<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?>
<item xmlns="http://omeka.org/schemas/omeka-xml/v5" itemId="420" public="1" featured="0" xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance" xsi:schemaLocation="http://omeka.org/schemas/omeka-xml/v5 http://omeka.org/schemas/omeka-xml/v5/omeka-xml-5-0.xsd" uri="http://www.bib.ibero.mx/ahco/items/show/420?output=omeka-xml" accessDate="2026-04-03T23:52:09-06:00">
  <fileContainer>
    <file fileId="415">
      <src>http://www.bib.ibero.mx/ahco/files/original/36534a5af66cc9119837d82252f4f949.pdf</src>
      <authentication>6dd545f993fc3aedc5f45e3824b4d725</authentication>
      <elementSetContainer>
        <elementSet elementSetId="4">
          <name>PDF Text</name>
          <description/>
          <elementContainer>
            <element elementId="52">
              <name>Text</name>
              <description/>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="9789">
                  <text>Comunicación Oficial

30•abril•08

417

�Comunicación Oficial 417

�Senado
Universitario

Comunicación Oficial 417

SENADO
NUEVO SENADOR UNIVERSITARIO
Acuerdo 01/2008
El Senado Universitario, conforme a la atribución que le
confiere el Artículo 16, inciso N, del Estatuto Orgánico, y
en atención a los resultados de la elección que los directores académicos llevaron a cabo el pasado 19 de febrero,
acordó ratificar al Mtro. José Luis Cortés Delgado como
senador universitario.

CALENDARIO ESCOLAR 2009
Acuerdo 02/2008
El Senado Universitario, a propuesta de la Dirección de Servicios Escolares, y en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 16, inciso R, del Estatuto Orgánico, aprobó el
Calendario Escolar de Licenciatura y Posgrado 2009.
(Sesión No. 609 del 12 de marzo de 2008)

�

�Comunicación Oficial 417

�Comunicación Oficial 417

Rectoría

RECTORÍA
NOMBRAMIENTO
El Sr. Rector da a conocer el cambio de nombre de la
Dirección de Planta Física y Servicios Internos por el de
Dirección de Planta Física.
El Sr. Rector nombró al Mtro. Gerardo Iturbide Ruiz, Director
de Operaciones y Servicios, dependiente de la Dirección
General Administrativa, con fecha 1 de abril de 2008.

REGLAMENTO DE USO DE IMAGEN, PATROCINIOS Y
AUSPICIOS DE LA UNIVERSIDAD IBEROAMERICANA
CIUDAD DE MÉXICO
Introducción
El presente documento norma el buen uso de la imagen
institucional de la Universidad Iberoamericana Ciudad de
México, respecto a la realización y promoción de eventos,
así como la relación de dicha imagen con la posible presencia de marca de patrocinadores y/o auspiciadores de
tales actividades.
Asimismo, define la naturaleza y atribuciones del Comité de
Uso de Imagen, Patrocinios y Auspicios de la Universidad
Iberoamericana Ciudad de México, como instancia facultada
para la operatividad de este reglamento.
Los aspectos relativos a la organización de eventos en la
Universidad Iberoamericana están considerados en el Reglamento de uso de espacios para la realización de eventos
en la Universidad Iberoamericana Ciudad de México, por lo
cual dicho documento y el presente son complementarios.

�

�Universidad Iberoamericana

30•abril•2008

AECI

Oficina de Administración de Espacios y
Ceremonias Institucionales de la Universidad.

Auspiciadores

Organización de naturaleza pública o no
gubernamental que otorga auspicios.

Auspicios

Recursos logísticos, organizacionales, financieros, etcétera, que una organización
pública o no gubernamental otorga en
apoyo a la realización de Eventos de la
Universidad, sociedades, grupos estudiantiles y asociaciones de egresados reconocidas por la UIA.

Comité

Comité de Uso de Imagen, Patrocinios y
Auspicios de la Universidad Iberoamericana Ciudad de México.

DCI

Dirección de Comunicación Institucional
de la Universidad.

Eventos

Para los fines del presente Reglamento de uso
de imagen, patrocinios y auspicios de la
Universidad Iberoamericana, Ciudad de
México, se entiende por Evento todo aquél:
•	
•	
•	
•	

realizado en la Universidad o en relación con ésta;
de carácter curricular o extracurricular;
independiente de las clases regulares;
de duración limitada a un determinado número de sesiones, más o menos
coyunturales.

Son ejemplos de Eventos: jornadas académicas, exposiciones, conferencias, simposios, actividades culturales, deportivas, de
formación social y demás afines.
Se excluyen de esta definición aquellas
actividades académicas o extracurriculares que:

�

�Comunicación Oficial 417

•	

•	

Rectoría

la Universidad realice de forma
más o menos permanente, por
convenio con otras instituciones o
empresas;
asimismo, y derivado de los convenios suscritos con tales organizaciones, las menciones o créditos
que éstas reciban en reciprocidad
a su participación (organizacional,
financiera, etcétera) para hacer
posible el logro de este tipo de
actividades.

Son ejemplos de estas exclusiones: la
Cátedra TV Azteca-UIA, los recorridos
“Historia Viva: Identidades Culturales”,
coorganizados con Banamex y demás
afines.
Logo de la UIA

El escudo, diseño, marca y/o el logotipo institucionales de la Universidad.

Patrocinadores

Organización de naturaleza
que otorga patrocinios.

privada

Patrocinios

Apoyos logísticos, organizacionales,
financieros, etcétera, que una organización de naturaleza privada otorga
en apoyo a la realización de Eventos
de la Universidad, sociedades, grupos
estudiantiles y asociaciones de egresados reconocidas por la UIA.

Publicidad

Todas las actividades y/o materiales de
comunicación, publicidad o promoción
de Eventos relativos a la Universidad,
sean de difusión o distribución interna
o externa a sus instalaciones, en medios impresos, audiovisuales o web.

�

�Universidad Iberoamericana

30•abril•2008

�

Reglamento

El presente Reglamento de uso de imagen, patrocinios y auspicios de la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México.

UIA, UIA-CM o
Universidad

Universidad Iberoamericana, AC, o
Universidad Iberoamericana Ciudad de
México.

�Comunicación Oficial 417

Rectoría

Definiciones
En el presente documento se hace uso de las siguientes
abreviaturas o términos:

Título I
Comité de Uso de Imagen, Patrocinios y Auspicios de la Universidad Iberoamericana Ciudad
de México
Capítulo I
Naturaleza y objetivos
Artículo 1
El Comité es la instancia encargada de la aplicación y
operación de este Reglamento. Supervisa y, en su caso,
aprueba los Patrocinios y/o Auspicios, totales o parciales,
otorgados a la realización de Eventos de la Universidad.
También sanciona lo relativo a los compromisos que la
Universidad o quienes la representen establezcan para que
en la Publicidad haya presencia de marca de los Patrocinadores y/o Auspiciadores.
Artículo 2
Los objetivos del Comité son:
•	

Verificar que los patrocinios y auspicios a los distintos
Eventos no vayan contra la Misión, el Ideario, la Filosofía Educativa y los Principios de la propia UIA.

•	

Asegurar, sobre los principios de comunicación, publicidad y promoción de la propia UIA, que la presencia
de marca de Patrocinadores y/o Auspiciadores en la
Publicidad de los Eventos organizados por las áreas
de la Universidad, sociedades, grupos estudiantiles y
asociaciones de egresados reconocidas por la UIA, se
corresponda en proporción justa con el nivel de los recursos aportados.

�

�Universidad Iberoamericana

30•abril•2008

•	

Vigilar que la presencia de marca de los Patrocinadores y/o Auspiciadores en la Publicidad de los Eventos
no prevalezca sobre la imagen institucional o trastoque
a ésta y los medios de la Universidad.

Artículo 3
El Comité es una instancia interdisciplinaria de la UIA, compuesta por los titulares de las siguientes áreas, o bien, la
persona que cada titular designe:
•	
•	
•	
•	

Vicerrectoría Académica.
Dirección General del Medio Universitario.
Dirección General de Administración.
Dirección de Comunicación Institucional.

Artículo 4
El (la) titular de la DCI funge como presidente(a) del Comité
y puede delegar su representación en un(a) Secretario(a)
Técnico(a) por él (ella) designado(a).

Capítulo II
Comunicación con el Comité
Artículo 5
Para todo lo relacionado con este Reglamento y su aplicación, el medio de contacto con el Comité es la cuenta de
correo electrónico patrocinios@uia.mx.
Este Reglamento se encuentra permanentemente disponible
en el portal en Internet de la Universidad, http://www.uia.
mx, para su consulta.
Artículo 6
Las consultas o solicitudes recibidas por los medios indicados en el artículo 5, serán comunicadas al Comité por
la DCI, para la deliberación y toma de decisión correspondiente a cada caso.
Artículo 7
La DCI reportará al consultante o solicitante la decisión

�

�Comunicación Oficial 417

Rectoría

tomada al respecto y, en su caso, el procedimiento a seguir. Asimismo, notificará dicha decisión a las áreas de la
Universidad que puedan resultar involucradas en el proceso
operativo consiguiente.

Título II
Disposiciones generales

Capítulo I
Sobre la Publicidad en Eventos
Artículo 8
Toda la Publicidad deberá respetar los términos y principios
que sustentan el presente Reglamento.
Artículo 9
El Comité es la única instancia que puede autorizar:
a)	

la Publicidad de los Eventos por los medios con
que cuenta la UIA;

b)	

la Publicidad generada por las Direcciones y Unidades Académicas de la Universidad, para las
campañas de difusión interna; o

c)	

la Publicidad de Eventos a realizarse fuera de las
instalaciones de la Universidad.

d)	

la presencia de marcas, logotipos, puntos de exhibición (stands), y/o instalaciones en los diferentes espacios de la UIA.

Artículo 10
El Comité rechazará aquellas actividades publicitarias o de
promoción:

�

�30•abril•2008

Universidad Iberoamericana

a)	

de carácter comercial, proselitista a favor de
cualquier grupo político o religioso; o

b)	

actividades varias como fiestas, comidas u otras
afines, organizadas por alumnos, empleados o
profesores a título personal y que pretendan hacer uso del nombre o la imagen de la Universidad.

Artículo 11
Toda la Publicidad autorizada deberá:

10

a)	

cuando se trate de mantas, lonas, pendones,
carteles o impresos afines, estar sellada por el
Comité y podrá permanecer el tiempo que se
indica en el sello, según aplique en cada medio
o espacio publicitario. El sello indicará la fecha
correspondiente al último día de exposición, momento posterior al cual la Publicidad deberá ser
retirada conforme a lo establecido en el Reglamento de uso de espacios para la realización de
eventos en la Universidad Iberoamericana Ciudad
de México;

b)	

cuando se trate de medios audiovisuales, web o
afines, al responsable de la Publicidad le será
entregada copia simple de su solicitud al Comité,
debidamente sellada por éste en señal de autorización. El sello indicará la fecha correspondiente
al último día de exposición, momento posterior al
cual la Publicidad deberá ser retirada. Este documento deberá ser presentado por el responsable
de la solicitud siempre que se le requiera, o la
Publicidad será retirada independientemente de
la fecha límite de la autorización, por solicitud
expresa de la DCI.

�Comunicación Oficial 417

Rectoría

Título III
Uso de la imagen institucional
Capítulo I
Uso correcto de la imagen institucional
Artículo 12
Para contar con el aval institucional, la Publicidad de todo
Evento deberá hacer uso del Logo de la UIA, así como dar
la referencia precisa de su(s) organizador(es), bien se trate
de Direcciones, Unidades Académicas u otras áreas de la
Universidad. En su caso, se deberá precisar si el Evento
está relacionado con algún curso, programa académico o
Evento extracurricular para recaudar fondos (v. g.: Eventos
organizados por un comité pro-graduación).
Artículo 13
En toda la Publicidad de las sociedades, grupos estudiantiles y asociaciones de egresados reconocidas por la UIA,
deberá aparecer el Logo de la UIA.
Artículo 14
El Logo de la UIA sólo puede utilizarse de acuerdo con los
lineamientos establecidos en el Manual de identidad gráfica
institucional de la Universidad, y con la supervisión de la
DCI, misma que orientará a las diferentes entidades de la
UIA en la adecuada utilización de cualquiera de los elementos que componen el Logo de la UIA u otros aspectos de
la imagen institucional vigente.
Artículo 15
La DCI pone a disposición del público los archivos electrónicos correspondientes al Logo de la UIA en el portal
institucional en Internet, http://www.uia.mx;
Artículo 16

11

�30•abril•2008

Universidad Iberoamericana

Cuando el organizador de un Evento sea una sociedad o
grupo estudiantil reconocida por la Oficina de Atención a
Alumnos o una asociación de egresados reconocida por
la Dirección de Vinculación con Ex Alumnos o la Unidad
Académica correspondiente, el área que ha otorgado tal
reconocimiento le informará sobre los lineamientos relativos
al buen uso de la imagen institucional.

Capítulo II
Restricciones
Artículo 17
En toda la Publicidad de la UIA y/o de los Eventos, se prohíbe hacer uso de logotipos o marcas de bebidas alcohólicas
o productos de la industria tabacalera. Sólo podrá aparecer
la razón social de la empresa o el grupo corporativo al que
pertenezca la marca, en caso de ser patrocinador de algún
Evento (v. g.: “Cervecería Cuauhtémoc Moctezuma”, en vez
de “Cerveza Indio”; “Cigatam”, en vez de “Marlboro”).
Artículo 18
En todas las piezas de Publicidad, excepto sitios web de la
Universidad, se permite la inclusión de los logotipos de los
Patrocinadores y/o Auspiciadores siempre y cuando el área
de los mismos no exceda la décima parte del área total, y
que los logotipos empleados no sean más grandes que el
Logo de la UIA y/o la identificación de la Unidad Académica organizadora o sede.
Artículo 19
En el caso de los sitios web de la Universidad, las páginas
que alberguen la Publicidad de cualquier Evento, las menciones a los Patrocinadores y/o Auspiciadores se harán por
su nombre o razón social, sin vínculos a sus respectivas
direcciones de Internet. Sólo se autorizará la inclusión de
los logotipos de los Patrocinadores y/o Auspiciadores con
vínculos a sus respectivas direcciones de Internet, cuando
el apoyo que brinden sea igual o superior a 30% del costo
de la organización de cada Evento, y con un tamaño no su-

12

�Comunicación Oficial 417

Rectoría

perior en proporción a 80% del empleado para el Logo de
la UIA. Estas restricciones aplican también a los mensajes
de correo electrónico emitidos desde la Universidad (v. g.:
boletines electrónicos o newsletters).
Artículo 20
Por ninguna circunstancia se publicarán menciones a los
Patrocinadores y/o Auspiciadores o sus logotipos en los
banners de los sitios web de la Universidad o los mensajes
de correo electrónico emitidos desde ésta; la utilización de
cualquiera de ambas opciones se limitará a la(s) página(s)
web específica(s) del Evento a promocionar.
Artículo 21
Por ninguna circunstancia o excepción, el Comité autorizará
aquella Publicidad en la cual el Logo de la UIA haya sido
mal utilizado. Para incluirlo en su Publicidad, los organizadores de los Eventos deberán pedir asesoría a la DCI, de
acuerdo con el artículo 7 del presente Reglamento, y resolver sus dudas antes de producir sus materiales.

Título IV
Características de los materiales y espacios
de exposición
Capítulo I
Carteles
Artículo 22
El número máximo de carteles de cualquier tipo será de 10
(diez), independientemente del tamaño o la existencia de
distintas versiones para un mismo Evento. Además, deberá
colocarse sólo 1 (uno) por espacio de ubicación y exclusivamente para los Eventos. También serán considerados
aquellos acerca de:
a)	

elecciones de sociedades de alumnos;

b)	

eventos ajenos a la Universidad de carácter cultural y académico, autorizados por la DCI, en particular cuando la solicitud tenga el respaldo de al-

13

�30•abril•2008

Universidad Iberoamericana

guna Dirección o Unidad Académica, por estimarlo
de interés para sus respectivos públicos; y
c)	

asociaciones de egresados.

Artículo 23
El tamaño máximo de los carteles autorizados es de 0.40
x 0.60 metros.
Artículo 24
Para la colocación de información en los tableros, es necesario tener el sello de autorización del Comité, de acuerdo
con la siguiente clasificación:
•	

Tableros azules: Son de uso exclusivo de los departamentos académicos y sólo podrá colocarse información con la aprobación del director del Departamento
o coordinador del programa en cuestión. En caso de
que en ellos se coloque Publicidad que contenga referencias a Patrocinadores y/o Auspiciadores, deberán
contar con el sello de autorización del Comité.

•	

Tableros blancos: Están a cargo de la Oficina de Informes y se usan para difundir información de interés
general para la comunidad universitaria. Para el uso
de estos tableros, se deberá acudir a la Oficina de Informes para solicitar autorización. En caso de que en
ellos se coloque Publicidad que contenga referencias
a Patrocinadores y/o Auspiciadores, deberán contar
con el sello de autorización del Comité.

Queda prohibido hacerlo en lugares como, por ejemplo:

14

a)	

Ventanas o puertas de salones de clases y oficinas.

b)	

Vitrinas.

c)	

Exhibidores de la revista Comunidad Ibero o el
periódico mural El Ladrillo Mural.

�Comunicación Oficial 417

d)	

Árboles y áreas verdes.

e)	

Pasillos y escaleras fuera de áreas permitidas.

f)	

Baños.

Rectoría

Artículo 25
Todo material de Publicidad que así lo requiera, deberá ser
pegado con cintas adhesivas tipo masking tape o durex.
Queda prohibido pegarlos con calcomanías, cinta canela o
algún otro tipo de material. Debe cuidarse que los materiales queden bien pegados y acomodados, para conservar la
armonía visual del espacio. Aquellos que se observen mal
pegados, tapando otros carteles u ocupando un espacio
fuera del destinado para este uso, serán retirados a solicitud del Comité o la DCI por el personal de la Universidad,
en coordinación con la AECI.
Artículo 26
El tiempo máximo en el que podrán estar colocados los
carteles es de 10 días hábiles.

Capítulo II
Mantas o lonas impresas
Artículo 27
El uso de lonas o mantas impresas que tengan presencia
de marca sólo se autoriza para los Eventos, así como para
requerimientos especiales de la Universidad en torno a temas como: Servicios Escolares (control y tramitación), Servicio Social Universitario, Admisión, Intercambio Académico,
Bolsa de Trabajo, elecciones de Sociedades de Alumnos,
etcétera, y otros eventos de convivencia e integración que
se realizan dentro de la UIA. El Comité dará prioridad a las
solicitudes relacionadas con estos requerimientos especiales, de índole institucional.
Artículo 28
Se permite la colocación de lonas o mantas con mensajes
académicos o institucionales únicamente en los pretiles del
entrepiso de los edificios I y J, o a lo largo de las colum-

15

�30•abril•2008

Universidad Iberoamericana

nas, siempre y cuando se cumpla con lo siguiente:

16

•	

Las lonas permanecerán expuestas hasta por cinco (5)
días hábiles, con un máximo de una lona por evento y
cinco lonas al mismo tiempo.

•	

La medida establecida es 2 (dos) metros de ancho por
5 (cinco) metros de largo para los pretiles, y de 5 (cinco) metros de alto por 2 (dos) metros de ancho para las
columnas.

•	

La colocación de lonas deberá ser realizada exclusivamente por personal de la UIA, coordinado por la AECI,
con el previo aval del Comité.

•	

Las mantas deberán contener información vinculada
con el Evento.

•	

Se permite incluir la identificación de los Patrocinadores y/o Auspiciadores en las lonas, sobre los principios indicados en el presente Reglamento, siempre
y cuando el (los) logotipo(s) del (los) Patrocinador(es)
y/o Auspiciador(es) se encuentre(n) colocado(s) en la
parte inferior derecha de la manta y con un tamaño
no superior en proporción a 80% del empleado para el
Logo de la UIA.

•	

Para Eventos de naturaleza afín a jornadas académicas o equivalentes organizadas por sociedades,
grupos estudiantiles o asociaciones de egresados
reconocidas por la UIA, las mantas se colocarán
únicamente en el pretil del espacio comúnmente
conocido como El Cubo y sus dimensiones serán de 2 (dos) metros por 3 (tres) metros como
máximo, en formato horizontal, expuestas hasta
por cinco (5) días hábiles, con un máximo de

�Comunicación Oficial 417

Rectoría

una lona por Evento y 3 (tres) lonas al mismo
tiempo. Además de las restricciones ya señaladas
en este Reglamento, se prohíbe anunciar en las
lonas cualquier forma alusiva a barra libre de
bebidas alcohólicas.
•	

En el ángulo curvo del edificio J hacia el edificio S podrá colocarse una manta relacionada con exposiciones del Espacio Cultural. Ésta deberá ser en formato
vertical con dimensiones máximas de 1 (uno) metro
por 6 (seis) metros.

Capítulo III
Volantes y propaganda
Artículo 29
Queda prohibida la distribución de volantes, productos
muestra, cortesías y cualquier tipo de publicidad, en las
puertas de acceso, corredores, salones de clase y cualquier
otro espacio dentro de la UIA, sin la previa autorización de
la DCI, siendo indispensable el visto bueno del Comité en
aquellos casos en que haya presencia de marca. La Universidad se reserva el derecho de iniciar cualquier acción
administrativa o legal contra quien resulte responsable de
la distribución no autorizada de volantes, productos muestra, cortesías y cualquier tipo de publicidad.
Artículo 30
No se permiten las demostraciones ni exhibiciones de productos y servicios dentro de la UIA, si no están vinculadas
con una actividad académica y autorizadas por el Comité.
Artículo 31
Siempre que medie la autorización explícita del Comité a
través de la DCI, misma que informará a la AECI, se autoriza
la distribución de volantes promocionales de eventos organizados por sociedades, grupos estudiantiles o asociaciones
de egresados reconocidas por la UIA, sobre los siguientes

17

�30•abril•2008

Universidad Iberoamericana

términos:
a)	

podrán entregarse de mano en mano por los
alumnos organizadores del evento exclusivamente
en los pasillos de acceso a la Explanada Central;

b)	

en el caso de fiestas, desde 2 (dos) días hábiles
antes del Evento;

c)	

desde 5 (cinco) días hábiles antes, cuando se
trate de Eventos de carácter académico; y

d)	

el mismo día del Evento en caso de que se trate
de uno de naturaleza extracurricular.

Capítulo IV
Puntos de exhibición (stands)
Artículo 32
El Comité es la única entidad que puede autorizar la instalación de puntos de exhibición (stands) con fines de
índole comercial dentro de la UIA, para lo cual se estará
a lo dispuesto por el Reglamento de uso de espacios para
la realización de eventos en la Universidad Iberoamericana
Ciudad de México.
Artículo 33
Cuando la solicitud forme parte de la organización de un
Evento, el Comité será notificado por la AECI para analizar
la posible autorización del caso. En su notificación, la AECI
proporcionará copia de la información que le haya sido
entregada como parte de la Presentación formal del proyecto del evento, considerada en el Reglamento de uso de
espacios para la realización de eventos en la Universidad
Iberoamericana Ciudad de México.
Artículo 34
La ubicación y las dimensiones de los puntos de exhibición

18

�Comunicación Oficial 417

Rectoría

serán valoradas y determinadas de modo casuístico por el
Comité, de acuerdo con las necesidades que se le planteen
y anteponiendo el interés de la Universidad por garantizar la normalidad de la vida académica y el libre tránsito
de personas dentro de sus instalaciones. Sin embargo, se
tendrán como medidas preferentes las que se indican: 1.5
metros de largo, 1.5 metros de profundidad y 2.8 metros
de altura.

Capítulo V
Publicidad en medios electrónicos
Artículo 35
Queda totalmente prohibido hacer uso de las páginas electrónicas de la Universidad, y de los mensajes por correo
electrónico, con fines comerciales o de cualquier otra clase
de lucro personal u organizacional, distintos a los de la
propia institución. Estas restricciones son aplicables aun
para sitios web que las Unidades Académicas u otras entidades universitarias establezcan fuera de los servidores
de la UIA.
Artículo 36
Las páginas o sitios web de sociedades, grupos estudiantiles y asociaciones de egresados reconocidas por la UIA,
deberán contar con el aval del Comité para añadir menciones o vínculos a sus Patrocinadores y/o Auspiciadores.
Artículo 37
En cualquiera de los casos señalados en los artículos 29 y
30 de este Reglamento, la Universidad se reserva el derecho de impedir el establecimiento de vínculos hacia dichos
sitios web, de acuerdo con lo establecido en el documento
Términos y condiciones de uso del sitio http://www.uia.mx,
disponible en dicho portal institucional en Internet.
Artículo 38
Se debe utilizar un vocabulario adecuado y correcto, además las imágenes contenidas en las páginas electrónicas

19

�30•abril•2008

Universidad Iberoamericana

deben ir completamente de acuerdo con los principios,
valores y actitudes que la Universidad establece en su
Ideario.
Artículo 39
La autorización a las condiciones de exposición de la Publicidad (lugares, plazos, formas de presentación) será responsabilidad exclusiva del Comité, de acuerdo con la disponibilidad de espacios y el estricto apego al uso para el
cual están destinados.

20

�Vicerrectoría
Académica

Comunicación Oficial 417

VICERRECTORÍA ACADÉMICA

NOMBRAMIENTOS
Mtra. María Leonor Correa Etchegaray
Coordinadora del Posgrado en Historia
Departamento de Historia
15 de marzo de 2008 al 15 de marzo de 2009.
Dr. Bernardo Emilio Turnbull Plaza
Coordinador del Posgrado de Psicología
Departamento de Psicología
16 de abril de 2008 al 15 de octubre de 2008.

RATIFICACIONES
Mtra. Cecilia
Coordinadora
Hospitalidad
Departamento
16 de febrero

Zapata Hurtado
de la Licenciatura en Administración de la
de Estudios Empresariales
de 2008 al 15 de mayo de 2008.

Mtra. Lucía Yfarraguerri Villarreal
Coordinadora de la Licenciatura en Administración de Empresas
Departamento de Estudios Empresariales
16 de febrero de 2008 al 15 de mayo de 2008.
Fís. Enrique Sánchez y Aguilera
Jefe del Área de Laboratorios de Física
Departamento de Física y Matemáticas
22 de marzo de 2008 al 12 de diciembre de 2008.
Lic. Jaime Ponce Barandica
Jefe del Área de Cine
Departamento de Comunicación
29 de febrero de 2008 al 28 de febrero de 2009.

21

�30•abril•2007

Universidad Iberoamericana

Lic. Guillermo Martínez Foullon
Coordinador de la Licenciatura en Comunicación
Departamento de Comunicación
29 de febrero de 2008 al 28 de febrero de 2009.
Dr. Manuel Alejandro Guerrero Martínez
Coordinador de la Maestría en Comunicación
Departamento de Comunicación
29 de febrero de 2008 al 28 de febrero de 2009.
Dr. Oscar Ricardo Galicia Castillo
Coordinador del Posgrado en Psicología
Departamento de Psicología
29 de febrero de 2008 al 31 de marzo de 2008.
Dr. Pablo Fernando Lazo Briones
Coordinador del Posgrado en Filosofía
Departamento de Filosofía
30 de marzo de 2008 al 30 de marzo de 2009.
Quím. María del Carmen Doria Serrano
Coordinadora del Programa de Química
Departamento de Ingeniería y Ciencias Químicas
31 de marzo de 2008 al 30 de marzo de 2009.
Dr. Mario López Barrio, S. J.
Asesor del Programa de Reflexión Universitaria y del
Programa de Servicio Social
Departamento de Ciencias Religiosas
9 de mayo de 2008 al 9 de mayo de 2009.

22

�Dirección
General
Administrativa

Comunicación Oficial 417

DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA
REGLAMENTO DE USO DE ESPACIOS
para la realización de eventos en la
Universidad Iberoamericana
Ciudad de México

Introducción
El presente documento tiene como objetivo principal normar
el uso de los espacios y recursos, con el fin de apoyar los
eventos universitarios.
Para el desarrollo de este reglamento se ha tomado como
base la legislación universitaria y las condiciones ambientales y de seguridad necesarias para el desarrollo habitual
de la vida académica, dentro de un marco de respeto a la
Institución y a todos sus miembros.

Título I
Generalidades sobre los eventos
Artículo 1
La autorización del uso de espacios para la realización de
eventos corresponde a la oficina de Administración de Espacios y Ceremonias Institucionales (AECI), la cual considera
para este efecto la disponibilidad de los espacios, el tipo
de evento, los calendarios institucionales y los lineamientos
aquí establecidos.
La oficina de AECI tiene entre sus funciones:
•	
Garantizar el uso óptimo de los espacios de la Universidad.
•	

Ser el vínculo de integración y coordinación de los
servicios institucionales de que disponen las jefaturas de Seguridad, Servicios Internos y Mantenimiento
Preventivo y Planta Física, para la realización de los
eventos.

23

�30•abril•2007

Universidad Iberoamericana

Artículo 2
Los eventos que se realicen en la UIA respetarán y promoverán:
•	

El cumplimiento de la Misión y los propósitos sustantivos de la Universidad.

•	

Los valores propuestos por el Ideario y por la Filosofía
Educativa.

•	

La excelencia educativa y académica.

•	

El bien común y la integración de la comunidad universitaria.

•	

El compromiso de servicio y vinculación con la sociedad mexicana.

•	

La imagen de la UIA.

•	

El ejercicio práctico relacionado directamente con la
formación académica.

•	

Las acciones dirigidas a la comunidad o a una parte de
la misma y a sectores sociales externos a ella.

Capítulo I
Disposiciones generales
Artículo 3
La Dirección de Comunicación Institucional (DCI) es la instancia facultada para aprobar la difusión e imagen institucionales en materiales impresos y publicitarios, así como
para otorgar la aprobación, atención y coordinación para la
entrada de medios de comunicación al plantel.
El Comité de Uso de Imagen, Patrocinios y Auspicios de
la Universidad Iberoamericana Ciudad de México es la instancia encargada de supervisar y, en su caso, aprobar
los patrocinios y/o auspicios, totales o parciales, que, con
fines de índole comercial, son otorgados para la realización de eventos de la Universidad. También sanciona lo
relativo a los compromisos que la Universidad o quienes la

24

�Dirección
General
Administrativa

Comunicación Oficial 417

representen establezcan para que en la publicidad de un
evento haya presencia de marca de los patrocinadores y/o
auspiciadores.
Quedan fuera del ámbito de responsabilidad del Comité de
Uso de Imagen, Patrocinios y Auspicios de la Universidad
Iberoamericana Ciudad de México aquellas actividades académicas o extracurriculares que:
•	

la Universidad realice de forma más o menos permanente, por convenio con otras instituciones o empresas;

•	

y las menciones o créditos que las organizaciones con
las cuales se tiene suscrito este tipo de convenios, reciban en reciprocidad a su participación.

Artículo 4
Las únicas bebidas alcohólicas permitidas en la UIA son el
vino de mesa para brindis y el vino de mesa y la cerveza en
el caso de comidas; solamente podrán servirse en eventos
con la autorización de la oficina de AECI y en los espacios
autorizados.
Se prohíbe cualquier tipo de bebida alcohólica en eventos
específicamente organizados para menores de edad.
Artículo 5
Los anuncios, carteles, lonas, etc., deberán colocarse en
los espacios destinados para tal fin y de acuerdo con las
especificaciones de la oficina de AECI. Cuando este tipo de
materiales de comunicación tenga marca comercial, corresponderá al Comité de Uso de Imagen, Patrocinios y Auspicios de la Universidad Iberoamericana Ciudad de México su
posible autorización y la asignación de los espacios dentro
de la Universidad.

25

�30•abril•2007

Universidad Iberoamericana

Artículo 6
El patrocinio de empresas productoras de bebidas alcohólicas, cigarros y otros artículos contrarios al Ideario y
documentos rectores de la UIA no está permitido.
Artículo 7
La venta indiscriminada de los materiales expuestos en los
eventos que se realicen en la UIA no está permitida.
Se harán excepciones, previa autorización, en los casos de
libros, revistas y material didáctico impreso relacionados
con la naturaleza del evento.
Artículo 8
Como ayuda a comunidades de escasos recursos e instituciones de beneficencia debidamente acreditadas, se permite
la venta de sus productos previa autorización de la oficina
de AECI.
Artículo 9
Seguridad en el evento
•	
Deben mantenerse las condiciones adecuadas de seguridad e higiene en los espacios que se utilicen.
•	

Queda prohibido exceder los cupos oficiales de asientos. Asimismo, deberán mantenerse libres las salidas,
los espacios de circulación, los señalamientos y las
salidas de emergencia.

•	

Durante la realización del evento, se deberán respetar
tanto las disposiciones reglamentarias de la UIA como
las indicaciones de su personal de seguridad.

•	

No se permite el uso de mecanismos, instrumentos,
aparatos y sustancias peligrosas aunque sea lícito su
uso, que pongan en riesgo la integridad de las personas que asistan al evento.

Artículo 10
El personal de Mantenimiento Preventivo y Planta Física de
la UIA es el responsable de supervisar las instalaciones con
el fin de preservarlas, razón por la cual deberán observarse
sus indicaciones.

26

�Dirección
General
Administrativa

Comunicación Oficial 417

Artículo 11
Cualquier aspecto no previsto en el presente Reglamento
deberá ser expuesto a la oficina de AECI, que lo resolverá
previa consulta con las autoridades pertinentes.
Artículo 12
Cualquier queja de algún miembro de la comunidad universitaria sobre la realización de un evento deberá presentarse
por escrito a la oficina de AECI.

Capítulo II
Entidades que pueden organizar
y realizar un evento
Artículo 13
Es requisito indispensable que el evento sea dirigido por un
titular, quien deberá tener el aval de la entidad académica
o administrativa que lo organiza.
El titular de un evento es la persona que funge como el
responsable de las diversas actividades que lo conforman y
quien deberá presentar el proyecto del evento de acuerdo
con lo establecido en el artículo 17 (ver Título I, Capítulo
IV, del presente Reglamento).
Artículo 14
Las entidades que organicen un evento supervisarán tanto
el contenido del mismo como el uso de espacios que implique y atenderán a las personalidades invitadas.
Artículo 15
Para gestionar la autorización de eventos organizados por
grupos o instituciones externas a la UIA se deberá atender
lo siguiente:
•	

Es necesario tener el aval de una entidad de la UIA
cuyas funciones se vinculen naturalmente con la especificidad del evento y con la institución o grupo organizador.

27

�30•abril•2007

Universidad Iberoamericana

•	

Los patrocinios publicitarios para la organización de un
evento, así como los productos de comunicación que
de esta participación deriven, deben ser sometidos a
la consideración del Comité de Uso de Imagen, Patrocinios y Auspicios de la Universidad Iberoamericana
Ciudad de México, bajo los términos del Reglamento
correspondiente.

•	

La UIA no se hace responsable ante terceros de oferta
alguna, propuesta o acuerdo, si estos no son confirmados mediante un escrito que contenga la firma autógrafa del representante legal de la UIA.

Capítulo III
Personas que pueden otorgar
el aval del evento
Artículo 16
Para entidades académicas o administrativas de la UIA:
Director de la entidad.
Para sociedades de alumnos:
Director del Departamento o coordinador del programa y
coordinador de la Oficina de Atención a Alumnos.
Para grupos de alumnos de interés específico y grupos
estudiantiles diversos:
Coordinador de la Oficina de Atención a Alumnos.

Capítulo IV
Presentación formal del proyecto
del evento
Artículo 17
El titular deberá reservar sus espacios y confirmar su reservación, por lo menos diez días hábiles antes del evento,
mediante la presentación del total de sus requerimientos.
Cuando dicho evento tenga una duración menor a tres
horas, lo hará a través del formato disponible en el portal

28

�Dirección
General
Administrativa

Comunicación Oficial 417

de la UIA. En eventos de mayor duración, deberá presentar
ante la oficina de AECI la siguiente información impresa y
firmada por el director y/o coordinador.
•	

Breve descripción del evento.

•	

Espacios institucionales reservados.

•	

Fechas y horarios de las diversas actividades.

•	

Detalle de las necesidades de apoyos institucionales.

•	

Detalle de la lista de invitados.

•	

Requerimientos de seguridad y servicios médicos.

•	

Reservado de espacios en el estacionamiento para invitados especiales.

•	

Fecha y hora de montaje y desmontaje.

•	

Indicar si está restringida la toma de fotografías o videograbaciones, de lo contrario se asumirá como autorizada.

•	

Información de proveedores (café, brindis, traducción
simultánea, etc.).

•	

Cuando se requiera traducción simultánea, la UIA proporcionará el equipo de audio. La empresa de traducción deberá traer audífonos, receptores y cabina.

Cuando un evento incluya una exposición:
•	
Se presentará un croquis y un listado de los materiales
que se van a exponer.
•	

Cada stand medirá preferentemente 1.5 metros de
largo por 1.5 metros de profundidad y 2.8 metros de
altura.

•	

Sólo se exhibirán materiales de interés académico
(libros, revistas especializadas, equipo de cómputo o material didáctico).

•	

La UIA no será responsable en ningún caso de los materiales que se expongan.

29

�30•abril•2007

Universidad Iberoamericana

Cuando haya presencia de marca de los patrocinadores de
un evento:
•	
El Comité de Uso de Imagen, Patrocinios y Auspicios
de la UIA en acuerdo con la oficina de AECI autorizarán la instalación de puntos de exhibición (stands)
dentro del plantel.
•	

La ubicación y las dimensiones de los puntos de exhibición serán valoradas y determinadas de modo casuístico por el Comité de Uso de Imagen, Patrocinios
y Auspicios de la Universidad Iberoamericana Ciudad
de México, de acuerdo con las necesidades que se le
planteen y anteponiendo el interés de la Universidad
por garantizar la normalidad de la vida académica y el
libre tránsito de personas dentro de sus instalaciones.

•	

Sin embargo, se tendrán como medidas preferentes
las que se indican: 1.5 metros de largo, 1.5 metros de
profundidad y 2.8 metros de altura.

Por ningún motivo se atenderán solicitudes de requerimientos que no se ajusten al tiempo establecido en el artículo
17. Se atenderán casos excepcionales siempre y cuando el
director del área justifique la extemporaneidad por escrito
y exista disponibilidad de espacios.
Artículo 18
En caso de no entregar la información en la fecha establecida en el artículo 17 la reservación del espacio quedará
cancelada.

Capítulo V
Imagen y protocolo institucionales
Artículo 19
En caso de invitados que requieran atención protocolaria,
el titular del evento deberá informar previamente al director de su entidad, a la Rectoría y/o a la Dirección de
Comunicación Institucional, según sea el caso, sobre los
participantes y el protocolo que deberá seguirse debido a
su investidura.

30

�Dirección
General
Administrativa

Comunicación Oficial 417

Artículo 20
La entidad organizadora tiene la obligación y la responsabilidad de recibir a los invitados especiales en el estacionamiento y de conducirlos al lugar del evento.
Artículo 21
El titular del evento, al recibir la autorización para realizarlo y cumplir con lo establecido, se obliga a respetar y
a cumplir todas las disposiciones señaladas en el presente
Reglamento. En caso contrario, se le sancionará de acuerdo con el documento Delegación de autoridad en materia
de disciplina relativa al orden, los valores personales y
comunitarios (Comunicación Oficial N° 407, del 31 de mayo
de 2007, Apartado 3, sobre Criterios y Apartado 4, sobre
Sanciones).

Capítulo VI
Estacionamiento
y Comedores Institucionales
Artículo 22
La reservación de lugares y cobro del estacionamiento para
las personalidades que participen o sean invitadas a algún
evento deberán ajustarse a los lineamientos establecidos
por la Oficina de Concesiones.
Artículo 23
Las reservaciones y costo para los servicios proporcionados
en los Comedores Institucionales deberán ajustarse a los
lineamientos establecidos por la Oficina de Concesiones.

Capítulo VII
Donativos y otros recursos económicos
Artículo 24
Cuando la entidad responsable del evento participe en la
administración de recursos económicos, el titular de éste
deberá cumplir con los requerimientos que señalen la Di-

31

�30•abril•2007

Universidad Iberoamericana

rección de Finanzas y el Comité de Uso de Imagen, Patrocinios y Auspicios de la Universidad Iberoamericana Ciudad
de México, con la salvedad indicada en el artículo 3 del
presente Reglamento.

Capítulo VIII
Las jornadas académicas
Artículo 25
Las jornadas académicas realizadas por sociedades de
alumnos tendrán una duración máxima de cuatro días (que
incluya de lunes a viernes y de 7:00 a 21:30 horas).

Título II
Capacidad máxima de los auditorios y aulas
magnas
Artículo 26
EDIF. NIVEL TIPO
E
E
E
E
E
F
N
S
S
S
S
S

PB
1
2
2
2
PB
1
PB
PB
1
2
2

Aula Magna
Aula
Aula
Aula
Aula
Auditorio
Auditorio
Auditorio
Auditorio
Aula Magna
Auditorio
Auditorio

32

NOMBRE

CUPO

Santa teresa de Jesús
Amado Aguirre Eguiarte
Agustín Reyes Ponce
Héctor González Uribe, S. J.
Martín Buber
Crescencio Ballesteros Ibarra
José Sánchez Villaseñor, S. J.
Ángel Palerm Vich
Ernesto Meneses Morales, S. J.
San Ignacio de Loyola
xavier Scheifler y de Amézaga, S. J.
R. P. Fernando Bustos Barrena, S. J.

163
90
59
59
90
200
384
60
60
160
60
60

�Dirección
General
Administrativa

Comunicación Oficial 417

Capítulo I
Del uso de los auditorios y aulas magnas
Artículo 27
En el interior de los auditorios y aulas magnas no se permite:
•	
Fumar ni consumir alimentos o bebidas.
•	

Que sean usados para impartir clases.

•	

Que sean empleados para presentar trabajos finales.

•	

El uso de velas o cualquier otro objeto con flama.

•	

El uso de teléfonos celulares, localizadores, ni ningún
otro aparato que emita sonidos que interfieran con el
desarrollo del evento.

•	

La colocación de letreros, escudos, símbolos, ni ningún otro elemento sobre los muros, pisos, puertas o
techos.

•	

Clavar, colocar cinta adhesiva o instalar cualquier objeto.

•	

La colocación de ningún objeto que obstruya el paso
en puertas y pasillos.

•	

Mover el mobiliario y equipo con que están habilitados.

El personal de AECI no será responsable de los objetos
olvidados en el interior y exterior de aulas y auditorios.
Artículo 28
Los auditorios y/o aulas magnas deberán usarse sólo en la
fecha y horario autorizados. La hora límite para el uso de
aulas magnas y auditorios es a las 21:30 horas.
Artículo 29
Se deberá entregar el espacio en las mismas condiciones
de limpieza y orden en que se recibió.

33

�30•abril•2007

Universidad Iberoamericana

Artículo 30
La colocación de lonas sólo es posible en el interior de
los auditorios José Sánchez Villaseñor y Crescencio Ballesteros, previa autorización de la oficina de AECI. Aquellas
lonas que tengan marca de un patrocinador comercial o
publicitario, debe contar previamente con el aval del Comité
de Uso de Imagen, Patrocinios y Auspicios de la Universidad
Iberoamericana Ciudad de México.

Título III
Espacios externos
Artículo 31
Se permite la realización de eventos en los siguientes espacios externos:
NOMBRE
Explanada central
Explanada del Reloj de Sol (atrás del edificio G)
Jardín del Reloj de Sol (atrás del edificio G)
Jardín Ignacio de Loyola (entre los edificios A, B, C, D y H)
Pretiles de los edificios A, B, C, I y J
Pasillo hacia la puerta 10
Jardines Edificio F
Vestíbulo del auditorio José Sánchez Villaseñor, S. J.
Artículo 32
Se evaluará la viabilidad de utilizar otros espacios según la
naturaleza del evento.

Capítulo I
Del uso de los espacios externos
Artículo 33
Durante el uso de estos espacios, deben respetarse las
condiciones establecidas y mantenerse un ambiente adecuado para el trabajo y el estudio universitarios.

34

�Dirección
General
Administrativa

Comunicación Oficial 417

•	

El uso de velas y objetos con flama no está permitido.

•	

Se deberá respetar la circulación libre y expedita.

•	

Debe darse respeto absoluto a los árboles y áreas verdes, por lo que los organizadores y participantes de los
eventos deberán abstenerse de afectarlos.

•	

Con el fin de permitir el funcionamiento general de la
Universidad, de las oficinas cercanas y de los auditorios, la autorización de fuentes de sonido en eventos se
analizará de acuerdo con su naturaleza y ubicación.

•	

Será retirado todo objeto, trabajo académico o stand
de exposición que se encuentre dentro de la UIA y para
el que no se tenga autorización expresa de la oficina
de AECI, o del Comité de Uso de Imagen, Patrocinios
y Auspicios de la Universidad Iberoamericana Ciudad
de México cuando haya presencia de marca de un patrocinador. La Universidad no se hará responsable del
resguardo del mismo.

Capítulo II
Espacios autorizados para brindis
y servicio de café
Artículo 34
EDIF.
E
F
N
S
S
S
S
S

NIVEL
PB
PB
1
PB
PB
1
2
2

NOMBRE
Vestíbulo del Aula Magna Santa teresa de Jesús
Vestíbulo del Auditorio Crescencio Ballesteros Ibarra
Vestíbulo del Auditorio José Sánchez Villaseñor, S. J.
Vestíbulo del Auditorio Ángel Palerm Vich
Vestíbulo del Auditorio Ernesto Meneses Morales, S. J.
Vestíbulo del Aula Magna San Ignacio de Loyola
Vestíbulo del Auditorio xavier Scheifler y de Amézaga, S. J.
Vestíbulo del Auditorio R. P. Fernando Bustos Barrena, S. J.
Jardín del Reloj de Sol
Jardines Edificio F

35

�30•abril•2007

Universidad Iberoamericana

Capítulo III
Colocación de lonas en espacios externos
Artículo 35
Se permite la colocación de lonas únicamente con mensajes
académicos o institucionales, en los pretiles del entrepiso o
a lo largo de las columnas de los edificios I y J, siempre y
cuando se cumpla con lo siguiente:

36

•	

Las lonas permanecerán expuestas hasta por una semana, con un máximo de una lona por evento y cinco
lonas al mismo tiempo.

•	

La medida establecida es dos metros de ancho por
cinco metros de largo para pretiles y de cinco metros
de alto por dos metros de ancho para columnas.

•	

La colocación de lonas deberá realizarse previa autorización de la oficina de AECI y conforme con el procedimiento establecido para ello.

•	

Para eventos sociales correspondientes a Jornadas
Académicas organizadas por sociedades de alumnos,
las lonas se colocarán únicamente en el pretil de la Cafetería del Cubo y sus dimensiones serán de dos por
tres metros como máximo, en formato horizontal, las
cuales serán expuestas hasta por una semana, con un
máximo de una lona por evento y tres lonas al mismo
tiempo. Este tipo de publicidad debe atenerse a las características y restricciones descritas en el Reglamento de uso de imagen, y patrocinios y auspicios de la
UIA, incluida la prohibición de anunciar en las lonas los
logotipos o marcas de bebidas alcohólicas o productos
de la industria tabacalera, ya que sólo podrá aparecer
la razón social de la empresa o grupo corporativo al
que pertenezca la marca, en caso de ser patrocinador
de algún evento.

�Dirección
General
Administrativa

Comunicación Oficial 417

•	

En el ángulo curvo del edificio J hacia el edificio S podrá colocarse una lona relacionada con exposiciones
del Espacio Cultural. Ésta deberá ser en formato vertical con dimensiones máximas de uno por seis metros.

Cuando las lonas se refieran a un evento, e incluyan la
mención de un patrocinador, además de las características antes enunciadas, debe tenerse en consideración lo
siguiente:
•	

La colocación de lonas deberá ser realizada exclusivamente por personal de la UIA, coordinado por la AECI,
con el previo aval del Comité de Uso de Imagen, Patrocinios y Auspicios de la Universidad Iberoamericana
Ciudad de México.

•	

Se permite incluir la identificación de los patrocinadores en las lonas, sobre los principios indicados en el
Reglamento de uso de imagen, y patrocinios y auspicios de la UIA, siempre y cuando el (los) logotipo(s) del
(los) patrocinador(es) se encuentre(n) colocado(s) en
la parte inferior derecha de la lona y con un tamaño no
superior en proporción a 80 por ciento del empleado
para el Logo de la UIA.

Artículo 36
Las lonas, así como el formato de solicitud autorizado por
la oficina de AECI, deberán ser entregados a la Jefatura de
Mantenimiento Preventivo y Planta Física a más tardar el
viernes antes de la fecha de su colocación, en caso contrario el permiso será revocado.
Cuando este tipo de productos de comunicación incluya la
presencia comercial de un patrocinador, sólo el Comité de
Uso de Imagen, Patrocinios y Auspicios de la Universidad
Iberoamericana Ciudad de México puede autorizar la colocación de los mismos, de acuerdo con el procedimiento

37

�30•abril•2007

Universidad Iberoamericana

descrito en el Reglamento de uso de imagen, y patrocinios
y auspicios de la UIA.

Título IV
Otros espacios
Capítulo I
Auditorio Miguel Villoro Toranzo, S. J.
Artículo 37
Su administración depende de la Dirección de Educación
Continua y su uso se rige por este mismo reglamento y
bajo sus propios lineamientos. Se localiza en el edificio F,
PB.

Capítulo II
Auditorio Manuel Borja Martínez
Artículo 38
Su administración depende de la Dirección de Educación
Continua y su uso se rige por este mismo reglamento y
bajo sus propios lineamientos. Se localiza en el edificio G,
PB.

Capítulo III
Espacio Cultural
Artículo 39
Su administración depende de la Dirección General del
Medio Universitario y su uso se rige por este mismo reglamento y bajo sus propios lineamientos. Se localiza en el
edificio S, sótano.

38

�Dirección
General
Administrativa

Comunicación Oficial 417

Título V
Varios
Capítulo I
Aulas permitidas para exámenes de posgrado
Artículo 40
Las aulas se asignarán según la disponibilidad en el momento en que la oficina de AECI reciba la información pertinente de Servicios Escolares. Las aulas son:
•	

Aula Agustín Reyes Ponce

•	

Aula Amado Aguirre Eguiarte

•	

Aula Héctor González Uribe, S. J.

•	

Aula Martín Buber

Capítulo II
Volantes y propaganda
Artículo 41
Queda prohibida la distribución de volantes, productos
muestra, cortesías y cualquier tipo de publicidad, en las
puertas de acceso, corredores, salones de clase y cualquier
otro espacio dentro de la UIA, sin la autorización de la
DCI. Es indispensable el visto bueno del Comité de Uso de
Imagen, Patrocinios y Auspicios de la Universidad Iberoamericana Ciudad de México en aquellos casos en que haya
presencia comercial de una marca, por lo cual deberán
apegarse a las características y restricciones indicadas en
el Reglamento de uso de imagen, y patrocinios y auspicios
de la UIA.
Artículo 42
No se permiten las demostraciones ni exhibiciones de productos y servicios dentro de la UIA, si no están vinculadas
con una actividad académica.

39

�30•abril•2007

Universidad Iberoamericana

Capítulo III
Videograbaciones y fotografías
Artículo 43
Las fotografías de espacios abiertos para uso personal y
académico de la propia UIA están permitidas, salvo que por
derechos de autor o por motivos de seguridad se indique
lo contrario en un determinado espacio o evento.
El personal académico y el alumnado deberán mostrar, si
seguridad interna se lo requiere, su credencial UIA vigente;
los académicos visitantes mostrarán su identificación vigente de la institución educativa que representen.
Para espacios tales como biblioteca, instalaciones deportivas, servicio médico, departamentos académicos, áreas
administrativas, etc., se deberá tramitar un permiso en la
DCI y recabar el visto bueno del responsable del área involucrada.
Las videograbaciones o levantamientos fotográficos con fines comerciales deberán contar con el visto bueno del
Comité de Uso de Imagen, Patrocinios y Auspicios de la
Universidad Iberoamericana Ciudad de México.

Capítulo IV
Tableros de información y carteles
Artículo 44
Para la colocación de información en los tableros, es necesario tener el sello de autorización de la dependencia que
los administra.
•	

40

Tableros azules.- Son de uso exclusivo de los departamentos académicos y sólo podrá colocarse información con la aprobación del director del Departamento o
coordinador del programa en cuestión.

�Dirección
General
Administrativa

Comunicación Oficial 417

•	

Tableros blancos.- Están a cargo de la Oficina de Informes y se usan para difundir información de interés
general para la comunidad universitaria. Para el uso de
estos tableros, se deberá acudir a la Oficina de Informes para solicitar autorización.

En caso de que en ellos se coloque información que contenga referencias comerciales a patrocinadores, es necesario que las dependencias administradoras de los tableros lo
comuniquen al Comité de Uso de Imagen, Patrocinios y Auspicios de la Universidad Iberoamericana Ciudad de México,
para la obtención del sello de autorización correspondiente,
sin el cual no se permitirá la distribución de los carteles.
Queda prohibido colocar información o carteles en lugares
distintos a los tableros mencionados.
Artículo 45
El número máximo de carteles de cualquier tipo será de
10, independientemente del tamaño o la existencia de distintas versiones para un mismo evento, y sólo podrán estar
colocados hasta un máximo de 10 días hábiles. Además,
deberá colocarse sólo uno por espacio de ubicación y exclusivamente para dichos eventos.
Las características antes mencionadas también aplican en
los siguientes casos:
•	

Elecciones de sociedades de alumnos;

•	

Eventos ajenos a la Universidad de carácter cultural y
académico, autorizados por la DCI, en particular cuando la solicitud tenga el respaldo de alguna Dirección o
Unidad Académica, por considerarlo de interés para
sus respectivos públicos; y

•	

Asociaciones de egresados.

41

�30•abril•2007

Universidad Iberoamericana

El tamaño máximo de los carteles autorizados es de 0.40
x 0.60 metros, salvo aquellas excepciones que, dentro de
sus respectivos ámbitos de responsabilidad, decidan la oficina de AECI o el Comité de Uso de Imagen, Patrocinios
y Auspicios de la Universidad Iberoamericana Ciudad de
México por la relevancia del anuncio o la disponibilidad de
espacios.
Artículo 46
Todo cartel deberá ser pegado con cintas adhesivas tipo
masking tape o durex. Queda prohibido pegarlos con calcomanías, cinta canela o algún otro tipo de material. Debe
cuidarse que dichos carteles queden bien pegados y acomodados, para conservar la armonía visual del espacio, de
lo contrario serán retirados por el personal de la Universidad.

Capítulo V
Sanciones
Artículo 47
El titular del evento responderá ante la Universidad en
cuanto al buen desarrollo del evento autorizado en el proyecto y al buen uso de las instalaciones. En caso contrario,
se impondrá la sanción correspondiente de acuerdo con lo
establecido en el documento Delegación de autoridad en
materia de disciplina relativa al orden, los valores personales y comunitarios (Comunicación Oficial N° 407, del 31 de
mayo de 2007, Apartado 3, sobre Criterios y Apartado 4,
sobre Sanciones).
Artículo 48
Cualquier deterioro o daño en las instalaciones o en el
equipo propiedad de la UIA será resarcido o pagado por el
titular del evento.

42

�Dirección
General
Administrativa

Comunicación Oficial 417

Capítulo VI
Transitorio
Este documento iniciará su vigencia a partir del momento
de su publicación en Comunicación Oficial y deroga al documento intitulado Reglamento de uso de espacios para
la realización de eventos en la Universidad Iberoamericana,
Ciudad de México, publicado en Comunicación Oficial N°
391, del 31 de octubre de 2005.

Capítulo VII
Planos

43

�30•abril•2007

Universidad Iberoamericana

Aula Magna Santa Teresa de Jesús

Ubicación: Edificio E, Planta baja, 163 butacas

44

�Comunicación Oficial 417

Dirección
General
Administrativa

Aula Amado Aguirre Eguiarte

Ubicación: Edificio E, Primer nivel, 90 butacas

45

�30•abril•2007

Universidad Iberoamericana

Aula Agustín Reyes Ponce

Ubicación: Edificio E, Segundo nivel, 59 butacas

46

�Comunicación Oficial 417

Dirección
General
Administrativa

Aula Héctor González Uribe, S. J.

Ubicación: Edificio E, Segundo nivel, 59 butacas

47

�30•abril•2007

Universidad Iberoamericana

Aula Martín Buber

Ubicación: Edificio E, Segundo nivel, 90 butacas

48

�Comunicación Oficial 417

Dirección
General
Administrativa

Auditorio Crescencio Ballesteros Ibarra
Ubicación: Edificio F, Planta baja, 200 butacas

49

�30•abril•2007

Universidad Iberoamericana

Auditorio José Sánchez Villaseñor, S. J.
Ubicación: Edificio N, Primer nivel, 384 butacas

50

�Comunicación Oficial 417

Vicerrectoría
Académica

Auditorio Ángel Palerm Vich

Ubicación: Edificio S, Planta baja, 60 butacas

51

�30•abril•2007

Universidad Iberoamericana

Auditorio Ernesto Meneses Morales, S. J.
Ubicación: Edificio S, Planta baja, 60 butacas

52

�Comunicación Oficial 417

Dirección
General
Administrativa

Aula Magna San Ignacio de Loyola

Ubicación: Edificio S, Primer nivel, 160 butacas

53

�30•abril•2007

Universidad Iberoamericana

Auditorio Xavier Scheifler y de Amézaga, S. J.
Ubicación: Edificio S, Segundo nivel, 60 butacas

54

�Dirección
General
Administrativa

Comunicación Oficial 417

Auditorio R. P. Fernando Bustos Barrena, S. J.
Ubicación: Edificio S, Segundo nivel, 60 butacas

55

�</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
          </elementContainer>
        </elementSet>
      </elementSetContainer>
    </file>
  </fileContainer>
  <collection collectionId="1">
    <elementSetContainer>
      <elementSet elementSetId="1">
        <name>Dublin Core</name>
        <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
        <elementContainer>
          <element elementId="50">
            <name>Title</name>
            <description>A name given to the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="4">
                <text>Comunicaciones Oficiales</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="41">
            <name>Description</name>
            <description>An account of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="5">
                <text>Este espacio ofrece almacenamiento y búsqueda de las Comunicaciones Oficiales de la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México en formato digital. La colección comprende de 1973 a la fecha y sus correspondientes índices</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
        </elementContainer>
      </elementSet>
    </elementSetContainer>
  </collection>
  <itemType itemTypeId="1">
    <name>Text</name>
    <description>A resource consisting primarily of words for reading. Examples include books, letters, dissertations, poems, newspapers, articles, archives of mailing lists. Note that facsimiles or images of texts are still of the genre Text.</description>
  </itemType>
  <elementSetContainer>
    <elementSet elementSetId="1">
      <name>Dublin Core</name>
      <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
      <elementContainer>
        <element elementId="50">
          <name>Title</name>
          <description>A name given to the resource</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="1258">
              <text>Comunicación Oficial No. 417. 30 de abril de 2008</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="40">
          <name>Date</name>
          <description>A point or period of time associated with an event in the lifecycle of the resource</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="1259">
              <text> 30 de abril de 2008</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
      </elementContainer>
    </elementSet>
  </elementSetContainer>
</item>
