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                  <text>mayo 2012

461

�Comunicación Oficial 461

�Senado
Universitario

Comunicación Oficial 461

Senado Universitario
RELACIÓN DE ACUERDOS DE LA SESIÓN 653 DEL SENADO UNIVERSITARIO, CELEBRADA EL JUEVES 12 DE ABRIL
DE 2012.
Ratificación de Senador
Acuerdo 03/2012

El Senado Universitario, en uso de las facultades que le
confiere el Estatuto Orgánico en su artículo 16, inciso n,
acordó ratificar al Sr. Javier Pérez Sandoval como representante de los alumnos.

RELACIÓN DE ACUERDOS DE LA SESIÓN 654 DEL SENADO UNIVERSITARIO, CELEBRADA EL MIÉRCOLES 9 DE
MAYO DE 2012.
Se aprueba la Planeación Estratégica 2013-2020
Acuerdo 04/2012

A propuesta de la Dirección de Planeación y
Institucionales, el Senado Universitario, en uso
cultades que le otorga el Estatuto Orgánico en
16 inciso c, resolvió aprobar en lo general la
Estratégica 2013-2020.

Evaluación
de las fasu artículo
Planeación

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�Comunicación Oficial 461

�Comunicación Oficial 461

Rectoría

R ectoría
REGLAMENTO PARA LA PROTECCIÓN DE DATOS
PERSONALES DE LA UNIVERSIDAD IBEROAMERICANA
CIUDAD DE MÉXICO
Introducción:
Para dar cumplimiento a la Ley Federal de Protección de
Datos Personales en Posesión de los Particulares, publicada
en el Diario Oficial de la Federación el 5 de julio de 2010,
al Reglamento de la Ley Federal de Protección de Datos
Personales en Posesión de los Particulares, publicado en el
Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 2011,
y consciente de la importancia de proteger las bases de
datos que contengan información personal de sus alumnos,
exalumnos y empleados, la Universidad Iberoamericana Ciudad de México expide el siguiente reglamento.
Título Primero
Disposiciones Generales
Artículo 1. El presente reglamento tiene por objeto establecer las bases para garantizar la protección de los datos
personales que obren en las bases de datos de la Universidad Iberoamericana Ciudad de México.
Artículo 2. Para los efectos previstos en el presente Reglamento se deberá entender por:
a) Datos personales:
− Nombre completo
− No. de cuenta
− Domicilio particular
− Teléfono particular
− Fecha y lugar de nacimiento
− Estado civil
− Nacionalidad
− Correo electrónico

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Universidad Iberoamericana

b) Datos personales sensibles: Aquellos datos personales
que afecten a la esfera más íntima de su titular, o cuya
utilización indebida pueda dar origen a discriminación o
conlleve un riesgo grave para éste. En particular, se consideran sensibles aquellos que puedan revelar aspectos
como origen racial o étnico, estado de salud o información
médica, religión, opiniones políticas o preferencia sexual.
c) Aviso de privacidad: Documento físico, electrónico o en
cualquier otro formato generado por la Universidad Iberoamericana Ciudad de México, que es puesto a disposición
del titular de la información, previo al tratamiento de sus
datos personales.
d) Bases de datos: El conjunto ordenado de datos personales referentes a una persona identificada o identificable.
e) Consentimiento: Manifestación de la voluntad del titular
de los datos mediante la cual se efectúa el tratamiento de
los mismos.
f) Ley: Ley Federal de Protección de Datos Personales en
Posesión de los Particulares.
g) Derechos ARCO: Son los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.
h) Listado de exclusión: Base de datos que tiene por objeto
registrar de manera gratuita la negativa del titular al tratamiento de sus datos personales.
i) Universidad: Universidad Iberoamericana Ciudad de México o Universidad Iberoamericana, A.C.
Artículo 3. Los casos no previstos en el presente Reglamento serán analizados y determinados por la Dirección
Jurídica de la Universidad.

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�Comunicación Oficial 461

Rectoría

Título Segundo
De la Protección de Datos Personales
Artículo 4. Los datos personales deberán recabarse y tratarse de manera lícita, por lo que la obtención de datos
personales no deberá hacerse a través de medios engañosos o fraudulentos.
Artículo 5. Todo tratamiento de datos personales estará
sujeto al consentimiento de su titular, el cual podrá ser
verbal o por escrito, salvo las excepciones previstas en la
Ley, su reglamento y en el presente Reglamento.
Artículo 6. La obtención del consentimiento tácito o expreso deberá ser:
I. Libre: sin que medie error, mala fe, violencia o dolo, que
puedan afectar la manifestación de voluntad del titular;
II. Específica: referida a una o varias finalidades determinadas que justifiquen el tratamiento e
III. Informada: que el titular tenga conocimiento del aviso
de privacidad previo al tratamiento a que serán sometidos
sus datos personales y las consecuencias de otorgar su
consentimiento.
El consentimiento expreso también deberá ser inequívoco,
es decir, que existan elementos que demuestren su otorgamiento.
El consentimiento tácito se utilizará como regla general
salvo que la Ley, su reglamento o el presente Reglamento
exijan que sea expreso.
Artículo 7. No podrán crearse bases de datos o sistemas
que contengan datos personales sensibles, sin que se justifique la creación de la misma. En caso de que la Universidad requiera crear bases de datos que contengan datos

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�31•mayo•2012

Universidad Iberoamericana

personales sensibles, deberá solicitar al titular de los datos
personales su consentimiento expreso y por escrito para
este fin, a través de su firma autógrafa, firma electrónica o
cualquier otro mecanismo de autentificación que determine
la Universidad, y deberá darle a conocer al titular de los
datos personales la finalidad de la creación de dicha base.
Artículo 8. No será necesario el consentimiento para el
tratamiento de los datos personales cuando:
a) Esté previsto en una ley.
b) Los datos figuren en fuentes de acceso público.
c) Los datos personales se sometan a un procedimiento
previo de disociación.
d) Tenga el propósito de cumplir obligaciones derivadas de
una relación jurídica entre el titular de los datos personales
y la Universidad.
e) Se requieran por razones estadísticas, científicas o de
interés general, sin dar a conocer el nombre del individuo
a quien correspondan.
f) La Universidad contrate la prestación de un servicio que
requiera el tratamiento de datos personales. El prestador
no podrá utilizar los datos personales para propósitos distintos a aquéllos para los cuales se hubieren proporcionado. En estos casos se requerirá la firma de un contrato de
confidencialidad.
g) Se dicte resolución de autoridad competente.
Artículo 9. El tratamiento de los datos personales deberá
limitarse al cumplimiento de las finalidades previstas en el
aviso de privacidad.
Artículo 10. La Universidad tendrá la obligación de informar a los titulares de los datos personales, la información
que se recaba de ellos y con qué fines, a través de un
aviso de privacidad.

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�Comunicación Oficial 461

Rectoría

Artículo 11. La Universidad podrá realizar la difusión de
los avisos de privacidad en formatos físicos, electrónicos,
medios verbales o cualquier otra tecnología.
Artículo 12. La Universidad realizará, en la medida de
sus posibilidades, los mecanismos que considere necesarios
para proteger los datos personales.
Artículo 13. La Universidad solicitará a las personas que
tengan acceso a cualquier base de datos de la Universidad,
que guarden confidencialidad respecto de éstos, obligación
que subsistirá aun después de finalizar su relación jurídica,
para lo cual se firmará un convenio de confidencialidad.
Artículo 14. El tratamiento de los datos personales se hará
conforme a lo convenido en el aviso de privacidad, el cual
contendrá una cláusula en la que se indique si el titular
acepta o no la transferencia de sus datos, de igual manera,
el tercero receptor, asumirá las mismas obligaciones que
correspondan al responsable que transfirió los datos.
Artículo 15. La Universidad designa a la Dirección Jurídica
de la Universidad como responsable de tramitar las solicitudes de los titulares de datos personales para el ejercicio
de sus derechos conforme a lo establecido en el presente
reglamento.
Título Tercero
De los Derechos y Obligaciones de los Titulares de
Datos Personales
Artículo 16. Los titulares de datos personales tienen derecho a obtener información sobre sus datos personales
contenidos en las bases de datos de la Universidad, así
como a corregirlos o cancelarlos, previa acreditación de su
identidad.
Artículo 17. Los titulares de datos personales tienen derecho a conocer el Aviso de Privacidad al que está sujeto el
tratamiento de sus datos. Este aviso se podrá consultar en
la página web de la Universidad (www.uia.mx).

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Universidad Iberoamericana

Artículo 18. La Universidad no estará obligada a cancelar
los datos personales cuando:
a) Se refiera a las partes de un contrato privado, social
o administrativo y sean necesarios para su desarrollo y
cumplimiento.
b) Deban ser tratados por disposición legal.
c) La Ley lo disponga.
Artículo 19. Los titulares de datos personales tienen la
obligación de que sus datos proporcionados sean exactos y
actualizados, para lo cual la Universidad les proporcionará
los mecanismos necesarios para que los titulares puedan
modificar sus datos.
Artículo 20. En el caso de que los titulares de datos personales deseen realizar cualquier solicitud de modificación,
deberán aportar la documentación que soporte su solicitud.
Título Cuarto
Del Procedimiento para la corrección de Datos
Personales
Artículo 21. Tratándose de corrección de datos personales,
la Universidad comunicará al solicitante dentro del plazo
de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente al
de la presentación de la solicitud, las correcciones o en
su caso, las razones y fundamentos por las cuales éstas
no procedieron.
Artículo 22. Se tramitará la corrección de datos personales
cuando exista solicitud expresa por parte del titular de los
datos personales, dirigida a la Universidad.
Artículo 23. El titular de los datos personales, manifestará
bajo protesta de decir verdad, que la información que proporciona es verídica y libera a la Universidad de cualquier
responsabilidad que pudiera derivarse respecto de la autenticidad de dicha información.

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�Comunicación Oficial 461

Rectoría

Artículo 24. La Universidad analizará la procedencia de la
corrección solicitada en un término de quince días hábiles
a partir de la recepción de la misma. En caso de ser necesario, podrá requerirse al titular de los datos personales
la información que se considere pertinente, a efecto de
verificar la exactitud de los datos.
Artículo 25. Si resulta procedente la corrección, se emitirá
un acuerdo notificando al titular de los datos personales
en un plazo que no excederá de 20 días hábiles siguientes
al de la determinación de procedencia de las correcciones,
que las mismas fueron conducentes.
Artículo 26. En caso de que se determine la improcedencia
de la corrección, la Universidad notificará al titular de los
datos personales, informando de las razones y fundamentos considerados para la improcedencia de la corrección de
datos; lo anterior en un plazo que no excederá de 20 días
hábiles siguientes a la presentación de la solicitud.
Título Quinto
Del Procedimiento para la cancelación de Datos
Personales
Artículo 27. Es procedente la cancelación de datos personales cuando éstos dejen de ser necesarios para la
finalidad para la cual fueron obtenidos. No se considera
finalidad distinta el tratamiento que posteriormente se les
dé con fines estadísticos o científicos, siempre que no puedan atribuirse a persona determinada o determinable; así
como su uso con fines históricos.
Artículo 28. No procederá la cancelación cuando cause
perjuicios a derechos o intereses legítimos de terceros,
cuando existiera una obligación legal de conservar los datos o cuando con ello se pueda alterar o poner en riesgo
la seguridad o la salud pública.
Artículo 29. Se tramitará la cancelación de datos personales cuando exista solicitud expresa por parte del titular de
los datos personales, dirigida a la Universidad.

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Universidad Iberoamericana

Artículo 30. La solicitud de cancelación de datos personales deberá contener:
a) Nombre y domicilio del titular de los datos personales.
b) Documentos que acrediten la identidad del titular de los
datos personales.
c) La descripción clara y precisa de lo solicitado.
Título Sexto
Del Uso de los Datos Personales en la Universidad
Artículo 31. Ninguna Unidad Académica o Administrativa de
la Universidad podrá proporcionar los datos personales de
sus bases de datos a otra Unidad Académica o Administrativa de la Universidad o a terceros, salvo lo dispuesto en el
Aviso de Privacidad correspondiente o salvo que se requiera
para cumplir con alguna disposición legal.
Para que una Unidad Académica o Administrativa de la Universidad pueda proporcionar los datos personales de sus
bases de datos a otra Unidad Académica o Administrativa
de la Universidad o a terceros, se requerirá la firma de un
convenio de confidencialidad en donde el receptor, asumirá
las mismas obligaciones que correspondan al responsable
que transfirió los datos.
Artículo 32. Cada Unidad Académica o Administrativa de
la Universidad es responsable de su base de datos, por lo
que deberá firmar convenios de confidencialidad con las
personas que tengan acceso a estas bases e informarles
sobre las responsabilidades que asumen por el hecho de
tener acceso a la base de datos.
Artículo 33. Las personas que tengan acceso a bases de
datos de la Universidad se vuelven corresponsables con la
Universidad en el cumplimiento del presente Reglamento y
en el cumplimiento de los dispuesto por la Ley.

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�Comunicación Oficial 461

Rectoría

Artículo 34. La Dirección de Vinculación con Exalumnos de la Universidad será la encargada de
recabar los datos personales de los exalumnos que
quieran pertenecer a la base de datos que administrará dicha entidad. Esta base de datos será
usada para los fines propios de la Dirección de
Vinculación con Exalumnos de la Universidad, tales
como informarle a los exalumnos acerca de eventos
académicos y profesionales o servicios que a juicio
de la Universidad puedan ser de su interés.
Será responsabilidad de la Dirección de Vinculación
con Exalumnos de la Universidad el garantizar la
protección de los datos personales que obren en
su base de datos, así como el firmar convenios
de confidencialidad con las personas que tengan
acceso a dicha base e informarles acerca de las
responsabilidades que asumen por el hecho de tener acceso a la base de datos.
Artículo 35. La Dirección de Servicios Escolares
de la Universidad será la encargada de recabar los
datos personales de los alumnos de la Universidad,
y sus datos serán usados para los fines propios
de la Dirección de Servicios Escolares de la Universidad, así como para fines administrativos de la
Universidad.
Será responsabilidad de la Dirección de Servicios
Escolares de la Universidad el garantizar la protección de los datos personales que obren en su base
de datos, así como el firmar convenios de confidencialidad con las personas que tengan acceso a
dicha base e informarles acerca de las responsabilidades que asumen por el hecho de tener acceso
a la base de datos.

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Universidad Iberoamericana

Artículo 36. La Universidad, a través de la Dirección de
Recursos Humanos o de cualquier otra área que ésta designe será la encargada de recabar los datos personales de
los empleados de la Universidad, y sus datos serán usados
para lo fines propios de la Universidad.
Será responsabilidad de la Dirección de Recursos Humanos
de la Universidad el garantizar la protección de los datos
personales que obren en su base de datos, así como el
firmar convenios de confidencialidad con las personas que
tengan acceso a dicha base e informarles acerca de las
responsabilidades que asumen por el hecho de tener acceso a la base de datos.
Artículo 37. Existen otras áreas en la Universidad como
pueden ser la Dirección de Finanzas, la Dirección de Educación Continua, la Dirección de Cooperación Académica
(para los alumnos de intercambio), la Coordinación de Admisión, la Dirección de Análisis e Información Académica
o la Biblioteca Francisco Xavier Clavigero, entre otras, que
pudieran obtener directamente de los alumnos o aspirantes,
información personal. Estas áreas deberán de cumplir con
lo dispuesto en este Reglamento, resguardar la información,
destruirla cuando ya no la requieran y no compartirla con
otras áreas de la Universidad, salvo en casos estrictamente
necesarios y siguiendo las políticas establecidas en este
Reglamento.
Artículo 38. Los Avisos de Privacidad que empleen las
diferentes áreas académicas y administrativas de la Universidad deberán tener como mínimo lo señalado en el
siguiente modelo:
Aviso de Privacidad
En cumplimiento con lo establecido por la Ley Federal de
Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, la Universidad Iberoamericana, A.C. con domicilio en
Prolongación Paseo de la Reforma No. 880, Colonia Lomas
de Santa Fe, Delegación Álvaro Obregón, C.P. 01219, México,
Distrito Federal, le informa que los datos personales, enten-

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�Comunicación Oficial 461

Rectoría

diendo por estos, de manera enunciativa mas no limitativa:
nombre, fecha de nacimiento, nacionalidad, dirección, correo electrónico, número de teléfono, (“datos personales”) y
demás información que pueda ser usada para identificarlo,
otorgados por usted (“Usuario”) y recopilados directamente
en nuestra base de datos serán usados exclusivamente
para los fines propios de la Universidad Iberoamericana.
Los datos personales del Usuario podrán ser proporcionados a la autoridad cuando ésta lo requiera y acredite
estar debidamente facultada para ello. El Usuario acepta la
transferencia de sus datos entre las distintas áreas de la
Universidad Iberoamericana siempre que el receptor, asuma
las mismas obligaciones que correspondan al responsable
que transfirió los datos.
Los datos personales han sido otorgados voluntariamente y
la actualización y autenticidad de los mismos es responsabilidad del Usuario, por lo que el Usuario podrá tener acceso a sus datos para modificarlos o actualizarlos a través
de los medios que la Universidad determine y que se darán
a conocer oportunamente.
La Universidad Iberoamericana avisará al Usuario de cualquier cambio al aviso de privacidad mediante comunicados
a través de la página web www.uia.mx o mediante avisos al
correo electrónico proporcionado por el Usuario para ese
efecto.
Título Séptimo.
De las sanciones.
El incumplimiento de alguna de las disposiciones del presente Reglamento será sancionado por las autoridades de
la Ibero de conformidad con el documento titulado Delegación de autoridad en materia de disciplina relativa al
orden, los valores personales y comunitarios (publicado en
Comunicación Oficial número 405 el 23 de marzo de 2007).

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�Comunicación Oficial 461

�Comunicación Oficial 461

Comité
Académico

Comité Académico
RESULTADOS DE PERIODO SABÁTICO
El Comité Académico, considerando la propuesta del Consejo Académico correspondiente y de las demás instancias
colegiadas, en su caso, emitió el dictamen sobre el resultado del período sabático del 1 de enero al 31 de diciembre
de 2011, de los siguientes académicos:
Departamento de Historia
• Dr. Alfonso Mendiola Mejía
Tema: La distinción entre espacio y lugar en la obra de
Michel de Certeau.
Dictamen: Aprobado con carácter de satisfactorio.
Instituto de Investigaciones para el Desarrollo de la
Educación
• Dr. Pedro Flores Crespo
Tema: Análisis de políticas públicas en educación
Dictamen: Aprobado con carácter de satisfactorio.
Observaciones: El Comité Académico resolvió otorgar la
calificación de satisfactorio frente al inicial sobresaliente
concedido por el Consejo Académico.
(Sesión No. 870 del 17 de mayo de 2012)

Departamento de Estudios Internacionales
• Dra. Laura Zamudio González
Tema: El estudio de las organizaciones internacionales:
perspectivas teóricas y análisis empíricos.
Dictamen: Aprobado con carácter de satisfactorio.

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�31•mayo•2012

Universidad Iberoamericana

Departamento de Física y Matemáticas
• M. en C. José Humberto Mondragón Suárez
Tema: Fenómenos de transporte de fluidos de alta temperatura; formalismo y aplicaciones interdisciplinares.
Dictamen: Aprobado con carácter de sobresaliente.
Ingeniería y Ciencias Químicas
• Mtro. Arturo Fregoso Infante
Tema: Libro de química general con enfoque por competencias.
Dictamen: Aprobado con carácter de satisfactorio.
Departamento de Diseño
• Mtra. Nora Karina Aguilar Rendón
Tema: Métodos de enseñanza para dibujo natural en la
Antigua Academia de San Carlos.
Dictamen: Aprobado con carácter de satisfactorio.
(Sesión No. 869 del 3 de mayo de 2012)

Departamento de Filosofía
• Dr. Francisco Galán Vélez
Tema: Una metafísica para tiempos post-metafísicos: la
propuesta de Bernard Lonergan de una meta-metodología.
Dictamen: Aprobado con carácter de satisfactorio.
Departamento de Psicología
• Dra. Alejandra del Carmen Domínguez Espinosa
Tema: Estancia de investigación para el fortalecimiento de
habilidades en psicología transcultural y medición
Dictamen: Aprobado con carácter de sobresaliente.

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�Comunicación Oficial 461

Comité
Académico

Departamento de Economía
• Dr. Julián Barquín Liaño
Tema: El trasvase virtual de agua mediante el comercio
internacional.
Dictamen: Aprobado con carácter de satisfactorio.
(Sesión No. 868 del 19 de abril de 2012)

SOLICITUDES DE PERIODO SABÁTICO
Atendiendo al cumplimiento de los requisitos establecidos
en el Reglamento de Período Sabático, publicado en Comunicación Oficial 346 del 14 de agosto de 2001 y considerando los resultados esperados, el Comité Académico
aprueba la solicitud de sabático, para el período del 1 de
agosto de 2012 al 31 de julio de 2013, de los siguientes
académicos:
Departamento de Ciencias Sociales y Políticas
• Dra. María Soledad Pérez Lizaur
Tema: Las redes familiares de los empresarios chilenos,
españoles y mexicanos. Un acercamiento al estudio de las
nuevas élites empresariales. Proyecto aprobado por la Dirección de Investigación de la UIA.
Resultados esperados:
a) Escribir dos artículos para revistas arbitradas internacionales sobre las élites empresariales.
b) armar en forma de libro los artículos presentados en la
reunión de CLACSO 2008 sobre la familia en América Latina, sobre empresas familiares (en este libro la académica
participará con un artículo sobre los ferianos chilenos).
c) la organización de un panel sobre antropología de las
organizaciones y participación en el congreso nacional de
antropología social septiembre 2012 en Morelia Mich.
d) dirección de la tesis doctoral de Teresa Freitas Dos Santos, quien está haciendo su tesis doctoral como becaria del
proyecto sobre las élites empresariales en la promoción de
la responsabilidad social empresarial en México.

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�31•mayo•2012

Universidad Iberoamericana

Todo el material publicable comprometido en este sabático
deberá ir acompañado de dictamen externo favorable.
Observaciones: El Comité Académico modificó, en parte,
los resultados inicialmente propuestos por el académico.
Atendiendo al cumplimiento de los requisitos establecidos
en el Reglamento de Período Sabático, publicado en Comunicación Oficial 346 el 14 de agosto de 2001 y considerando los resultados esperados, el Comité Académico aprueba
la solicitud de sabático, para el período del 1 de agosto de
2012 al 31 de enero de 2013, de la siguiente académica:
Departamento de Ciencias Sociales y Políticas
• Dra. Silvia Bolos Jacob
Tema: Conflicto y protesta. La Asamblea Popular de los
Pueblos de Oaxaca (2005-2010).
Resultados esperados: Libro con resultados finales de la
investigación referida en el título del proyecto en coautoría
con el Dr. Marco Estrada Saavedra del Colegio de México.
Deberá ir acompañado de dictamen externo favorable.
Observaciones: Ninguna.
(Sesión No. 869 del 3 de mayo de 2012)

Departamento de Filosofía
• Mtro. Pablo Lazo Briones
Tema: La crítica ético política en la obra de John Maxwell
Coetzee.
Resultados esperados:
a) Avance del proyecto de investigación trianual según los
cronogramas de avances comprometidos con la institución.
b) Dos artículos de investigación publicables, en el marco
del proyecto, sometidos a dictamen externo favorable.
c) Participación en el coloquio “Workshop in Applied Philosophy- Global Justice and Ethics of Exclusion”, Northeastern
University, Boston, MA, September 28-30, 2012.

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�Comunicación Oficial 461

Comité
Académico

d) Co-organización del Coloquio Interinstitucional (UIAUNAM) en la línea de investigación departamental “Filosofía
y Literatura, octubre de 2012.
Observaciones: El Comité Académico modificó, en parte, los
resultados inicialmente propuestos por el académico.
Departamento de Física y Matemáticas
• Dr. Salvador Carrillo Moreno
Tema: Búsqueda de nueva física y consolidación de la investigación en la colaboración CMS del Centro Europeo de
Investigación Nuclear (CERN).
Resultados esperados:
a) Artículo remitido a revista arbitrada de física con dictamen externo favorable;
b) Presentación en congreso;
c) Carta que acredite la participación y/o la capacitación
en el proceso de integración de Detectores de Rayos Cósmicos que utiliza Quarnet para proyectos educativos con
estudiantes y profesores de preparatoria en EUA apoyado
por la National Science Foundation;
d) Impreso o documentación de compromisos realizados
como colaborador de CDF y/o CMS.
Observaciones: Ninguna.
Departamento de Ingeniería y Ciencias Químicas
• M. en C. Martín Rivera Toledo
Tema: Modelado matemático y optimización de procesos
de polimerización.
Resultados esperados:
a) dos artículo arbitrados con carta de recepción en revista
de indexada de Conacyt (se presentara un dictamen externo favorable previo)
b) constancia de haber realizado una presentación en el
XXXIV encuentro nacional y III internacional de la academia
mexicana de investigación y docencia en Ingeniería química
que, probablemente, se llevará a cabo en mayo de 2013 (en
caso de no hacer la presentación en ese foro, el académico
deberá realizarla en uno equivalente.

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�31•mayo•2012

Universidad Iberoamericana

Observaciones:
El Comité Académico modificó, en parte, los resultados
inicialmente propuestos por el académico.
(Sesión No. 868 del 19 de abril de 2012)

Departamento de Ingenierías
• Dra. María Odette Lobato Calleros
Tema: Desarrollo de dos enfoques de estudio de la organización para conocer su constitución y resultados. Dos
estudios de caso.
Resultados esperados:
a) Primer estudio de caso: el enfoque autopoiético para el
análisis de las decisiones de la Red Mexicana de Investigación en Estudios Organizacionales.
b) Segundo estudio de caso: el enfoque de un modelo de
ecuaciones estructurales alternativo para conocer la satisfacción de los usuarios del Programa de Desarrollo de Zonas Prioritarias en su modalidad de infraestructura social.
Observaciones: Envío de un artículo por estudio de caso
a revista arbitrada y dictamen externo favorable de un experto de cada uno de los artículos.
(Primera Sesión Extraordinaria Virtual del 11 de abril de 2012)

Departamento de Psicología
• Dra. Angélica Ojeda García
Tema: Fortalecer la adaptación social e identidad con arte
terapia a migrantes latinos en Estados Unidos. Estancia
sabática como académica invitada en el Centro de Terapia
Marital y Familia
Loyola Maymount University, Los Ángeles, CA.
Resultados esperados:
1) Artículo publicable en revista Indizada internacional
(acompañado de dictamen externo nacional favorable).
2) Manual para el trabajo de intervención con población
migrante que podrá apoyar la práctica de poblaciones es-

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�Comunicación Oficial 461

Comité
Académico

pecíficas (materia) con esta población.
3) Plan de trabajo de mejora de docencia (avalado por la
DSFI).
Observaciones: El Comité Académico modificó, en parte,
los resultados inicialmente propuestos por el académico.
Departamento de Derecho
• Mtra. Mariana Dobernig Gago
Tema: Libro de casos y problemas en bioética y derecho.
Resultados esperados: Libro al que se denominará “Casos y
Problemas en Bioética y Derecho” acompañado de dictamen
externo favorable.
Observaciones: Ninguna.
Dirección de Servicios para la Formación Integral
• Dra. Araceli Delgado Fresán
Tema: Gestión del uso de rúbricas para evaluar competencias en la UIA CM. Innovación dirigida a fortalecer una
cultura de la evaluación.
Resultados esperados:
1) Documento en el que se describe una propuesta de
gestión sobre la elaboración y uso de rúbricas para la
evaluación de las competencias específicas en las materias
de ASE de los Planes de estudios SUJ, de acuerdo con las
exigencias de innovación y cambio del entorno: las acreditaciones nacionales e internacionales.
2) Versión en forma de artículo para proponerlo a la Revista ANUIES, en el contexto de la innovación curricular a
nivel universitario. Los resultados vendrán acompañados de
dictamen externo favorable.
Observaciones: Ninguna
(Sesión No. 867 del 8 de marzo de 2012)

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�31•mayo•2012

Universidad Iberoamericana

APROBACIÓN DE PLANES DE ESTUDIO
El Comité Académico, con base en las atribuciones que le
confiere el Art. 27 en el inciso d del Estatuto Orgánico,
aprobó (a sugerencia del COPLE) los siguientes planes de
estudio SUJ:
.
.
.
.

Licenciatura
Licenciatura
Licenciatura
Licenciatura

en
en
en
en

Diseño
Diseño
Diseño
Diseño

Gráfico
Industrial
Textil
Interactivo

(Sesión No. 870 del 17 de mayo de 2012)

. Licenciatura en Economía
(Sesión No. 869 del 3 de mayo de 2012)

.
.
.
.
.

Licenciatura en Administración de Empresas
Licenciatura en Administración de la Hospitalidad
Licenciatura en Administración de Negocios Internacionales
Licenciatura en Arquitectura
Licenciatura en Derecho

(Sesión No. 868 del 19 de abril de 2012)

.
.
.
.
.

Licenciatura
Licenciatura
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en
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Mercadotecnia
Finanzas
Ciencias Políticas y Administración Pública
Contaduría y Gestión Empresarial
Relaciones Internacionales

(Sesión No. 866 del 23 febrero de 2012)

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�Comité
Académico

Comunicación Oficial 461

APERTURA DEFINITIVA DE PROGRAMA
El Comité Académico, con base en las atribuciones que le
confiere el Art. 27 en el inciso d del Estatuto Orgánico,
ratificó (a sugerencia del COPLE de posgrado) de manera
definitiva la apertura del siguiente programa:
- Doctorado en Comunicación.
(Sesión No. 867 del 8 de marzo de 2012)

CATEGORÍAS ACADÉMICAS
Conforme a la delegación de responsabilidad que el Comité
Académico General hizo en su sesión 534 y en la confianza de que se cuidó el cumplimiento de los lineamientos
establecidos en el Reglamento de Personal Académico, la
Vicerrectoría Académica dio el Visto Bueno a los siguientes
cambios de categorías:
	
Cambio de categoría a profesores de tiempo
• División de Ciencia, Arte y Tecnología
Departamento de Arquitectura
Mtro. Alejandro Aguilera González		
Mtra. Gabriela Lee Alardín		
Mtro. Manuel Bustamante Acuña		

Titular 7
Titular 5
Titular 5

• División de Estudios Sociales
Departamento de Ciencias Sociales y Políticas
Dr. Alejandro Agudo Sanchiz		
Titular 3

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�31•mayo•2012

Universidad Iberoamericana

Departamento de Derecho
Dra. Loretta Ortiz Ahlf			

Titular 7

Departamento de Psicología
Dr. Oscar Galicia Castillo	Titular 6
Dra. Silvia Araceli Sánchez Ochoa		

Titular 4

Departamento de Salud
Dr. José Saturnino Monroy Ruiz		
Mtra. Ana Bertha Pérez Lizaur		

Titular 6
Titular 6

• División de Humanidades y Comunicación
Departamento de Arte
Dr. Luis Javier Cuesta Hernández		

Titular 5

POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTO PARA LA INSTAURACIÓN
Y OPERACIÓN DE CÁTEDRAS
El Comité Académico en su sesión 868 de fecha 19 de abril
de 2012 y, con base en las atribuciones que le confiere
el Art. 27 en el inciso a del Estatuto Orgánico, aprobó el
documento Políticas y Procedimiento para la Instauración y
Operación de Cátedras.
Universidad
Vicerrectoría
Dirección de
Subdirección

Iberoamericana
Académica
Cooperación Académica
de Relaciones Académicas

Ciudad de México, Abril de 2012

I Justificación
Las Cátedras son una modalidad de cooperación de la Universidad Iberoamericana (IBERO) para favorecer la calidad
de diversas actividades tanto de investigación como de
docencia y de difusión académica.

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�Comunicación Oficial 461

Comité
Académico

Las Cátedras son espacios flexibles de la vida universitaria
que, entre otras acciones:
• promueven la reflexión disciplinar o interdisciplinar en
torno a un tema,
• refuerzan los estudios sobre la trayectoria intelectual del
personaje a quien honra la Cátedra,
• profundizan la investigación de pertinencia social sobre
un tema dado,
• impulsan la formación, actualización y movilidad de profesores y alumnos y contribuyen a desarrollar temas considerados en el currículo,
• generan aplicaciones para mejorar los niveles de calidad
de vida de la sociedad particularmente en los grandes
temas a que se dirige la cooperación internacional al desarrollo,
• estimulan la constitución de redes, y
• fomentan el establecimiento de vínculos interinstitucionales tanto a nivel nacional como internacional.
El siguiente documento describe las políticas y el procedimiento que se ha de seguir para establecer una Cátedra
en la IBERO.
II Tipología de Cátedras
	
La IBERO reconoce y promueve tres tipos de Cátedras:
Cátedras de Investigación, Cátedras Magistrales y Cátedras
de Docencia, que podrán ser propias o interinstitucionales.
Cátedras de Investigación: propician el desarrollo de sociedades, redes o alianzas con organismos externos para generar estudios y aplicaciones que mejoren las condiciones
de salud, justicia, economía, educación, medio ambiente y
calidad de vida de la sociedad mexicana en particular, y
de la sociedad en una visión más amplia; su carácter es
promover investigación de pertinencia social. Habitualmente
son temáticas por lo que su nombre está ligado al tema de
investigación. Sin ser excluyentes, el objeto central de su
quehacer está en el desarrollo de investigación.

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�31•mayo•2012

Universidad Iberoamericana

Cátedras Magistrales: procuran tanto el abordaje de la obra
de pensadores, críticos, ideólogos o humanistas como el
estudio desde múltiples perspectivas en torno a una línea
de trabajo. Involucran no sólo la investigación sino la docencia y la difusión. El título está asociado a la figura que
se honra con la Cátedra. Por su naturaleza propician un
balance ideal entre difusión, docencia e investigación. Podrán estar asociadas a los Campos Estratégicos de Acción
del SUJ o a aquellos programas de la Dirección General del
Medio Universitario en los que se asienta buena parte de
los criterios de la Cooperación Internacional al Desarrollo.
Este tipo de Cátedras es un ámbito excepcional para orientar recursos institucionales a la colaboración con otras
instituciones tanto nacionales como internacionales.
Cátedras de Docencia: contribuyen a desarrollar, dentro
del espacio universitario, los temas contemplados en el
currículo de los programas ofrecidos por la IBERO. También
promueven actividades de desarrollo cultural, científico,
técnico o tecnológico en áreas profesionalizantes. Este tipo
de Cátedras se enlaza con la academia a través del tema o
materia que se elija en el documento de instauración. Hay
dos tipos de Cátedras de Docencia: las que financian la
remuneración de un profesor, y las que financian el costo
total de una asignatura o de un programa académico. Por
tanto, dado que este tipo de Cátedras son financiadas con
recursos externos, pueden llevar el nombre de la asignatura, o el nombre del donante, sea persona física o moral.
Actividades que pueden ser realizadas al amparo de
las cátedras
• Estudiar la vida y obra de un humanista, crítico, literato, investigador o personaje que tenga contribuciones
relevantes para el desarrollo del conocimiento en ámbitos
de especial interés para la IBERO; o ampliar el horizonte
de comprensión sobre un tema o materia determinada.
Ejemplos: Ángel Palerm, Arturo Warman, Ignacio Ellacuría,
Eusebio Francisco Kino.

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�Comunicación Oficial 461

Comité
Académico

• Organizar ciclos de conferencias en torno a la obra de
quien da nombre a la Cátedra, o en torno al conocimiento
de vanguardia que propicia la misma. Ejemplo: sesión anual
de la Cátedra Michel de Certeau, Cátedra O’Gorman.
• Editar memorias de los ciclos de conferencias o publicaciones fruto de los proyectos de investigación, así como
textos que coadyuven al estudio de una materia. Ejemplos:
Cátedras Palerm, de Certeau, Kino.
• Organizar congresos, coloquios especializados o interdisciplinarios, seminarios y cursos de actualidad sobre la
orientación de la Cátedra o fincados en un eje del conocimiento. Prácticamente todas las Cátedras propician estas
actividades.
• Si procede, crear un sistema de premios público bianual,
con el cual se reconozca los principales aportes en los
campos de reflexión del autor, de la materia o del tema
de investigación de la Cátedra; o se reconozca al mejor
estudiante en el tema de competencia. Ejemplos: Cátedras
O’Gorman, Warman.
• Responsabilizarse de la docencia de una asignatura o de
un grupo de materias afines en un programa académico.
III Políticas
1. Las Cátedras instauradas por la IBERO deben procurar
el logro de los objetivos de desarrollo académico e institucional.
2. Las Unidades Académicas son las responsables de la
concepción, promoción, instrumentación, seguimiento y
evaluación de las Cátedras instauradas y que sean de su
competencia.
3. Todas los Cátedras deben ser aprobadas en primera
instancia por la Vicerrectoría Académica (VA), que las someterá al Comité Académico para su aprobación definitiva;
serán registradas a través de la Dirección de Cooperación
Académica (DCA).

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Universidad Iberoamericana

4. De requerirse convenio, la DCA es la responsable de la
elaboración de los mismos, conforme lo prevé el Procedimiento de Convenios vigente; así como de la elaboración
de los convenios concurrentes para el establecimiento de
fondos, si fuere el caso.
5. La DCA es responsable de administrar el fondo institucional asignado a la VA para la operación inicial de las
Cátedras.
6. Para aprobar la instalación de una Cátedra es imprescindible contar con el financiamiento de la misma, sea interno
o externo.
7. Cuando una Cátedra requiera de la erogación de recursos económicos y/o de infraestructura por parte de la
IBERO, deberá contarse con la asignación presupuestaria de
la(s) Unidad(es) Académica(s) involucrada(s).
8. Cuando una Cátedra requiera para su operación de recursos financieros externos (donativos en dinero o en especie, patrocinios, etc.) provenientes de Fundaciones, Agencias
de Cooperación Internacional, ONGs, instituciones públicas
o privadas, o personas físicas o morales, deberá contarse
con el aval de la instancia a la que corresponde la gestión
y tramitación oficial de dichos recursos en la IBERO.
9. Solamente están autorizados para suscribir los Convenios de Instalación de cátedras el Rector y/o el Vicerrector
Académico.
IV Operación y Administración de las Cátedras
La iniciativa para instaurar una Cátedra responde a intereses varios. Puede haber interés de una Unidad Académica
derivado de la vigencia de un autor, o de la pertinencia de
una temática de investigación o de la oportunidad de establecer una alianza estratégica; otras veces una institución
distinta a la IBERO propone establecer la Cátedra.

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�Comunicación Oficial 461

Comité
Académico

El Consejo Académico de la Unidad Académica será el responsable de valorar la pertinencia de una nueva Cátedra y
de evaluar la operación de las ya existentes en su Unidad.
El Consejo Académico velará por el buen funcionamiento de
la Cátedra y dará seguimiento al cumplimiento de su objeto.
A continuación se describen los pasos a seguir para el
establecimiento de Cátedras.
1. El Director de la Unidad Académica, previo aval de su
Director Divisional, comunica por escrito a la VA, el acuerdo del Consejo Académico de su unidad de instaurar una
Cátedra, y solicita su aprobación. (Anexo 1)
2. El Vicerrector Académico podrá solicitar, ad casum, la
opinión de algún asesor externo cuando se trate de evaluar
la decisión de instaurar alguna Cátedra.
3. Emitido el visto bueno por parte del Vicerrector Académico, la DCA procederá a realizar los trámites internos
necesarios para el(los) convenio(s) indicado(s).
4. Estando de acuerdo las partes, se procede al establecimiento de la fecha para la ceremonia de firma del(los)
Convenio(s).
5. Una vez firmado(s), la DCA lo difunde a la comunidad.
V Criterios Particulares
1. A partir de los informes de los Directores de las Unidades Académicas con respecto al desempeño de una Cátedra, el Vicerrector Académico podrá tomar la decisión
de finiquitarla. De ser el caso, lo notificará a la Unidad
Académica y a la DCA.
2. Si se tratara de una Cátedra interinstitucional, la DCA
informará a las autoridades correspondientes la rescisión
del compromiso; de ser necesario, elaborará los documentos pertinentes.

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Universidad Iberoamericana

Anexo 1
Datos básicos que debe contener la solicitud de aprobación
de una cátedra
1 Carta firmada por el Director de la Unidad Académica
explicando el tema, área del conocimiento, personaje o proyecto de investigación a quien se dedicará la Cátedra, así
como el acuerdo del Consejo Académico (sesión y fecha) al
cual obedece la solicitud.
2 Nombre de la Cátedra que se desea instaurar.
3 Objetivos que cubrirán las acciones a desarrollar por la
Cátedra.
4 Fecha en que se espera el inicio de actividades de la
Cátedra.
5 Proyección financiera para los primeros cinco años de
la Cátedra.
6 Antecedentes. Relación sucinta de las acciones efectuadas con antelación a la existencia de una Cátedra.
7 De ser el caso, datos completos de las personas o Instituciones con las que se desea la vinculación (nombre,
domicilio, teléfono, fax, dirección electrónica) para negociar
los términos del Convenio de Instalación y/o del Convenio
de Constitución de Fondo.
8 Visto Bueno del Director Divisional correspondiente, que
indique la vinculación con los planes de la Unidad académica.
9 Información complementaria que se considere importante.
La propuesta se emitirá una vez que todos los puntos sean
cubiertos a satisfacción.

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�Comunicación Oficial 461

Comité
Académico

Anexo 2
Elementos básicos que deben tomarse en cuenta para el
seguimiento de cátedras
1 Personal participante (Responsable Operativo y colaboradores).
2 Logro de objetivos de la Cátedra.
3 Aspectos administrativos, financieros y logísticos de la
operación de la Cátedra.
4 Propuestas respecto de la continuidad y, en su caso, de
mejora de la operación de la Cátedra.
5 Solicitud de renovación, rescisión o finiquito de una
Cátedra.
6 Los puntos 1-4 pueden ser tomados del Informe de Gestión de los Directores de las Unidades Académicas.

MODIFICACIONES A LOS CRITERIOS PARA LA ASIGNACIÓN DE FUNCIONES
El comité académico, en su sesión 853 de fecha 7 de julio
de 2011 y con base en las atribuciones que le confiere el
Art. 27 inciso a del Estatuto Orgánico, aprueba la reforma
a los Criterios de Asignación de Funciones:
1. Docencia curricular
- Aquellos académicos cuya función principal es la docencia deberán dedicar por lo menos doce horas de clase
frente a grupo normal o en línea (no por asesoría) semanales al semestre.
	
- Aquellos académicos cuya función principal es la investigación (los pertenecientes al SNI), deberán dedicar por lo
menos ocho horas de clase frente a grupo normal o en
línea (no por asesoría) semanales al semestre.

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Universidad Iberoamericana

- Los investigadores de los dos institutos: deberán dedicar
por lo menos ocho horas de clase frente a grupo normal o
en línea (no por asesoría) semanales al semestre.
	
- Los académicos de áreas de Servicios Educativo-Universitarios* (SEU): deberán dedicar por lo menos cuatro horas
de clase frente a grupo normal o en línea (no por asesoría)
semanales al semestre.
- Los coordinadores de área o programa: deberán dedicar
por lo menos ocho horas de clase frente a grupo normal o
en línea (no por asesoría) semanales al semestre.
	
- Los coordinadores de áreas de Servicios Educativo-Universitarios (SEU): deberán dedicar por lo menos dos horas
de clase frente a grupo normal o en línea (no por asesoría)
semanales al semestre.
- Los directores de Departamento e Instituto deberán dedicar por lo menos cuatro horas de clase frente a grupo
normal o en línea (no por asesoría) semanales al semestre.
	
- Los directores generales, así como los directores de
Stafff de Vicerrectoría, deberán dedicar por lo menos dos
horas de clase frente a grupo normal o en línea (no por
asesoría) semanales al semestre.
- Los académicos de departamento o instituto que cuenten con grado doctoral, deberán de impartir dentro de su
contabilidad de horas correspondientes, por lo menos un
grupo normal de licenciatura al año.
	
- Durante el periodo de verano no será obligatorio impartir
clases y será posible dedicar un alto porcentaje del tiempo a realizar labores de investigación o de actualización
académica.
	

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�Comunicación Oficial 461

Comité
Académico

2. Circundocencia
Por cada hora de clase frente a grupo normal o en línea
(no por asesoría) se podrá contabilizar a lo más una hora
de circundocencia tanto en las clases de licenciatura como
en las de posgrado.
3. Investigación
Los académicos pertenecientes al SNI podrán dedicar hasta
50% de su tiempo a la investigación. La consultoría quedará incluida en el rubro investigación.
4. Superación o actualización académica
Se podrá dedicar a la superación o actualización académica un máximo del 10% del tiempo total de la asignación de
funciones de un periodo.
5. Servicios educativos
Se podrá dedicar a la planeación institucional un máximo
del 5% del tiempo total de la asignación de funciones de
un periodo.
Se podrá dedicar a actividades SUJ - AUSJAL un máximo
del 5% del tiempo total de la asignación de funciones de
un periodo.

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�31•mayo•2012

Universidad Iberoamericana

ANEXO
(Contabilidad anual)
Gremio
Académicos - docentes
de tiempo completo

Número mínimo de horas
(anuales)
24

Académicos - docentes
de medio tiempo

12

Académicos - SEU
(docentes tiempo completo)

8

Académicos - S.N.I.

16

Investigadores - institutos

16

Académicos - Coordinadores

16

Coordinadores SEU

4

Directores (todos aquellos
con plaza académica)

8

Directores Generales y
Directores Staff Vicerrectoría

4

Técnicos académicos

No especificado

· Si un académico es Director y además miembro del S.N.I.
deberá de seguir el criterio del gremio Director.
· Si un técnico académico es nombrado Coordinador deberá
seguir el criterio del gremio Coordinador.
*Las siglas SEU se refieren a los Servicios-Educativo Universitarios, que
comprende las siguientes dependencias: Biblioteca, DSFI, Educación Continua, Publicaciones, Oficina de atención a alumnos y grupos estudiantiles,
Programa de Derechos Humanos, Programa de Interculturalidad y Asuntos
Indígenas, Programa sobre asuntos migratorios, Servicio a comunidades y
Sindicato.

36

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