establecidos en las políticas editoriales
de la Universidad Iberoamericana.7 De igual manera deberán estar integrados a la planeación anual de la entidad
académica y contar con el respaldo del Consejo editorial o
Académico correspondiente, según sea el caso. Si la propuesta editorial no reúne la calidad mínima en cuanto a su
redacción y estructura, no será publicable.
En caso de que una obra (libro, capítulo o artículo) aprobada no sea original, el autor o autores quedarán inhabilitados para volver a presentar propuestas editoriales en la
Universidad Iberoamericana.
Artículo 9. Del financiamiento
Los recursos financieros serán asignados y aprobados por
la Comisión de Difusión Académica. Dichos recursos serán
administrados por la Dirección de Publicaciones y no podrán ser transferidos a ninguna otra actividad que no sea
la de responder a las solicitudes de los planes editoriales.
En caso de que una publicación cuente con financiamiento
externo tendrá que cumplir con todos los requisitos establecidos en el presente reglamento.
Políticas y normas para la difusión de las propuestas editoriales de las unidades
académicas, aprobadas por el Comité Académico en la sesión 684 del 14 de
agosto de 2003.
7

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�31-agosto•2013

Universidad Iberoamericana

Artículo 10. De la participación de la Dirección de
Publicaciones
La Dirección de Publicaciones en permanente comunicación
con la Vicerrectoría Académica podrá sugerir la viabilidad
o no de los proyectos editoriales presentados, así como
informar de aquellos que no cumplan con los requisitos
establecidos a la Comisión de Difusión Académica.
Artículo 11. Requisitos de las publicaciones
a) Todas las publicaciones entregadas a la Dirección de
Publicaciones, tendrán que ser obras originales y no estar
previamente publicadas, a menos que se tratara de traducciones o reimpresiones. En ambos casos tendrán que
contar con una carta de fundamentación sobre la calidad
del texto y su pertinencia.
b) Deberán contar con la aprobación del Consejo editorial
o del Consejo Académico según sea el caso.
c) Deberán cumplir con lo establecido en las Guías de
orientación editorial de la Dirección de Publicaciones y accesibles en la página web de la Universidad Iberoamericana. De lo contrario serán devueltos a la unidad académica
que la proponga.
d) Las publicaciones deberán cumplir, además, la normativa vigente en materia de ISBN y depósito legal.
e) En el caso de las publicaciones periódicas existentes,
deberán encontrarse registradas en el Índice de revistas
mexicanas de investigación del Conacyt o bien en algún
índice de reconocimiento internacional preferentemente.
f) Los editores de las revistas son los responsables de
entregar en tiempo y forma el número que entra a proceso
editorial.
g) En el caso de nuevos proyectos para una publicación
periódica, su salida será digital exclusivamente y tendrá
que cumplir con los requisitos de calidad establecidos
por el Consejo editorial correspondiente. Estos proyectos
tendrán que ser presentados para su aprobación en la
Comisión de Difusión Académica.

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�Comunicación Oficial 474

Comité
Académico

Artículo 12. Autorización para la utilización del logo en
publicaciones académicas externas
Ninguna unidad académica de la Universidad Iberoamericana podrá editar productos académicos, en ningún formato,
ostentando el logo de la Universidad Iberoamericana, sin
contar con la autorización por escrito de la Dirección de
Publicaciones.
Artículo 13. Sobre la titularidad de las publicaciones
La Universidad Iberoamericana Ciudad de México es la titular exclusiva de los derechos que se generen como resultado del trabajo editorial de cualquier tipo realizado en
la Dirección de Publicaciones. Dichos derechos podrán ser
explotados en beneficio de la Universidad Iberoamericana
mediante las gestiones que considere oportunas.
De igual forma, la Universidad Iberoamericana será la titular exclusiva de aquellos registros efectuados frente a la
Dirección General de Derechos de Autor de la Secretaría de
Educación Pública.
Transitorio. Este Reglamento deroga los documentos titulados “Criterios y procedimientos para la aprobación de
las propuestas editoriales de las unidades académicas” y
las “Políticas y normas para la difusión de las propuestas
editoriales de las unidades académicas” (ambos publicados
en Comunicación Oficial No. 368 del 30 de septiembre de
2003).

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�Comunicación Oficial 474

�Comunicación Oficial 474

Dirección
General
Administrativa

Dirección G eneral A dministrativa
Comité de Becas
REGLAMENTO DE BECAS Y FINANCIAMIENTO EDUCATIVO
PARA LICENCIATURA
Agosto de 2013
RE – UIACM – CBF – 01 - 02
ÍNDICE
1. Fundamentación	
2. Condiciones Generales	
3. Requisitos Generales	
3.1 Aspirantes de Primer Ingreso a Licenciatura	
3.2 Reingreso a Licenciatura	
3.3 Revalidación, Equivalencia de estudios y Cambio de plantel	
4. Becas	
4.1 Generalidades	
4.2 Programa de Becados	

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�31-agosto•2013

Universidad Iberoamericana

4.3 Baja del Semestre	
5. Financiamiento Educativo	
5.1 Generalidades	
5.2 Baja del Semestre	
6. Transitorios	
1. Fundamentación
La Universidad Iberoamericana (Ibero) es una institución
confiada a la Compañía de Jesús, cuya misión es contribuir al logro de una sociedad más libre, solidaria, justa,
incluyente, productiva y pacífica, mediante el desarrollo y
la difusión del conocimiento y la formación de profesionistas e investigadores de gran calidad humana e intelectual,
competentes a nivel internacional, comprometidos en el
mayor servicio a los demás, e inspirados por valores auténticamente humanos, sociales y trascendentes.
De acuerdo con su Ideario (Apartado 4. Medios), la Ibero
se esfuerza por abrir sus puertas preferentemente a aquellos estudiantes que se prevé prestarán una colaboración
más eficaz al bien común de nuestro país en su vida
profesional. La Universidad procura facilitar las posibilidades de estudio a estos alumnos cuando no cuenten con
suficientes recursos económicos.
Por otra parte, en apego a la Ley General de Educación,
la Ibero tiene la obligación de otorgar un mínimo de becas
equivalente al cinco por ciento de sus alumnos inscritos.
Por su naturaleza y vocación de servicio, la Ibero apoya y
favorece a un número importante de estudiantes, por encima de su obligación legal, y pretende otorgar los mayores
beneficios posibles a quienes lo requieren.

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�Comunicación Oficial 474

Dirección
General
Administrativa

La Ibero contempla dos modalidades de apoyo: Beca y
Financiamiento Educativo, las cuales están dirigidas a alumnos que además de su insuficiencia económica, cumplen
otros requisitos de orden académico.
Sin embargo, debido a sus propias limitaciones, al incremento en la demanda de apoyos financieros por parte de
los alumnos, y a la necesidad imperativa de mejorar la
calidad académica, la Ibero fija reglas y criterios que mantengan equilibrio entre estos tres factores.
El presente Reglamento formaliza y establece los procedimientos y controles de la tramitación de las solicitudes y
manejo de Becas y Financiamientos Educativos.
Dada la naturaleza del presente Reglamento, su conocimiento y observancia son obligatorios para todos los alumnos con Beca y Financiamiento Educativo. Su desconocimiento nunca podrá ser invocado como excusa para evitar
las consecuencias correspondientes.
2. Condiciones Generales
En este apartado se describen las reglas y los procedimientos aplicables para la tramitación de Becas y Financiamiento Educativo (Apoyo).
La finalidad del Apoyo está dirigida a alumnos que además
de su insuficiencia económica, cumplen otros requisitos de
orden académico.
2.1 La valoración de las solicitudes se realiza por medio
del Comité de Becas (Comité), éste es el único órgano autorizado para otorgar o negar un Apoyo, así como el tipo y
porcentaje de éste. La decisión del Comité es de carácter
INAPELABLE. La Ibero se reserva en todos los casos las
razones del dictamen.

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�31-agosto•2013

Universidad Iberoamericana

2.2 El Apoyo puede ser solicitado para cualquier programa
académico de licenciatura.
2.3 Los Apoyos aprobados en el porcentaje autorizado se
refieren exclusivamente al pago de colegiaturas, queda
fuera cualquier otro concepto.
2.4 Toda solicitud o trámite de Apoyo deberá ser realizado
en la ventanilla de la Coordinación de Financiamiento Educativo y Becas (CFEB) o cualquier oficina que la sustituya,
exclusivamente en las fechas señaladas en el calendario
escolar.
2.5 Es responsabilidad del alumno, consultar los diferentes
medios de información en donde la Ibero da a conocer las
fechas para realizar cualquiera de los trámites que tengan
que ver con este Reglamento.
Las fechas de trámites se podrán consultar en la CFEB así
como en la página de internet de la Ibero.
2.6 Los aspirantes aceptados en la Universidad a los que
no se les haya autorizado un Apoyo y decidan posponer
su ingreso mediante el trámite “Apartado de lugar” ante la
Dirección de Servicios Escolares, no podrán tramitar una
solicitud de Apoyo fuera del periodo para el cual presentaron examen de admisión.
2.7 No se realizarán trámites de manera extemporánea,
por lo que no se entregarán ni procesarán solicitudes fuera de las fechas indicadas.
2.8 Todos los trámites, incluyendo la petición de la solicitud y la obtención del resultado, deberán ser realizados
únicamente por el interesado.
2.9 El solicitante de Apoyo autoriza a la Ibero a investigar
y comprobar la veracidad de los datos proporcionados en
la solicitud, y acepta ser dado de baja de la Universidad
sin ningún tipo de responsabilidad para ésta, en caso de
incongruencia o falsedad en la información proporcionada.
La Universidad se obliga a mantener en estricta confidencialidad la información que reciba, así como a utilizarla

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�Comunicación Oficial 474

Dirección
General
Administrativa

única y exclusivamente para los fines que la recibió. (Favor
de consultar el Aviso de Privacidad en: http://www.uia.mx/
web/html/avisos/privacidad.html)
2.10 El Apoyo aprobado por el Comité no es retroactivo, ni
deslinda al alumno de adeudos anteriormente contraídos
con la Ibero.
2.11 El Apoyo otorgado para estudios de licenciatura no
implica continuidad automática para estudios de posgrado.
2.12 El Apoyo tiene vigencia únicamente para los periodos
de Primavera y Otoño. El periodo intersemestral de Verano
se podrá cursar con el mismo porcentaje que se obtuvo
en el periodo de Primavera inmediato anterior. La Ibero no
otorgará Apoyos exclusivamente para Verano.
2.13 Cuando un solicitante obtenga Apoyo y no se inscriba
en el periodo especificado para el que le fue otorgado, éste
será cancelado, y la Ibero no lo conservará para periodos
posteriores. (Ver excepción para alumnos de primer ingreso, inciso 3.1.7).
2.14 Si el alumno no obtiene el promedio establecido en
este Reglamento (Inciso 3.2.1) para conservar el Apoyo,
puede solicitar al Comité que analice su caso, siendo éste
el órgano autorizado para conceder o negar un indulto de
apoyo para el semestre siguiente a efecto de dar la oportunidad para elevar dicho promedio. Si el indulto es negado
se cancelará el Apoyo que se haya otorgado.
El alumno podrá solicitar el indulto por bajo promedio y
en caso de que sea aprobado por el Comité, sólo se le
concederá una vez durante el transcurso de la licenciatura.
2.15 Los resultados que el Comité emita (conforme a los criterios establecidos por éste), son consecuencia de ponderar
básicamente los siguientes puntos:
• El rendimiento académico del alumno.
• La situación socioeconómica familiar.
• El presupuesto institucional disponible para apoyos.
• Las prioridades establecidas por la misma Ibero.
• En el caso de los alumnos de primer ingreso, el
desempeño en su examen de admisión.

41

�31-agosto•2013

Universidad Iberoamericana

2.16 Alumnos que fueron anteriormente apoyados por la
Ibero y que no obtuvieron el grado académico correspondiente, no serán sujetos de Apoyo para cursar ningún nivel
de estudios.
2.17 El Apoyo podrá cubrir el número de semestres que
indique el plan ideal del programa académico de que
se trate. Extenderlos para un mayor número de periodos
quedará a juicio del Comité. El periodo de Verano no se
considerará como semestre.
2.18 La Ibero está en constante seguimiento de los alumnos con Apoyo, reservándose el derecho de modificar el
tipo y/o porcentaje así como cancelar un apoyo otorgado,
independientemente de la licenciatura, del semestre y de la
cantidad de créditos que el alumno haya cursado.
3. Requisitos Generales
Para que la solicitud de Apoyo sea recibida en la CFEB, y
por lo tanto analizada por el Comité, el solicitante deberá
cumplir con los siguientes requisitos:
3.1 Aspirantes de Primer Ingreso a Licenciatura
3.1.1 Tener un promedio mínimo en la educación media
superior al momento de hacer los trámites de admisión,
conforme a la tabla publicada en la página de internet
sección: Servicios Escolares – Becas y Financiamiento Educativo – Aspirantes a Primer Ingreso, de acuerdo con el
programa de estudios que se desee estudiar.
3.1.2 Para el análisis de las solicitudes de Apoyo, el Comité
revisará prioritariamente las de los aspirantes que en el
resultado del examen de admisión, hayan quedado dentro
del 20% de los puntajes más altos de las personas aceptadas a la licenciatura para la que se presentó examen,
además, dichos puntajes deberán estar dentro del 20%
superior del puntaje general.

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�Comunicación Oficial 474

Dirección
General
Administrativa

3.1.3 El Comité no analizará las solicitudes de los alumnos
que reprueben el examen de admisión.
3.1.4 Para los alumnos de primer ingreso, la solicitud de
Apoyo se debe tramitar en el mismo periodo en que se
realice el registro al examen de admisión. En casos extraordinarios, el Comité permitirá la recepción de solicitudes
hasta 10 días hábiles posteriores a la fecha en que el
alumno presentó examen de admisión.
3.1.5 El resultado de la solicitud cualquiera que éste sea,
será entregado exclusivamente al interesado. Un resultado
aprobatorio en el examen de admisión es independiente del
otorgamiento o no de un Apoyo.
3.1.6 Si el Comité aprobó un Apoyo para estudiar cualquiera de los programas en los que se autoriza un promedio
mínimo de 8.5 en la educación media superior, y el alumno
decide inscribirse a otro programa para el cual el promedio
mínimo requerido es de 9, el Apoyo será cancelado.
3.1.7 En caso de que el alumno de primer ingreso a quien
se le haya autorizado un Apoyo tramite apartado de lugar
en la Dirección de Servicios Escolares, deberá acudir a la
CFEB a llenar el formato de apartado de Apoyo, con el fin
de conservarlo activo para el momento en que ingrese a
la Universidad.
3.1.8 La dependencia económica se considerará de acuerdo
con el registro comprobatorio ante el Instituto Mexicano del
Seguro Social.
3.2 Reingreso a Licenciatura
3.2.1 Los alumnos inscritos en la Ibero Ciudad de México podrán solicitar un Apoyo una vez que cumplan con
el promedio mínimo requerido conforme a cada programa
de licenciatura (un punto arriba del puntaje de calidad), y
que hayan cursado el número de créditos indicados en la
tabla ubicada en la página de internet, sección: Servicios
Escolares – Becas y Financiamiento Educativo – Tabla de
Promedios y créditos requeridos para solicitar y mantener
un Apoyo.

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�30•junio•2013

Universidad Iberoamericana

3.2.2 Si el solicitante no estuvo inscrito en el semestre
inmediato anterior, deberá anexar a la solicitud de Apoyo
copia del comprobante de trámite de reingreso, mismo que
gestionará en la Dirección de Servicios Escolares.
3.3 Revalidación, Equivalencia de estudios y Cambio
de plantel
3.3.1 El aspirante a ingresar a la Ibero Ciudad de México
por medio de revalidación de estudios, podrá tramitar una
solicitud de Apoyo una vez que cuente con los créditos
mínimos y el promedio estipulado en el inciso 3.2.1, para lo
cual consultará la fecha próxima publicada en el calendario
escolar. Si el aspirante pertenece al Sistema Universitario
Jesuita y desea ingresar vía revalidación de estudios o
cambio de plantel, podrá tramitar una solicitud de Apoyo
después de haber concluido el semestre al que se le aceptó, y cumpla con los requisitos de créditos y promedio
indicados en dicho inciso 3.2.1. Este trámite lo podrá realizar en la CFEB, una vez que cuente con las calificaciones
y créditos probatorios.
3.3.2 Los Apoyos otorgados por la Ibero Ciudad de México
no son transferibles a ninguno de los planteles del Sistema
Universitario Jesuita, ni a ninguna otra institución nacional
o extranjera, ni viceversa.
4. Becas
4.1 Generalidades
La Beca se entiende como la exención de pago del porcentaje otorgado a un alumno sobre el monto correspondiente
a sus colegiaturas, queda fuera cualquier otro concepto.
4.1.1 Condiciones para conservar una Beca:
• Tener un promedio mínimo global de un punto arriba del
puntaje de calidad vigente de la licenciatura correspondiente.

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�Comunicación Oficial 474

Dirección
General
Administrativa

• Inscribirse al semestre siguiente, cursando por lo menos
tres materias.
• No darse de baja del semestre, ni tramitar baja total en el
semestre para el que fue otorgada la misma.
• Realizar el trámite de renovación de Beca para el semestre
inmediato siguiente.
• No cambiarse de programa académico de licenciatura.
• Cumplir satisfactoriamente con las obligaciones del Programa de Becados.
4.1.2 Los alumnos que ya cuenten con Beca y soliciten incremento a su actual porcentaje, en caso de que el Comité analice que socioeconómicamente no lo necesitan, podrá decidir:
• Dejarles el mismo porcentaje de Beca que ya tienen.
• Dividir ese mismo porcentaje vía Beca, y otra parte vía Financiamiento Educativo.
• Disminuir el actual porcentaje de Beca.
• Cancelar la Beca.
4.1.3 Adicionalmente se puede proceder a la cancelación de
la Beca en los siguientes casos:
• Que el alumno solicite expresamente y por escrito la cancelación de la Beca.
• Por disposición del Comité en caso de detectar falsedad
en la información declarada por el alumno o en caso de incumplimiento a las disposiciones establecidas en el presente
Reglamento.
• Que el alumno incumpla cualquier Reglamento o normatividad de la Ibero.
4.1.4 El alumno deberá realizar su renovación a través del
portal de la Ibero en: Servicios en Línea – Financiamiento
Educativo y Becas – Solicitud de Apoyo – Renovación de
apoyo, en las fechas indicadas en el calendario escolar, en
la cual se establecerán los requisitos indispensables para
mantener la Beca. Ésta será cancelada automáticamente si
el becado no mantuvo el promedio requerido o por alguna
otra falta a este Reglamento. El trámite de renovación de

45

�30•junio•2013

Universidad Iberoamericana

Beca debe realizarse de forma semestral a lo largo de la
duración del apoyo. La omisión de dicho trámite es causa
de cancelación de la Beca.
4.1.5 Si el alumno con Beca se da de baja total en un
semestre, la Beca se cancelará. En caso de que el alumno
tramite su reingreso a la Universidad y de que éste requiera nuevamente una Beca, deberá presentar una solicitud
en las fechas indicadas en el calendario escolar como
Solicitud de Reingreso.
4.1.6 La Beca abarca únicamente las materias que sean
inscritas en el semestre, de acuerdo con el programa académico correspondiente de cada licenciatura. No aplica en
los casos de exámenes extraordinarios o exámenes a título
de suficiencia.
4.2 Programa de Becados
4.2.1 Los alumnos con Beca deberán colaborar en el programa de becados en las áreas que la Ibero les asigne a
través de la CFEB. Las horas de colaboración dependerán
del porcentaje de beca asignado. El no cumplimiento a esta
disposición será causal de cancelación de la Beca.
4.2.2 Una evaluación insatisfactoria o irregular del alumno
en el Programa de Becados, inasistencia, falsedad de datos, o una actitud y/o conducta deshonesta, tendrá como
resultado ya sea el condicionamiento o reducción en el
porcentaje de Beca, o la cancelación de ella, dependiendo
de la gravedad de la falta. Se procederá al siguiente parámetro de sanciones:
• Amonestación.
• Primera sanción: Reducción del beneficio de la beca en
20% sobre el porcentaje otorgado.
• Segunda sanción: Reducción del beneficio de la beca en
50% sobre el porcentaje otorgado.
• Tercera sanción: Rescisión de la beca.

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Dirección
General
Administrativa

• En el caso de que por razones no imputables al alumno, éste no hubiera podido cumplir con las exigencias del
servicio contenidas en el presente Programa de Becados,
el alumno podrá solicitar al Comité la revisión de su caso
y asumir el dictamen que éste determine.
4.3 Baja del Semestre
4.3.1 Si un alumno tramita baja total del semestre antes
de la fecha de vencimiento de la primera colegiatura, la
Beca será cancelada y no generará adeudo alguno para
ese semestre por concepto de colegiatura.
Si la baja total del semestre se tramita después de la
fecha de vencimiento de la primera colegiatura, el alumno
deberá liquidar el monto de las colegiaturas que al momento de la baja se hayan vencido, respetando el importe
que en dichas colegiaturas se indique. En tanto este saldo
no se liquide, el alumno no podrá reinscribirse ni realizar
ningún otro trámite con la Ibero. Cualquier otra circunstancia no mencionada en el presente Reglamento, quedará
sujeto a las condiciones establecidas en el Manual de Pagos y Trámites del Alumno de la oficina de Cobranzas de
la Ibero, o en cualquier otro documento que lo sustituya.
5. Financiamiento Educativo
5.1 Generalidades
El Financiamiento Educativo consiste en el pago diferido
del porcentaje otorgado sobre el monto correspondiente a
las colegiaturas, mediante la firma de pagarés que suscriben el alumno y su aval. El costo de dicho Financiamiento
Educativo se ajusta a las condiciones prevalecientes en el
mercado, cuidando que se guarde un equilibrio entre los
límites financieros de la Ibero y la propia situación económica de quienes cuenten con este financiamiento.
5.1.1 Condiciones para conservar un Financiamiento Educativo:

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Universidad Iberoamericana

• Tener un promedio mínimo global de un punto arriba del
puntaje de calidad vigente de la licenciatura correspondiente.
• Inscribirse al semestre siguiente, cursando por lo menos
tres materias.
• Contar con un aval y suscribir semestralmente en la
Oficina de Cobranzas, los pagarés que respaldan el monto
financiado.
• Pagar oportunamente los intereses del financiamiento
educativo.
• No darse de baja del semestre, ni tramitar baja total en
el semestre para el que fue otorgado el mismo.
• Realizar el trámite de renovación de Financiamiento Educativo para el semestre inmediato siguiente.
• No cambiarse de programa académico de licenciatura.
5.1.2 Los alumnos que ya cuenten con Financiamiento Educativo y soliciten incremento a su actual porcentaje, en
caso de que el Comité analice que socioeconómicamente
no lo necesitan, podrá decidir:
• Dejarles el mismo porcentaje de Financiamiento Educativo
que ya tienen.
• Disminuir el actual porcentaje de Financiamiento Educativo.
• Cancelarlo.
5.1.3 Adicionalmente se puede proceder a la cancelación
del Financiamiento Educativo en los siguientes casos:
• Que el alumno solicite expresamente y por escrito la
cancelación del mismo.
• Por disposición del Comité en caso de detectar falsedad
en la información declarada por el alumno o en caso de
incumplimiento a las disposiciones establecidas en el presente Reglamento.
• Que el alumno incumpla cualquier Reglamento o normatividad de la Ibero, por lo que terminará el periodo de
gracia, y empezará el periodo de pago respecto a la deuda
acumulada a la fecha.
5.1.4 El alumno deberá realizar su renovación a través del

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Dirección
General
Administrativa

portal de la Ibero en: Servicios en Línea – Financiamiento
Educativo y Becas – Solicitud de Apoyo – Renovación de
apoyo, en las fechas indicadas en el calendario escolar, en
la cual se establecerán los requisitos indispensables para
mantener el Financiamiento Educativo. Éste será cancelado
automáticamente si el alumno no mantuvo el promedio
requerido o por alguna otra falta a este Reglamento. El
trámite de renovación del Financiamiento Educativo debe
realizarse de forma semestral a lo largo de la duración
del apoyo. La omisión de dicho trámite es causa de cancelación.
5.1.5 El Financiamiento Educativo abarca únicamente las
materias que sean inscritas en el semestre, de acuerdo
con el programa académico correspondiente de cada licenciatura. No aplica en los casos de exámenes extraordinarios o exámenes a título de suficiencia.
5.2 Baja del Semestre
5.2.1 Si un alumno tramita baja total del semestre antes
de la fecha de vencimiento de la primera colegiatura, el
Financiamiento Educativo será cancelado y no generará
adeudo alguno para ese semestre por concepto de colegiatura, mas este trámite no libera al alumno de adeudos
por pagarés suscritos en periodos anteriores.
Si la baja total del semestre se tramita después de la
fecha de vencimiento de la primera colegiatura, el alumno
deberá liquidar el monto de las colegiaturas que al momento de la baja se hayan vencido, respetando el importe
que en dichas colegiaturas se indique, así como el importe
de los intereses que se hayan generado en ese periodo.
En tanto este saldo no se liquide, el alumno no podrá
reinscribirse ni realizar ningún otro trámite con la Ibero.

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Universidad Iberoamericana

Cualquier otra circunstancia no mencionada en el presente
Reglamento, quedará sujeta a las condiciones establecidas
en el Manual de Pagos y Trámites del Alumno de la oficina
de Cobranzas de la Ibero, o en cualquier otro documento
que lo sustituya.
5.2.2 Si el alumno con Financiamiento Educativo se da de
baja total en un semestre, éste se cancelará y terminará el
periodo de gracia, y empezará el periodo de pago respecto
a la deuda acumulada a la fecha, conforme a la normatividad dictada por la oficina de Cobranzas. En caso de que
el alumno tramite su reingreso a la Universidad y de que
éste requiera nuevamente el apoyo, deberá presentar una
solicitud en las fechas indicadas en el calendario escolar
como Solicitud de Reingreso.
6. Transitorios
6.1 Este Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su
publicación en la Comunicación Oficial.
6.2 Este Reglamento abroga al anterior Reglamento de Becas para Licenciatura publicado en Comunicación Oficial
número 459 de marzo 2012.

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                <text>Este espacio ofrece almacenamiento y búsqueda de las Comunicaciones Oficiales de la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México en formato digital. La colección comprende de 1973 a la fecha y sus correspondientes índices</text>
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